
Los militares en servicio pasivo, agrupados en la Federación Nacional de Militares Patria, enviaron una carta al presidente Lenín Moreno, advirtiendo también sobre un tema contenido en el proyecto de ley urgente que se debate dramáticamente en la Asamblea:
CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE LENIN MORENO
Señor Presidente Lenin Moreno, luego de observar y escuchar su aclaración en la Ceremonia Militar de Posesión de Mando del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Comandante General del Ejército el pasado martes 12 de noviembre, usted indicó “perdónenme, me parece que existió un error de redacción, y de concepción constitución inclusive, en el contexto de las reformas de crecimiento económico remitidas a la Asamblea Nacional”, ratificando que el ISSFA así como el IESS y el ISSPOL por mandato constitucional y legal son entidades públicas pero con autonomía administrativa y financiera, rectificación pública en el emblemático Campo de Marte de la Gloriosa Escuela Superior Militar “Eloy Alfaro”.
Nosotros los Soldados de tierra, mar y aire honramos a la palabra como un “Honor”, siendo la riqueza más grande que puede ostentar un militar. Mantenerla sin mancha y sin sombra es el deber más sagrado de todo miembro de la Institución Armada.
Sin embargo la pretendida reforma legal no solo incluye la errónea clasificación del IESS, ISSFA e ISSPOL como instituciones gubernamentales en su artículo 86, sino que también se colocan límites de endeudamiento, objetivos y reglas de variación de gastos de la seguridad social, el control de sus ingresos y egresos permanentes, así como la obtención de aval del Ministerio de Finanzas cuando estos organismos de acuerdo a sus leyes especiales de creación son autónomos con finalidad social, personería jurídica, patrimonio propio y no forman parte del presupuesto general del Estado.
Este error refleja aún la continuidad, ideología e intensión para afectar la autonomía del régimen especial de la seguridad social de la gran familia militar en servicio activo y pasivo y de los derechos constitucionales de la clase militar, considerando que la iniciativa del proyecto de ley recayó en su Autoridad conforme el numeral 2 del artículo 134 de la Carta Magna, debiendo referirse a una sola materia que en el presente caso no sucede. En su momento las entidades y ciudadanos que tenemos interés en la aprobación del proyecto debieron exponer sus argumentos por ser afectados de darse su expedición.
Conocedores de los plazos para que la ley se debata en la Asamblea Nacional de haber consenso determinará que se enmienden los “Errores”; y si la ley entra en vigencia por el ministerio de la ley, pondrá en vigencia el texto inalterable con sus consecuentes afectaciones advertidas, quedando su palabra y compromiso sin efecto en el campo de honor.
Federación Nacional de Militares “Patria”Señor Presidente Lenin Moreno, luego de observar y escuchar su aclaración en la Ceremonia Militar de Posesión de Mando del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Comandante General del Ejército el pasado martes 12 de noviembre, usted indicó “perdónemen me parece que existió un error de redacción y de concepción constitución inclusive en el contexto de las reformas de crecimiento económico remitidas a la Asamblea Nacional”, ratificando que el ISSFA así como el IESS y el ISSPOL por mandato constitucional y legal son entidades públicas pero con autonomía administrativa y financiera, rectificación pública en el emblemático Campo de Marte de la Gloriosa Escuela Superior Militar “Eloy Alfaro”, nosotros los Soldados de tierra, mar y aire honramos a la palabra como un “Honor”, siendo la riqueza más grande que puede ostentar un militar. Mantenerla sin mancha y sin sombra es el deber más sagrado de todo miembro de la Institución Armada.
Sin embargo la pretendida reforma legal no solo incluye la errónea clasificación del IESS, ISSFA e ISSPOL como instituciones gubernamentales en su artículo 86, sino que también se colocan límites de endeudamiento, objetivos y reglas de variación de gastos de la seguridad social, el control de sus ingresos y egresos permanentes, así como la obtención de aval del Ministerio de Finanzas cuando estos organismos de acuerdo a sus leyes especiales de creación son autónomos con finalidad social, personería jurídica, patrimonio propio y no forman parte del presupuesto general del Estado.
Este error refleja aún la continuidad, ideología e intensión para afectar la autonomía del régimen especial de la seguridad social de la gran familia militar en servicio activo y pasivo y de los derechos constitucionales de la clase militar, considerando que la iniciativa del proyecto de ley recayó en su Autoridad conforme el numeral 2 del artículo 134 de la Carta Magna, debiendo referirse a una sola materia que en el presente caso no sucede. En su momento las entidades y ciudadanos que tenemos interés en la aprobación del proyecto debieron exponer sus argumentos por ser afectados de darse su expedición.
Conocedores de los plazos para que la ley se debata en la Asamblea Nacional de haber consenso determinará que se enmienden los “Errores”; y si la ley entra en vigencia por el ministerio de la ley, pondrá en vigencia el texto inalterable con sus consecuentes afectaciones advertidas, quedando su palabra y compromiso sin efecto en el campo de honor.
Federación Nacional de Militares Patria
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