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20 de Enero del 2022
Historias
Lectura: 20 minutos
20 de Enero del 2022
Fermín Vaca Santacruz
La condena contra Santiago Olmedo abre una profunda grieta
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Fotomontaje: PlanV

 

La justicia de Chimborazo condenó, en primera instancia, a un policía por extralimitación del servicio, en un incidente en el que dos presuntos delincuentes fueron abatidos a tiros. La sentencia provocó una fuerte polémica entre grupos que apelan a la "mano dura" contra el crimen y quienes defienden el debido proceso.

El siguiente es un mensaje escrito por uno de los jueces de Riobamba, Chimborazo, que participó en la condena del policía Santiago Olmedo, por medio de una red de mensajería: "Gracias por vuestro apoyo compañeros. Uno recibe 6 tiros y el otro 4 tiros por la espalda, luego de que ya pasó el peligro en contra de la vida de un tercero, a una distancia de 224 metros de distancia de dónde se ejecutó el asalto al adolescente. Procesalmente no aparece la supuesta tercera persona armada. Eso es lo que no dicen los medios, ni quienes se apresuran en emitir criterios jurídicos".

El policía fue condenado a tres años y cuatro meses por el delito de extralimitación en el servicio, en medio de la cual murieron dos presuntos delincuentes que habían intentado asaltar y agredir con un arma blanca a un muchacho en Riobamba. 

El caso ha abierto una profunda grieta, con posiciones extremas: desde los partidarios de "apoyo total" a las acciones de la Policía y al uso de las armas de fuego -una línea en la que se encuentra el propio presidente Guillermo Lasso, hasta quienes estiman que en el caso se produjo una "ejecución extrajudicial". Periodistas televisivos, sobre todo de Guayaquil, en lugar de informar sobre la sentencia, han recurrido a publicar los nombres de los tres jueces que integraron el tribunal en Riobamba para que se los "conozca". 

El caso ha abierto una profunda grieta, con posiciones extremas: desde los partidarios de "apoyo total" a las acciones de la Policía y al uso de las armas de fuego -una línea en la que se encuentra el propio presidente Guillermo Lasso, hasta quienes estiman que en el caso se produjo una "ejecución extrajudicial".


El policía Santiago Olmedo dio una rueda de prensa junto con su equipo legal. Desde varias cuentas de Twitter se organizó su defensa.  Foto: Twitter DefenseEcu

El proceso en Riobamba

Pero, ¿qué dijo el tribunal durante la audiencia? Según la página de la Función Judicial, el proceso contra el policía Olmedo fue tramitado por un tribunal luego de que el 11 de junio de 2021, en las calles Pedro León y José María Roura, tuviera lugar un intento de asalto de dos sujetos contra un joven que caminaba por el sector y el policía Olmedo enfrentara y persiguiera a los agresores. La acción policial terminó con la muerte de ambos, en momentos en que intentaron huir en una moto.

Otro policía, llamado Fausto Aníbal Parra, fue detenido junto con Olmedo luego del incidente y ambos fueron encarcelados en la Unidad de Flagrancia, si bien se los liberó con medidas cautelares. Para septiembre de ese año, el fiscal a cargo del caso, Jorge Parco Yuquilema, se abstuvo de acusar a Parra y, en cambio, pidió que se convoque a juicio a Olmedo. Desde los primeros momentos, los fiscales establecieron que investigaban una extralimitación en el servicio por parte del policía. Parra fue sobreseído por el juez penal de Riobamba y la denuncia en su contra fue declarada sin malicia ni temeridad.

Además da la acusación de la Fiscalía, los deudos de los fallecidos en el incidente también presentaron acusaciones particulares en contra del policía Olmedo. Se trata de dos mujeres de Riobamba, qie forman parte de la familia. Según relataron, los dos jóvenes no tenían antecedentes y eran inocentes.

Además da la acusación de la Fiscalía, los deudos de los fallecidos en el incidente también presentaron acusaciones particulares en contra del policía Olmedo. Se trata de dos mujeres de Riobamba.

Tras varios incidentes y dilaciones, la audiencia del caso tuvo lugar en esta semana, el 19 de enero de 2022. El extracto de la audiencia establece varios de los elementos que el tribunal penal tomó en consideración  para condenar al policía. 

La "verdad procesal" del incidente

Según los jueces, uno de los abatidos, de apellido Conduri, asaltaba en la esquina señalada a un menor de edad, lo que fue observado por el policía Olmedo desde su patrulla. El policía, dijo la Fiscalía ante el juez, empezó una persecución del presunto delincuente, quien subió a por lo menos dos cuadras de ahí a una moto, conducida por el otro abatido, de apellido Marchán.

Para el fiscal, cuando los alcanzó, el policía empezó a disparar por lo menos doce veces, sin emplear el uso progresivo de la fuerza, ni respetar los principios de proporcionalidad y necesidad, pues los abatidos no tenían armas de fuego ni habían realizado disparos. La acusación particular respaldó la tesis de la Fiscalía. 


Parte del incidente quedó grabado cámaras de seguridad, el policía encañonó a los sospechosos y los persiguió a dos cuadras de ahí. El momento en que les disparó no quedó registrado. Diario La Hora.

En el acta, se precisa que la defensa de Olmedo argumentó que él y su compañero no cometieron ningún delito, sino que simplemente estaban prestando sus servicios. También señalaron que en el sitio de los disparos había una tercera persona que no pudo ser identificada y que el policía se arriesgaba a una emboscada en el sitio. De la tercera persona no se presentaron indicios en el proceso, ni fue captadas en las cámaras cercanas. 

Según el fiscal, el policía Olmedo empezó a disparar por lo menos doce veces, sin emplear el uso progresivo de la fuerza, ni respetar los principios de proporcionalidad y necesidad, pues los abatidos no tenían armas de fuego ni habían realizado disparos. La acusación particular respaldó la tesis de la Fiscalía.

Pero entre las pruebas que la Fiscalía presentó en la audiencia estuvieron el acta de levantamiento de los cadáveres, el testimonio del médico que realizó la autopsia de ambos cuerpos, entre otros. El médico testificó que la causa de muerte fueron los disparos recibidos por los presuntos delincuentes, que fueron alcanzados en la espalda, mientras intentaban huir, pues los orificios indicaban que los disparos fueron de atrás hacia adelante. 

Además de estas pruebas, la Fiscalía presentó pericias de grabaciones de cámaras de seguridad de los locales y casas del sector, y el análisis de barrido electrónico de la mano derecha del acusado, en busca de indicios de que había realizado disparos. Para el tribunal, las pruebas determinaron la materialidad de la infracción. 

De ahí se pasó a analizar las responsabilidades. El tribunal citó que según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los policías deben hacer uso de la fuerza en observancia de los derechos humanos, pues si la fuerza no se emplea adecuadamente se transforma en violencia. El tribunal dijo también que debe usarse el arma haciendo el menor daño posible. En la argumentación del tribunal se precisa que el policía Olmedo evitó el robo contra el menor de edad, para luego entrar en una persecución a los presuntos delincuentes, que para los jueces fue "un segundo instante" del incidente. 

En ese momento, dicen los jueces, el policía debía analizar si había una amenaza grave, pero en lugar de eso, cometió una extralimitación, al disparar por la espalda a los sospechosos a quienes causó la muerte. 

El médico testificó que la causa de muerte fueron los disparos recibidos por los presuntos delincuentes, que fueron alcanzados en la espalda, mientras intentaban huir, pues los orificios indicaban que los disparos fueron de atrás hacia adelante.

Dado que la Fiscalía ni señaló agravantes en este caso, se le impuso la pena de tres años y cuatro meses, una multa de diez salarios básicos y una reparación de 10 mil dólares por cada una de las víctimas. 

La defensa de Santiago Olmedo

En diálogo con nuestro programa Mesa de Análisis, con Juan Carlos Calderón y Fermín Vaca, el abogado Hugo Espín, quien participó en la defensa de Olmedo, cuestionó la decisión de los jueces y la tesis de la Fiscalía.

El abogado agregó que el policía Olmedo corre riesgo al ir a la cárcel si la condena de ejecuta, por lo que la sentencia en su contra es una "condena de muerte". Espín explicó que el artículo 293 del COIP se refiere a la muerte o lesiones ocasionadas por un elemento militar o policial, cuya pena máxima es de 10 a 13 años. Pero Olmedo fue condenado a tres, según su abogado, porque sí observó el principio de proporcionalidad, pues se identificó como policía, advirtió a los delincuentes y evitó que el menor sea asesinado, pues en su criterio, el sospechoso abatido "no estaba robando, sino que atentaba contra la vida del menor" y que luego hubo una persecución a pie de 200 metros. Espín explica que los sospechosos le llevaban al policía una ventaja de 30 metros, pero en lugar de huir lo esperaron en un sitio en donde tenían una ventaja. 

hugo Espín, abogado de Santiago olmedo, insiste en que hubo una tercera persona en el lugar cuyo papel era ayudar a emboscar al policía, quien debió usar su arma.

Espín insiste en que hubo una tercera persona en el lugar cuyo papel era ayudar a emboscar al policía, quien debió usar su arma. En su criterio, hubo errores y ligereza de la Fiscalía en este caso. Recordó la muerte de un sargento de Policía en Guayaquil por evitar un asalto, en donde uno de los sospechosos fue liberado enseguida. "Los policías no salen a matar sino a proteger la vida. Hay fiscales que conciben los hechos de manera cinematográfica, creen que es fácil disparar a las manos o a las piernas", explica Espín, quien también reclama jueces y fiscales especializados para estos casos. 

El abogado sostiene que los operadores de justicia deben tomar en cuenta las excepciones que se han establecido para la responsabilidad de los uniformados. Explicó también que no es necesaria una igualdad de medios (es decir que el delincuente y el policía estén, por ejemplo, usando armas de fuego) y que hay que tomar en cuenta lo que llamó la "doctrina Tueller": a menos de seis metros de distancia y con el arma enfundada, el policía no alcanza a disparar antes de que un agresor con arma blanca lo apuñale.

Efectivamente, según el medio internacional El Independiente, "Desde 1983 se utiliza en el ámbito policial la ‘regla Tueller de los 21 pies’, usada habitualmente como técnica de entrenamiento. Es un ejercicio con el que se pretende demostrar el rango de distancia en el que un agente puede repeler de forma efectiva el ataque de un individuo armado con un objeto cortante. Debe su nombre al sargento Dennis Tueller, del departamento de Policía de Salt Lake City, que concluyó que el tiempo mínimo en el que un agente puede sacar su arma y disparar es de 1,5 segundos. En ese tiempo, una persona en un estado de salud normal puede recorrer casi seis metros y medio (21 pies, con el sistema métrico estadounidense). De esta manera, un agente de policía necesitaría darse cuenta de que la persona está armada y con intención de atacar cuando se encuentre a unos 7 metros de él. Aun así, sería físicamente capaz de disparar un segundo y medio después, cuando el contacto y por tanto la agresión ya casi se están produciendo. En otras palabras, se trata de un disparo a bocajarro, prácticamente en contacto con el objetivo, efectuado bajo unas condiciones de adrenalina y estrés en las que apuntar resulta imposible para un agente común. Considerando el ángulo normal de disparo, con el brazo extendido y a la altura de los hombros, lo normal es que esos impactos de bala acaben en la cabeza, el cuello o el pecho del agresor, zonas potencialmente letales".

Espín sostuvo que actualmente hay procesos administrativos disciplinarios en la Policía y también procesos penales. Olmedo fue absuelto en el proceso administrativo en su contra, señaló el abogado. Por lo menos 940 policías son procesados tanto en lo administrativo cuanto en lo penal en la actualidad, mientras la Fiscalía no parece tener criterios claros sobre si casos como este son homicidios o extralimitación del servicio. Finalmente, Espín dijo que no se puede confundir un acto de servicio policial con un acto de odio, por lo que insistió en la necesidad de garantías para los policías. 

Las reacciones 

Desde que inició el proceso contra Olmedo en Riobamba, varias cuentas de Twitter iniciaron campañas para defenderlo, argumentando que al abatir a dos delincuentes simplemente había hecho su trabajo. Pero tras conocerse la condena, el primero en rechazarla fue el presidente Guillermo Lasso, quien ya había anticipado su decisión de proteger a los policías e inclusive de aplicar indultos presidenciales a su favor si eran condenados por la justicia por delitos como éste.

En su cuenta de Twitter, el presidente anticipó que "respaldará con hechos" al policía, pero que se deberá esperar que el proceso concluya en la justicia. Efectivamente, como es una sentencia de primera instancia, aún puede ser apelada en la Corte Provincial de Chimborazo y hasta que no se ejecutoríe, y el condenado sea puesto en la cárcel, el presidente no puede indultarlo, como parece ser su intención.

Así, el policía Olmedo aún está bastante lejos de obtener una gracia presidencial. No solamente el presidente Lasso apoyó a Olmedo, sino políticos de Guayaquil de la misma tendencia, como es el caso del ex vicepresidente Otto Sonnenholzner, quien tuiteó:

Para la abogada y activista de derechos humanos, Lolo Miño, el presidente Lasso no debió precipitarse en este caso:

Miño publicó también un resumen de algunos estándares internacionales relacionados con el uso progresivo de la fuerza:

De su lado, el también abogado de derechos humanos Christian Paula, no dudó en calificar el hecho como una presunta ejecución extrajudicial:

Desde la otra orilla, policías, ex policías y otros abogados también opinaron en la misma red social. El director del ISSPOL y coronel de Policía, Renato González, apoyó el criterio del abogado Ismael Quintana, para quien, sería un despropósito la condena contra el policía Olmedo por cumplir con su deber constitucional. 

Para González, lo mejor sería volver a cortes penales especializadas para policías y militares, que operaban en el pasado y que fueron eliminadas hace varios años.

González cuestionó también que la sentencia en el caso de Olmedo obligue a indemnizar a quienes considera "deudos de delincuentes":

Inquietud policial

El caso del policía provocó inquietud en grupos de chats  de policías en donde circuló una convocatoria a un paro policial este 2 de marzo, con la intención de respaldar a Olmedo "asta (sic) que tengan oídos y las leyes cambien". La imagen tuvo que ser desmentida por la Policía en su cuenta de Twitter, que la calificó como "fake news". La Policía dijo que no habrá ningún paro. La última paralización policial tuvo lugar el 30 de septiembre de 2010, cuando policías inconformes por cambios en la legislación que rige sus condiciones laborales se sublevaron en todo el país, lo que terminó con la retención del ex presidente Rafael Correa en el hospital de la Policía de Quito. Durante el paro policial se produjeron saqueos, sobre todo en Guayaquil y hubo varias muertes en hechos de violencia no aclarados hasta el momento, en Quito.

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