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15 de Marzo del 2015
Historias
Lectura: 14 minutos
15 de Marzo del 2015
Redacción Plan V
¿La mano dura llegó a la internet?

La nueva Ley de Telecomunicaciones será la herramienta para que el Estado intervenga los contenidos en la Internet por medio de resoluciones administrativas.

 

La promulgación de las reformas a la Ley de Telecomunicaciones permite que una autoridad administrativa censure contenidos en la internet sin control judicial, como se intentó hacer al prohibir Los Simpson en la televisión nacional. ¿Se abre la puerta al control de contenidos en la red?

Juan Carlos Solines

Es abogado por la Universidad Católica de Quito, experto en propiedad intelectual y derecho de internet. Tiene un titulo en Administración Pública en la Universidad de Harvard, con enfoque en nuevas tecnologías y gerencia pública. Catedrático universitario. Fue presidente del Conatel. Ex candidato a la vicepresidencia de la República en binomio con Guillermo Lasso. 

Era 2009, cuando el correísmo aún decía ser una opción de izquierda y la noticia produjo sorpresa.

El Consejo Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), entonces bajo la presidencia de un joven abogado de Guayaquil, emitió una resolución administrativa por medio de la cual prohibió al canal Teleamazonas la transmisión de la serie de animación norteamericana  Los Simpson, entre las 06:00 y las 21:00. La resolución argumentaba que en ese horario familiar la serie, que contaba con cuestionamientos de sectores conservadores del régimen por su estilo irreverente, podía afectar a los niños. Pedía también que el aparataje de niñez y adolescencia del Estado investigue si la popular caricatura no transmitía "antivalores".

Aunque el Conatel dio marcha atrás y hoy por hoy Los Simpson se transmite hasta en los canales incautados, lo cierto es que la puja mostró el lado pacato del correísmo, dispuesto a aplicar resoluciones administrativas en nombre de la moral y las buenas costumbres.

Las recientes reformas a la Ley de Telecomunicaciones, aprobadas por la Asamblea, parecen abrir la puerta al control, por medio de resoluciones administrativas de este tipo, de los contenidos en la Internet. Al menos, esta es la lectura de Juan Carlos Solines.

¿Cuáles son los riesgos para la privacidad y los derechos ciudadanos en esta nueva ley?

Pienso que el país necesitaba una nueva Ley, no solamente una que aborde el tema de las telecomunicaciones, sino todo lo que significa información y comunicación. La tecnología avanza a una dinámica muy acelerada, y de las tecnologías dependen todos los sectores. Pero hubo varios errores: en primer lugar se ha debido llamar ley de tecnologías de información y comunicación y no Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Con respecto al contenido, esta ley debía plasmar ciertos principios universales,en favor del usuario y su privacidad, como son la neutralidad tecnológica y la neutralidad de las redes. Estos principios deben estar plasmados en la ley. Si bien los menciona, no hay un adecuado desarrollo. Lo que se ha hecho es imponer excepciones a estos principios. 

¿En qué consisten estos principios?

La neutralidad de la red consiste en que cualquier contenido, información, opinión o uso que se le de a la red no tenga limitaciones en funciones de la tecnología que se utilice, mantener sus características de ser abierta, transparente y de acceso universal.  Evitar que el manejo y administración del tráfico de Internet ponga en riesgo la privacidad, los derechos humanos y otros derechos y libertades fundamentales de los usuarios de la red. La regulación debe ser ajena y neutral a esos aspectos. La neutralidad tecnológica implica que no se debe haber preferencias sobre algún tipo de tecnología para favorecerla o perjudicarla. Por ejemplo, obligar a que un país use solo software libre sin respetar preferencias y opciones, atenta contra la neutralidad tecnológica. 

¿Se están contraviniendo estos principios en esta Ley?

Sí, en el artículo 24 se dice que hay obligaciones para los prestadores de servicios de telecomunicaciones, que son quienes prestar servicios de internet. Entre sus deberes está no limitar el derecho de los usuarios, lo que garantiza el principio de neutralidad, así como no impedir el uso de cualquier equipo, pero todo se echa al traste al establecer excepciones para restringir, bloquear, discriminar, limitar o interferir en contenidos, aplicaciones y servicios de internet por “disposición de autoridad competente”.

¿Y esa autoridad competente cuál es?

Pues ahí cabe cualquier cosa. Yo les advertí a los redactores de la Ley que debía decir "juez competente" para que esos principios y derechos constitucionales puedan ser suspendidos por medio de un debido proceso. Del texto de la Ley se deriva que las autoridades competentes son las autoridades administrativas, adscritas al Poder Ejecutivo, que es la Arcotel, que está compuesta por tres personas: el Ministro de Telecomunicaciones, un delegado del Presidente y un delegado de la Semplades. Es decir, los tres integrantes responden al Gobierno. 

¿Entonces, si ellos de oficio, a tono con su nueva política de educación sexual y abstinencia, deciden bloquear todos los servidores de pornografía en el país podrían hacerlo?

Por supuesto. Porque al decir autoridad competente, están siendo mencionados ellos. Es lo mismo que han hecho en el caso de la comunicación. El Cordicom se ha erigido en la autoridad competente para determinar dónde hay contenidos discriminatorios en los medios de comunicación. Aquí pueden usar el mismo criterio.

¿Y si, por ejemplo, les parece que PLAN V tiene contenidos inadecuados, podrían disponer que se lo bloquee?

"Ya decretaron hace un par de años que los proveedores de internet deben acatar las disposiciones de las autoridades de telecomunicaciones en caso de conmoción interna o estado de excepción".

Por supuesto. Pueden sostener que una página está contribuyendo a un "golpe blando" o está agitando a la población. Ya decretaron hace un par de años que los proveedores de internet deben acatar las disposiciones de las autoridades de telecomunicaciones en caso de conmoción interna o estado de excepción. Es decir, en un 30 de septiembre, no solo que podrían hacer lo mismo que hicieron con la televisión, sino también suspender las redes sociales o de plano el internet.

En portales como Alexa.com que miden el tráfico de internet de los países se puede ver que entre los portales más vistos del país están los de pornografía. Entonces, ¿los podrían bloquear a todos alegando el bien de la juventud?

Con este marco legal podrían hacer cosas como esas. En la lógica del Presidente, sobre la educación sexual, pueden decir es un tema de valores para prevenir el embarazo adolescente por ejemplo. Y no estamos especulando: ya están haciendo cosas como esta en el ámbito de la comunicación. Debió darse esta atribución a un juez, para que en el marco del debido proceso se tomen estas decisiones. Si se va a vulnerar la anonimidad de una persona en internet, debe ser con una orden judicial. Ahora lo hace el Presidente con órdenes en la sabatina.

Pero el Presidente ha dispuesto estas investigaciones a sus servicios de inteligencia. ¿Están para eso las agencias de inteligencia del Estado?

En la ortodoxia de la doctrina los servicios de inteligencia no están adscritos al Despacho presidencial para que el Presidente decida a quién investiga y a quién no. Pero ahora la inteligencia y la seguridad nacional están siendo manejadas sin ningún control. En el caso de esta Ley, la Arcotel va a ser la que se convierta en la "autoridad competente" establecida en esta Ley. Al hablar de los derechos de los usuarios, la Ley también dice que la "autoridad competente" puede bloquear los accesos de los usuarios. En el artículo 85, entre las obligaciones adicionales se menciona que la Agencia de Regulación y Control deberá dictar instrucciones a los proveedores de servicios, con carácter vinculante, para tomar medidas de seguridad de las redes. Esta norma obliga a los prestadores de servicios de Internet a entregar toda la información necesaria sobre sus políticas de seguridad y también someterse a auditorias de seguridad por parte de esta Agencia controlada por el Ejecutivo.  Esta atribución puede permitir, eventualmente, que accedan a los historiales de los usuarios y abonados.

¿Se afectaría así la privacidad de las personas?

Pienso que ningún poder político puede tener injerencia en temas tan sensibles. Con este Gobierno en particular, que usa y mal usa datos personales y manipula información privada, como por ejemplo al usar vídeos de un hotel el 30 de septiembre, o en el caso de Crudo Ecuador que se usó un documento privado, al que se accede con clave de usuario, no puede ser que este Gobierno, con estos antecedentes, se haga cargo del control y vigilancia de los sistemas de seguridad de proveedores y prestadores de servicios de Internet privados.  Puede dictar regulación y establecer estándares de seguridad, pero no intervenir directamente en ellos.  Que se diga que el Poder de Control Social y participación Ciudadana haga un control como ese, se entendería, pero en este caso, lejos de aquello, se le despojó a ese Quinto Poder de la Superintendencia de Telecomunicaciones. Se hizo una reingeniería institucional en el sector que simplemente eliminó varios organismos autónomos para darle todas las atribuciones directamente al Ejecutivo. De las cuatro instituciones que había en el sector, han dejado uno solo, controlado totalmente por el Gobierno. Se ha dejado de lado la independencia y carácter técnico de los órganos de regulación de las telecomunicaciones. Esto consta hasta en los tratados que han firmado los países vecinos con Europa, por ejemplo. En el sector se eliminó la Superintendencia de Telecomunicaciones.

¿Como ve usted el tema de la Internet como servicio público?

Las telecomunicaciones ya eran un servicio público. Se puede concluir que ya el Internet es un servicio público de acuerdo a la Constitución vigente y la actual ley. Los servicios públicos sólo pueden ser provistos por el Estado y, por excepción, brindados por el sector privado.  En el afán de control que tiene este Gobierno, resulta lógico y muy preocupante que apliquen estos criterios para desplazar al sector privado de la provisión de un servicio vital como el acceso a la internet o que lo sobreregulen so pretexto de ser un servicio público controlado y vigilado por el Estado. El Estado ya provee internet por medio de la CNT, pero desde el año 2000 se liberalizó el sector de las telecomunicaciones, lo que permitió el ingreso de actores privados. La telefonía fija se liberalizó, mientras en la telefonía móvil los primeros actores fueron privados. Es un régimen con techos tarifarios. Si bien la Ley no desarma este sistema liberalizado, al convertirlos en servicios públicos, el Estado debe dar esas concesiones por delegación. En el caso del 4G, el Estado mantiene a las operadoras. 

¿Usted piensa que si bien debe haber control del Estado, este debe ser autónomo?

Sí, la reforma debía orientarse a darle la autonomía y carácter técnico al órgano que regule y controle las tecnologías de información y comunicación, incluida las telecomunicaciones. Hoy está muy mal orientada.  Está pensada dentro del proyecto político del Gobierno.  En el caso de la Internet, no se contaba con mecanismos de legislación interna para el control de ese recurso y plataforma universal.  El Ecuador no tenía jurisdicción para ejercer control.  Pero con esta nueva norma ya tienen un mecanismo: como no pueden controlar al emisor, deciden controlar al receptor y al intermediario, que es el proveedor de Internet.

¿Ya no van a necesitar de esa empresa extranjera que usan para controlar indirectamente la internet en el país?

Ares Rights, que así se llama esa empresa, se basa en reclamaciones internacionales de derechos de autor. Aquí les va a tocar hacer regulaciones de orden administrativo, aunque eso lo pueden hacer en una sola tarde, pueden hacer normas administrativas como cuando quisieron, por medio del Conatel, declarar que Los Simpson tenían un contenido violento. Ellos de oficio pueden declarar que algo es discriminatorio, sexista o violento y pueden disponer que se bloquee. En la Primavera Árabe vimos como gobiernos represivos y autoritarios le apuntaron a las redes sociales para impedir que se movilice la gente. Aquí pueden restringir estos servicios sin orden de un juez. Se han hecho actos de amedrentamiento como revelar la identidad de jóvenes, ahora tienen abierta una puerta de dos hojas para dictar regulaciones que les sean favorables. 

 

 

 

 

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