Back to top
18 de Mayo del 2021
Historias
Lectura: 11 minutos
18 de Mayo del 2021
Fermín Vaca Santacruz
"No se puede utilizar las armas destinadas a disuadir para matar": Alejandro Ponce
1

El uso potencialmente ilícito del gas lacrimógeno por parte de las policías de la región ha sido denunciado en varios países. Foto: Reuters

 

Para el abogado y experto en derechos humanos, las policías de la región ha reprimido las protestas de forma inadecuada. El uso de gas lacrimógeno para matar o lesionar gravemente a los manifestantes no tiene justificación, sostiene. El hecho de que la policía colombiana prácticamente una rama de las fuerzas armadas explica la forma en la que han reprimido las protestas en el país vecino.


¿Cuál es su opinión sobre las denuncias de abusos policiales y violaciones de derechos humanos en las protestas en Colombia?

Alejandro Ponce Villacís

 

Es doctor en Jurisprudencia por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador  (1993) y Master in International Legal Studies, Washington College of Law, American University (1994). Tiene más de 25 años de ejercicio profesional y es experto en litigación compleja en Ecuador. Ha sido catedrático de derecho.

Lo primero que tenemos que ver es que, cuando se hacen alegaciones de violaciones de derechos humanos en entornos de violencia, debemos verlas en general con preocupación. El hecho de que se utilice la fuerza contra la población civil puede crear un espacio propicio para las violaciones de derechos humanos. El primer punto a considerar es la forma en la que las fuerzas del orden reaccionan frente a los civiles. Desde 2019 hemos escuchado alegaciones de que ellos no utilizan armamento letal. Pero no existe tal cosa como el armamento no letal. Lo que hay es un tipo de armamento menos letal y de qué forma de está utilizando. Lo que hemos visto es que ese tipo de armamento es utilizado de forma que produzca daños más allá del objeto para el que fueron creados. Por ejemplo, en el caso del gas lacrimógeno, se usa el arma que lo dispara como un arma de impacto y no para la dispersión del gas. Cuando las fuerzas del orden empiezan a usar ese tipo de equipamiento de una manera distinta a la recomendada podemos empezar a pensar en violaciones a los derechos humanos.

En el caso de Colombia, la situación es más grave porque allá hay una fuerza policial que ha sido entrenada para la lucha contra las guerrillas y movimientos subversivos, y que inclusive no depende de un ministerio de Gobierno sino del de la Defensa, lo que coloca a la policía colombiana en una situación delicada. No se ve como una institución destinada a proteger a la ciudadanía sino como una fuerza que lucha contra un enemigo. Y en disturbios internos no podemos utilizar el concepto de enemigo, sino el uso de la fuerza necesaria solo para mantener el orden. Los vídeos que circulan evidencian que no ha sido el caso. 

"En el caso del gas lacrimógeno, se usa el arma que lo dispara como un arma de impacto y no para la dispersión del gas. Cuando las fuerzas del orden empiezan a usar ese tipo de equipamiento de una manera distinta a la recomendada podemos empezar a pensar en violaciones a los derechos humanos".

¿La policía militarizada de Colombia, será más bien una rama de las fuerzas armadas y no institución de orden público?

Efectivamente, depende del Ministerio de Defensa y eso ya nos hace ver cuál es su visión sobre sí misma. 

¿El uso antitécnico del armamento disuasivo es otro elemento preocupante?

No solamente es antitécnico, sino que se usa de manera deliberada para algo para lo que no es. Antitécnico sería usar los lanzagases de manera que el gas no se disperse, por ejemplo. Pero es que ni siquiera hacen eso, sino que usan las bombas como proyectiles para causar daño a la población. Lo que se busca es dañar a quienes protestan. 

¿Entonces es un uso ilícito? ¿Un uso criminal del gas lacrimógeno?

Es un uso ilícito que raya en lo delictivo. La sociedad requiere que cuando se den esas circunstancias se sancione y se investigue, porque sino vamos a seguir viendo cómo se multiplica ese tipo de conductas cuando se trate de disuadir a manifestantes. No estamos analizando si la protesta es justa o injusta, violenta o no, el tema es que no se puede utilizar las armas destinadas a disuadir para matar, o para herir o causar daño. Eso es lo que vimos en Ecuador en octubre, también en Chile y ahora en Colombia. 


 "Nos están matando", cartel mostrado durante una protesta contra la violencia policial, en Bogotá. Foto: REUTERS / Nathalia Angarita

La narrativa de las fuerzas policiales de la región es que la sociedad no comparte su visión ni entiende su tarea y ponen las agresiones a manifestantes al nivel de agresiones a los policías. ¿Realmente están al mismo nivel policías y manifestantes o los policías tienen ventaja?

Al tener un monopolio de la fuerza y del uso de armas no existe esa proporcionalidad de la que hablan las policías. Es verdad que hay hechos violentos por parte de quienes protestan, no lo podemos negar, es verdad que se utiliza cierto tipo de instrumentos contra la policía, así como que pueden haber policías muertos, heridos o lesionados. Pero eso no justifica que ante estas prácticas irregulares o ilicitas de la población civil se produzca una respuesta ilícita por parte de las fuerzas del orden. Se supone que ellos están entrenados para repeler y para mantener el orden, y no deberían estarlo para matar y herir. Si es que actúan de esa manera significa que no están listos para trabajar como deberían y cumplir con su misión. Se ha hablado de los derechos de los policías, claro que los tienen, pero su reacción siempre debe estar dentro de la legalidad, no pueden reaccionar en la ilicitud. 

"No se justifica que ante estas prácticas irregulares o ilicitas de la población civil se produzca una respuesta ilícita por parte de las fuerzas del orden. Se supone que ellos están entrenados para repeler y para mantener el orden, y no deberían estarlo para matar y herir".

A raíz del informe de la Defensoría del Pueblo, se alegaron supuestos delitos de lesa humanidad cometidos por el Gobierno de  Moreno y sus ministros Romo y Román. En Chile, se ha anunciado una denuncia internacional contra el presidente Piñera por la misma razón. ¿Aplican realmente estos sucesos para hablar de lesa humanidad?

En el tema de lesa humanidad y de otros delitos considerados en el derecho penal internacional, es claro que éstas prácticas deben ser sistemáticas, esa es su característica fundamental. Tengo dudas de que en el caso de octubre, más allá de la gravedad de los hechos, de la forma perversa como se atacó a la población de manera absolutamente despiada, tengo dudas de que se haya cumplido el principio de que los hechos hayan sido sistemáticos. Mi opinión es que se cometieron delitos y graves violaciones de derechos humanos como consecuencia de estas conductas, pero no creo que delitos dentro de los criterios del derecho penal internacional. 

¿Esos delitos deben ser juzgados entonces en el marco de la justicia nacional?

Sí, deben ser procesados, inclusive si hubiera delitos de lesa humanidad el deber primordial del Estado debe ser investigar y sancionar. Únicamente cuando los estados fallan en esa tarea se puede pensar en acudir al Estatuto de Roma. Esos delitos existen y están tipificados en nuestra legislación. La Fiscalía debe investigar y las denuncias sobre abusos policiales están avanzando lentamente. Es verdad que la pandemia ha demorado las cosas, pero no deberían hacerlo tanto.

"Tengo dudas de que en el caso de octubre, más allá de la gravedad de los hechos, de la forma perversa como se atacó a la población de manera absolutamente despiada, tengo dudas de que se haya cumplido el principio de que los hechos hayan sido sistemáticos".

Se habló también de ejecuciones extrajudiciales en el informe propiciado por la Defensoría del Pueblo. ¿Si un manifestante muere en una acción judicial es una ejecución extrajudicial?

Creo que sí se cometieron ejecuciones extrajudiciales. Si la policía usa el armamento que para disuadir con la intención de herir o matar se produce una ejecución y hay muchos vídeos que muestran que la policía no utiliza las armas para disolver sino para causar daño. En el caso colombiano se reporta que no solo usan armas antidisturbios, sino también las de fuego. Y usar armas con el fin de matar es una ejecución extrajudicial. 

En Cali se reportó un grupo de personas vestidas de blanco con armas de fuego disparando a los manifestantes a santo de proteger su propiedad. ¿Es esto legal?

Si hay personas disparando o agrediendo con armas eso significa que el Estado no ha reaccionado de manera adecuada. El Estado colombiano debe impedir estos ataques porque tiene la obligación de proteger la vida de las personas. Es culpa del Estado que no se hayan tomado las medidas para evitar que eso suceda.

La Policía ecuatoriana envió un mensaje de "apoyo incondicional" a la Policía de Colombia. ¿Se justifica una acción así?

Lo he dicho en las redes: esos mensajes significa que nuestra Policía Nacional  no tiene el más mínimo respeto por los derechos de las personas. No se puede apoyar aquello que resulta ilícito, no se puede justificar una violación de derechos bajo ninguna circunstancia. 

Pero ellos dicen que es solamente un apoyo gremial, para darles "moral"...

Si les parece un apoyo gremial significaría que están de acuerdo con violaciones a derechos y que la Policía ecuatoriana tiene una visión sobre el tema que justificaría que desaparezca y sea reemplazada por una institución que cuide a la sociedad y no le cause daño.

¿Hay posibilidad real de que en nuestros países se procesen y castiguen los abusos policiales?

Cada vez que hay abusos de poder en la región las investigaciones son tradicionalmente lentas. En los 70 hubo graves violaciones de derechos humanos en varios países de América Latina y hasta el momento no se han producido verdaderas sanciones. En el Ecuador vemos como las violaciones a derechos humanos también avanzan lentamente. Esta tónica debe cambiar y los entes estatales deben producir efectos. Habrá más seguridad jurídica para todos los ciudadanos cuando esos hechos sean juzgados. 

 

GALERÍA
"No se puede utilizar las armas destinadas a disuadir para matar": Alejandro Ponce
 


[CO MEN TA RIOS]

[LEA TAM BIÉN]

Una batalla inter judicial, que incluye sesiones a las dos de la madrugada
Redacción Plan V
Wilman Terán quiere respaldar la iniciativa de jueces sin rostro en la ley de datos personales
Susana Morán
El asedio al sistema monetario internacional
Julio Oleas-Montalvo
La fiscal en la mira: los frentes abiertos de Diana Salazar
Redacción Plan V

[MÁS LEÍ DAS]

El caso Calo: acusado de violación se parapeta en los derechos culturales
Redacción Plan V
MINUTO A MINUTO: ELECCIONES EXPRÉS 2023
Redacción Plan V
La postulación de Jan Topic agita las redes
Redacción Plan V
Un usuario ‘fantasma’ operó durante tres años en el sistema informático judicial
Redacción Plan V