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25 de Abril del 2022
Historias
Lectura: 11 minutos
25 de Abril del 2022
Susana Morán
11 curiosidades del fallo del juez Moreira a favor de Junior Roldán
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Junior Roldán (segundo desde la izquierda) y José Adolfo Macías (junto a Roldán) firmaron un supuesto acuero de paz en julio de 2021. Pero las masacres en las cárceles continuaron. Foto: Archivo El Universo

 

Una sentencia con partes copiadas y repetidas o notificaciones cortadas. Esos son algunos de los elementos que PlanV halló en el proceso que concedió el arresto domiciliario a Junior Roldán, uno de los máximos líderes de Los Choneros. El juez Pedro Moreira reemplazó por una semana al juez titular del juzgado donde recayó el caso de Roldán. Un recuento a fondo. 


1. Un juez nuevo y temporal. Pedro Enrique Moreira Peña se convirtió en juez de primer nivel el pasado 28 de octubre de 2021, informó el Consejo de la Judicatura. Es la primera vez que ejerce como juez. Antes fue docente en la Universidad de Guayaquil y abogado del Municipio de Durán. Santiago Peñaherrera Navas, director del Consejo de la Judicatura, lo nombró como juez, según mencionó Moreira. Y solo cinco meses después, este juez tramitó una de las causas más polémicas: un habeas corpus para Junior Roldán, uno de los líderes de Los Choneros

Moreira asumió el despacho de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil como reemplazo del juez Carlos Julián Cedeño Anchudia. Esto ocurrió el lunes 18 de abril pasado. Un día después llegó a ese despacho el caso de Roldán. El encargo finalizó este domingo 24 de abril. La Judicatura anunció este lunes, 25 de abril, que decidió terminar el nombramiento temporal del juez.

El peticionario del habeas corpus a favor de Roldán fue Miguel Angello Miranda Gómez, quien registró su título como abogado, por la Universidad Ecotec, en septiembre pasado. Tuvo una licorería, pero su local ya fue cerrado, según su RUC.

2. Un proceso maratónico. El pedido de habeas corpus a favor de Roldán llegó el martes, 19 de abril, a las 14:50. El juez Moreira inició el trámite y convocó para el miércoles, 20 de abril, a las 15:00, la audiencia. Su resolución se conoció pasadas las 19:00. Es decir, le tomó menos de 30 horas resolver el habeas corpus a favor de Roldán.

3. Una convocatoria cortada.  Pero durante el trámite hubo algunos episodios que llaman la atención. A las 17:20 del 19 de abril, el juez Moreira convocó a la audiencia de habeas corpus. En esa convocatoria menciona como antecedentes su nombramiento como juez constitucional, pero el texto que sigue se corta abruptamente de la siguiente manera: “en virtud del sorteo electrónico de ley que precede; y, en uso de mi facultad jurisdiccional establecida en e”. Es decir, no termina señalando, en el sistema, ni la hora ni el día de la audiencia.

4. El sistema dañado. Las convocatorias a las audiencias deben ser cargadas en el sistema de la Función Judicial, con el día y la hora fijados. A través de esta plataforma también se registran las notificaciones a las partes involucradas. Pero en este caso, las notificaciones se hicieron por correo electrónico porque supuestamente el sistema tuvo problemas. “El día de hoy el sistema informático e-Satje presentó problemas para poder generar o crear una actividad, se procedió aplicar plan de contingencia implementado por el Consejo de la Judicatura a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en decreto que antecede (sic)”. La secretaria de ese despacho, Dora Vera, envió las notificaciones desde su correo institucional a los correos institucionales de los demandantes y demandados.

Moreira asumió el despacho de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Guayaquil como reemplazo del juez Carlos Julián Cedeño Anchudia. Esto ocurrió el lunes 18 de abril pasado. Un día después llegó a ese despacho el caso de Roldán.

5. No había demandados. Otra particularidad de este caso, es que en el sistema no se registró, hasta el cierre de esta publicación, las personas o instituciones demandadas con el habeas corpus.

El ahora exjuez Pedro Moreira defendió su fallo a favor de alias Junior. Dijo que ese era su papel como defensor de DDHH. Foto: El Universo

6. La primera decisión. El 20 de abril, el juez Moreira aceptó parcialmente el habeas corpus y ordenó el traslado de Roldán, con custodia policial, de la cárcel Regional hasta el hospital Abel Gilbert Pontón de Guayaquil. Pidió que sean notificados el director del hospital y el Director Distrital del Ministerio de Salud Pública para que reciba atención especializada. Pero, en menos de 48 horas, esa resolución fue cambiada en su notificación escrita.

7. Una resolución copy paste. En el auto general que contiene la polémica decisión, el juez argumentó su decisión. Pero parte de su texto es una copia literal de un fragmento del artículo de Alexandra Anchundia llamado Avances del Habeas Corpus en el Ecuador. La publicación tiene como fecha el 11 de octubre de 2016 y apareció en el portal de la organización INREDH. El texto copiado por el juez es el siguiente: “El solo reconocimiento constitucional de los derechos fundamentales no es suficiente si no va acompañado de garantías que aseguren la efectividad del libre ejercicio de estos derechos. Es notoria la presencia en el constitucionalismo moderno de una amplia y novedosa gama de instrumentos jurídicos que conforman el sistema de garantías de los derechos humanos, que abarcan tanto la acción procesal que permite al titular del derecho acudir, solicitando su protección o restablecimiento, a los tribunales en caso de vulneración del mismo, reconocida como garantía por excelencia para muchos, hasta los más disímiles medios de protección que se establecen en dependencia de la tradición jurídica, el desarrollo económico, político y social. Es decir que la efectividad de los derechos depende tanto de su reconocimiento constitucional como de la existencia de mecanismos adecuados, prácticos y disponibles para prevenir sus violaciones y reaccionar contra ellas, unido a la necesaria condicionalidad material para su pleno disfrute”.

8. Párrafos repetidos. Además de frecuentes errores de redacción y de frases crípticas, su texto además registra los siguientes párrafos repetidos:

-“De acuerdo a la información constante en el escrito que se atiende, se evidencia que el ciudadano en cuyo favor se dictó parcialmente la acción constitucional de Hábeas Corpus, se encuentra en riesgo de muerte; sea por el deficiente servicio de salud al cual tiene acceso dentro del centro de privación de libertad; ora, por la desprolija protección a su vida, siendo obligación del infrascrito juzgador tutelar ambos derechos”.

-“De acuerdo a la información constante en los escritos que se atienden, la cual además es pública y notoria, se evidencia que el ciudadano en cuyo favor se dictó parcialmente la acción constitucional de Hábeas Corpus, se encuentra en riesgo de muerte; sea por el deficiente servicio de salud al cual tiene acceso dentro del centro de privación de libertad; ora, por la desprolija protección a su vida, siendo obligación del infrascrito juzgador tutelar ambos derechos”.

Este juez es Diego Rafael Poma, quien tramitó un pedido de Roldán para su excarcelación por cumplimiento de la pena. En febrero pasado, Poma determinó la fecha en la que Roldán podrá obtener su prelibertad: octubre de 2022

9. Los cambios y la “modulación” de la sentencia. El juez afirmó, en su resolución, que cambió su decisión “en total apego” a su rol de juez constitucional y protector de derechos humanos. Aseguró que la vida y riesgo de Roldán estaba en “eminente (sic)” riesgo. Por eso, dispuso el arresto domiciliario temporal de alias Jr, ubicado en el cantón El Triunfo, provincia de Guayas. Según el juez, la casa de Roldán se encuentra adecuada con equipos médicos “altamente tecnológicos”. Moreira defendió, a través de su cuenta de Twitter, su fallo cuando el ministro del Interior, Patricio Carrillo, lo increpó públicamente. “La decisión se ha tomado en estricto derecho, he dispuesto traslado con resguardo policial, custodia policial permanente, imposición de dispositivo electrónico de rastreo”, dijo el juez.

10. Si no hay grillete, no importa. El juez Moreira dispuso que Roldán use un dispositivo electrónico. “La no existencia en stock de dicho dispositivo no será impedimento para el traslado del ciudadano Roldán Paredes; empero, si es responsabilidad de SNAI colocarlo a la brevedad posible (sic)”. También dispuso presencia de custodia policial suficiente en la casa de alias Jr.

11. Otro juez aparece en la historia. El juez Moreira, antes de que cambie de decisión, mencionó que el segundo al mando de Los Choneros debía permanecer en el hospital Abel Gilbert Pontón hasta que mejore o hasta el que el juez de garantías penitenciarias, que lleva la causa N. 09285- 2018-02288, determine lo contrario. Este juez es Diego Rafael Poma, quien tramitó un pedido de Roldán para su excarcelación por cumplimiento de la pena. En febrero pasado, Poma resolvió la unificación de las penas que tenía el líder de Los Choneros y determinó la fecha en la que Roldán podrá obtener su prelibertad: octubre de 2022. El juez Moreira dictaminó que, a su colega, el juez Poma, sea también notificado sobre el estado de salud de Roldán.

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