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12 de Diciembre del 2022
Historias
Lectura: 17 minutos
12 de Diciembre del 2022
Redacción Plan V
Minería en Morona Santiago: la Corte Constitucional sentó un precedente sobre consultar a los pueblos afectados
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En San Carlos de Limón, Morona Santiago, representantes indígenas dieron una rueda de prensa sobre la sentencia emitida por la Corte Constitucional que invalida la licencia ambiental del proyecto minero Panantza San Carlos. Foto: Confeniae

 

La Corte Constitucional emitió una sentencia a favor del pueblo Shuar y en contra del Ministerio de Ambiente por la licencia ambiental entregada inconsultamente a la concesión minera Panantza San Carlos en Morona Santiago. La licencia entregada en 2011 permitió la exploración del proyecto minero por la empresa china ExplorCobres SA (EXSA).


El pueblo Shuar manifestó que esta concesión expulsó a la comunidad Nankints y provocó una militarización de la zona. Los hechos desembocaron en tres estados de emergencia decretados entre diciembre de 2016 y febrero de 2017, en los últimos años del gobierno de Rafael Correa. Juristas vinculados a los demandantes aseguran que otras dos comunidades fueron desalojadas y otras sufrieron represión. En el área de influencia, ubicada en la provincia amazónica de Morona Santiago, hay trece centros shuar y múltiples asentamientos campesinos.

La Corte Constitucional resolvió declarar la vulneración del derecho a la consulta previa, libre e informada a toda la nacionalidad Shuar. Según la Corte, los procesos de socialización que realizó la empresa no pueden ser considerados como consulta, además de que el proceso de consulta es constitucionalmente tarea del Estado.

Tras siete años de proceso legal, la Corte ordenó la reparación integral para el pueblo Shuar. El ministerio de Ambiente deberá emitir disculpas públicas y realizar una consulta en los próximos seis meses. Sin embargo, las recientes mesas de diálogo dejaron clara la negativa de los indígenas ante la minería. Morona Santiago es la provincia con mayor presencia del pueblo Shuar en el país, nacionalidad conocida como el “pueblo de las cascadas sagradas”.

El desalojó en 2016 de los pobladores de Nankintz puso a esa comunidad en la palestra del caso, pero hay al menos trece comunidades afectadas por el proyecto. La sentencia de la Corte argumenta que el Ministerio de Ambiente aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto minero vulnerando el derecho del pueblo Shuar a ser consultado.

La comunidad de shuar de Nankints en el sur de Ecuador fue desplazada en 2016. Foto: Isabela Ponce. Publicada en Diálogo Chino

Las reservas de cobre atraen la inversión china

La empresa Explorcobres SA (EXSA) es una minera constituida en Ecuador desde 1993. La empresa es titular de trece concesiones en Morona Santiago. Cinco de ellas conforman el proyecto San Carlos-Panatza que abarca un área de 14 mil hectáreas en los cantones Limón Indanza y San Juan Bosco, sobre todo en las parroquias Santiago de Panantza, San Carlos de Limón y San Miguel de Conchay.

El proyecto minero consiste en desarrollar un yacimiento de 3200 hectáreas donde se explotará cobre, oro y molibdeno. La empresa proyecta construir dos minas a cielo abierto con una vida útil de unos 21 años. Con un procesamiento de 90 mil toneladas de cobre al día, ExplorCobres estima una producción de 678 millones de toneladas y la perforación de 205 pozos exploratorios durante todo el proyecto.

ExplorCobres S.A. pertenece a CRCC Tongguan Investment Co. Ltd., Tongling Nonferrous Metals Group Holdings Co. Ltd. y China Railway Construction Corporation (CRCC), empresas públicas y privadas de China. PlanV solicitó una entrevista con la empresa, pero hasta la publicación de este reportaje no recibimos una respuesta.

Líderes indígenas estuvieron refugiados en las montañas

Tarquino Cajamarca es un abogado en libre ejercicio que asesoró a múltiples organizaciones indígenas.

Tarquino Cajamarca es un abogado que desde 2005 estuvo vinculado a las comunidades afectadas por el proyecto minero. Según cuenta es además un activista por los derechos humanos. “Los enfrentamientos con la empresa llevan décadas”, dice. En 2006 relata que junto con la comunidad lograron desalojar a la empresa de la zona, en lo que denominaron “la barrida minera”.

Cajamarca afirma que ExplorCobres ha puesto juicios administrativos y penales contra los comuneros en la disputa por los territorios. Según el jurista, solo entre 2016 y 2019 se iniciaron 31 juicios principalmente contra dirigentes campesinos.  Según Cajamarca se judicializó a dirigentes identificados con la lucha anti minera.

Tsumtsuin, Kutucus y Marbella fueron las comunidades más perseguidas desde 2016, explica. “Tsumtsuin fue desalojado en su totalidad, quemaron los ranchos, se comieron las gallinas, soltaron a los chanchos, hubo mujeres que parieron en la montaña porque tuvieron que huir. Hay gente que por cinco años ha tenido que estar escondida sin poder salir a la ciudad. Luis Tiviram y Domingo Ankuash (líderes de las dos asociaciones demandantes) sabían que si salían tenían órdenes de desaparecer”, asegura Cajamarca.

Cuestionado sobre pruebas para sus afirmaciones, Cajamarca explica que  los Shuar tienen una mentalidad guerrera y les gusta la vida militar. La mayoría pasan por los cuarteles militares, dice. Tienen familiares en las filas militares con quienes mantienen una comunicación directa. Mientras los líderes están en la “lucha” sus hijos están en los cuarteles. “Papi escóndete, no te aparezcas”, dicen los Shuar a sus padres.

Según el jurista todos los actos procesales y no procesales han sido coordinados entre ExplorCobres y el Ministerio del Interior. “La empresa daba las facilidades y logística, el ministerio daba la autorización y las fuerzas represivas se encargaban de actuar”.

La sentencia de la Corte cuenta la historia del caso

La Corte Constitucional señala en la motivación de la sentencia que en 2011 se otorgó un permiso ambiental basado en un estudio de impacto que se había hecho diez años antes, cuando estaba vigente otra legislación minera y ambiental. La Contraloría General del Estado también señaló que la licencia ambiental de 2007 fue otorgada de manera irregular al no exigir el estudio de impacto ambiental.

El Ministerio de Ambiente argumentó que realizó mecanismos de participación ciudadana en las áreas de influencia previo a emitir la licencia ambiental. Pero dicho proceso fue promovido por la propia ExplorCobres desde el 16 de junio al 12 de julio de 2010. En lo que la Corte califica como “reuniones informativas”, se involucró a autoridades públicas, organizaciones y población.

La reunión informativa se realizó el 23 de junio de 2010 en las instalaciones de la curia local Profesor Polibio Saquicela en la misma parroquia. En la reunión intervino el presidente de la empresa. Una consultora presentó la auditoría ambiental y hubo un foro de diálogo. El 12 de julio de ese año la empresa envió un informe al Ministerio de Ambiente con la auditoría ambiental y el reporte de participación social.

En la comunidad Maikiuants, se llevó una reunión de trabajo entre los representantes del Ministerio del Ambiente y el Consejo de Gobierno del Pueblo Shuar Arutam. Fotos: Pueblo Shuar Arutam

El reporte concluyó que existía una respuesta dividida por parte de la población. En vista de lo ocurrido en Morona,  la Corte determinó que esos procesos no son equiparables a la consulta previa. Además, la Corte indica que se incluyó en la reunión a funcionarios públicos, organizaciones y miembros Shuar, cuando se debía ejecutar un proceso de consulta sólo con éstos últimos.

“Hay gente que por cinco años ha tenido que estar escondida sin poder salir a la ciudad. Luis Tiviram y Domingo Ankuash (líderes de las dos asociaciones demandantes) sabían que si salían tenían órdenes de desaparecer”, tarquino Cajamarca.

Paralelamente, la empresa abrió centros informativos sobre el proyecto en sus oficinas en la parroquia Santiago de Panantza. La Corte señaló que se limitó el acceso a la población ya que las oficinas estaban alejadas de los territorios. Además, se presentó la información de forma muy técnica y sin traducciones a la lengua del pueblo originario.

La Corte indicó que el proceso de socialización se dio como una formalidad una vez que el proyecto ya había iniciado y estaba por entrar en la exploración avanzada, lo que lesionó el principio de buena fe. Además, el tiempo entre las convocatorias y la presentación de la propuesta fue “sumamente reducido”, según la Corte.

El Ministerio de Ambiente envió una respuesta por escrito a este medio digital sobre el caso. Ambiente respondió que el proceso de participación social fue realizado en base a la normativa ambiental aplicable a la fecha de realización. El Ministerio asegura que el proceso de participación se dio mediante un acta de coordinación con ExplorCobres.

“Esta cartera de Estado no delegó a la compañía a realizar ninguna consulta previa libre e informada como se hace referencia; es importante señalar que las sentencias emitidas por la Corte Constitucional son de aplicación desde la notificación realizada a las partes, por lo que lo actuado en esta materia radica a la observancia dada a normas secundarias vigentes y previas a la emisión de dicha sentencia”, agregaron en un comunicado.

El Ministerio también asegura que en 2011 requirió a la empresa presentar un nuevo estudio de impacto ambiental para continuar con sus actividades en el proyecto. En 2020 el proyecto San Carlos Panantza fue suspendido por Ambiente hasta que se solucionen los conflictos sociales y no se encuentra en operación a la fecha. Lea aquí los argumentos del ministerio de Ambiente.  (LINK AL PDF).

Una victoria parcial

Nathaly Yépez trabaja en Amazon Watch. Yépez es abogada de los peticionarios del caso. 

Nathaly Yépez es abogada de los peticionarios del caso. Según cuenta, en 2015 las asociaciones Shuar Arutam y Shuar Bomboiza, junto con la Asamblea de los Pueblos del Sur pusieron una acción de protección por la falta de consulta en contra del Ministerio de Ambiente.

La jurista comenta que en 2015 en primera instancia se perdió el caso, los jueces argumentaron que no se habían agotado las vías administrativas para llegar a una acción de protección. “Pero no se estaba discutiendo la validez administrativa de una licencia sino la violación de un derecho”, dice Yépez.

El mismo año el caso subió a la Corte Provincial de Pichincha, donde también se negó la demanda. Así que se presentó una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional. Mientras transcurría el litigio ocurrió el desalojo a la comunidad de Nankints en 2016 y varios enfrentamientos en las comunidades aledañas. Según Yépez fue una orden que vino desde el Ejecutivo. La jurista ratifica las declaraciones del abogado Cajamarca y afirma que muchos líderes comunitarios se escondieron en la selva para evitar ser criminalizados.

Yépez explica que en casos de relevancia pública la Corte Constitucional puede resolver el tema. Es justamente lo que la Corte hizo y además de determinar que los jueces se equivocaron al valorar el caso como un tema administrativo decidió resolver el fondo del tema. La abogada aseguró que en la historia del Ecuador no han existido procesos de consulta exitosos, por lo que este caso es emblemático.

“Hemos recibido amenazas del Estado”, FICSH

La Federación Interprovincial de Centros Shuar (FICSH) es una de las primeras asociaciones indígenas del país, su presidente, Nanki Senkuan, asegura que de ahí nacieron organizaciones como la CONAIE, la CONFENIAE y la COICA. La FICSH se compone de 43 asociaciones, 630 centros y 145 mil miembros. Está asentada en Morona Santiago, donde está la mayor presencia Shuar del país.

Senkuan asegura que en el proceso de defensa de sus territorios han recibido amenazas del Estado. “Nos han pedido territorio y a eso no hemos cedido”, dice. En las manifestaciones por el precio de los combustibles de este 2022 Senkuan cuenta que fue judicializado por terrorismo, sabotaje y secuestro. Según el líder indígena varios representantes o “cabezas” de organizaciones sufren la misma suerte al ponerse al frente de procesos de defensa.

Carlos Poveda es abogado y doctor en Jurisprudencia. El catedrático es especialista en Derecho Procesal.

El abogado Carlos Poveda fue parte del equipo legal, junto con la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, que presentó la acción extraordinaria en 2015. “Uno de los jueces en segunda instancia decía que cómo en esa época no había legislación ellos no podían establecer consulta previa, eso no tiene sustento, ese era el pretexto para darle la razón al Estado”, dice Poveda.

El jurista recalca que los peticionarios han sufrido discriminación en el sistema de justicia. “Recuerdo que en una audiencia uno de los peticionarios fue con su vestimenta ancestral. La jueza le dijo que el señor de plumas no es diferente al de terno. Así se dirigió la jueza, ya se vislumbraba que iba a ser negada la acción”, afirma Poveda. El abogado también atribuye la división de las comunidades a una estrategia de las empresas, “les ofrecen beneficios, como el Estado no está presente son captables”.

Poveda estuvo en una conferencia de las Naciones Unidas sobre pueblos indígenas. El abogado indica que la organización ve con preocupación una forma de actuar que se repite en los Estados de Latinoamérica. Según el jurista la respuesta de los Estados ante la defensa de territorios es enjuiciar a los defensores.

La abogada en la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, Verónica Potes, también ha acompañado a los peticionarios del caso desde que se dio la audiencia en la Corte Constitucional.

Potes afirma que casos como el proyecto San Carlos Panantza son posibles porque el Gobierno pone sus propias reglas para operar. “Las reglas bajo las cuales operan los Gobiernos ecuatorianos son reglamentos hechos en la oficina del Ministerio del Ambiente en conjunto con el Ministerio de Energía”, asegura.

La postura de la Cámara de Minería

María Eulalia Silva es la presidenta ejecutiva de la Cámara de Minería. Fue directora de Comunicación en el Ministerio de Relaciones Exteriores. 

María Eulalia Silva, presidenta de la Cámara de Minería (CME), declaró en una entrevista que el caso de San Carlos evidencia la necesidad por tener una Ley de Consulta previa y asegura que su industria no está en contra de ella.

Acerca de las críticas respecto a las divisiones que podría generar la industria en las comunidades, Silva responde que la gente ha encontrado en la minería una alternativa legal y muchas veces ha sido su única alternativa de trabajo formal. “No puedo generalizar, pero si hay anti mineros que están trabajando en pro de los intereses de los mineros ilegales”. 

“No hay que romantizar la minería ilegal, estamos hablando de narco minería. Eso lo vimos en Yutzupino, como es que un parque automotor de más de 100 retroexcavadoras haya llegado allá por obra de la magia. ¿Ninguna autoridad o movimiento anti minero pudo alentarlo? ¿Dónde están los anti mineros para protestar contra Buenos Aires? Solo protestan contra la minería regulada”, asegura Silva.

La presidenta de la CME ilustra su argumento con el proyecto Río Blanco en Molleturo, que se suspendió por falta de consulta previa. “Un grupo anti minero estuvo alertando y se oponía al proyecto, que ya empezaba producción en 2018. De ese punto acá Río Blanco está tomado por mineros ilegales que se han llevado maquinaria y material mineralizado, han agredido a miembros de la fuerza pública, se sabe que hoy ahí se están entrenando grupos subversivos”, agrega Silva.

El proyecto minero San Carlos Panantza está suspendido. Ambas partes han pedido recursos de ampliación en la Corte Constitucional. Sin embargo, ese recurso no puede alterar la decisión de la Corte. Mientras se tramiten los recursos la sentencia no es ejecutable y por lo tanto el proceso de consulta no se inicia aún.

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