Back to top
11 de Mayo del 2016
Historias
Lectura: 13 minutos
11 de Mayo del 2016
Ramiro Ávila Santamaría

Abogado, docente universitario, ex juez de la Corte Constitucional del Ecuador. 

¿Los 29 de Saraguro son delincuentes?

Foto: Corape.org

Una serie de protestas se han suscitado en favor de los detenidos por el gobierno de Rafael Correa.

 

Desde el 11 de mayo y hasta junio del 2016 está convocada la audiencia para juzgar penalmente a 29 personas que participaron en la protesta pública de Saraguro. Conviene recordar a estas personas que también sufren injusticias y desastres provocados por la acción humana y desde el poder, y reflexionar sobre la protesta y las formas de atender sus pedidos.

La protesta tiene sentido cuando la queja llega al destinatario y es escuchada. Cuando esto sucede, se afirma que el “discurso es efectivo.” El “yucazo” del cantante Jaime Guevara al presidente Correa, por ejemplo, ¿es un discurso efectivo? El cantante estaba indignado porque días atrás, cuando se realizó una marcha espontánea para protestar por la decisión de Correa de explotar el Yasuní ITT, había visto a una señora que sufría una agresión policial. Guevara quería decir que todo esto era injusto. La persona indicada es el presidente. ¿Qué alternativas tenía para expresar su opinión de forma adecuada? Pedir cita con el presidente, es una salida, pero poco probable. Escribir una carta en los medios de comunicación no garantiza que sea publicada. Presentar una acción judicial, tampoco garantiza su resultado y el Chamo es medio anarca. Pocos días después, por su barrio, pasa la caravana presidencial. Guevara da el “yucazo”. No dijo palabra alguna, pero el brazo extendido acompañado de una mueca daba a entender toda su insatisfacción acumulada. El presidente entendió el mensaje. El “yucazo” es discurso efectivo y está protegido por los derechos humanos.

Vamos ahora a Saraguro. ¿Por qué protestaban? ¿Por qué cerraron las vías? Que no se hagan las concesiones de agua al margen de la ley y la consulta, que no se cierren las guarderías de los centros del buen vivir, que se den facilidades para que sus productos puedan ser vendidos en centros urbanos, “que los policías municipales de Loja dejen de agredir a los campesinos”, que el director del Distrito de Educación Bilingüe no sea impuesto y sea elegido aplicando la democracia comunitaria, pedían y piden. O sea, reclamaban agua, educación, trabajo, seguridad, libertad de movimiento y comercio, democracia. ¿Puede gente así, que ejerce su derecho a la resistencia de forma que no le gusta al gobierno, ser tratada como delincuente?


Una serie de detenciones violentas se dieron durante las protestas del 17 de agosto en Saraguro, Loja.

¿Qué hacer? Me parece que una de las formas de llamar la atención y hacer el discurso efectivo es cerrando una vía pública. ¿Llegó el mensaje? Llegó.

Ahora bien. Si las personas que protestan lo harían como le gustaría al gobierno (pedir permiso, circular sin gritar escoltados por la policía, estar educaditos y disciplinados, llegar a la gobernación y dejar una carta), su protesta no sería efectiva, no aparecería en periódico alguno y el presidente no se enteraría. ¿Qué hacer? Me parece que una de las formas de llamar la atención y hacer el discurso efectivo es cerrando una vía pública. ¿Llegó el mensaje? Llegó. El gobierno en lugar de atender a la queja, de escuchar la protesta, criminalizó. Es decir, cuando debería haber canalizado el conflicto mediante la política, lo hizo mediante el derecho penal. Ahora resulta que en lugar de resolver un conflicto social, las personas detenidas se encuentran luchando por su libertad. En términos políticos, podría tener sentido dentro de un sistema autoritario; en términos democráticos, es la peor forma de resolver conflictos porque simplemente  los agrava y aumenta la tensión.

Lunes 17 de agosto de 2015, aproximadamente 10h00. Más de 600 personas se encuentran en la vía Panamaricana, en el sector conocido como San Lucas. Como consta en el video “Día negro para Saraguro”, efectivamente se encuentra la vía cerrada por dos grupos humanos. En un lado está parte de la población de Saraguro y en el otro lado, también interrumpiendo la vía, un grupo de policías. Hay hombres, mujeres, niños, ancianos, unos activos y muchos curiosos. No se aprecia violencia. A lo lejos se mira un pelotón de policías con escudos, armados, que se acerca. Cuando se encuentra con la gente, comienzan a disparar bombas lacrimógenas. El enfrentamiento se produce por provocación de la policía. La gente responde devolviendo las bombas y también lanzando piedras. La cámara, que se encuentra en un segundo piso de una casa, registra la angustia en las personas dentro de la vivienda. Volvemos al lugar. Los policías se han tomado ya la calle. Abrirla al paso no les interesa. Se despliegan para detener aleatoriamente a la gente que corre despavorida. Mucho humo por las bombas. El gas lacrimógeno no les afecta, tienen máscaras. Se registra una detención. La gente pugna por evitarla. Vemos otra detención violenta. Piedras caen contra la policía. Las detenciones violentas continúan. Varios policías, algunos sin uniforme, que evidencia la presencia de agentes infiltrados, se agarran contra un individuo.

La versión de la policía, que consta en el parte policial, en las declaraciones de policía y en exámenes periciales, consiste en afirmar que quisieron dialogar, que la población atacó, los policías resultaron heridos, les desalojaron y detuvieron a los manifestantes. La versión de los manifestantes detenidos es diametralmente diferente. Todos estaban de curiosos o porque no pudieron pasar y se acercaron a ver la manifestación, los policías atacaron (coincide con el video), les golpearon, en unos casos a patadas entraron en casas, les detuvieron, les condujeron a un bus y a un recinto policial.

Ante dos versiones distintas, los servidores judiciales (fiscales y juzgadores) tienen el mandato de ser independientes e imparciales, y de garantizar los derechos de las personas. ¿Qué sucedió? En la audiencia de flagrancia y en el auto de llamamiento a juicio tanto el fiscal como los jueces solo toman en cuenta la versión policial, como en el cuento de Anatole France (Crainquebille) “admitió el testimonio del guardia como la expresión de la verdad.” ¿Se investigó la acusación de exceso de la fuerza, detenciones arbitrarias, allanamientos de domicilio sin flagrancia, maltratos, detención en lugares policiales que es prohibido? Del expediente no hay nada. Se presentan los exámenes médicos de policías que sufrieron daños, pero no hay de la población civil que recibieron los bombazos y toletazos, ni de las puertas rotas a patadas.

Los servidores judiciales al escuchar solo una parte, al no investigar la posición de la otra parte, simplemente perdieron su condición de ser independientes e imparciales.

Los servidores judiciales al escuchar solo una parte, al no investigar la posición de la otra parte, simplemente perdieron su condición de ser independientes e imparciales. Por otra parte, ante dos versiones distintas, para evitar el abuso de poder (la policía hace uso de la fuerza y el gobierno controla muchos medios a través de los cuales da una imagen de la realidad), las constituciones han reconocido la presunción de inocencia. Antes dos versiones contrarias, la de la policía y la de las personas detenidas acusadas de cometer un delito, el juzgador tiene la obligación de creer a las personas procesadas (in dubio pro reo). Esto no sucedió.

Con la información policial, el juzgador dictó orden de prisión preventiva. Las personas apelaron. La Corte Provincial reconoce que el auto no está motivado: no se especifican los hechos delictivos, no se han individualizado la conducta delictiva (hasta ahora no se hace, el parte y el auto de llamamiento a juicio es genérico), no hay evidencias de que se hayan intentado otras formas para garantizar la presencia en juicio, no se sabe si la pena sería mayor a un año. No está motivado en absoluto y eso lo reconoce el juez superior. ¿Qué había que hacer? Anular el auto de prisión y liberar inmediatamente a las personas que fueron víctimas de un acto judicial arbitrario. Pero no. No salieron. Se devolvió el caso a juez inferior para que convalide el acto. Con los mismos hechos, pero con otra retórica, el juez convalidó el acto.


Un ciudadano recoge dinero para apoyar la causa de la defensa de los 29 detenidos en Saraguro.

Las personas detenidas hicieron uso de otra garantía jurisdiccional: el hábeas corpus, que cuestiona la arbitrariedad y las condiciones de la detención. El juez consideró que “en ningún momento los accionantes sufrieron una detención ilegal, arbitraria o ilegítima, como tampoco se ha demostrado que los accionantes estén sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes”, y rechazó el recurso. Fijarse que en este recurso –al igual que sucedió en el juicio penal- la carga de la prueba tienen las víctimas frente al poder.

Hasta ahora los derechos y las garantías no cuentan. El Estado agrede y el mismo Estado socapa la agresión. ¿Qué nos queda? Los 29 de Saraguro están a punto de ser juzgados y han sido llamados a juicio por obstaculizar la vía pública. El Tribunal Penal, que es de “garantías”, tiene una oportunidad más para evitar y enmendar esta instrumentalización de la justicia. El juzgador deberá analizar si hay un acción, típica, antijurídica y culpable. Si el juez es realmente garantista, se dará cuenta que las personas detenidas, según sus declaraciones y las de los mismos policías, no han cometido acto alguno de obstrucción de las vías públicas. No hay acción y con esto basta para terminar el juicio.

Las personas, aún suponiendo que detuvieron a personas que protestaron, no salieron a cerrar las vías sino a protestar, no salieron a causar daños sino a hacer escuchar su voz.

En cuanto a la tipicidad, debe existir la intención positiva de cometer la acción que está en el tipo penal. Las personas, aún suponiendo que detuvieron a personas que protestaron, no salieron a cerrar las vías sino a protestar, no salieron a causar daños sino a hacer escuchar su voz; cerrar las vías no era el fin, sino un medio para que su “discurso sea efectivo.” No hay tipicidad. En relación a la antijuridicidad, estamos frente al ejercicio de varios derechos y el ejercicio del poder punitivo. Los unos se asocian, expresan, se mueven y los otros detienen por una infracción penal. En este conflicto, dado que el máximo deber del Estado es promover y proteger derechos, debe darse prioridad al ejercicio de derechos que del poder de castigar. No hay antijuridicidad porque las conductas se derivan de un mandato jurídico de garantía al ejercicio de derechos.

Por cualquier lado, solo si el juez es garantista, independiente e imparcial, debe sobreseer a las personas acusadas.

La política de estado encaminada a criminalizar la protesta en lugar de resolver los conflictos, genera efectos no deseados para una democracia robusta. Por un lado, la organización comunitaria en lugar de seguir luchando por mejores condiciones de vida, se encuentra defendiendo a las personas detenidas para que no sean condenadas. Por otro lado, inhibe a las personas a participar en espacios públicos. El gobierno mandó un mensaje a otras comunidades: vamos a seguir usando la fuerza y vamos a tratar como criminales a quienes protesten.

Un caso más de abuso de la fuerza, de impunidad de los actos arbitrarios del Estado, de debilitamiento de la democracia y de violación de derechos humanos.

GALERÍA
¿Los 29 de Saraguro son delincuentes?
 


[CO MEN TA RIOS]

[LEA TAM BIÉN]

Ni la pena de muerte ni la rehabilitación disminuyen el consumo de drogas
Mariana Neira
Estos son los cinco puntos más controversiales del reglamento de la ley que regula el uso legítimo de la fuerza
Redacción Plan V
El tesoro del dragón chino: la fortuna de Conto Patiño bajo la lupa de la Fiscalía
Fermín Vaca Santacruz
Congresistas de EEUU piden al Departamento de Justicia investigar al presidente Guillermo Lasso
Redacción Plan V

[MÁS LEÍ DAS]

La reputación y el apellido de Lasso se cuidaron a través de un contrato firmado en EEUU
Miami Herald, OCCRP y Plan V
La revolución malograda: el libro que descubre el corazón del poder correísta
Redacción Plan V
La Posta, La Historia y Guayaquil News en curso de colisión
Redacción Plan V
MINUTO A MINUTO: ELECCIONES EXPRÉS 2023
Redacción Plan V