El 7 de abril último, los consejeros prorrogados en sus funciones y el presidente del Tribunal de lo Contencioso Electoral presidieron el Consejo Consultivo de Organizaciones Políticas. Foto: Flickr CNE
Más de nueve meses después de la aprobación del primer reglamento para la renovación parcial del Consejo Nacional Electoral (CNE) los cuestionamientos superan en dimensión a los avances. La desconfianza popular a la gestión del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) así como a los consejeros del CNE y una multiplicidad de visiones y criterios jurídicos son el cariz de un concurso atrapado en medio de pugnas por el control de un organismo, cuya tecnicidad fue fagocitada por la política.
Sesiones convocadas con 24 horas de anticipación, micrófonos silenciados y súbitas expulsiones de las plenarias telemáticas, son algunos de los argumentos esgrimidos en las alocuciones que las autoridades del Consejo de Participación Ciudadana profieren constantemente para justificar sus retrasos.
Pese a que los vocales que presidían la anterior mayoría (Sofía Almeida y David Rosero) acuciaban el desarrollo del concurso, el retraso en los plazos para el sorteo y designación de dos consejeros del organismo electoral —de acuerdo con lo que establece el artículo 218 de la Constitución— ya era inexorable.
Así, el 20 de agosto de 2021, en las postrimerías de las funciones de los consejeros actualmente prorrogados, con los votos de Mónica Moreira, (suplente de Sofía Almeida, quien gozaba de una licencia por embarazo), David Rosero, Juan Javier Dávalos e Ibeth Estupiñán, —todos integrantes de la disuelta anterior mayoría— se aprobó el reglamento del concurso para la renovación parcial del CNE.
Sin embargo, las críticas a su contenido no faltaron. Una supuesta extralimitación en las atribuciones del CPCCS y vicios de inconstitucionalidad fueron blanco de las admoniciones por parte de especialistas y de los miembros de la otrora minoría del organismo.
Estos señalamientos se basaron en una disposición general del reglamento que establecía que, al ser la primera renovación del organismo designado por las autoridades del CPCCS Transitorio, el actual CPCCS sorteará a los dos consejeros salientes —principales y suplentes— del cuerpo colegiado, un hombre y una mujer en ambos casos, después del 20 de noviembre, en presencia de un notario y tras haber culminado los tres primeros años en funciones.
Además de las ambigüedades con respecto a una fecha debidamente determinada para efectuar el sorteo, esto implicaba que los consejeros suplentes asumirían el cargo de quienes fueran escogidos al azar para su dimisión. De este modo, la subrogancia alcanzaría medidas históricas jamás antes vistas, todo para sortear una previsible acefalía en la institución.
Pero la figura de encargo por culminación de periodo no está normada en la Constitución, mucho menos en el Código de la Democracia, lo que expoliaría de toda legitimidad cualquier decisión que los consejeros ascendidos tomaran una vez que fueran nombrados. Es la ausencia temporal o definitiva —sea por renuncia, vacaciones o imposibilidad de ejercer el cargo— y únicamente por fines operativos de la propia institución, la que posibilita la promoción de los suplentes al rango de consejeros principales.
El artículo 218 de la Constitución de la República establece:
“El Consejo Nacional Electoral se integrará por cinco consejeras o consejeros principales, que ejercerán sus funciones por seis años, y se renovará parcialmente cada tres años, dos miembros en la primera ocasión, tres en la segunda, y así sucesivamente. Existirán cinco consejeras o consejeros suplentes que se renovarán de igual forma que los principales.
"La Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente se elegirán de entre sus miembros principales, y ejercerán sus cargos por tres años.
"La Presidenta o Presidente del Consejo Nacional Electoral será representante de la Función Electoral.
"La ley determinará la organización, funcionamiento y jurisdicción de los organismos electorales desconcentrados, que tendrán carácter temporal.
"Para ser miembro del Consejo Nacional Electoral se requerirá tener ciudadanía ecuatoriana y estar en goce de los derechos políticos”.
Mientras que la Ley Orgánica Electoral, Código de la Democracia, expresa en su artículo 20 lo siguiente:
“Art. 20.- Los miembros del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral serán designados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, previa selección, mediante concurso público de oposición y méritos realizado por las respectivas Comisiones Ciudadanas de Selección, con postulación e impugnación de la ciudadanía, y dando cumplimiento a la garantía constitucional de equidad y paridad entre hombres y mujeres”.
Dicho esto, cabe colegir que bajo este escenario de completa desorganización, el encargo a los alternos fue pensado como un paliativo a la imposibilidad de designar una autoridad conforme la ley determina.
Poco más de un mes después desde su aprobación, el reglamento original fue reformado por la antigua mayoría para zanjar sus imprecisiones; ahora los consejeros permanecerían en sus cargos hasta que el CPCCS designe, a través del concurso de méritos y oposición, a las nuevas autoridades, principales y suplentes, además de la supresión del inciso en el que se disponía la obligatoriedad de sortear a un hombre y una mujer, principales y suplentes, respectivamente.
Sin perjuicio de que estos cambios afecten a la paridad de género, se configuraron tres escenarios para la conformación del organismo electoral: si son dos mujeres las sorteadas se escogerá a los dos participantes que obtengan el mejor puntaje y uno de ellos deberá ser mujer. Asimismo, en caso de que un hombre y una mujer sean sorteados, se nombrará a los dos mejor puntuados y uno de ellos deberá ser hombre. Y, en tanto resulten sorteados dos hombres, se escogerá a los dos hombres que alcancen los puntajes más altos.
Pero estos no fueron los únicos cambios que despertaron el asombro y la suspicacia de la minoría del organismo. Para empezar, este fue el único concurso en el que se exigía un certificado de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) que demuestre que el postulante no ha incurrido en los delitos tipificados en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Para mayor inri, tampoco existía ninguna prohibición para los aspirantes a consejeros del CNE que sean cónyuges, tengan unión de hecho, o sean parientes en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el presidente y vicepresidente de la República y los asambleístas, no así en el caso de los consejeros del CPCCS “que se encuentren en funciones a la fecha de la convocatoria del proceso de selección y designación”, reza el antiguo reglamento.
Tras la remoción de Sofía Almeida, el 9 de febrero del 2022, los concursos para la designación de autoridades fueron sometidos a una auditoría jurídica. El primer reglamento evaluado por la delegación técnica de las consejerías fue el de Contraloría.
El 25 de octubre del 2021 se aprobó el reglamento codificado para la organización del concurso público para la renovación parcial del CNE. Hasta ese momento, se respiraba una aparente calma dentro del bloque encabezado por Almeida, no obstante, la disposición para actuar con amplio margen y control de la institución —sobre todo en lo que concierne a la elaboración y aprobación de los reglamentos para los concursos de designación de autoridades— dio un vuelco.
Tras la remoción de Sofía Almeida, el 9 de febrero del 2022, los concursos para la designación de autoridades fueron sometidos a una auditoría jurídica. El primer reglamento evaluado por la delegación técnica de las consejerías fue el de Contraloría. La idea de la nueva administración era hacer extensivos los cambios en la normativa a todos los concursos, para que así prime la univocidad de criterios de calificación y no se incluyan requisitos por fuera de la homogeneidad reglamentaria.
“Existía una norma que pasaba muy silenciosamente, pero que provocaba o podría provocar una injerencia enorme a cada uno de los concursos, y no es nada más que la facultad que tenía el presidente del CPCCS, en aquel momento presidenta, para remitir una terna a la comisión ciudadana de selección y que de esa terna se elija al secretario de la comisión ciudadana”, refirió el presidente Ulloa.
Este fue uno de los 40 textos reformados, con el que se garantiza la no intromisión del presidente del Consejo y se autoriza a la comisión para que seleccione a uno de sus diez miembros como secretario, para que dé fe de lo actuado. Con esto, las posibilidades de tener un “ojo seco” en el concurso quedan considerablemente reducidas. No solo se evita ejercer presión sobre los comisionados para corromper sus criterios al calificar, sino que también se impide que un enviado de la presidencia del CPCCS conozca las preguntas con las que se evaluará a los postulantes.
Hernán Ulloa
Presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
Según Ulloa, de no haber eliminado esta disposición, se daba lugar a que, eventualmente, las preguntas fueran "vendidas" a personas interesadas en ocupar los espacios de máximas autoridades del país. “Aunque siendo presidente, obviamente me hubiera beneficiado tener un secretario adentro, no puedo ser desleal con el país”, aseguró la autoridad.
Bajo este mismo análisis, se reguló la aplicación de la acción afirmativa —que es un principio que reivindica la eliminación de prácticas discriminatorias— para que su concesión sea hasta el final del concurso y no al principio. “Nos parecía un exceso que ese puntaje adicional iba a afectar en el buen desarrollo del proceso y hasta iba a afectar en la moral de los otros postulantes”, dijo. Ahora el método para su otorgamiento depende de si al final del concurso existe un empate técnico entre postulantes.
Otro componente que se añadió al concurso fue la rendición de una prueba oral para la resolución de un caso hipotético y su exposición. “No es, como le han vendido por parte de ciertos opositores negligentes, una simple entrevista. Nosotros no vamos a hacer ningún tipo de entrevista a ninguno de los postulantes. Se va a calificar sobre distintos parámetros, con el promedio de todos los catedráticos, más los comisionados ciudadanos de selección”, explicó Ulloa.
La calificación del examen práctico se realizará mediante un cuadro que contiene varios ítems, que miden el grado de conocimiento y destrezas de los postulantes. “Entendimiento del caso hipotético, 2 puntos; razonamiento crítico y compresivo, 2 puntos; resolución correcta de preguntas guías, 5 puntos; conocimiento del marco legal aplicado al CNE, 5 puntos; manejo de concetos técnicos adecuados relacionados a las funciones de los vocales electorales, 5 puntos; entendimiento del rol del CNE en un Estado de derecho, 1 punto”, enlistó el presidente del Consejo.
De igual manera, explicó que cada ítem será calificado con el promedio de la evaluación del equipo de catedráticos más lo que piense la comisión ciudadana de selección. “Es decir, van a haber 15 notas y ese promedio (de las 15 notas) va a ser la calificación de ese ítem, y así en cada uno de los puntos. Restando subjetividades. Obviamente, sacando el promedio de la percepción que existe entre cada una de las personas que han escuchado la exposición”, aclaró Ulloa.
Originalmente solo se evaluaría a los postulantes con base en sus méritos y una prueba escrita de más de 2000 preguntas, no obstante, Ulloa comentó que este mecanismo, a pesar de que mide los conocimientos del participante, se promovía subjetividades. “Con un banco de preguntas de más de 2000 preguntas, que se iban a desarrollar y que iban a poner a conocimiento de los postulantes previamente —con 48 horas de anticipación— (el riesgo) no era solamente que conocerían las respuestas, sino que las preguntas más fáciles se les tomen a unos postulantes y las más difíciles a otros”, explicó el presidente. Esto propiciaría reclamos y pedidos de recalificación de algunos candidatos a las consejerías del CNE.
Para prevenir esta situación Ulloa afirmó que las preguntas ya no serán 2000, sino 60 las preguntas y no las elaborará el pleno del CPCCS ni la comisión ciudadana de selección, sino el equipo de catedráticos escogido por la comisión ciudadana y por las universidades. Además, los académicos se encargarán de elaborar las respuestas y atender los pedidos de recalificación de los aspirantes. “Es decir, el CPCCS no tiene nada que ver en el desarrollo de ese proceso, ni en la configuración de las preguntas, pero van a ser reservadas”, señaló, mientras simulaba lavarse las manos.
Las mismas 60 preguntas, con un valor de 0.5 cada una, pero en distinto orden, serán formuladas a todos los aspirantes para asegurar el principio de igualdad y no perjudicar a nadie. Cada pregunta tiene un valor de 0.5 puntos, que multiplicado por 60 es igual a los 30 puntos que equivale la evaluación escrita, más los 20 puntos del examen oral y los 50 puntos que corresponden a la calificación de méritos, da como resultado 100 puntos.
Contrario a sus predecesores, Ulloa afirma que la transparencia es su prioridad. Por ello, dice, ha dispuesto que todos los debates que mantienen los equipos técnicos y comisiones relacionadas a calificación de documentos de ciudadanos que postulan a veedurías ciudadanas y a comisiones de selección se trasmitan en vivo, por los canales oficiales del CPCCS. “Esto, de lo cual no existía registro de administraciones anteriores, hoy se lo hace con extrema seriedad y el compromiso de transparencia que ha sido básicamente el discurso con el cual ingresado a esta administración y hemos cumplido hasta ahora a cabalidad”, concluyó el presidente del CPCCS.
El 23 de febrero, en una nueva sesión declarada permanente, en presencia de los veedores Mishel Vilatuña y Carlos Vásquez, se realizó el sorteo del notario que dará fe de los actos que se desarrollen.
Como notario principal fue electo Edward Franco Castañeda, de la Notaría 56; e Hiroshima Villalba Miranda, como suplente, de la Notaría 46. Dos semanas más tarde, se resolvió que el sorteo para definir a los dos vocales del CNE salientes se efectuará al final del concurso, esto a través de una disposición general. Finalmente, el 9 de marzo se aprobó la codificación al reglamento.
Ahora, lo que se espera es el análisis del informe de reconsideración de documentos habilitantes para ser candidato a miembro de la comisión ciudadana de selección. Una vez concluya esa fase, inmediatamente se pasará a la calificación de los méritos de los postulantes a comisionado y, por último, al sorteo de los treinta mejor puntuados para seleccionar a cinco principales y cinco suplentes.
Ulloa es cauto en dar una fecha tentativa para los nombramientos de nuevas autoridades, sin embargo, espera designar “en paralelo” a varias autoridades en los próximos 5 o 6 meses.
Cronología del desastre
Ibeth Estupiñán, pieza clave desde el 13 de junio del 2021 —fecha en la que la misma consejera mocionó la candidatura de Almeida para presidir el organismo junto a Rosero— volvió su mirada sobre la facción liderada por Hernán Ulloa, actual presidente del CPCCS. Su resistencia a la aprobación del reglamento de designación del titular de la Superintendencia de Compañías, el pasado 29 de diciembre del 2021, fue el primer aviso de la progresiva pérdida de control de la institución, entonces dirigida por Almeida.
Hasta antes de su viraje, Estupiñán, junto a Ulloa, Rivadeneira y Bravo, habían sido denunciados en la Fiscalía General del Estado (FGE) por supuesta concusión. Según la denunciante —quien participó en el concurso de designación para la Superintendencia de Ordenamiento Territorial— en las grabaciones extraídas de su celular se escuchaba cómo Estupiñán le pedía “cargos” a cambio de su elección. En junio del 2021 se formalizó la denuncia, poco después de que la misma Estupiñán, por pedido de Almeida y Rosero —según lo que la consejera aseguró una vez que apostató del bando de las exautoridades— los mocionara para que presidan el organismo.
Francisco Bravo consideró a la denuncia como una estratagema de Almeida para agenciarse el control del CPCCS, toda vez que se presentó días después de su promoción al cargo. “Esa fue una maniobra guacharnaca, como se dice en el argot popular. Fue una maniobra para pretendernos quebrantar de la mayoría y para chantajearnos sobre nuestra posición”, refirió Bravo en entrevista para Ecuavisa.
Ulloa se unió a las admoniciones de Bravo a través de un escrito remitido a la Fiscalía el 15 de junio de 2021. En el texto enarbolaba la tesis de que la denuncia fue usada “como objeto de chantaje hacia los consejeros del CPCCS, algo ante lo cual jamás cedimos y ahora que estábamos en el proceso de elección del Presidente y vicepresidente del CPCCS, nuevamente nos vimos expuestos a una serie de comentarios de manera anónima”.
Los consejeros acusaron a Sofía Almeida de coaccionar a Estupiñán para disolver la mayoría al interior del organismo y tener el control absoluto. Sin embargo, Almeida desmintió esto y dijo que tanto ella como Rosero apoyaban a la consejera y rechazaban categóricamente cualquier intimidación de la que fuera víctima, postura que varió abruptamente cuando la correlación de fuerzas cambió y se vio avocada a su remoción. “Nadie le va a ayudar con su problema”, espetó Almeida, como una última advertencia a la “traición” de Estupiñán.
La desesperación se apoderó de la expresidenta Almeida, al punto en que la suspensión de las sesiones y la expulsión de Estupiñán, cuando se sopesaba por votación la aprobación de resoluciones en las plenarias telemáticas, eran la tónica protocolar. Incluso, Almeida denunció, a través de un video difundido en su cuenta de Twitter el 8 de enero del 2022, supuestas presiones de ciertos sectores políticos —de forma escueta y sin precisar nombres— para colocar autoridades a dedo.
Esto activó las alertas en la Asamblea Nacional por lo que, cuatro días después, el 12 de enero del 2022, la Comisión Permanente de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social convocó a los siete consejeros del CPCCS para que explicaran el avance en los concursos de designación. Sin embargo, este asunto pasó a segundo plano por la inusitada preocupación de su presidente, el correísta Ferdinan Álvarez del bloque de UNES, y Nathalie Viteri del Partido Social Cristiano (PSC), a propósito del cambio de bando de Estupiñán.
El pleno del CPCCS informó en la Asamblea Nacional sobre los hechos suscitados al interior de la institución, el 6 de febrero de 2022. Foto: Boletín CPCCS
La rendición de cuentas se transformó en interrogatorio por la cáustica interpelación de ambos asambleístas. Álvarez llegó a insinuar que si es que existían presiones desde el gobierno —por parte de Aparicio Caicedo, consejero de Guillermo Lasso— se lo confirmase, pero Estupiñán enfatizó que sus decisiones no deben ser escrutadas. “Exijo que se respete mi independencia. No me voy a amedrentar por los ataques que he recibido en esta Comisión. No he recibido presiones de funcionarios del Estado, no tengo afinidad con ninguna organización política”, subrayó la consejera.
Una semana después el conflicto se desató por completo. Una moción presentada por Ulloa, para conocer un informe elaborado por la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, FCD, en el que se proponían cambios al reglamento para la designación del nuevo Contralor General del Estado, atizó las tensiones. A la iniciativa de Ulloa se sumaron Francisco Bravo y María Fernanda Rivadeneira, mientras que Estupiñán no respondía a los llamados del entonces secretario del CPCCS, Carlos Chiriboga.
Tras una serie de reproches y acusaciones de ambos bloques, Ulloa exigió que se registrara la votación de Estupiñán, pero Almeida, justo después de que la consejera reapareció, interrumpió su intervención y amenazó con suspender la sesión si los demás consejeros no guardaban la compostura. Poco después Almeida suspendió la sesión sin haber consignado el voto de Estupiñán.
Estas medidas fueron, a juicio de la nueva mayoría, una muestra de la “desesperación de perder el control de la designación de autoridades”. Esto se patentizó la semana siguiente a la súbita clausura de la sesión en la que la votación de Estupiñán se omitió, el 26 de enero del 2022, con la insistencia de Ulloa para reformar el reglamento para la designación del Contralor General del Estado. Esto viabilizaría, en lo posterior, los cambios aplicados a todos los reglamentos de cada concurso.
No obstante, los conflictos se agravaron y en esta ocasión Estupiñán fue directamente expulsada de la sesión. Inmediatamente, Rivadeneira la contactó por teléfono y, en altavoz, pronunció su voto. Almeida señaló que no era procedente registrar su voto, pero reculó al observar lo actuado. Tras esto, la misma Estupiñán mocionó la apelación a la presidencia de Almeida, al tiempo que los demás consejeros reclamaban que sus micrófonos eran silenciados.
Luego de algunos reclamos, con cierto ribete tragicómico, la votación para la apelación contra Almeida sumó las voluntades de sus ahora cuatro detractores —tras el viraje de Estupiñán—, por lo que se incluyeron algunos puntos para blindar la sesión: se la declaró permanente, se sugirió una reforma al reglamento de las sesiones, para que quien presida la institución no tenga “plenos poderes” y también se dispuso la conformación de una comisión técnica, con delegados de cada consejero, para revisar los reglamentos para la renovación parcial del CNE, la designación del nuevo titular para la CGE, las Defensorías Pública y del Pueblo, etc. Así, David Rosero, presidente encargado, no tuvo otra alternativa que cumplir con lo resuelto por la mayoría.
Luego de una pausa “para almorzar”, a las 15H23 se preveía la reinstalación de la sesión declarada permanente, sin embargo, Rosero notificó a los seis consejeros, a través de un memorando, sobre la suspensión temporal por una calamidad doméstica, por lo que se resolvió reinstalarla el jueves 27, a las 11H00, vía telemática.
Al día siguiente, a las 11H40, se reinstaló la sesión. Luego de aprobar los puntos del orden del día, a los que Ulloa añadió la destitución del secretario general, Carlos Chiriboga, por coadyuvar al entorpecimiento de las sesiones y restringir la participación de los demás consejeros, Francisco Bravo planteó una nueva moción para tratar la remoción de Almeida por incumplimiento de funciones. El consejero adujo convocatorias a sesiones con 24 horas de anticipación, inobservando que la ley determina un mínimo de 48 horas; falta de transparencia en los concursos para la designación de autoridades; y por la suspensión de sesiones de manera arbitraria.
Aunque la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en su articulado, no comprende la figura de la destitución de quien preside la institución, el Código Orgánico Administrativo, en su artículo 55, numeral 5, detalla que una de las atribuciones de los órganos colegiados es “el nombramiento y remoción de quien deba ejercer la representación de la administración de los órganos bajo su dirección”.
Frente a esto, Almeida acudió a la justicia ordinaria e interpuso una acción de protección con medidas cautelares en la Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón, Guayas. La jueza que resolvió el recurso fue Karly Vargas, quien alegó una “inminente amenaza a la seguridad jurídica de la peticionaria”.
La legalidad en el tratamiento de la medida solicitada por Almeida quedó en entredicho, y Ulloa exhortó a la Directora Provincial del Consejo de la Judicatura, María Josefa Coronel, a que examine las condiciones en que fue resuelta. De modo paralelo, Almeida convocó a una sesión presencial, programada para el 2 de febrero a las 18H30, para efectuar el sorteo del notario que dará fe del concurso público de renovación parcial del CNE y para determinar la metodología a emplear para la selección de las autoridades salientes, principales y suplentes. Sin embargo, Almeida ordenó, a última hora, que la sesión extraordinaria se traslade a Guayaquil por supuestos fallos en el sistema eléctrico de la sede en Quito, causados por el aluvión que afectó al sector de la Comuna y la Gasca.
Esto provocó que la plenaria no se instalara por falta de quorum y, en un segundo intento por celebrar la sesión —dos días antes de que los consejeros prorrogados del CNE se declararan en periodo electoral— cualquier amago de solemnidad se esfumó. Esta vez sí se logró instalar la sesión, pero la fórmula para escoger al notario y definir la metodología de selección de las autoridades dimisionarias fue un completo sainete.
Luis Piguave, como se identificó un ciudadano que “almorzaba o cenaba” por los alrededores del lugar, tuvo el honor de protagonizar la obra teatral producida y dirigida por Almeida. “Me encontraba aquí abajo, lo que es almorzando… cenando y un representante de ustedes me dijo que colabore con ustedes, y gentilmente vine acá y les estoy ayudando a ustedes”, afirmó el desconocido.
El secretario general, Carlos Chiriboga, en un intento por simular un acto oficial y trasparente, hizo que el misterioso hombre "del pueblo" tocara con los dedos las bolitas de la tómbola para garantizar que no habían sido manipuladas. Le dijo que cubriera su rostro con la capucha de su chompa y Piguave giró su cabeza, estiró su brazo derecho e introdujo su mano en el ánfora para extraer una de las bolitas. La función transcurría mientras algunos de sus actores pedían la palabra y eran ignorados por los técnicos del plató. En el proscenio, Almeida y Chiriboga aplaudían el acto, al tiempo que los tramoyistas ocultaban los reclamos tras el telón.
Concluido el espectáculo, Rosero mocionó la aprobación del sorteo y con los votos de Almeida, Dávalos y el mismo Rosero la moción fue negada. Los demás consejeros denunciaban, a través de sus redes sociales, todas las inconsistencias de un proceso poco ortodoxo. Derrotada y furibunda, Almeida no cejó en su empeño por validar el sorteo y acusó a la nueva mayoría de “impedir la organización de los concursos de selección de autoridades, para mantener en sus cargos a los vocales electorales”.
Luis Piguave, como se identificó un ciudadano que “almorzaba o cenaba” por los alrededores del lugar, tuvo el honor de protagonizar la obra teatral producida y dirigida por Almeida. “Me encontraba aquí abajo, lo que es almorzando… cenando y un representante de ustedes me dijo que colabore..."
Dos días después, el 5 de febrero del 2022, los consejeros del CNE, en una plenaria extraordinaria, declararon el inicio del periodo electoral para los comicios seccionales del 6 de febrero del 2023. De acuerdo con la disposición octava del Código de la Democracia, el periodo electoral comprende “todas las actividades y operaciones que se desarrollan de manera ordenada, durante un tiempo dentro de las etapas preelectoral, electoral y postelectoral”. Pero eso no es todo, la misma ley establece la prohibición de realizar reformas electorales un año antes de celebrarse los comicios.
Si el retraso en los plazos para la designación de autoridades y el dictamen favorable de la Procuraduría General del Estado (PGE) —para que los consejeros permanezcan en funciones hasta que sus reemplazos estén debidamente seleccionados— ya era un problema, lo fue más el blindaje que el artículo 16 les otorga en términos de que, “ninguna autoridad extraña a la organización electoral podrá intervenir directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos ni en el funcionamiento de los órganos electorales”.
El golpe de gracia a la administración de Almeida fue propinado el 7 de febrero, una vez que la jueza, Larissa Ibarra, de la misma Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón, anuló los efectos de la acción de protección con medidas cautelares concedida por la jueza Karly Vargas el 30 de enero. El fallo emitido por la jueza concluye que no se cumplió con la exigencia del artículo 33 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales, respecto a que, para dictar una medida cautelar, debe “por la sola descripción de los hechos” evidenciarse que se pueden violar derechos. En otras palabras, el que un órgano colegiado determine la pertinencia de cesar en funciones a uno de sus miembros es parte de las atribuciones reguladas por la Constitución y el Código Orgánico Administrativo, por lo que no existe una potencial vulneración de derechos.
La respuesta a esto fue inmediata. El antagonismo entre el Ejecutivo y la Asamblea fue aprovechado por Almeida, Rosero y Dávalos, todos quintaesencia de los acuerdos políticos entre el ala rebelde de PK, los correístas y el PSC. Al advertir que la justicia no se allanaría a sus reclamos —por una presunta intromisión del gobierno— los miembros de los dos bloques parlamentarios, con el apoyo de la disidencia de PK, el 8 de febrero se organizaron para presentar un pedido de juicio político en contra de los cuatro vocales del CPCCS que hacían la nueva mayoría, en el marco de la revisión y cambios en el reglamento para la designación de autoridades, principalmente del titular de la Contraloría.
Los solicitantes de la interpelación, Mireya Pazmiño y Ángel Maita —ahora defenestrados de PK— además, mencionaron que la consejera Estupiñán estaría involucrada en la presunta negociación de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial. La elección del titular de la entidad se produjo en marzo del 2021. Quien interpuso la denuncia por concusión —en contra de Ulloa, Bravo, Rivadeneira y Estupiñán— no habría sido favorecida “como se acordó” y, en su lugar, se designó a Pablo Iglesias Paladines como el nuevo superintendente.
Pero las amenazas de juicios políticos no frenaron la voluntad de Ulloa y compañía. Atrincherados tras un cerco policial, los cuatro consejeros de mayoría se autoconvocaron, el 9 de febrero, para la reinstalación de la sesión declarada permanente desde el pasado 26 de enero. Mientras Almeida denunciaba un “golpe de Estado institucional”, por parte de un grupo de consejeros “mercenarios”, y conminaba al presidente Guillermo Lasso a no interferir en las decisiones del CPCCS, Rosero intentó bajar las tensiones, invitando a los consejeros a sesionar el 15 de febrero para retomar los puntos del orden del día, entre los que constaba la remoción de Almeida. Sin que ninguno tuviera éxito, la nueva mayoría resolvió remover a Almeida de la presidencia del organismo e incluyó una moción para replicar el procedimiento administrativo con Rosero.
El secretario ad-hoc, Nelson Silva —designado por los cuatro consejeros— intentó contactar con Almeida por teléfono para que ejerza su derecho a la defensa, pero esta jamás respondió, no así Rosero quien si se conectó a la plenaria a través de la plataforma Zoom para explicar que no había emitido el memorando para la reinstalación de la sesión porque existían recursos legales interpuestos que debían ser dirimidos.
Una vez zanjada la remoción de ambos, Rivadeneira postuló a Ulloa para la presidencia del organismo y con los votos de los cuatro consejeros, la moción fue aprobada. Bravo tomó su juramento e inmediatamente sugirió que Rivadeneira sea la compañera de fórmula de Ulloa, planteamiento que también fue acogido. De pronto, la sesión perdió su carácter protocolar y se convirtió en una ceremonia chamánica. Bravo, como si fuera un sacerdote, bendijo el sillón presidencial, agitó un par de ramos de plantas, presumiblemente medicinales, sobre las banderas y por la espalda de las nuevas autoridades y así concluyó el ritual para espantar a las malas energías y las prácticas disolutas en la nueva administración.
El secretario ad-hoc, Nelson Silva, remitió al Ministerio del Trabajo el informe sobre lo actuado en la sesión permanente n°3, por lo que la cartera de Estado, minutos antes de las 19H00, difundió una certificación en la que reconocía a Ulloa y Rivadeneira como los nuevos presidente y vicepresidente respectivamente. Las risas y las bromas de pronto se desdibujaron; una encolerizada Sofía Almeida irrumpió en el lugar y con total desparpajo insultó a Ulloa, llamándolo “usurpador de funciones”, mientras le exigía que se retirase de su oficina.
“Qué falta de respeto, tú estás recusado desde las 13H00 y Nelson Silva no es funcionario del Consejo desde las 13H50. Entiendo que el Gobierno nacional en complicidad con la Policía Nacional te estén apoyando, ¡pero tú no eres ningún presidente! ¡Usurpador de funciones del Consejo, retírate de mi oficina!”, dijo presa de la ira.
La furia de Almeida no cambió la actitud de Ulloa, quien le pedía que, "por favor", tomara asiento para conversar. Sin posibilidad de diálogo, Ulloa abandonó las instalaciones del CPCCS, mientras que Almeida pernoctó en la oficina de presidencia para retrasar lo inevitable.
Al día siguiente, la jueza multicompetente, Karly Vargas, desestimó los efectos de lo resuelto el 9 de febrero en la sesión permanente. Para la magistrada, lo dispuesto por la jueza Larissa Ibarra —de la misma Unidad Judicial en Samborondón— inobservaba lo que establece la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en lo concerniente a que únicamente el juez que dicta la medida cautelar tiene atribuciones para revocarla y, en caso de apelación, un tribunal superior será la instancia que lo resuelva.
Sin embargo, la jueza Ibarra, en audiencia del 10 de febrero, determinó que lo actuado el 9 de febrero “se presume legítimo y que sus decisiones futuras sean cumplidas por sus destinatarios”, reza la sentencia. Además, en la víspera de la deliberación de la jueza Vargas, la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia de Guayas dio paso a la declaratoria jurisdiccional previa para el inicio del sumario administrativo por un presunto error inexcusable en un proceso judicial. En una demanda presentada por el abogado Jorge Cedeño, en noviembre del 2021, se señalaba que Vargas habría prevaricado, además de dilatar el trámite de la causa —referente al cobro de un pagaré por más de medio millón de dólares por concepto de honorarios—, y habría ofendido de palabra al denunciante en audiencia.
Ismael Quintana
Abogado, experto en Derecho Constitucional.
De acuerdo con Ismael Quintana, abogado constitucionalista, el procedimiento para la remoción de Almeida del cargo de presidenta sí cumplió los requisitos de ley. “En principio, la figura de la remoción, que se utilizó para sacar del cargo presidencial a Sofía Almeida en el Consejo de Participación Ciudadana, no está expresamente prevista en la Ley Orgánica del Consejo, eso es cierto”, afirmó Quintana.
Esto se confirma en el artículo 40 de la ley del CPCCS, en la que se describe que los cargos de presidencia y vicepresidencia son de periodo fijo, por dos años, y no se establecen causales de remoción. No obstante, a juicio de Quintana, la legislación prevé la aplicación de normas que diluciden la indeterminación legal al interior del Consejo de Participación. “Usted tiene normas supletorias que aplican en estos casos en los cuales una norma específica no contempla determinada situación jurídica, ese es el caso del Código Orgánico Administrativo, (…) que es una norma, que en procedimientos administrativos, aplica para toda la administración pública, con la salvedad de aquellos casos en los que aquella misma norma dice que no rige”, explicó el constitucionalista.
Esto se traduce en que la norma sustrae del ámbito de sus aplicaciones a ciertas instituciones. “En el COAD no hay ninguna norma que establezca que no se aplica los casos del procedimiento administrativo interno en el Consejo. Por esa razón es que se acudió a este artículo 55 del Código Orgánico Administrativo que regula cómo se hace para nombrar y retirar el nombramiento de las máximas autoridades de los cuerpos colegiados”, expresó Quintana.
Así, la remoción de Almeida de la presidencia, al contar con informe previo para debate en el pleno y la presencia y participación de la mayoría absoluta, se inscribe dentro de lo que determina la ley y está ceñida al derecho.
Sin embargo, la ley tiene sus bemoles. El COAD establece tres condiciones para la instalación de las sesiones con la mayoría de los integrantes del órgano colegiado: “previa declaración de urgencia por parte del convocante, motivada debidamente en una situación de excepcional gravedad; cuando la convocatoria haya sido requerida por la mayoría de los miembros del órgano colegiado y su presidente o quien lo sustituya, se haya negado a efectuarla dentro de un período de tres meses, desde el requerimiento: o cuando sea necesario nombrar al presidente o quien lo sustituya, en caso de ausencia definitiva”, reza el articulado.
Si se analizan las especificidades de la autoconvocatoria, con extrema sujeción a lo que dicta la norma, en primera instancia, se concluye que no se cumple con uno de los requisitos señalados: la negación, durante un periodo de tres meses, a instalar la sesión. Lo que muchos no saben es que este punto fue esclarecido por la Procuraduría en el 2019, a través de un dictamen en el que se amplía la operatividad del articulo 55 del COAD. Esto último configura un escenario excepcional para sesionar, sin perjuicio de que los plazos no se cumplan.
Por ello, los cuatro consejeros basaron la reinstalación de la sesión en este pronunciamiento del máximo intérprete administrativo y en el reglamento de las sesiones aprobado durante la administración de José Tuarez —censurado y destituido por la Asamblea Nacional— el 2 de agosto del 2019. No obstante, en esta normativa no consta la firma de Tuarez y tampoco ha sido publicada como una resolución oficial en la página web del CPCCS.
Asimismo, el COAD refiere que la aplicabilidad de la autoconvocatoria se restringe para las sesiones extraordinarias. La sesión declarada permanente, desde el 26 de enero, tenía el carácter de ordinaria. Vaticinando las potenciales opacidades e interpretaciones antojadizas de la norma, la PGE se convirtió en la última palabra en este tema.
No obstante, esto no amainó la obcecación de los correístas, los rebeldes de PK y los socialcristianos, quienes anunciaron un supuesto proceso de fiscalización al proceso de remoción de Almeida. De nuevo sería Ferdinan Álvarez quien se encargaría de inquirir a las recién posesionadas autoridades del CPCCS, a la exministra de Gobierno, Alexandra Vela, y al Comandante General de la Policía Nacional, Carlos Cabrera. “Como Asamblea Nacional, lejos de banderas políticas, defenderemos la democracia”, aseguró el legislador de UNES.
Lo que ferdinand álvarez (UNES) olvidó es que no se puede conocer un nuevo pedido de juicio político mientras el trámite del que está en marcha no culmine. Esto, para Fernando Villavicencio, es muestra de “una ignorancia total”.
Pero los intentos de acelerar la interpelación a los cuatro vocales del CPCCS desdijeron la cruzada por la institucionalidad. Álvarez proponía un cambio en la calendarización de los juicios políticos para que se priorizara el juzgamiento de la nueva mayoría del CPCCS. El medio para propiciar este reordenamiento, según el asambleísta de UNES, sería a través de una resolución que pase al Pleno para exhortar a la Comisión de Fiscalización a que procese la solicitud de los correístas, los rebeldes de PK, y los miembros del PSC.
Lo que Álvarez olvidó es que la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en su artículo 81, indica que si durante la sustentación de un juicio político el CAL remite una nueva solicitud, los plazos para avocar conocimiento al respecto de este nuevo pedido correrán una vez que finalice el procesamiento del que está en curso. Es decir, no se puede conocer un nuevo pedido de juicio político mientras el trámite del que está en marcha no culmine. Esto, para el presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio, es muestra de “una ignorancia total”.
La necedad pudo más que la razón y la ley y el 16 de febrero, los bloques de UNES y el PSC y el grupo de rebeldes de PK elaboraron un proyecto de resolución para que se debatiera en el pleno un cambio en el cronograma de la Comisión de Fiscalización y así suspender los plazos de sustanciación de los juicios en contra del Contralor subrogante, Carlos Riofrío, el Procurador del Estado, Íñigo Salvador y de cuatro vocales prorrogados en funciones del CNE, además de Luis Verdesoto, quien renunció en abril del 2021.
La noche del 17 de febrero el proyecto de resolución, sin firma e intitulado con rimbombancia: “Para la priorización del juicio político por la conmoción social generada por las bochornosas actuaciones públicas de los consejeros”, empezó a circular entre las bancadas de la Asamblea. Su justificación fue el retraso en la designación de nuevas autoridades, "lo que ha provocado una crisis de dirección a nivel institucional, sin embargo, muchos lo ven sospechoso e improcedente, en detrimento del orden de prelación".
Álvarez, no obstante, retiró el pedido de juicio político en contra del Procurador para que, según su razonamiento, la Comisión de Fiscalización procese “inmediatamente” la solicitud de juicio político en contra de los cuatro consejeros del CPCCS. Así, para garantizar un trámite expedito, el legislador de UNES conminó a sus pares de PK —específicamente a Joel Abad, quien se encontraba de vacaciones— a que se sumaran a su causa y retiraran, como si de una mala mano en una partida de cartas se tratase, el pedido de juicio político en contra de cuatro vocales del CNE, para retomar su apuesta una vez que se limpie del oprobio a la institucionalidad.
Lo que no se vislumbró fue que, por la pretendida reivindicación de la democracia y la independencia de funciones, la Asamblea Nacional se sumó a la espiral de contradicciones y fracasos institucionales. El retiro de las firmas de respaldo y del pedido de juicio político en contra del Procurador General del Estado —pese a que el criterio de la Unidad Técnica Legislativa sugería bloquear iniciativas de declinación— obligó a la Comisión de Fiscalización a remitir la información del procedimiento de juzgamiento político al Pleno. Todo esto después de que los resultados de la votación impidieran el tratamiento dentro de la mesa legislativa y amparándose en el artículo 142, inciso 6 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) que establece que “si en las comisiones especializadas permanentes y ocasionales no se alcanza la votación requerida en el trámite de proyectos de ley y procedimientos de fiscalización, fenecido el plazo de ley, estos pasarán a conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional para la correspondiente resolución, sin perjuicio de las sanciones que por incumplimiento de plazos corresponda a los miembros de la comisión, de conformidad con esta ley”.
El culmen lo protagonizó la moción presentada por Gabriela Molina, legisladora de UNES, quien sugirió “devolver el expediente de enjuiciamiento político en contra del Dr. Íñigo Salvador, procurador general del Estado, a la Comisión de Fiscalización y Control Político, a fin de que en el marco de sus competencias verifique, conforme lo señala el primer inciso del artículo 81 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que se cumple con los requisitos del artículo 131 de la Constitución de la República, caso contrario la archivará”.
La propuesta de Molina fue categóricamente rechazada, por una mayoría de 120 votos negativos, dos en blanco y 13 abstenciones. Molina planteó la reconsideración de la votación y esta fue aceptada por el Pleno, pero la legisladora quería cambiar la naturaleza de la moción, algo que está prohibido por la normativa.
Dos semanas después, reinstalada la sesión 771, en un inesperado viraje, la Asamblea aprobó la misma moción con 92 votos a favor, 28 negativos y 14 abstenciones. Lo extraño del hecho no es desestimable: las fechas para el desistimiento de los correístas para adelantar el juicio en contra de los cuatro vocales del CPCCS, y su reconsideración en la Asamblea, entre otros eventos conexos, coinciden con la concesión arbitraria del habeas corpus al exvicepresidente Jorge Glas, sentenciado a ocho años de prisión por asociación ilícita y cohecho pasivo agravado en el caso Sobornos y a seis años por el caso Odebrecht
Mientras en la Asamblea se inició una ofensiva, Almeida desempacó su guardarropa en la oficina de presidencia, en el quinto piso del edificio del CPCCS en Quito. Ulloa prefirió retirarse y evitar la confrontación directa, por lo que durante los siguientes ocho días despachó desde una habitación del Hotel Colón en Quito.
La incursión de Almeida reunió a quienes le juraban absoluta lealtad; guardias de seguridad, funcionarios de nivel jerárquico superior, mujeres, líderes sindicales, familiares y amigos, entre otros defensores de su causa, se congregaron en el quinto piso del edificio. En vigilia permanente, con descansos intercalados y pidiendo comida a domicilio, mientras una o dos patrullas inspeccionaban el lugar, Almeida vivió ocho días encerrada en una oficina.
Mientras la expresidenta ordenaba que los servidores utilicen sus correos personales para las comunicaciones, de manera “temporal”, y se abstuvieran de firmar cualquier documento hasta que la Fiscalía determine la restitución del sistema Quipux, Ulloa, con cierto retraso por la disputa del sistema informático con Almeida, el 14 de febrero de 2022, instaló una sesión extraordinaria para aprobar las modificaciones al reglamento de las sesiones y nombrar al nuevo Secretario General del CPCCS, en reemplazo de Chiriboga.
Estos mismos impases forzaron a Ulloa a transmitir la plenaria desde su cuenta de Facebook. Una vez sorteado este impedimento, removieron a Carlos Chiriboga de la Secretaría General del CPCCS y a Carlos Rivadeneira como prosecretario, y en su lugar designaron a Libertón Cueva Jiménez.
En lo que respecta al reglamento para las sesiones, los consejeros deliberaron sobre dos reformas hechas durante la administración de Tuarez, específicamente los artículos 8 y 9: en el primero de estos se incluyó un inciso que reza que “los consejeros no podrán ausentarse una vez instalada la sesión salvo por causas debidamente justificadas ante el pleno”. Ulloa explicó que esto evitará la suspensión abrupta e injustificada de las sesiones sin explicar los motivos para tal efecto; en el segundo artículo se incorporó un texto que reforma el tiempo mínimo para las convocatorias a sesiones ordinarias y extraordinarias a 24 horas, esto para mantener el dinamismo al interior del CPCCS.
Concluida la sesión, Ulloa afirmó que remitiría el acta de lo actuado al nuevo secretario y a la Policía Nacional para que se impida una vulneración a la documentación que reposa en la institución. De este modo, el martes 15 de febrero, el nuevo presidente del CPCCS, a través de un oficio dirigido a la Comandancia General de la Policía Nacional, solicitó que se le asigne un contingente de efectivos para ingresar a las instalaciones. Su mayor preocupación era que personas ajenas a la institución ingresen “a lugares sensibles de la institución donde se resguardan datos físicos y electrónicos, como Data Center, Secretaría General, Talento Humano, TICS y Financiero”, expresa parte del comunicado.
Pasaron unas cuantas horas, hasta que alrededor de las 20H30 de ese martes, un contingente de policías y agentes fiscales ingresaron al edificio del CPCCS con una orden de allanamiento suscrita por el juez Walter Macías. Sofía Almeida trasmitió el operativo desde su cuenta de Facebook, donde reprochó el ingreso “ilegal” de funcionarios afines a Ulloa al área de informática. “No (me) han dejado ingresar a mí, como presidenta del CPCCS, ni siquiera respetando el cargo de consejera, para poder observar qué está pasando dentro del área informática del CPCCS y poder verificar que todo esté en orden y que no haya algo que esté en contra de esta administración”, expresó.
A las 22H00, la Fiscalía General del Estado confirmó su ingreso a las instalaciones del CPCCS para recabar evidencia, tras recibir una denuncia por presunto acceso no consentido a los sistemas informáticos de la entidad.
Tras esto, el 16 de febrero, la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social volvió a convocar a las autoridades del CPCCS, Ministerio de Gobierno y la Policía Nacional para que expliquen lo ocurrido. En una cita anterior, programada para el 14 de febrero, los funcionarios se excusaron de asistir por motivos apegados al ejercicio de sus funciones y al cumplimiento de su agenda. En esta ocasión todos asistieron. La primera en intervenir fue la entonces ministra de Gobierno, Alexandra Vela, quien reiteró el respeto a la independencia de funciones y defendió lo actuado en el CPCCS. “En el Consejo existen una mayoría y una minoría; y esta mayoría ha elegido presidente. Como Gobierno, el Ejecutivo estamos llamados y respetaremos la independencia total de cada una de las instituciones. (…) Debemos garantizar la mayoría que se ha establecido en el Consejo, el respeto a la Constitución y la ley y a las reglas que rigen ese gobierno democrático”, concluyó la exministra. Además, justificó la custodia policial concedida a Ulloa por un supuesto riesgo a su integridad.
Cuando el turno fue de Cabrera, el Comandante de la Policía mencionó que fueron 25 oficiales los que ejecutaron el allanamiento al edificio del Consejo. Afirmó que había personas que atacaban a los consejeros, por lo que la presencia de la fuerza pública era necesaria para garantizar su seguridad.
Finalmente, Ulloa subrayó lo que todos denunciaban desde hace meses: la suspensión de sesiones sin justificación alguna, la continua obstaculización a la participación de los consejeros en las plenarias, el hermetismo alrededor de la información de los concursos, etc. Explicó que la reforma a los reglamentos no pretendía conculcar la seguridad jurídica de los procedimientos, sino depurarlos para que no existiesen intromisiones del propio Consejo.
Tiempo después Ulloa anunció a los miembros de la mesa legislativa que el juez subrogante de la Unidad Multicompetente de Samborondón, Ronald Cevallos —quien asumió la querella entre Almeida y Ulloa luego de la sanción disciplinaria a Karly Vargas— emitió el auto en el que se acumula al expediente la medida cautelar interpuesta por Almeida la acción de protección solicitada por Ulloa. De esta manera, se declaraba la nulidad de lo dispuesto por la jueza Vargas y se ratificaban los efectos de la sentencia que favoreció a Ulloa. Esto concitó el disgusto de Álvarez y Viteri, quienes vituperaron las actuaciones de la justicia y tildaron de “sospechosa” a la suspensión de la magistrada que conoció el pedido de Almeida.
Esto puso fin a otro más de los aciagos capítulos del CPCCS y significó la consolidación de la presidencia de Ulloa.
El fantasma de la administración pasada hace lobby en el presente
Sobre la ralentización en el concurso para la renovación parcial del CNE, David Rosero, exvicepresidente del CPCCS y actual consejero enlistó, las que considera, tres causas que propiciaron su tardanza, a saber: “Básicamente tiene que ver con tres factores: la pandemia (con la que) se vivió un buen tiempo y que no permitió realizar procesos de forma más continua. En ese sentido, también tiene que ver con la falta de entrega de recursos, es decir, de presupuesto por parte del Gobierno para realizar los concursos, y la última tiene que ver con el golpe institucional que sufrió la institución el 9 de febrero. Ya son más de dos meses desde este tema, donde el concurso estaba al 40% avanzado, y (ahora) está prácticamente paralizado por las autoridades de facto que se tomaron la institución y están alineadas al gobierno”, enfatizó Rosero.
David Rosero
Consejero del CPCCS y ex vicepresidente del organismo.
En el caso del concurso para la renovación parcial del CNE, los recursos, de acuerdo con Rosero, habían sido solicitados al Ministerio de Economía y Finanzas y, hasta febrero del año en curso no se había asignado ni un solo centavo. Asimismo, el consejero se pregunta por qué el Gobierno, ahora que Hernán Ulloa asumió la presidencia del CPCCS y Fausto Murillo, a través de la subrogancia, preside el Consejo de la Judicatura, ya no habla de una Consulta Popular que incluya la eliminación del Consejo para un nuevo mecanismo de nominación de autoridades, así como un nuevo sistema de administración de la justicia.
El reglamento experimentó cambios durante todo su trayecto; el 20 de agosto se aprobó su primera versión y las primeras modificaciones fueron incorporadas el 29 de septiembre del 2021. Desde entonces y hasta su codificación, el 27 de octubre pasado, se estimaba que el avance en el concurso para la renovación parcial del CNE permitiría tener nuevas autoridades electorales con un ligero retraso, en paralelo al inicio del periodo electoral. “El concurso tenía un avance del 40%, es decir, el año anterior se publicó en el Registro Oficial en el mes de agosto, más o menos, el reglamento para la designación del CNE, para la renovación parcial de dos miembros de esa institución", dijo Rosero.
"Inmediatamente después, en el mes de octubre, se convocó a una veeduría ciudadana y se acreditaron a 178 ciudadanos para vigilar el proceso. Después se convocó a la comisión ciudadana de selección, (…) se inscribieron 160 ecuatorianos y pasaron alrededor de 62 personas”, relató el consejero.
Todas estas etapas corresponden a la primera fase del procedimiento de renovación de los dos vocales electorales tras la aprobación del reglamento. Para ese momento, el periodo de los consejeros del CNE ya estaba por culminar sin que se haya evaluado los méritos de los candidatos a la comisión. Rosero sostuvo que la repentina reconfiguración del organismo impidió que se acreditaran a los comisionados ciudadanos que calificarían las carpetas de los postulantes. “Hasta antes del golpe institucional, auspiciado por el Gobierno, estaba avanzado el 40%. Después, han pasado más de dos meses y no se ha hecho absolutamente nada por parte de las actuales autoridades alineadas al ejecutivo. Esto es preocupante toda vez que, evidentemente, esto está pasando”, señaló el exvicepresidente del Consejo.
A esta inercia a la que alude el consejero le es concomitante una serie de cambios que, a su juicio, quitan toda lógica del concurso. “Nosotros habíamos planteado una fase de sorteo. Es decir, que posterior al mes de noviembre, (en) que se cumplían los tres años de los miembros del CNE, exista un sorteo para definir quien va a salir del CNE, pero ese reemplazo no sería en noviembre mismo, sino una vez que se culmine el concurso, pero, de alguna forma, ya sabíamos que íbamos a elegir. Es decir, dos consejeros hombres, dos consejeras mujeres, un hombre y una mujer. Al menos, nosotros sabíamos cómo convocar el concurso para ver que se va a reemplazar, en principales y suplentes”, fustigó Rosero.
En principio, una disposición general del reglamento determinaba que el sorteo de los dos consejeros salientes se realizaría después del 20 de noviembre —sin precisar una fecha exacta— una vez que los primeros tres años en funciones culminen. Tras las reformas aplicadas al reglamento, el sorteo no se efectuará sino hasta el final del concurso. Según Rosero, “esto es bastante grave porque, por ejemplo, si el próximo mes se convoca al concurso del CNE, se inscriben hombres y mujeres y resulta que al final, en el sorteo solo dos hombres entran, ¿para qué hicieron concursar a las mujeres? Eso ya no es responsabilidad nuestra, pero si es bastante grave lo que se acaba de hacer con esas reformas”.
Pero esto no sería lo peor. De acuerdo con el exvicepresidente del CPCCS, aunado al potencial descarte de postulantes, en función de lo que determine el sorteo, la inclusión de una prueba práctica significaría la oportunidad de no medir bajo el mismo rasero a todos los participantes. El consejero considera que esto es más bien “una entrevista, un examen oral que se presta a subjetividades. Es decir, usted va a una entrevista de trabajo y su aceptación a ese trabajo depende de quien haga la entrevista; es decir, no es un parámetro objetivo, depende del estado de ánimo de quien haga la entrevista. Eso, nosotros lo vemos como un factor que puede direccionar el concurso”.
Antes de las reformas la calificación estaba dividida en dos rubros: 50 puntos para méritos, en los que se contemplaba el grado de preparación y experticia del postulante y otros 50 puntos obtenidos de la evaluación escrita, con lo que se eliminaría del baremo cualquier indicio de discrecionalidad al calificar. Rosero opina que estos cambios no miden con la misma vara a todos y solo favorecen a “los amigos del gobierno”.
la sinergia, que se presume cierta entre el gobierno y el CPCCS para encauzar los concursos, según david Rosero, opera de modo tal que, en algunos casos, dilata los procedimientos, mientras que en otros los acelera.
Para el consejero, este círculo privilegiado de beneficiarios se restringiría únicamente a personalidades allegadas a Lasso. “Más bien está direccionado esto en función de los intereses del gobierno. El reglamento ya lo teníamos el año anterior mismo, se convocó a la veeduría, a la comisión ciudadana, estábamos avanzando el 40% del concurso. (…) Más bien, la visión que yo tengo es que al gobierno no le interesa realizar ciertos concursos o, al menos, le interesa demorarlos lo más que pueda”, arguyó Rosero.
En otras palabras, la sinergia, que se presume cierta entre el gobierno y el CPCCS para encauzar los concursos, según Rosero, opera de modo tal que, en algunos casos, dilata los procedimientos, mientras que en otros los acelera. Pero las acusaciones sobre una articulación entre el Ejecutivo y las autoridades del Consejo no es un hecho reciente. Durante la administración de Almeida, su tercer asesor de grado 4, Alejandro Gallo, mantuvo comunicación directa con Karen Sichel, asesora 4 de la Secretaria General Administrativa de la Presidencia, sobre la base de “reformas a los reglamentos, análisis jurídicos para ampliación de plazos de los concursos y confirmación de nombres de postulantes a integrar comisiones ciudadanas de selección”, reza un extracto de la nota publicada por el diario Expreso al respecto.
Gallo era miembro de los equipos técnicos que revisaban los requisitos de los postulantes a la comisión ciudadana de selección. El 16 de febrero, en una comparecencia en la Asamblea Nacional, —una vez que Almeida ya había perdido totalmente el control de la institució— el exfuncionario reconoció haber mantenido reuniones con el gobierno para realizar cambios y escoger a los perfiles adecuados a los análisis jurídicos presuntamente redactados desde Carondelet. Sin embargo, en una suerte de inmolación, Gallo deslindó de toda responsabilidad a su exjefa, Sofía Almeida, a quien incluso pidió disculpas. Hasta el cierre de este reportaje, Plan V intentó comunicarse con Alejandro Gallo para que explique la participación de Almeida en las conversaciones que, presuntamente, mantuvo con Aparicio Caicedo, consejero ad honorem del gobierno. Este último tampoco accedió a dar declaraciones al respecto y se excusó a través de uno de sus colaboradores.
La última aparición en público del exfuncionario fue durante la constatación de los despachos del CPCCS en presencia del notario Luis Herrera Riera, de la Notaría n°67. En teoría, las oficinas donde reposaba la documentación sobre los procesos de designación estaban cerrados bajo llave por “personas que ya no son funcionarios del Consejo”, reza parte del boletín de prensa difundido el 15 de febrero pasado. Mientras la diligencia transcurría, Gallo transmitía, desde su página de Facebook, lo que consideraba la toma de la institución por un “presidente ilegal”. “Es tan cobarde que lo estoy llamando, no me contesta el teléfono y tampoco me deja ingresar a la institución”, reprochó Gallo visiblemente molesto
Para el constitucionalista Ismael Quintana, siempre van a existir acercamientos entre las instituciones, al existir nombramientos que dependen enteramente del envío de una terna del presidente de la República. Sin embargo, el CNE es un concurso público, al que cualquier ciudadano, que estime cumple con los requisitos de ley, puede postular, por lo que la presencia del gobierno sobra. “Una cosa es la colaboración y otra cosa es que el Ejecutivo pretenda, a través de funcionarios, incidir en la designación de autoridades de control. El presidente envía ternas para nombrar superintendentes y procurador, en lo demás, entiendo yo, no debería tener injerencia. Es decir, no le debería interesar el color político o la postura de quien va a ser el contralor, defensor público o vocal del CNE”, precisó Quintana.
Desde ese momento y hasta la actualidad, Gallo se recluyó en completo ostracismo y no se escuchó más sobre el “Lasso Gate”, como denominó al caso de supuesta injerencia del gobierno en el CPCCS.
Frente a esto, Rosero sugiere que esta es una práctica institucionalizada desde que Ulloa asumió la presidencia del organismo, sin embargo, los rumores sobre la intromisión del gobierno en el CPCCS se remontan a las postrimerías de la administración de Almeida, a través de uno de sus asesores de confianza. Esto podría hacer pensar que quien dirige el Consejo mantiene canales de comunicación directa con el Ejecutivo para modificar lo que se considere oportuno.
“Se evidencia que cuando ya se tenían los reglamentos, ya se iniciaron los procesos, en medio de los procesos se dan reformas, es decir, a mitad del partido. No se podría modificar las reglas, sin embargo, lo han hecho. Entonces esta es una clara injerencia e intromisión y es una de las causales del juicio político que tienen hoy mismo cuatro consejeros: las reforma de los reglamentos en mitad del proceso, porque se afecta la seguridad jurídica, la igualdad de derechos y una serie de elementos más”, matizó David Rosero.
Esto último supone la demarcación del bloque de Almeida sobre cualquier orden del gobierno acatada por ellos y, más bien señala a la actual administración como la responsable de esta obsecuencia y manipulación de los reglamentos. Hernán Ulloa rechaza esta aseveración y conmina a que los verdaderos culpables asuman las consecuencias de sus actos. “Lo que le puedo decir, con absoluta certeza, es que este CPCCS no tiene injerencias ni del Ejecutivo, ni del Legislativo, ni de ninguna otra institución; ni poder político, ni económico, ni líder de partido político, ni nadie ¿Por qué razón? Porque saben que tiene un presidente que es independiente, que no obedece a nada más que al mandato del pueblo ecuatoriano”, dijo.
El compromiso con la transparencia en los concursos, dice Ulloa, “evitará cualquier tipo de injerencia que, hasta la fecha, no la hemos tenido”. La cooperación con el gobierno, no obstante, es un hecho desde la administración de Almeida, pese a que ahora es condenado y endilgado a las actuales autoridades. Parte de las atribuciones con las que se faculta a quien asume la presidencia del CPCCS, parece incluir una cláusula, en letra pequeña, que los autoriza a tener su propio emisario.
El régimen del interinazgo, la subrogancia y el encargo
La consulta popular del 4 de febrero del 2018 nombró al CPCCS Transitorio y le otorgó atribuciones extraordinarias para evaluar a las autoridades que presidían algunas instituciones de control y órganos administrativos y, de ser pertinente, cesarlas en funciones. En el caso del CNE, el CPCCS Transitorio ponderó la gestión de los exvocales electorales y resolvió terminar anticipadamente sus periodos. “Se nombró en 2018 un CNE, fruto de unas normas, yo le diría muy excepcionales, que se dictaron para este proceso, pero la Constitución no perdió vigencia. Es decir, todos sabíamos que este Consejo Electoral debía cumplir un periodo de seis años, hasta el 2024”, explicó Ismael Quintana, abogado constitucionalista.
Sin embargo, los plazos previstos en la ley para la renovación parcial del CNE se trastocaron y no se cumplió con el mandato constitucional. Quintana considera que lo actuado por el CPCCS es una omisión, “que se traduce en un incumplimiento de funciones. Han pasado los tres años, no se inició el concurso, no se ha hecho el sorteo, porque, claro, tenía que hacerse el sorteo para saber quiénes se van y hasta que se haga el concurso, obviamente, los alternos tenían que principalizarse hasta que sean reemplazados por las dos autoridades designadas en este proceso de selección, pero nada de esto ha pasado hasta el momento”.
El sorteo, previo a la designación de nuevas autoridades, estaba planificado para después del 20 de noviembre del 2021, tras culminar los tres primeros años en funciones y contemplaba la suplencia de los vocales salientes a través de un nombramiento provisional de los alternos. Así, no existirían reparos en cuanto a una posible acefalía. En este punto, Quintana coincide con lo realizado en la administración de Almeida en lo que respecta a la alternativa para burlar la prorroga de los funcionarios. “Bien hacía en esa parte el reglamento en dar una salida a este supuesto problema de acefalia, al establecer que, en todo caso, ya hecho el sorteo, y a sabiendas ya de quien se iba, asuman el despacho los alternos, hasta que la autoridad nominadora lleve adelante el concurso”.
A juicio de la administración de Hernán Ulloa, el efectuar el sorteo para determinar a los dos vocales salientes, sin antes conformar la comisión ciudadana de selección y convocar a concurso era una “irresponsabilidad de la administración anterior”. Esta equivocación habría afectado a la paridad de género, porque de haberse sorteado a dos hombres, automáticamente las aspirantes mujeres habrían sido eliminadas antes incluso de postular.
La respuesta a los retrasos fue la consulta al procurador. “El procurador emitió un dictamen ¿y qué fue lo que nos dijo? Lo que para nadie fue sorpresa: que esta gente se podía prorrogar en funciones, cuando la prórroga no existe en la Constitución y tampoco existe en la Ley Orgánica Electoral y que esta gente se quede nomás hasta que al CPCCS le venga en gana nombrar vía concurso a los reemplazantes. Sabrá Dios cuando se va a hacer ese concurso”, expresó Quintana.
Con base en el numeral 4.1 del artículo 105 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público, “los miembros del Consejo Nacional Electoral cuyos periodos están próximos a vencer no podrán separarse del desempeño de sus puestos hasta que el Consejo de Participación Ciudadana designe a sus remplazos y se posesionen ante el pleno de la Asamblea Nacional”, determina el dictamen de la PGE.
El Procurador General del Estado ejerce, de acuerdo con lo establecido en el artículo 237 de la Constitución, “el asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley, en aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u organismos”. Dicho de otro modo, el procurador es el intérprete administrativo de la ley. La particularidad de los pronunciamientos del procurador, afirma Quintana, es “que generan efecto vinculante, tanto para el consultante como para le resto de la administración pública”.
Esto garantiza a las instituciones cierta inmunidad sobre las decisiones que toman o que omiten. Ahora bien, en el caso del CNE se deduce que la prórroga es para que la institución no se convierta en un interregno. Esto, para Quintana, no es un argumento válido porque la institución dispone de los funcionarios alternos. “En el caso del CNE, por algo tiene, en el listado de los puntajes obtenidos, a los alternos. Esos alternos están para reemplazar a los titulares en casos de ausencia temporal, o también en casos de ausencia definitiva, en este caso ya era una ausencia definitiva por culminación de periodo”, sentenció.
En el futuro, es probable que el mismo dictamen de la Procuraduría que los facultó a continuar en funciones a los vocales del CNE, también acredite la validez de los comicios seccionales ante cualquier impugnación que alegue vicios de ilegalidad en el proceso.
El asesoramiento del procurador, lejos de ayudar a la institucionalidad y mantener el normal recambio de las autoridades “coadyuva a la vagancia, porque los otros van a seguir bien cómodos, calculando obviamente momentos políticos en los cuales corresponda hacer los nombramientos de acuerdo al momento que se viva”, según Quintana.
Pero eso no es todo; el periodo electoral ampara a los consejeros del CNE de ser removidos, por lo que el CPCCS se abstiene de proseguir con la designación de nuevas autoridades. Un posible entorpecimiento de los comicios seccionales ha frenado, según Quintana, la puesta en marcha del reglamento ya aprobado. No obstante, esto no le asegura mayor legitimidad al proceso. “Hay riesgos de que el nuevo proceso electoral, que viene para febrero de 2023, esté en manos de funcionarios que ya debieron dejar el cargo, que debieron ser reemplazados en octubre-noviembre de 2021, y que, sin lugar a dudas, no faltará alguien a futuro que alegue que estas elecciones tienen un vicio de ilegalidad por el hecho de que fueron llevadas adelante por un órgano administrativo que no se renovó como manda la Constitución”, vaticinó el constitucionalista.
Por lo tanto, existen dos momentos bien diferenciados en torno a la exoneración de los vocales del CNE para deponer sus cargos. Si bien el Código de la Democracia, en sus artículos 16 y 17 prohíbe que los miembros del órgano electoral sean enjuiciados y destituidos por la vía política, esto no los dispensa de ser renovados. No obstante, Hernán Ulloa, actual presidente del CPCCS, considera que uno de los avances más significativos de su incipiente administración es no afectar el calendario electoral y no turbar el trabajo de cada uno de los consejeros prorrogados del CNE.
“Si una persona conoce anticipadamente que se va es posible que hasta los propios subalternos lo desautoricen, que no pueda, con toda la ejecutividad que tiene una persona que ocupa un cargo de vocal del CNE, firmar los documentos con responsabilidades económicas que sirven para el buen desarrollo del proceso electoral, o dar órdenes para ser acatados por los subordinados. Por un acto de responsabilidad con el país, nosotros decidimos que este sorteo sea al final”, justificó Ulloa.
Quintana disiente totalmente de este criterio y advierte que los comicios bien pueden continuar sin que la designación de nuevas autoridades obstaculicen el proceso. “Lo uno no tiene nada que ver con lo otro. El blindaje que da la ley electoral es para el juicio político, y la necesaria renovación parcial, que debería y debe llevarse a cabo, incluso mediando proceso electoral, es un tema que no tiene protección ni en la Constitución ni el la Ley Orgánica Electoral. Es decir, ese si va a ser un muy mal pretexto por parte del CPCCS”, comentó Quintana.
En el futuro, es probable que el mismo dictamen de la Procuraduría que los facultó a continuar en funciones también acredite la validez de los comicios seccionales ante cualquier impugnación que alegue vicios de ilegalidad en el proceso. “Finalmente esos son temas que tiene que resolver el propio Tribunal Contencioso Electoral, que es el órgano de revisión de los actos del CNE y, sin duda alguna, como el Tribunal está en la misma situación que el Consejo, seguramente ya sabe cual va a ser la respuesta: el dictamen del procurador dice que se prorroga y por lo tanto el proceso es plenamente válido”, afirmó.
Por lo tanto, el desmedro institucional afecta a toda la administración pública: el mismo problema con distinto nombre, cara e institución. En medio de una cultura del quebrantamiento de las leyes y la conculcación de los derechos, una revisión a la facultad consultiva y aplicativa del pronunciamiento del procurador, para Quintana es perentoria.
La designación de los nuevos consejeros del CNE debe continuar en paralelo al cumplimiento de las etapas del proceso electoral —lo que jurídicamente es válido— para que las nuevas autoridades asuman el cargo y lleven la batuta de los comicios con todos los avances, siempre que los plazos, una vez que sean formalmente nombrados en sus cargos, no se retrotraigan hacia una futura prorroga por su incorporación tardía. “Los plazos no deberían prorrogarse más. Esta gente debería cumplir las funciones hasta los siguientes tres años en que debe venir una nueva renovación parcial del CNE, en eso las fechas deberían respetarse, más allá de que los reemplazados estaban prorrogados. Por eso es importante hacer los nombramientos a tiempo, precisamente para que luego no estemos con estas elucubraciones”, afirmó Quintana.
Una institución que clama por ser renovada
Los escándalos en el CNE sobre pago de favores, incumplimiento de funciones y fraudes electorales son hechos consabidos por quienes han transitado por el órgano administrativo denuncia la Fundación de Lucha Anticorrupción. Juan Esteban Guarderas, abogado y director comenta que ha presentado seis denuncias penales en contra de todas las inconsistencias de las que ha tenido conocimiento por sus investigaciones.
“Diana Atamaint gana la presidencia gracias al voto del consejero que fue propuesto por el PSC. Menos de un mes después, la ley dice que a las 18:00 pm se cierran las puertas y ya no se pueden presentar más carpetas para proponer candidaturas cuando es periodo electoral. La carpeta de los socialcristianos, en la provincia del Azuay no alcanzó a inscribirse ¿qué paso? El mismo director de la Delegación de Azuay, junto con los miembros de la junta, contó que Diana Atamaint les llamó a ordenar que abran la puerta, que rompan la ley para que inscriban las candidaturas”, afirmó Guarderas.
También habría denuncias por manipulación de las juntas provinciales lectorales, a través de amenazas de despido y casos de contrataciones irregulares y cuestionadas en el CNE. “Abróchese el cinturón, porque lo que voy a decir parecería de una película mala de Hollywood: el director nacional de Procesos (Luis Loyo) para los procesos de 2019, salió de la cárcel de Latacunga a ser Director Nacional de Procesos Electorales. ¿Por qué delito fue procesado? Por falsificación de documento público. Y luego volvió a prisión porque confesó haber formado parte de la red de tráfico de puestos del cura Tuárez (expresidente del CPCCS condenado a 5 años de prisión en 2020)”, reseñó el abogado.
Juan Esteban Guarderas
Ex asesor jurídico de la Comisión Nacional Anticorrupción.
Para Guarderas el fraude no es una contingencia que se manifiesta situacionalmente, sino que está plenamente instituida en el CNE. “Hay fraude en las actas porque en el reconteo cambian las cifras; hay fraude en las actas porque los votos entre las distintas dignidades cambias; hay fraude informático, documentado; existe una manipulación de los procesos de fiscalización a candidaturas y campañas electorales y partidos políticos. (…) Nosotros no tenemos un régimen democrático, tenemos un régimen de fraude”, dijo Guarderas.
A finales de enero de 2020 y tras someterse a votación el expediente de juicio político en contra de Diana Atamaint, en la Comisión de Fiscalización no se logró aprobar el informe que recomendaba su enjuiciamiento en el Pleno de la Asamblea. Sería el voto de Pinuccia Colamarco, alterna de Daniel Mendoza (condenado a 4 años y dos meses de prisión por asociación ilícita), el que salvaría a Atamaint de ser sometida a la interpelación.
Los escándalos en el CNE sobre pago de favores, incumplimiento de funciones y fraudes electorales son hechos consabidos por quienes han transitado por el órgano administrativo denuncia la Fundación de Lucha Anticorrupción.
“Cuando fue el juicio político a Diana Atamaint, estamos hablando de enero de 2020, pasó algo divertido por decir lo menos, digo divertido para no llorar. Atamaint se salva por un voto, de un asambleísta que se ausentó. Resulta ser que ese asambleísta ahora está en prisión porque es el que robó la plata del Hospital de Pedernales. (Se trata de) Daniel Mendoza, ese es el voto que le salvó”, explicó Guarderas
El canje de favores habría sido a cambio de la validación de las firmas y la inscripción del movimiento político de Daniel Mendoza. Esto demuestra, según Guarderas, hasta que punto están aferrados a los puestos. “Mendoza tenía un partido político que se llamaba “Mejor”, era local, pero él había solicitado que su partido ya no sea local sino nacional y tres días hábiles después de que el voto de Mendoza salva a la presidenta del CNE del juicio político, se aprobó la inscripción del movimiento “Amigo”. Es decir, durante el tiempo en que se procesó la documentación del juicio en contra de Atamaint, en diciembre de 2019, Mejor cambia de nombre a Amigo. Favor con favor se paga”, dijo.
El arraigo a los puestos que ocupan los consejeros prorrogados sería manifiesto, según Guarderas, y sorprende que el concurso para su renovación siga paralizado. “Hacer un sorteo no es mandar un cohete a la luna, hay otros países que si pueden hacerlos. No es un logro enorme hacer un sorteo. ¿Es acaso falta de plata? Eso dicen los señores consejeros. En el mejor de los casos, un sorteo cuesta 400. 000 dólares, contratando y pagando salarios a todos los supervisores, comisiones. ¿No tenemos 400.000 para hacer cumplir la ley? Esto es el país de los cucos”, enfatizó.
ENTREVISTA
"Puede haber intereses cruzados entre el CNE y el Consejo de Participación"
Ana Marcela Paredes, exvocal del Consejo Nacional Electoral y experta en temas electorales
¿Considera que las elecciones seccionales pierden un grado de legitimidad al ser organizadas por autoridades prorrogadas en funciones?
El factor de la confianza es lo que siempre está en juego y garantizar es integridad electoral depende de una serie de elementos, sin embargo, hay también algunos elementos adicionales. Por ejemplo, en estas elecciones seccionales se van a elegir consejeros del CPCCS, tal como está concebido y lo manda nuestra Constitución. Ahí hay un cruce de intereses: son nuevas elecciones, ya están prorrogados. Veo complejo que se pueda dar una elección en tan poco tiempo y veo un cruce intereses ahí que puede interferir en este afán de garantizar esta integridad electoral. Hay una serie de esfuerzos que se requieren para recuperar esa confianza. La ciudadanía cada vez siente más desencanto por la política, por el quehacer público. Eso es lamentable, porque instituciones como el CNE están para garantizar esa independencia que, hoy por hoy, vemos que tampoco se la garantiza.
¿Entonces el CNE no es un órgano técnico e independiente?
En la Constitución de 2008 se hablaba de un Consejo independiente, conformado por ciudadanos que quieran participar y que no tengan ninguna filiación política. Resulta que, de una manera ad hoc, el actual Consejo es una suerte de representación de algunas organizaciones políticas. La pregunta que me hago es, con más de 300 organizaciones políticas este momento en el país ¿cómo se puede seleccionar a unas pocas y decir ese Consejo representa a tres o cuatro organizaciones y también un representante de la sociedad civil? Esa medida interina no aporta en la confianza pública
¿Y qué medidas habría que implementar para recuperar la confianza de la ciudadanía y mejorar la participación política?
El tema de la reforma en organizaciones políticas es un tema urgente. Desde muchos sectores estamos impulsando que se haga un trabajo serio y metódico que depure ese sistema que no representa a los sectores de la población. Es decir, esta atomización no es sinónimo de pluralidad, de ninguna manera. Se ha vuelto más bien un tema que no hace que el ciudadano se sienta mucho más alejado de las 300 organizaciones políticas que no representan. Pero más allá de lo normativo el tema es cultural, la cultura de un pueblo, la cultura de participación y de querer ser parte de estos procesos. Lamentablemente, los ciudadanos quieren participar menos por tanta corrupción y, aunque este momento haya un nuevo presidente en el CPCCS que diga que esta vez el concurso será transparente y se va a privilegiar los temas académicos, pues quedan esas sombras de dudas, precisamente por como el sistema está concebido y por los intereses cruzados que existan entre Participación Ciudadana y Consejo Nacional Electoral.
El problema es que por tener esas medidas parche, muchas de las veces, desmoronamos todo lo que ha hecho para el efecto. Entonces, cuando un CPCCS realizó un examen era una medida parche para, en teoría, solucionar un problema, pero la cura fue peor que la enfermedad.
¿Hay intereses cruzados entre CNE y CPCCS?
Es lo que se presume, que puede haber estos intereses cruzados entre CNE Y CPCCS porque a la final es este Consejo el que también va a estar garantizando esa elección del Consejo de Participación Ciudadana, entonces esas sombras de duda están en el ambiente. Nadie puede garantizar, ni hay pruebas para decir que se quieren prorrogar, pero obviamente en temas políticos puede darse cualquier cruce de esos intereses. Eso es lo lamentable, el que no se cumpla con el debido proceso, el que ese Estado de derechos y justicia que garantiza nuestra Constitución sea vejado es lo que hace que los ciudadanos tengamos, cada vez, menos convencimiento de que las cosas se las haga de acuerdo a lo que dicta la ley. No existen garantías de que estos espacios sean ocupados por personas independientes que quieran integrar ese Consejo Nacional Electoral.
¿Qué las designaciones de autoridades se hagan desde la Asamblea Nacional serían una alternativa?
No me parece que si la Asamblea vuelve a tener esta atribución sea un avance para el país, no creo que esa sea la mejor medida. Esto se debe, precisamente, a los últimos acontecimientos que estamos viendo en nuestros asambleístas, entonces no creo que sea el organismo más adecuado para darle la tan importante responsabilidad de la conformación y organización del concurso. Creo que si no existiera injerencia de ningún tipo y actuáramos con extrema sujeción a la Constitución podría darse un proceso de mucha más altura.
¿Existe una tercera vía para la designación de autoridades que no contemple ni a la Asamblea ni al CPCCS?
El problema es que por tener esas medidas parche, muchas de las veces, desmoronamos todo lo que ha hecho para el efecto. Entonces, cuando un Consejo de Participación Transitorio realizó un examen era una medida parche para, en teoría, solucionar un problema, pero la cura fue peor que la enfermedad. Nadie garantiza que los nuevos integrantes vayan a responder a las justas demandas ciudadanas. Si en realidad se quisiera tener una permanente ante una situación crucial, primero hay que reformar a la Constitución tal como está concebida y eso implicaría otro camino que involucran estos esfuerzos colectivos. Entonces va más allá de que la Asamblea o el gobierno tenga que solucionar, porque la ciudadanía también juega un papel muy importante.
¿En la Consulta Popular se debería incluir una reforma a la Constitución para que cambie la dinámica de conformación de los cuerpos colegiados?
Completamente. Tal como se ha concebido y tal como este espacio, que se entendería de participación ciudadana, pero que en realidad ha venido a coartar esa participación genuina, hay que rever ese Consejo y sus atribuciones. La única manera es cambiando la Constitución. El camino es cuesta arriba y se necesitan los esfuerzos de todos los sectores. Lamentablemente, el Ecuador es un país demasiado polarizado, que ha pasado de tener 7 presidentes en 10 años a tener un solo gobernante el próximos 10. No le hace bien al país creer en líderes mesiánicos, así que hay que trabajar en concientizarnos y, desde todos los espacios, ser mucho más corresponsables con todo lo que sucede aquí.
¿Y qué hacer con el Consejo de Participación Ciudadana, se lo elimina o se lo cambia?
Eso debe salir de las reflexiones críticas que se den, no es una decisión de algún iluminado, ni tampoco una medida parche. Puede que haya elementos que puedan rescatarse para crear una institución mucho más potente y con experiencia ganada.
[RELA CIONA DAS]
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