Foto: PlanV
La defensa de Rafael Correa busca invalidar los procesos legales que presentó Fernando Balda.
El llamado Caso Balda es un fuego cruzado. Aunque ya se dictó sentencia para los secuestradores de Fernando Balda, los ex agentes de inteligencia y clases de la Policía Nacional, Raúl Chicaiza y Diana Falcón, y ellos están fuera de la cárcel, la historia está lejos de terminar. El 11 de julio del 2019 fue recibida en la Fiscalía General una denuncia por presunto perjurio y falso testimonio (Art.270 COIP) presentada por Fernando Balda en contra de José Serrano, asambleísta nacional, ex ministro del Interior y ex presidente de la Asamblea Nacional. Según la denuncia, Serrano habría mentido en sus declaraciones en la Fiscalía, en el marco de la investigación del secuestro de Balda. Durante su versión, libre y voluntaria, del 19 de marzo del 2018, Serrano afirmó, dice la denuncia, que poco o nada conocía a Chicaiza y que no había tenido conocimiento de los hechos, es decir de los operativos para espiar y secuestrar a Balda. Dijo que se había enterado del secuestro por las redes sociales, en notas publicadas por el propio Balda y por su señora.
Sin embargo, dentro de la cooperación eficaz a la cual se habían acogido los ex agentes Chicaiza y Falcón, el primero había entregado una grabación, hecha de modo oculto por el propio Chicaiza a José Serrano, mientras este era Presidente de la Asamblea Nacional. En esta grabación, que sería difundida por La Posta, se demostraría, según denuncia Balda, que "José Serrano sí conoció detalles ínfimos de mi secuestro y además prometió gestionar dinero para tratar de generar impunidad para Raúl Chicaiza y Diana Falcón. Y cita la denuncia frases de Serrano, dichas en esa grabación, como: "¿Cuánto necesitamos inmediatamente? ¿Para cuándo necesitamos esa plata?". O una frase del ex policía, que demostraría, según la denuncia, que Serrano siempre había ayudado a los agentes: "Estamos muy agradecidos, cuando ustedes pudieron meternos presos nos dieron la mano". O una propuesta de Serrano a Chicaiza: "Por qué no nos volvemos reunir el miércoles de la próxima semana, para ver si es que ya logré conseguir algo por lo menos, de esto que usted me está diciendo".
Según se afirma en la denuncia, este audio habría sido grabado dos meses antes de que José Serrano diera su versión en la Fiscalía General. Sobre que Serrano sí conocía o no a Chicaiza desde antes y que, dice la denuncia, "tenía con tal grado de confianza con él, como para que Chicaiza le relate los detalles sobre cómo intentaría evadir a la justicia para salir impune del secuestro que cometió".
Sobre que Serrano sí conocía o no a Chicaiza desde antes y que, dice la denuncia, "tenía con tal grado de confianza con él, como para que Chicaiza le relate los detalles sobre cómo intentaría evadir a la justicia para salir impune del secuestro que cometió".
Esta denuncia inicial por falso testimonio cambió a presunto fraude procesal en contra de Serrano, por acción de oficio de la fiscal, Ximena Mena, y el ex fiscal general, Paúl Pérez Reyna.
El portal Punto Noticias reportaba que la Fiscalía General del Estado (FGE) había reactivado una investigación por supuesto fraude procesal, que se desprendía del caso Balda. La entidad solicitó, el 2 de noviembre del 2009, a la Presidencia de la República información sobre los cargos públicos del actual asambleísta José Serrano (AP), quien fue Ministro del Interior.
Días antes, el 31 de octubre, la Fiscalía había emitido también un impulso que señalaba: "ante la presunción de la existencia de fuero que gozarían algunos de los intervinientes, de manera especial el Presidente de la Asamblea Legislativa del Ecuador, ya que sería una de las personas que presuntamente intervienen dentro de las conversaciones extraídas en la pericia de audio y video referidas, (…) tomando también que de la información remitida consta audio con el nombre de: Pepe Serrano quien en su momento es conocido por todos era el Presidente de la Asamblea, la suscrita Fiscal advierte la existencia de Fuero de Corte Nacional".
La indagación se realizaba para confirmar o desvirtuar si algún funcionario del anterior gobierno “indujo o engañó” a un juez durante el proceso efectuado en 2018. La Fiscalía del Estado, luego de sus primeras investigaciones, decidió continuar el proceso como un presunto delito por fraude procesal, penado con uno a tres años de prisión. El 27 de enero del 2020, el asambleísta Serrano fue llamado a dar su versión sobre el caso. Duró una hora. Y a su salida habló con algunos medios de comunicación. Allí dijo que este caso estaría relacionado con una revancha de las mafias del narcotráfico y el crimen organizado. La indagación penal también alcanza al ex fiscal general, Galo Chiriboga.
La noticia del delito que llegó a conocimiento de la fiscal general Diana Salazar, que continuó con el caso, tenía como antecedente un memorando, del 26 de diciembre de 2018, en el cual se indicaba que "de los elementos de convicción recopilados en la presente instrucción fiscal (secuestro de Balda. Ndlr.), se han encontrado indicios que llevan a presumir el cometimiento de otras conductas punibles como: peculado, fraude procesal y los conexos con estos".
Rafael Correa tiene una orden de prisión por presuntamente haber ordenado el secuestro en Bogotá.
La investigación debe determinar si las voces de la grabación corresponden a Serrano y a Chicaiza respectivamente. Para ello, el ahora ex agente de inteligencia acudió a la Fiscalía y habría reconocido que la voz que se escucha en la grabación, atribuida a Raúl Chicaiza, es la suya.
Dentro del llamado Caso Balda, los ex policías Chicaiza y Falcón fueron hallados culpables por el delito de secuestro en contra de Balda, hecho ocurrido en agosto del 2012, en Bogotá Colombia. Mientras que el ex presidente Correa y el ex director de la Secretaría Nacional de Inteligencia, Pablo Romero, fueron llamado a juicio bajo la misma acusación de secuestro, pero el juicio fue suspendido por ausencia de los dos acusados. Sin embargo, por este caso, ambos tienen una orden de prisión.
Chicaiza y Falcón: esto no ha concluido
En una carta del 31 de enero del 2020, enviada a la fiscal general, Diana Salazar, los agentes Chicaiza y Falcón pidieron a la fiscal una cita. Los dos ex policías le dicen a la fiscal general que han sido sacados "inexplicablemente del programa de víctimas y testigos", lo cual los pone en grave riesgo al exponerlos a la ira de los seguidores de Rafael Correa. Y que tampoco se han cumplido los compromisos de la Fiscalía de sacarlos del país con identidades cambiadas para proteger su integridad y la de sus familias. Reclaman que no se han cumplido los acuerdos a pesar de que ellos colaboraron con la justicia y le recuerdan que sin esa colaboración, que consistió en delatar las supuestas actuaciones del ex presidente Correa y el ex secretario de la Senain, Pablo Romero, la Fiscalia General no hubiera tenido un caso consistente. Y recuerdan a la fiscal Salazar que el caso sigue abierto para Correa y Romero. "Al encontrarnos en libertad, es preocupante para nosotros enfrentarnos ante la sociedad siendo víctimas directas del repudio de seguidores fieles del ex presidente de la República y su mandato, quienes nos han mostrado odio en el transcurso del proceso penal y actualmente, perjudicándonos en el ámbito laboral y psicológico, ya que el precio que han puesto por nuestra vida sigue latente; es decir, estamos cumpliendo una pena de muerte anunciada por la sociedad, hecho del cual es y será responsable de nuestra vida e integridad física el Estado ecuatoriano", le dicen en la carta.
Los ex policías Diana Falcón y Raúl Chicaiza, junto con su abogado.
Y como el caso Balda sigue vigente y abierto para Correa y Romero, "y además del proceso penal que se desprende del mismo por fraude procesal en curso, donde está involucrados el ex secretario de Estado, José Serrano Salgado, y el ex fiscal general del Estado, Galo Chiriboga Zambrano, por lo que dejamos en conocimiento de su investidura que el caso por el cual colaboramos con la justicia con nuestro testimonio, aún no ha concluido, debido a los delitos conexos no sancionados por la autoridad que llevó el proceso penal".
ENTREVISTA
Fausto Jarrín: "El Caso Balda se puede caer"
Sin embargo, en curso también hay otra denuncia penal por fraude procesal, presentada por el abogado defensor de Rafael Correa en este caso, Fausto Jarrín. Aunque el abogado Caupolicán Ochoa fue el defensor inicial, Correa cambió a su procurador para afrontar las nuevas fases del proceso.
Jarrín también dirige la defensa técnica de Correa en el llamado Caso Sobornos, antes Arroz Verde, por el cual el ex presidente está acusado, junto a otros 20 ex colaboradores en su Gobierno y empresarios privados, de presuntamente dirigir una red para obtener recursos que empresas privadas entregaban, a cambio de contratos de obra pública, para financiar las campañas electorales de Alianza PAIS y otras actividades, como fiestas de cumpleaños y viajes de miembros del Gobierno de entonces.
En el caso Balda, Jarrín presentó una demanda por fraude procesal en contra del agente Raúl Chicaiza y del ex fiscal general del Estado, Paúl Pérez Reyna, quien llevó adelante la acusación del Estado. "El proceso no se ha cerrado en Colombia", aclara Jarrín. El proceso se llevó a cabo con lo que aquí se llama un proceso abreviado, y en Colombia se llama preacuerdo, y al igual que el Ecuador, los preacuerdos no pueden ser usados como prueba contra terceros, dice. Por lo tanto, "partimos de dos hechos puntuales: la cooperación penal internacional que vino desde Colombia no podía ser usada como evidencia contra terceros, y el proceso radicó su competencia en Colombia, antes que en el Ecuador.
¿Por qué sostiene usted que la cooperación no puede ser usada como evidencia contra terceros, es decir contra el ex presidente Correa?
Porque los procesos abreviados o preacuerdos no son procesos que no tienen fase de contradicción. En el proceso abreviado la persona tiene que aceptar la responsabilidad de lo que se le acusa. Y con base en esa aceptación de responsabilidad, los jueces en el Ecuador y los fiscales en Colombia llegan a una especie de negociación, en la cual se establece el monto de una sanción. Tanto en Colombia como en Ecuador todo esto está normado y si no existe una etapa de juicio, si no existe una etapa de contradicción procesalmente hablando, en la cual se valida la evidencia, esta no puede ser usada contra un tercero porque este tercero se vería afectado por algo que él no aceptó. Por lo tanto, en Colombia ni en el Ecuador, ni en Estados Unidos, se acepta esta cooperación para afectar a un tercero. Puede ser aceptado como una noticia criminis, para iniciar un nuevo procesamiento, pero no puede ser usado como evidencia contra un tercero.
"si no existe una etapa de juicio, si no existe una etapa de contradicción procesalmente hablando, en la cual se valida la evidencia, esta no puede ser usada contra un tercero porque este tercero se vería afectado por algo que él no aceptó".
¿Y esto cómo se aplica al juicio en Ecuador?
El señor Balda presenta una denuncia en el Ecuador en el 2013, denuncia que quedó en nada, no se hizo reconocimiento de firma y este se lo hace en el 2018 y se renueva el proceso. Lo primero que hizo la Fiscalía del Ecuador fue solicitar la cooperación penal internacional, y absolutamente toda la evidencia, con excepción de la cooperación eficaz de Chicaiza y Falcón, es la que consta en la cooperación internacional de Colombia. Por lo tanto, se construye un caso, con base en algo que es ilegal, para acusar a un tercero.
Pero el juicio en Colombia determinó que hubo un secuestro y se señala a Chicaiza como autor.
Lo que en Colombia se determinó que hubo intento de secuestro. No se llegó a consumar, y les dan 60 meses porque la justicia consideró que ellos desistieron del secuestro previo a ser detenidos. Por lo tanto era susceptible de ofrecerles la pena mínima. En Colombia las penas son muy altas para estos casos. El secuestro extorsivo llega hasta 25 años. El juicio en Colombia puede ser evidencia, pero allá nunca se contrastó. Allá era la palabra del supuesto secuestrador. Las autoridades colombianas solicitaron al Ecuador la localización del señor Chicaiza, entendiendo que él había sido el autor intelectual y detuvieron a los autores materiales. Todos estuvieron en la cárcel, y de hecho empezaron a salir hace dos años al cumplir la sanción. ¿Qué es lo que pasa? Si usted dice: me pagaron diez mil dólares para hacer esto, en un proceso, en un juicio, hay un fiscal, hay un abogado defensor que va a exigir al fiscal las evidencias reales de ese pago y debe hacer entender al juez porqué ese dinero es ilegal o que la contraprestación por ese pago era algo punible, como un secuestro. Acá todo esto no hay, porque nunca hubo una etapa de contradicción, porque solo hay lo que afirma el señor y lo que el fiscal acepta que es. Nunca pasa por el tamiz de un juzgador. Esto puede ser verdad o mentira, pero como la persona se autoincrimina, está dentro de lo que la ley permite. En Colombia se fueron cuatro años presos y no 25 años. Son procedimientos que permiten evacuar el sistema de justicia, buscan impedir el atiborramiento de los procesos, de diligencias, para personas que de antemano se considera que sus actos eran punibles. Pero eso no llega a juicio; ese tipo de circunstancias ni siquiera llegan al tamiz de las garantías básicas del proceso. Si yo digo: yo me robé ese carro. La pena para ese delito son dos años, pero como me declaré culpable te pueden dar el 20%, me pueden dar tres meses. Como me declaro culpable me puede dar pocos meses y salgo. Es usual en delitos de poca monta, en delitos donde no hay violencia. Es común en Ecuador también.
¿A su criterio, por qué se hizo reconocer al firma de Balda en su denuncia a los cinco años, cuando el caso estaba a punto de prescribir?
Personalmente creo que en Ecuador el caso estaba prescrito. En Colombia no, porque ya se juzgó, y la parte no prescrita es la de Chicaiza, donde quedó pendiente una orden de prisión. La jurisdicción se radicó en Colombia porque el hecho sucedió allá, y el funcionario (policial) no estaba allá con autorización; por lo tanto, estaba en Colombia como un delincuente común. Ahí hay para elucubrar toneladas, pero creo que este tema se revive —en la magnitud que se lo revivió, porque en un primer momento eso no estaba planeado— como producto de la pugna entre el presidente de la Asamblea y el fiscal general. Entre Baca y Serrano. En mi criterio eso motivó un nuevo impulso. A la fiscal de fuero normal, Ximena Mena, que tenía la investigación del caso, me parece que empezaron a presionarla para que determine la posibilidad de vincular a funcionarios de más alto rango y en el interín viene la caída del fiscal Carlos Baca y sube la figura de este fiscal encargado, que es una figura inconstitucional, a mi criterio. Un fiscal que, además, después de acusar se fue, diciendo que se iba para otro lado y era mentira, porque nunca salió de la Fiscalía, y ahora lo botaron de la Fiscalía y no sé en qué esté. Como todo en este país en los últimos tres años, entra en una vorágine de acontecimientos que se fueron dando sin control.
"Si yo digo: yo me robé ese carro. La pena para ese delito son dos años, pero como me declaré culpable te pueden dar el 20%, me pueden dar tres meses. Como me declaro culpable me puede dar pocos meses y salgo. Es usual en delitos de poca monta, en delitos donde no hay violencia. Es común en Ecuador también".
Usted señala que Chicaiza estaba en Colombia sin autorización. Sin embargo en su testimonio ante la Corte dice que fue enviado por los jefes de la Senain, que habló con el propio Presidente. Usted hablaba de problemas con los testimonios de Chicaiza y Falcón ¿cuáles son estos?
Voy a empezar por el testimonio de Falcón. Es un testimonio muy sucinto en donde ella dice que acompañaba a Chicaiza en esos menesteres. Lo que ella hace es corroborar esa parte fáctica de la situación. Ella no habla de llamadas o de reuniones, excepto la que ella dijo tener con quien entonces era director de la Senain, Pablo Romero. Sobre Chicaiza: aquí hay un tema que es recurrente en las cooperaciones eficaces que se han dado en el país. Así como el testigo protegido en el caso de Jorge Glas botó la computadora en un basurero, Chicaiza no sabía el número, botó el teléfono y no tenía cómo demostrar las llamadas, no tenía testigos que le hayan visto u oído hablar con el Presidente; el único que le había visto, según él, era Pablo Romero y este dijo que era mentira. Por lo tanto, es solo lo que Chicaiza dice. Efectivamente hubo una disposición, que no terminó de visibilizarse quien la dio, para que Chicaiza haga una especie de contrainteligencia de lo que, aparentemente, estaba haciendo el señor Balda en Colombia. Disposición que no se ha descubierto por quien fue dada, pero no por el Presidente que no tenía relación en ese momento, pero las dudas quedan de si fue emitida por el general (Fausto) Tamayo (entonces director de Inteligencia de la Policía. Ndlr.) o por el ministro del Interior del momento (José Serrano. Ndlr.). No llegó a visibilizarse, porque ninguno de los dos fue acusado en el caso. Por lo tanto, esa parte de la historia de Chicaiza quedó en el limbo.
¿Cómo se explica que si hubo secuestro, si este fue una orden superior, si el principal involucrado era agente de Inteligencia de la Policía Nacional, no se haya acusado a quienes dirigían la Inteligencia policial y la Policía Nacional en ese momento?
Para mí es inexplicable. Las probabilidades reales de que haya existido la necesidad de una investigación profunda en ese tema, más allá de mis percepciones personales sobre el señor Balda, tenían que estar conectadas definitivamente al aparato de Inteligencia, tanto civil como policial. Saliéndose de ahí y lanzando la pelota hasta lo más alto que se podía, agarrándose de una llamada telefónica que no es comprobable, es lo que pone a este caso en un permanente limbo. En la denuncia que tengo puesta contra el fiscal encargado Pérez Reyna, y los agentes Chicaiza y Falcón, si son investigados con mayor profundidad, no debería llamar la atención que empecemos a encontrar los acuerdos, las medias verdades o las grandes mentiras. Y eso puede derrumbar un caso.
"En la denuncia que tengo puesta contra el fiscal encargado Pérez Reyna, y los agentes Chicaiza y Falcón, si son investigados con mayor profundidad, no debería llamar la atención que empecemos a encontrar los acuerdos, las medias verdades o las grandes mentiras. Y eso puede derrumbar un caso".
¿Por qué habría fraude procesal en el caso Balda?
La figura de la cooperación eficaz, que si bien es cierto en el Ecuador es demasiado laxa, llana y simplona, tiene normas básicas. Requiere que el cooperador, a más de su palabra surta a la Fiscalía de las evidencias que sustentan lo que dice. En este caso, las cartas del señor Chicaiza al Presidente están fechadas luego del 2015; las supuestas grabaciones, ninguna con el presidente Correa, son a partir del 2015. Esta supuesta grabación con el señor Serrano, que luego nunca apareció en el proceso y que luego fue vox pópuli, fue en el 2017. Entonces, las evidencias de sustento que Chicaiza incorporó al proceso, todas son al menos dos años posteriores al supuesto hecho. No hay una sola evidencia, en los días del suceso, que haya sido incorporadas por el señor Chicaiza. Las cartas que él incorpora, dirigidas a la Presidencia de la República, siguiendo el canal regular son contestadas por funcionarios distintos al Presidente, y nunca llegó a ser corroborado que el Presidente siquiera haya conocido esas cartas, que fueron enviadas dos años después del supuesto hecho. Como no se corrobora, a la Fiscalía le quedó únicamente lo que se llama testimonio anticipado. Esta es una figura muy discutible en el campo de la cooperación eficaz. Porque el cooperador, para poder serlo tiene que declararse culpable. Y el testimonio, según sus reglas, solo puede ser usado como mecanismo de defensa, porque eso dice la ley. Porque no se puede declarar bajo juramento que uno es culpable, la auto incriminación está prohibida, eso es inconstitucional. Entonces, utilizar únicamente un testimonio anticipado, para dar como verdad irrefutable un hecho que no tiene otros elementos que lo corroboren, no puede ser considerado como una verdad. La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene parámetros objetivos para determinar si un cooperador eficaz o delator premiado está diciendo la verdad, y si lo que dice puede ser usado como prueba contra otra persona. Y estos procesos de cooperación eficaz, tanto el de Chicaiza, como el de Falcón y (en el caso Sobornos) y ahora el de Pamela Martínez, no cumplen uno solo de esos estándares. Sus primeras versiones se contradicen con las siguientes y cuando llegan a un acuerdo con la Fiscalía cambian totalmente la versión. Y hay un elemento más que no se habla mucho: el ochenta por ciento del testimonio anticipado de Chicaiza acusa al señor Balda de cinco o seis delitos penales, y nadie ha dicho nada, no llamó la atención de los jueces, no mandaron a abrir investigaciones; la fiscalía no lo ha hecho. Así que, como defensor técnico, el acuerdo es tan afrentoso, que definitivamente puede ser considerado una forma de engaño a los jueces.
¿El caso se puede caer?
El caso puede ser declarado nulo por la existencia de evidencia viciada. Una nulidad en un caso así es la sentencia de muerte para ese caso.
¿Cree que en el caso Balda hubo acuerdos para no topar a ciertos personajes?
Estoy absolutamente seguro.
Se los voy a mencionar: ¿para no topar a José Serrano y el propio director de Inteligencia?
No sé si con nombres y apellidos, pero estoy absolutamente seguro que en esos testimonios anticipados hubo acuerdos. Recuerde algo que denunciamos y no nos permitieron llevar esa denuncia ante la misma jueza Daniella Camacho: el señor Chicaiza fue retirado de la prisión, sin autorización de la jueza, y se mantuvo en la Fiscalía el día anterior del testimonio anticipado casi doce horas. ¿Qué hacía el preso en la oficina del fiscal general Pérez Reyna, sino organizando el testimonio anticipado? ¿Y por qué sin orden de la jueza? ¿Y por qué cuando se le solicitó en la audiencia preliminar que explique las razones por las cuales retiró a un detenido, sin autorización del juez, dijo que era parte de un procedimiento de investigación de la cooperación eficaz? Eso es mentira, necesitaba de la orden de un juez. El preso, el que me acusa, sale a hurtadillas donde el fiscal a realizar lo que yo debería saber que están realizando. Eso atenta contra las garantías de debido proceso. Y seguramente en esas doce horas debe haberse organizado de manera específica ese testimonio, no me cabe duda. En el juicio, la defensa de Chicaiza estableció que no se había demostrado violencia. En el proceso de Colombia nunca se determinó violencia. Si se trae la cooperación eficaz de allá para acá, ese proceso estaba prescrito en cinco años. Pero aquí sí calificaron la violencia para pasar de tres a cinco años, a seis a nueve años de pena, para evitar la prescripción. Y el abogado de Chicaiza y Falcón alegó prescripción y la Fiscalía prefirió dar validez a un certificado médico de un profesional de Colombia que establecía que había afectación en la humanidad del señor Balda, pero nunca fue validado en el proceso. Y el médico que hizo esa valoración no vino a dar testimonio, ni participó como perito ni le pidieron versión nunca. Ese puede ser un certificado falso.
"Las cartas que él incorpora, dirigidas a la Presidencia de la República, siguiendo el canal regular son contestadas por funcionarios distintos al Presidente, y nunca llegó a ser corroborado que el Presidente siquiera haya conocido esas cartas, que fueron enviadas dos años después del supuesto hecho. Como no se corrobora, a la Fiscalía le quedó únicamente lo que se llama testimonio anticipado".
¿Es suficiente un testimonio como el de Chicaiza para juzgar en ese caso?
Nunca debiera ser suficiente, más allá de quién es el proceso. Y no debiera ser suficiente porque eso nos pone a cualquiera de nosotros en la mira de quien nos quiera acusar de algo. Porque, además, resulta que a cambio de unos meses en la cárcel —no digo que un día sea bonito—hay gente que está dispuesta a decir cualquier cosa a cambio de tener luego tranquilidad.
A su criterio, entonces, ¿cuál sería la verdad en este caso?
A mi criterio, habían negocios manejados entre el señor Balda y el señor Chicaiza. En las evidencias que se tomaron en cuenta existe, por ejemplo, un relato —el cual Balda no lo ha desconocido— de haber viajado a Manta con Chicaiza, y haber hackeado los correos de algunos ex funcionarios del gobierno de Correa, por ejemplo el de Fernando Alvarado. Lo refieren de esa manera muy amplia, cuando Chicaiza dice haber ido como contrainteligencia a las reuniones en Medellín, en el operativo Guayacán, porque tenía información de que Balda estaba haciendo negocios de ventas de equipos electrónicos para intercepción de datos. Y luego aparecen mensajes de texto, correos en los cuales, aparentemente, en efecto ellos mantenían una relación de negocios. La defensa de Balda establece que esa fue la forma en la que Chicaiza se ganó la confianza. No sería desconocido que los aparatos de inteligencia usan ese tipo de estrategias para ganarse quienes buscan o persiguen. Pero mi criterio personal es que en algún punto de esa relación se generan fricciones y es Chicaiza quien toma la decisión, de forma directa o asesorado por gente de acá, y realiza este acto (el secuestro. Ndlr). Y luego, muy al estilo de la inteligencia, cuando regresa al Ecuador es denunciado y se entera de que allá atrapan a sus amigos, el mismo empieza a generar una especie de rastro, de pedacitos de evidencias. Entonces empieza a meter las cartas, a decir yo hice esto por mi país, y se guarda todo...
Hay un elemento de convicción que mencionó Pérez Reyna, y que luego fue prueba en el juicio, y es que el presidente Correa, según la Fiscalía, conocía lo que estaba haciendo Chicaiza en el supuesto espionaje a Álvaro Uribe en Medellín, cuando se reunió con los opositores ecuatorianos, porque hay registros en la Senain, hay informes de Chicaiza escritos a sus jefes, y el presidente Correa se refiere a esta reunión en una de sus sabatinas.
La Operación Guayacán sí existió. Los policías encubiertos que estuvieron en esas actividades no estaban de forma ilegal, y son otros. No es Chicaiza uno de los policías del equipo que viajó en la Operación Guayacán. Hay un policía, al cual le hicieron una entrevista y nosotros incorporamos en el expediente, en la cual él dice que llega a la reunión al hotel y cuando ve al "Ratón" (Chicaiza) sentado ahí y se queda loco porque el "Ratón" no era parte del grupo que viajó. El agente presenta un informe de forma directa al general Tamayo, un informe escrito a mano del que habla el fiscal, pero en el listado que salió del levantamiento de la reserva de los documentos de seguridad nacional —que es muy discutible porque lo hicieron sin disposición— estaban especificadas los operativos Wilson y Guayacán. Wilson es del 2013, es decir un año después del secuestro y esto nunca quisieron entender en el proceso. Y Guayacán es de mucho antes del secuestro, porque es cuando empiezan a darse estas reuniones y Chicaiza especifica en una de las cartas que había empezado a tener una relación con el señor Balda. Ninguna de las dos misiones se han discutido en su existencia, pero Chicaiza no era parte de estas misiones. El tema de los cheques también es muy complejo, porque los cheques salen firmados por el general Tamayo, y cuando le preguntaron por esos cheques él dijo que fueron para unas capacitaciones que Chicaiza dio, y el agente dice lo mismo en el testimonio anticipado, porque en relación al tema del supeusto secuestro se habla de 60 mil dólares, y los cheques son 23 mil dólares en total. No se está hablando de lo mismo, se está usando evidencia de un tema para justificar otro, cuando ni siquiera calzan las fechas ni los números. Hay una serie de inconsistencias muy complejas en lo procesal, y a eso añada que fueron a juicio únicamente con los dos agentes cooperadores, y en la audiencia de juzgamiento, los elementos que aportaron los cooperadores eficaces no fueron sometidos a ningún tipo de contradicción, porque precisamente eso era lo que ellos quería que se valide para poder efectivizar su cooperación, y por eso al poco tiempo Chicaiza y Falcón salieron libres. Hay mucha tela que cortar en todo esto.
El tema de los cheques también es muy complejo, porque los cheques salen firmados por el general Tamayo, y cuando le preguntaron por esos cheques él dijo que fueron para unas capacitaciones que Chicaiza dio, y el agente dice lo mismo en el testimonio anticipado, porque en relación al tema del supeusto secuestro se habla de 60 mil dólares, y los cheques son 23 mil dólares en total.
¿Usted cree que se pueda llegar a descubrir más?
Creo que en algún momento se van a descubrir, porque aquí hay cosas que van a dejar rastros. Como la situación de Pérez Reyna y Ruth Palacios, los dos fiscales que llevaron este caso. Los fiscales, no porque ella sea de mi agrado, pero a diferencia de la fiscal actual esta sí fue posesionada en la Asamblea, sí llegó a ser por un concurso, y bien o mal cumplió con la norma. Ella (Diana Salazar. Ndlr.) es fiscal legalmente electa. Los otros dos fiscales no. Pérez Reyna se posesionó en la oficina del doctor Julio César Trujillo, no fue a la Asamblea jamás. La Asamblea nunca generó control político de la posesión de una autoridad de esa magnitud, debió haberlo hecho. En el contencioso administrativo, eso será puesto en tela de duda en cualquier momento. Y las actuaciones de un fiscal así debieran declararse nulas. Además existe un proceso penal que está abierto en contra del contralor Pablo Celi y del fiscal Pérez Reyna, proceso que la doctora Ruth Palacios, casi por una orden del doctor Trujillo mandó a archivar, pero los jueces no lo han archivado todavía. Es más, hace poco emitieron una providencia al respecto, pidiendo una aclaración al denunciante, que es el escritor José Regato. Aún hay cosas que se quedaron ahí que pueden ser investigadas.
¿Y en cuanto a su denuncia de fraude procesal?
En mi tema, el fiscal Pérez Reyna rindió versión hace dos semanas. Chicaiza y Falcón van a ser llamados por tercera vez, no se han presentado ni han justificado su ausencia. Y veremos cómo actúa la Fiscalía, espero que la tercera llamada la emita con prevenciones de ley, porque son acusados. En ese procedimiento, una vez generadas las versiones, he solicitado que se incorporen varias cosas, por ejemplo, los audios de esta supuesta conversación con el doctor José Serrano. Porque en esta conversación en la que participa, el señor Chicaiza dijo cosas completamente distintas a las que dijo en el testimonio anticipado. Si hay contradicción manifiesta, y eso logra demostrarse en el proceso, la cooperación eficaz tendría que caerse, declararse nula por haber falseado la verdad.
¿Usted está al tanto de la demanda por fraude procesal en contra de José Serrano y Galo Chiriboga?
Es una demanda presentada por el propio Balda y tiene como fundamento una sumilla que consta en uno de los documentos de la cooperación penal internacional, donde Galo Chiriboga devuelve al funcionario de rango más bajo una disposición. Y eso para mi no es fraude procesal. Y sobre la actuación o no de José Serrano, esa grabación no sé si fue estrategia de la defensa de Balda, pero poner en entredicho la falta de verdad de una de los dos posturas puede ser muy útil para mí, más que para él.
[RELA CIONA DAS]
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