

Sanciones, al parecer arbitrarias, y procesos de "alineamiento" de los jueces son, según Luis Pásara, algunos elementos de la reforma judicial del correísmo.
El académico peruano Luis Pásara destaca el secretismo en los sumarios contra jueces.
Muchas de las prácticas del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) que preside el ex profesor universitario Gustavo Jalkh parecen recordar a los tiempos sombríos de los procesos de la Inquisición española. Y fue nada menos que el mundialmente famoso ex juez español Baltasar Garzón quien señaló, en su momento, los peligros de las potestades administrativas de un órgano disciplinario que parece haberse convertido en una "tremenda corte."
Al menos, esto se desprende de varias de las conclusiones del informe que el académico peruano Luis Pásara publicó sobre la situación de la justicia en el Ecuador durante el régimen correísta. Entre las prácticas polémicas del CNJ está abrir sumarios en contra de los jueces y fiscales de la Función Judicial sin darles derecho a la defensa ni concederles audiencia, y la aplicación de una norma subjetiva llamada "el error inexcusable" de la que se han encontrado por lo menos cuatro definiciones distintas, dependiendo de quién redactó el documento revisado. "No existe acceso público a las resoluciones dictadas por el Consejo, de modo que los jueces en general no conocen cuáles son los criterios que se utilizan para investigar su desempeño, y, en su caso, sancionarlos", precisa Pásara al respecto del secretismo en los procesos.
Foto: Presidencia de la República
Gustavo Jalkh cuestionó la metodología empleada por Pásara y defendió su gestión en la Judicatura.
Las prácticas del CNJ, según Pásara, parecen atentar contra la más elemental noción de debido proceso, según explica: "el propio juez sometido a proceso, como se verá más adelante, conoce poco acerca de su propio procesamiento y sólo se entera de los criterios adoptados en su caso para sancionarlo, una vez que se ha dictado la respectiva resolución que cierra el proceso disciplinario".
En efecto, el informe de Luis Pásara revela que buena parte de las resoluciones administrativas que han significado la remoción de jueces que no habrían cumplido con la ley o no habrían sabido aplicarla de acuerdo con la pericia mínima que debería tener un profesional del derecho, no se hacen públicas de manera oficial.
Por ello, el investigador pudo obtener varias de estas resoluciones de manera extraoficial, y en la mayoría de los casos no hizo constar los nombres de los sancionados en su informe.
El informe de Luis Pásara presenta dos dudas fundamentales sobre el accionar del CNJ, en cuanto órgano disciplinario del Poder Judicial ecuatoriano: en primer lugar si sus integrantes están técnicamente capacitados para aplicar las sanciones, y, en segundo, si es que tienen realmente la potestad jurídica para hacerlo.
De los documentos que, de manera extraoficial ha podido recabar Pásara para su informe, se desprende que los procesos disciplinarios contra los jueces ecuatorianos se dispararon entre julio de 2011 y enero de 2013, llegando a un total de 1607, cuando en los tres años anteriores en total hubo solo 1273 sumarios. Por cada seis procesos disciplinarios contra jueces, uno terminó en destitución, señala el informe, citando a Human Rights Watch. Durante 2013 en cambio, hubo una sanción por cada tres procesos iniciados.
El informe de Pásara señala que, a octubre de 2013, habían en el Ecuador 2186 jueces, de los que se había destituido en los 27 meses anteriores a 387 lo que, en su criterio, "da una idea de la gravitación que los procedimientos disciplinarios, así concluidos, han adquirido en la judicatura ecuatoriana".
En el anexo de su informe, Pásara hace constar un cuadro con 42 resoluciones disciplinarias que pudo obtener de manera informal. La mayoría son sumarios abiertos a pedidos de funcionarios del Ejecutivo y casi todos han terminado con la destitución del operador de justicia involucrado. En efecto, 37 de los procesos iniciaron a pedido de un funcionario gubernamental y apenas cinco fueron impulsados por particulares.
Para Pásara este dato pone en evidencia que hay "cierta debilidad en la vigilancia social sobre los jueces" y un "papel protagónico" de los altos funcionarios del Ejecutivo en la supervisión de la actuación judicial. De los 57 destituidos por el Consejo, solo 7 eran jueces temporales y los otros 50 funcionarios de carrera de la judicatura.
Según el jurista peruano, la principal causal de destitución de los funcionarios judiciales es el "error inexcusable" por una parte, y la "falta de fundamentación" en los fallos que aparece como un agravante.
Pásara recuerda que, para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, las normas disciplinarias amplias o ambiguas "son contrarias al principio de legalidad".
El "error inexcusable", que aparece en algunas de las resoluciones denominado también "ignorancia atrevida" tiene varias definiciones según el texto de cada resolución, pero, en general, significaría el cometido por un juez o fiscal que ha tomado decisiones no susceptibles de "interpretaciones jurídicas aceptables" y apela también a la "lógica y la argumentación jurídica". En otra resolución, destaca Pásara, se menciona que el difuso concepto jurídico debe ser aplicado tomando en cuenta "la inobservancia injustificada de normas jurídicas", dando a entender que habría la posilidad de no tomar en cuenta alguna norma de manera "justificada".
Pásara recuerda que, para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, las normas disciplinarias amplias o ambiguas "son contrarias al principio de legalidad".
Para el jurista peruano, deberían ser las cortes de apelación -como son las cortes provinciales y la Corte Nacional- las que, tras analizar las sentencias de los jueces conforme a derecho, establezcan si ha existido el "error inexcusable" y una vez determinado esto, se proceda tomar una acción disciplinaria, esta vez a cargo del Consejo de la Judicatura.
Otra duda que le queda a Pásara es si el CNJ está tomando decisiones que se refieren a los hechos mismos del proceso, es decir, a cuestiones jurisdiccionales, sobre las cuales no debería haber sanciones. Esto ha sido negado por Gustavo Jalkh.
Pero a pesar de ello, Pásara encontró algunos casos en los que parecería que el Consejo de la Judicatura ha actuado más bien como un tribunal de apelación que como un órgano meramente disciplinario. Uno de estos casos es el proceso contra tres jueces del Tribunal Quinto de Garantías Penales de Pichincha por los sucesos del 30 de septiembre. En la resolución de este sumario, el CNJ estableció que los jueces no tomaron en cuenta lo que el órgano disciplinario considera pruebas del intento de asesinato del presidente Rafael Correa por parte de un grupo de policías sublevados y con esa base ordena la destitución de los jueces.
El ex juez español Baltasar Garzón advirtió en su momento sobre el peligro de que el CNJ afecte la independencia judicial en el país.
También, en otro caso, esta vez en 2013, establece que un juez y un fiscal, al aceptar una transacción en un presunto caso de violencia sexual, habrían cometido un error inexcusable y para ello cita una norma legal que le parece pertinente. Con esa base -es decir, la de la valoración de los hechos del juicio, como si de una instancia judicial se tratase- se procedió a la destitución del juez y el fiscal, precisa Pásara.
En otro caso, de agosto de 2013, se dispuso la destitución porque un juez aceptó un recurso judicial, que, en criterio del CNJ, no debía de haberse concedido, valoración que debería haber realizado la corte de apelación.
El peligro de proceder de esta forma ya había sido advertido por la Veeduría Internacional dirigida por el ex juez español Baltasar Garzón, que precisó que se estaría frente a "la revisión administrativa de una decisión jurisdiccional". Para la Veeduría, además, el "error inexcusable" tal como está formulado en el Código Orgánico de la Función Judicial "puede enmascarar acciones disciplinarias que suponen auténticas revisiones jurisdiccionales".
Pero, ¿cuál sería el trasfondo de este accionar del CNJ, presuntamente convertido en una suerte de tribunal de última instancia de las decisiones judiciales del país? Pásara considera que las políticas del Gobierno, en especial las críticas al sistema judicial por supuestamente favorecer a los delincuentes y a los intereses de empresas privadas por encima de los del Estado, serían la explicación de que se busque un control más severo sobre las decisiones judiciales, lo que en su criterio, afecta la división de poderes y la independencia judicial.
Al respecto, cita las declaraciones del presidente Rafael Correa sobre la conducta de "malos jueces" que "liberan delincuentes" y una circular del secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, en la que instruye a los funcionarios sobre la necesidad de presentar reclamos contra jueces que concedan recursos en contra del Estado.
En este sentido, varios jueces han sido destituidos por el CNJ invocando errores al conceder medidas sustitutivas de la prisión preventiva, y tomando como pruebas informes de la Policía -que se queja de la liberación de detenidos- o declaraciones del presidente en sus sabatinas.
Para Carlos Poveda la norma que aplica el CNJ debe ser derogada.
El único caso que aparece en el informe de Pásara con nombres y apellidos es el de la ex presidenta de la Corte Provincial del Guayas Leonor Jiménez, destituida en 2011 por calificar como "jueces golondrinas" a sus colegas y en especial a uno que actuaba en el juicio de injurias que el presidente Correa planteó en contra del diario El Universo. En ese caso, para Pásara, se evidenció una sanción contra una jueza que había manifestado su discrepancia con los efectos de las acciones judiciales del régimen.
Finalmente, de los casos que pudo analizar, Pásara concluyó que las acciones del Gobierno están encaminadas a lograr las sanciones que busca en contra de determinados opositores, así como limitar los recursos que contra las decisiones gubernamentales puedan plantear actores privados, imponer una visión de "lucha contra la delincuencia" en particular y acallar a los propios jueces que cuestionan lo que ocurre en la Función Judicial, "como el caso de Leonor Jiménez ilustra".
Para el vocal del Consejo de Participación Social, David Rosero, el informe de Pásara solo confirma "lo que es un secreto a voces" y que ya había sido advertido por Garzón. Rosero presenta documentos en los que el Garzón ya anticipaba que el "error inexcusable" era solamente "una auténtica acción de presión sobre la justicia". Rosero cuestiona la calidad moral de los integrantes del actual CNJ, pues "no fueron producto de un concurso de méritos sino por designación directa". En su criterio, debería haber un proceso de renovación por meritocracia del propio Consejo que preside Jalkh.
Según David Rosero el CNJ no tiene autoridad moral para sancionar a los jueces pues fue nombrado "a dedo".
De su lado, Carlos Poveda, quien fue el coordinador nacional de la Veeduría Internacional opinó que no comparte el criterio del "error inexcusable" pues en el fondo se busca solamente la revisión de decisiones jurisdiccionales. Al respecto, recuerda aspectos como las sanciones a tribunales por declinar competencias a favor de la justicia indígena, lo que ha debido ser decidido por tribunales de mayor instancia.
"El Consejo está revisando decisiones jurisdiccionales, cuando para eso están los recursos jurisdiccionales. En el caso del "Negro Jhonny en Cuenca, se entró a analizar un procedimiento judicial y aplicaron lo que es una potestad discrecional y antitécnica" dice.
Para Poveda, las normas que permiten que el CNJ opere de esa forma deben ser derogadas y el "error inexcusable" debe ser eliminado, pues se ha convertido en una "ley mordaza" que hace que los jueces sean atemorizados.
En el informe de la Veeduría no fue, en su criterio, debidamente publicitado, no se publicó el documento ni se realizó un análisis del más del centenar de recomendaciones que hizo la Veeduría. Una nueva Veeduría de seguimiendo debió ser creada, pero no se la implementó. Con respeto al informe de Pásara, Poveda señaló que el académico peruano se basó tanto en los testimonios de los sancionados cuanto en el punto de vista de los representantes del Gobierno.
"No se están analizando los indicadores, sino en la valoración que Pásara hace de la calidad de las resoluciones tomadas por el CNJ".
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