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22 de Febrero del 2016
Historias
Lectura: 14 minutos
22 de Febrero del 2016
Redacción Plan V
La Arcotel y los riesgos de la redistribución de frecuencias

Según informes a los que tuvo acceso este portal, la situación legal e institucional de la Arcotel complica el proceso de "democratización" de frecuencias. 

 

La aplicación del artículo 106 de la Ley de Comunicación plantea una serie de escenarios complejos, según dos informes presentados a la Arcotel a los que tuvo acceso este portal. Se trata de la redistribución de frecuencias, actualmente concentradas en el sector privado y que el Gobierno pretende "democratizar".

Un complejo entramado de empresas, entre grandes, medianas y pequeñas, son las concesionarias de las frecuencias del espectro radioeléctrico, de titularidad estatal, por medio del cual transmiten canales de televisión y estaciones de radio en nuestro país. Según la legislación nacional, el espectro radioeléctrico es un bien del Estado, por lo que el Gobierno tiene la potestad de regular a quiénes se permite la transmisión por determinadas frecuencias en el territorio del Ecuador. 

El hecho de que la gran mayoría de estas frecuencias están concesionadas a empresas privadas fue el sustento para que el Gobierno, en una de las normas de la Ley de Comunicación impulsara la llamada "democratización" de las frecuencias, que consiste en entregar por lo menos el 33% de las frecuencias a medios "públicos, 33% a medios "comunitarios" y dejar el resto en manos privadas. Pero no solamente eso: hay una serie de desafíos para la aplicación de estas normas, pues contradicciones en el marco legal y la gran complejidad del sector dificultarían la implementación de la Ley de Comunicación. 

Según un reportaje publicado por varios medios digitales, entre estos, PLANV, se habrían cometido irregularidades en la concesión de frecuencias para el nuevo canal del Grupo El Comercio, Televicentro de propiedad del empresario extranjero Ángel González, conocido en los medios de comunicación como "El Fantasma". Se conoce que González, de nacionalidad norteamericana, reside en Miami, Estados Unidos, y habría comprado las acciones del Grupo El Comercio a la familia Acquaviva Mantilla a pesar de las prohibiciones constantes en la Ley de Comunicación que impiden que las empresas periodísticas sean de propiedad de extranjeros.

No solamente eso, sino que recientemente, habría logrado autorización para un nuevo canal de televisión en el país, vinculado al diario El Comercio, sin que presuntamente se cumplan la normativa legal.

LEA: el Fantasma se alza con el espectro

Al respecto, este portal recibió, con fecha 17 de febrero, una citación suscrita por el intendente de Investigación y Control de Concentraciones Económicas de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, Daniel Cedeño, quien, invocando el artículo 50 de la Ley de Regulación del Poder de Mercado, convocó a nuestro director, Juan Carlos Calderón, a una reunión en la Superintendencia, "junto con las personas que llevaron a cabo dicha investigación", cuyos nombres deberán ser previamente detallados a la entidad de control.

Daniel Cedeño, intendente de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, convocó a una reunión a todos los periodistas que investigaron el caso de Televicentro. Los comunicadores arriesgan una multa en caso de no asistir. 

La reunión está agendada para este 24 de febrero, según precisa la carta del intendente. Según juristas consultados por este portal, los periodistas que realizaron los investigación podrían ser multados en caso de no asistir a la convocatoria del intendente Cedeño. 

Sobre el tema se pronunció el ministro de Telecomunicaciones, Augusto Espín, en una entrevista con el canal incautado GamaTV. Según Espín, no es posible que un canal sea otorgado a medios privados sin un concurso, debido al marco legal que existe en el país, pero en el caso de Televicentro, "no se trata de un nuevo canal sino de uno que ya existía y se cambió de nombre". Se refiere a RTS Quito, que dio paso a Televicentro.

El funcionario dijo que, en este caso, no se trata de una concesión sino de una “autorización” que es “un acto administrativo que puede  ser revertido de la misma forma por la autoridad, es decir, es  un acto administrativo precario”.

VEA: las declaraciones del ministro Augusto Espín 

Los vaivenes de la aplicación de la Ley de Comunicación

Pero la aplicación de la norma tiene una serie de complicaciones, según revelan dos informes jurídicos remitidos a la Agencia de Regulación del sector, (Arcotel).

En primer lugar, habría una evidente falta de transparencia con relación a la titularidad de las frecuencias. "La Arcotel no ha hecho público ningún listado que permita saber cuáles frecuencias están concesionadas, cuándo fueron concesionadas, cuál es el plazo de la concesión y quién es el concesionario. De modo que los ciudadanos puedan saber exactamente cuándo terminarán estas concesiones y por lo tanto cuándo estas frecuencias quedarán disponibles, ya sea para que se realicen adjudicaciones directas para medios públicos o para que se realicen concursos públicos para medios privados y comunitarios". Esto, a pesar de que la entidad tiene la obligación legal de publicar en su página web tal listado.

Según el informe, hay un riesgo en esta falta de transparencia, y es que "podría posibilitar que concesiones de frecuencias que ya expiraron, no sean devueltas al Estado voluntariamente, y que los concesionarios sigan utilizando un bien público de carácter estratégico de forma ilegal".

El informe agrega que "bastaría que cualquier ciudadano presente una denuncia en la Arcotel señalando que determinado medio de comunicación tiene una estación matriz o una repetidora cuya concesión de frecuencia se ha extinguido, para que dicha estación sea inmediatamente clausurada y la concesión sea revertida al Estado", aunque hasta la fecha, una gran cantidad de medios de comunicación audiovisuales, tanto públicos como privados, parecen estar operando con sus concesiones caducadas. Esto debido a disposiciones transitorias que permitían el funcionamiento de las estaciones hasta el 29 de agosto de 2014, sin que hasta la fecha hayan salido del aire los medios cuyas concesiones ya caducaron.

Actualmente, las estaciones de radio y televisión operan gracias a un prórroga indefinida concedida por el Gobierno, que mediante una resolución del ministro de Telecomunicaciones, Augusto Espín, de 2014. Todo esto, según el informe, podría traer una serie de problemas legales cuando realmente se inicien los concursos para la adjudicación de frecuencias.

Actualmente, las estaciones de radio y televisión operan gracias a un prórroga indefinida concedida por el Gobierno, que mediante una resolución del ministro de Telecomunicaciones, Augusto Espín, de 2014. Todo esto, según el informe, podría traer una serie de problemas legales cuando realmente se inicien los concursos para la adjudicación de frecuencias.

El informe señala también que "según la Superintendencia de Telecomunicaciones, a junio de 2014, de las 193 concesiones de radio en AM, 173 son privadas (90%), 20 son públicas (10%) y ninguna es comunitaria. En tanto que, de las 931 frecuencias de radio en FM, 740 son para el sector privado (80%), 171 son públicas (18%) y 20 son comunitarias (2%). Esto significa que, en promedio, el 85 % de las frecuencias destinadas al funcionamiento de estaciones de radio está en manos privadas".

Pero si la Ley de Comunicación establece que las frecuencias deben dividirse en tres partes iguales, entre los tres sectores, ¿cómo se haría este proceso? Según el documento al que tuvo acceso este portal, hay una dificultad para implementar esta norma, pues establece que se deben tomar en cuenta criterios geográficos:  por ejemplo, si en una provincia hay 45 frecuencias, a cada sector le deberían corresponder por lo menos 15. Pero la implementación no sería tan fácil, puesto que "este criterio de redistribución geográfico puede resultar complejo de implementar si se teme afectar los intereses de los concesionarios privados de sistemas nacionales de radio y televisión abierta, es decir, de aquellos concesionarios que tienen una matriz y varias repetidoras, pues implicaría que los concursos públicos para la adjudicación de medios privados y comunitarios, así como las adjudicaciones directas para medios públicos, deben efectuarse por cada concesión dentro del territorio de cada área de operación independiente, según la distribución establecida al 20 de enero de 2014, y por lo tanto, resultaría inviable abrir un concurso público por la totalidad de concesiones (matriz y repetidoras) que actualmente maneja un mismo concesionario".

La reversión de frecuencias

Pero no solo han caducado las concesiones técnicamente, a pesar de la prórroga indefinida dictada por el Gobierno. También habría una gran cantidad de pequeños medios, en especial, radiales, en una situación que ameritaría la reversión de sus frecuencias. 

El informe entregado a la Arcotel precisa que "a junio de 2014, se identificaron 957 frecuencias que tendrían una causal de reversión, de acuerdo a lo establecido en el Informe de la Comisión Auditora de Frecuencias y la décima transitoria de la Ley de Comunicación. De éstas, 192 ya han sido revertidas al Estado, lo cual significa que la Arcotel tendrá que decidir sobre la reversión de 765 frecuencias, previo el proceso administrativo establecido en el “Reglamento para terminación de concesiones y reversión de las frecuencias de radiodifusión y televisión”, basado en las causales establecidas en las transitorias tercera y décima de la Ley, así como en las normas relacionadas con estas causales de la Ley Radiodifusión y Televisión que no fueron derogadas".

La misma fuente precisa que "de las 765 concesiones de frecuencias en las que se iniciarán procesos administrativos para la reversión en razón de lo establecido en el citado Informe y las transitorias tercera y décima de la Ley de Comunicación, 10 son de onda corta, 140 son de radio AM, 422 son de radio FM, y 193 son de televisión abierta".

Según un informe, aunque por lo menos 765 frecuencias deberían ser revertidas al Estado, la Arcotel carece de capacidad operativa para procesar tal cantidad de reclamos administrativos. 

Pero esto es algo que, según el informe, no puede aplicarse, puesto que cada uno de los 765 procesos "podría durar hasta 163 días hábiles, y la Arcotel carece actualmente de la capacidad operativa para llevar adelante todos esos procesos de forma simultánea, lo cual implica la posibilidad de que muchos procesos no puedan concluirse en varios años". Por ello, es más probable que se produzca la caducidad de las concesiones antes que la reversión administrativa. 

La adjudicación de frecuencias temporales

El propio informe presentado a la Arcotel sostiene que, debido a una serie de contradicciones detectadas en el marco normativo del sector, resulta que las llamadas "frecuencias temporales" que están siendo adjudicadas por la Arcotel en los casos de migraciones de la televisión análoga a la digital, están siendo manejadas de manera discresional por la autoridad de telecomunicaciones.

"No se especifica el plazo de la concesión temporal (aunque dicho plazo puede establecerse en la propia autorización), de modo que la Arcotel, podría, por ejemplo, efectuar concesiones temporales de uno, dos, cinco o más años, lo cual podría implicar un manejo discrecional de un recurso público estratégico".

Adicionalmente, "la falta de informe vinculante por parte del Cordicom en las concesiones temporales para televisión digital realizadas después de entrar en vigencia la Ley de Comunicación, podría ilegalizar dichos actos administrativos y colocar a los concesionarios temporales y a las autoridades a cargo de este tema en una situación compleja que, por una parte puede comprometer la enorme inversión realizada por los concesionarios, y por otra parte crear incertidumbre jurídica sobre cómo avanzar en el proceso de digitalización de la televisión de señal abierta".

Los accionistas extranjeros 

El documento al que tuvo acceso este portal realiza un análisis sobre la prohibición, constante en la Ley de Comunicación, de que extranjeros sean accionistas de los medios nacionales y de la excepción, prevista en la misma norma, de que haya la posibilidad de que empresarios foráneos compren acciones en medios de comunicación del país.

Según el documento, "para saber a quién podría aplicarse la supuesta excepción reglamentaria a la prohibición legal, es necesario que el Ministerio de Relaciones Exteriores emita un listado de los Estados con los que el Ecuador ha ratificado este tipo de instrumentos y que además cumplen la condición de “que sirvan como marco para la creación de proyectos e iniciativas para el desarrollo de la productividad de las partes”, lo cual hasta ahora no ha sido posible conseguir".

A pesar de ello, la familia Acquaviva Mantilla logró vender las acciones del diario capitalino El Comercio a una empresa cuyos accionistas serían extranjeros, sin que se haya podido verificar oficialmente si sus países de origen tienen algún tipo de acuerdo de cooperación con el Ecuador. 

 

 

 

 

 

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