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16 de Mayo del 2023
Historias
Lectura: 12 minutos
16 de Mayo del 2023
Redacción Plan V
Muerte cruzada, la eterna amenaza de Guillermo Lasso se cumplió
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El Presidente, Guillermo Lasso, enfrentó las acusaciones de la oposición en el Pleno de la Asamblea Nacional, dentro del juicio político en su contra. Foto: Bolívar Parra/ Presidencia de la República

 

En cuatro ocasiones en menos de dos años, el gobierno de Guillermo Lasso ha esgrimido la amenaza de la muerte cruzada, que implica la disolución de la Asamblea y el llamado a elecciones generales máximo seis meses después de decretada esta por el presidente. Hasta ahora no había pasado de eso. Hasta la madrugada de este miércoles 17.


El ministro de Defensa, GraD. (sp), Luis Lara. advirtió que las FFAA harán cumplir la Constitución en el caso de que el presidente Guillermo Lasso aplique el Art. 148 de la Carta Magna, que le permite disolver la Asamblea Nacional por tres razones. Esto porque varios asambleístas de oposición al régimen han advertido que si Lasso aplica la llamada muerte cruzada, esta no será acatada por la Asamblea Nacional.

El general Lara dijo, en el programa matutino de Radio Democracia, con Miguel Ribadeneira, que "las Fuerzas Armadas mantienen y mantendrán su posición de absoluto respeto a la Constitución y a las leyes, y su decisión de proteger los derechos, deberes, libertades y garantías de los ciudadanos en el marco del Estado de Derecho. Las decisiones que tome la Asamblea adecuadas a las normas constitucionales vigentes deben ser aceptadas por los ecuatorianos; sin embargo, el país no aceptará ningún intento de romper la Constitución o de utilizar la violencia para atentar contra la democracia y el Estado de Derecho. En es ese caso, lo digo con firmeza, las Fuerzas Armadas actuarán en cumplimiento de su misión constitucional para proteger los derechos, las garantías y la vida de los ecuatorianos".

Sobre la muerte cruzada, en caso de ser emitida ¿tendrá que actuar las Fuerzas Armadas?, preguntó Ribadeneira, y el ministro Lara respondió: "la muerte cruzada es una figura que está en la Constitución. El señor Presidente tiene todo el derecho de usarla. Las Fuerzas Armadas actuarán en absoluto respeto a la Constitución".

La muerte cruzada es un misterio, porque si bien consta en la Constitución, al aplicarse en estos días, será la primera vez que constitucionalmente se pondrá en marcha. Aunque la constitución prevé un procedimiento posterior a su aplicación, el país entraría en un territorio desconocido.

Un análisis de Participación Ciudadana, explica que "la denominación de muerte cruzada viene dada por una característica fundamental de la figura; esto es que, al destituir a quienes conforman la otra Función del Estado, quien aplicó la destitución pone a disposición de la ciudadanía su propio cargo, es decir, se convoca a elecciones para renovar el cargo de la función cesada, pero también de quien lo solicita".

Luis Lara Jaramillo, ministro de Defensa, es el tercer secretario de esa Cartera en el gobierno de Lasso. Foto: Presidencia de la República

La opción de la muerte cruzada fue elevada por el propio presidente Lasso, en algunas oportunidades. Una de estas, y la primera vez, fue en septiembre del 2021, a escasos cuatro meses de iniciado su mandato. Entonces, envió a la Asamblea, presidida por Guadalupe Llori (PK), en el contexto de una mayoría oficialista, la Ley Creando Oportunidades, que el Gobierno anunció como una herramienta para paliar los graves impactos económicos de la pandemia de Covid19. En esa ocasión el Consejo Administrativo de la Legislatura, CAL, no calificó la iniciativa del Ejecutivo y le devolvió el texto. La ley tenía el carácter económica-urgente y era un conjunto de reformas a normas tributarias, laborales y otras. Fue entoces cuando Lasso esgrimió el arma de la disolución de la asamblea, como determina el art. 148 de la Constitución. 

La decisión final de Lasso fue dividir el proyecto por tres temas, y en calidad de proyecto ordinario. Lasso anunció que por lo pronto, la muerte cruzada se quedará en la Constitución.

En marzo del 2022 una crisis de similares características desató de nuevo la amenaza, cuando la Asamblea echó abajo el proyecto de Ley de Inversiones, una de las tres patas de la rechazada ley anterior y que, según el Gobierno, pretendía sentar las condiciones y facilidades empresariales para generar dos millones de empleos. La ley pretendía también atraer unos 30.000 millones de dólares en sectores como el petrolero, minero, energético, telecomunicaciones e infraestructuras, donde se ejecutarían proyectos bajo el esquema de la asociación público-privada, al que se le quería dar un fuerte impulso, reportaba la agencia EFE.

Foto: Asamblea Nacional

Esta pugna  generó una ruptura  con Pachakutik y la ID, cuando un molesto presidente Lasso acusó a cuatro asambleístas de Pachakutik y al líder de ID, el excandidato presidencial Xavier Hervas, de haber pedido beneficios económicos e incluso exoneraciones de impuestos a cambio de votar a favor de la ley.

Esta pugna por la ley generó una ruptura definitiva con Pachakutik y la ID, cuando un molesto presidente Lasso acusó a cuatro asambleístas de Pachakutik y al líder de Izquierda Democrática, el excandidato presidencial Xavier Hervas, de haber pedido beneficios económicos e incluso exoneraciones de impuestos a cambio de votar a favor de la ley.

El presidente formuló sus respectivas denuncias ante la Fiscalía General del Estado para animarla a que, con la información brindada, investigase a sus rivales políticos. Meses después, el presidente Lasso comunicó a la Fiscal General que retiraba la denuncia y que se retractaba de sus acusaciones.

Otro momento donde el presidente amenazó con la muerte cruzada a los legisladores fue en junio del 2022, cuando levantamiento indígena y paro nacional orquestado por la Conaie y decenas de movimientos sociales, exigió en las calles y en algunos momentos de manera violenta, el congelamiento de los combustibles, como la gasolina extra y el diesel, petición que luego de 14 días de lucha callejera devino en un intento de destitución del presidente Lasso, por presunta conmoción social. El tema fue debatido por la Asamblea y fracasó por apenas cuatro votos (de 92 necesarios en un Parlamento de 137 miembros). Entonces Lasso esgrimó la amenaza del decreto de disolución de la Asamblea, que estuvo a punto de promulgarse. Luego de estos dramáticos momentos, mientras el país evaluaba los resultados de las movilizaciones y la pérdida de diez vidas humanas y de más de mil millones de dolares en el sector productivo, por mediación de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana se instalaron mesas de diálogo entre la Conaie y el Gobierno, que por 90 días se empeñaron en encontrar consensos para las peticiones de los movimientos sociales. 

Ahora, en una nueva coyuntura de desestablización institucional —cuando se avanzaba en un juicio político al presidente, por supuesto peculado en un contrato de la estatal FLOPEC— voceros del Gobierno habían señalado que "el decreto de muerte cruzada está listo", como anunció el secretario Jurídico de la Presidencia. Observadores políticos esperaban que Lasso ejectute el decreto luego de su discurso de defensa ante la Asamblea, pero ni siquiera lo mencionó ante los legisladores. El proceso en contra del presidente lleva ya cinco meses en la agenda política, desde cuando a principios de enero del 2023, el portal La Posta difundió un audio, obtenido en una grabación clandestina, de un contratista y operador en el sector eléctrico, Leonardo Cortazar, que reveló una serie de maniobras ilegales para obtener contrataciones irregulares, tráfico de influencias y relaciones con su cuñado Danilo Carrera. 

Pero luego de su discurso ante el Pleno de la Asamblea, tras un llamado de conciliación a los diputados, Lasso emitió el decreto de disolución de la Asamblea en las primeras horas del 17 de mayo del 2023, y las FFAA y la Policía ocuparon la sede del Palacio Legislativo.

Comparescencia de Lasso ante la Asamblea Nacional. Foto: Asamblea Nacional

en una nueva coyuntura de desestablización institucional —cuando se avanza en un juicio político al presidente, por supuesto peculado en un contrato de la estatal FLOPEC— voceros del Gobierno han señalado que "el decreto de muerte cruzada está listo"

De acuerdo al análisis de Participación Ciudadana, estos son los elementos a considerar en la llamada muerte cruzada:

Procede únicamente bajo el cumplimiento de causales:

1. Cuando la otra función, se hubiere abrogado funciones que no le competen (previo dictamen favorable de la Corte Constitucional).

2. Grave crisis o conmoción interna.

3. En caso de disolución de la Asamblea Nacional, cuando el Ejecutivo
considere que ésta, de forma reiterada e injustificada, obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.

Base legal

Constitución de la República, Art. 130, la Asamblea Nacional destituye al Presidente de la República.

Constitución de la República, Art. 148, el Ejecutivo disuelve la Asamblea Nacional.

Código de la Democracia, Art. 87, procedimiento para convocar a elecciones.

La disolución de la Asamblea Nacional (por decisión del Ejecutivo), o la destitución del Presidente (por resolución de la Asamblea), conlleva la obligación de realizar elecciones para designar a quienes ocuparán ambas funciones.

La muerte cruzada, si bien interrumpe el ejercicio del cargo, no implica adelanto de elecciones ni alteración del período en sí. Quien resulta electo luego de la destitución del Presidente o la disolución de la Asamblea, no inicia un nuevo período (4 años), sino que completa el período de quien fue cesado.

Para que la muerte cruzada no entorpezca la acción de gobierno, en el tiempo que transcurre entre la disolución de la Asamblea y la posesión de los nuevos asambleístas, el Ejecutivo podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica.

A efectos de que la muerte cruzada no altere ni entorpezca la acción de gobierno, en el tiempo que transcurre entre la disolución de la Asamblea Nacional y la posesión de los nuevos asambleístas (electos luego de la disolución), el Ejecutivo podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo".

La muerte cruzada tiene una restricción en cuanto a la temporalidad. Es posible llevarla adelante, por una sola vez y en los tres primeros años de su mandato.

Procedimiento:

1. Presidente emite y publica un Decreto de disolución. 

2. Si se hubiese alegado “abrogación de funciones que no le competen constitucionalmente”, se requiere dictamen favorable de la Corte Constitucional (Art 148 CR).

3. El Consejo Nacional Electoral, en un plazo máximo de siete días (posteriores a la publicación de la resolución de destitución), convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas para el resto de los respectivos periodos.

4. El Consejo Nacional Electoral podrá disponer que las elecciones se realicen en un plazo menor a noventa días, contados a partir de la convocatoria.

5. Una vez realizadas las elecciones, el Presidente y los asambleístas (electos) se posesionan de sus cargos y ocuparán tales funciones hasta culminar el período de los cesados.

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