Con la presencia de representantes de organizaciones políticas, el jueves 29 de diciembre del 2022, el Consejo Nacional Electoral (CNE) hizo la prueba técnica del Sistema Informático de Escrutinios y Resultados (SIER), mecanismo con el que se realizó el procesamiento de actas y publicación de resultados. Foto: CNE
El Informe de la Contraloría, DNA1-0054-2020, que fue aprobado el 20 de agosto del 2020, se efectuó sobre la base del pedido de la Presidenta del CNE, Diana Atamaint, a los procesos y sistemas informáticos aplicados para la conformación del registro electoral y su depuración; conteo de votos y resultados; y, validación de firmas, para la inscripción, registro y legalización de partidos y movimientos políticos en el CNE y entidades relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de septiembre del 2018 y el 28 de febrero del 2020.
El 17 de marzo del 2019 se puso en conocimiento de la Presidenta del CNE los avances del examen, y las observaciones en relación con el sistema de trasmisión y publicación de resultados.
1. ANTECEDENTES
La Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 134 de 03 de febrero de 2020, establece lo siguiente en sus Disposiciones Transitorias Quinta, Sexta y Séptima:
“QUINTA.- El Consejo Nacional Electoral, tendrá un plazo de ciento veinte días a partir de la entrada en vigencia de esta Ley para una auditoría independiente al registro electoral y la depuración del mismo, conforme a lo establecido en esta Ley.
SEXTA.- El Consejo Nacional Electoral, tendrá un plazo de ciento ochenta días a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para realizar una auditoría a su sistema informático para conteo de votos y resultados. Esta auditoría debe ser avalada por un organismo internacional reconocido y sus resultados
deberán publicarse en la página web del Consejo Nacional Electoral. Con base a los resultados de la auditoría el Consejo Nacional Electoral deberá realizar los cambios y actualizaciones requeridas.
SEPTIMA.- El Consejo Nacional Electoral tendrá un plazo de ciento veinte días a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para realizar una auditoría independiente a su sistema de validación de firmas para la legalización de partidos y movimientos políticos”.
Con Oficio No. CNE-PRE-2020-0047-Of de 06 de febrero de 2020, la Presidenta del Consejo Nacional Electoral solicitó al Contralor General del Estado, de conformidad con lo señalado en la mencionada reforma legal, “iniciar los mencionados procesos de auditoría, tomando en cuenta los plazos manifiestos”.
La Contraloría General del Estado aprobó, con fecha 21 de agosto de 2020, el “Informe del examen especial a los procesos y sistemas informáticos aplicados para la conformación del registro electoral y su depuración, conteo de votos y resultados; y, validación de firmas, para la inscripción, registro y
legalización de partidos y movimientos políticos en el Consejo Nacional Electoral y entidades relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2018 y el 28 de febrero de 2020”.
El sistema de transmisión de resultado elecciones 2019 fue probado en el CNE. La foto es de un simulacro del funcionamiento del sistema informático para las elecciones seccionales del 24 de marzo. Foto: El Universo.
Lo que encontró la Contraloría
En el proceso electoral “Elecciones Seccionales 2019 y de Autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS)”, que sirvió para el análisis de los sistemas indicados, la entidad de control detectó lo que formalmente denomina "hallazgos":
En relación al conteo de votos: en el Sistema Informático para Conteo de Votos y Resultados STPR no
se establecieron mecanismos automáticos para el control y supervisión del proceso de conteo de votos y emisión de actas de escrutinio.
Se encontraron inconsistencias en mecanismos informáticos para control del conteo de votos.
No se contó con un plan de contingencias con el análisis integral de riesgos sobre el centro de datos alterno que asegure el funcionamiento de la plataforma tecnológica del STPR.
No se aseguró la integridad de las bases de datos del sistema de trasmisión y publicación, lo cual puso en riesgo la transparencia y seguridad del proceso electoral de 24 de marzo de 2019.
Durante el examen se identificaron las siguientes anomalías:
El día de las elecciones, la página web del Consejo Nacional Electoral estuvo fuera de servicio por varias horas. Sufrió interrupciones, lentitud en la presentación de resultados y cambio en la información de actas válidas.
Más de 20 mil actas presentaron inconsistencias numéricas, obligando al reconteo.
El Centro de Datos Alterno, contratado por el Consejo Nacional Electoral, presentó fallas en la capacidad de procesamiento.
El traspaso de imágenes de actas del exterior tuvo que realizarse de forma manual debido a que la réplica de las imágenes fue suspendida.
La Contraloría recomendó automatizar el control de conteo de votos y emisión de actas de escrutinio para evitar inconsistencias numéricas.
Asegurar el cumplimiento del protocolo de sellado de tiempo del software que conforma el STPR y el enceramiento de las bases de datos de los centros de datos principal y alterno.
El jueves 2 de febrero del 2023 se cumplió el sellado de la base de datos del Sistema Informático de Escrutinios y Resultados (SIER) en el marco de las Elecciones Seccionales, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y Referéndum 2023. Foto: CNE
El sistema electoral, un caos completo
El informe DNA1-0053-2019 al Consejo Nacional Electoral, CNE, se refiere al examen especial a los sistemas informáticos e infraestructura tecnológica, comunicaciones y contratos relacionados, utilizados en la inscripción, registro y extinción de organizaciones políticas; y, consulta
popular, en el CNE y entidades relacionadas, por el período comprendido entre el 1 de febrero de 2013 y el 31 de agosto de 2018.
Lo que encontró el organismo de control fue que no se verificaron los datos de los formularios de afiliación y adhesión entregados por las organizaciones políticas en el sistema de control automático, lo cual permitió, según la auditoría, que se registren números de cédula inexistentes por errores en la digitación, números duplicados, así como adherentes de organizaciones políticas con firmas que no corresponden a las presentadas en los padrones electorales.
Además, la falta de verificación de los datos consignados en los formularios de afiliación y adhesión —entregados por las organizaciones políticas y de control para asegurar la calidad de la información registrada en el sistema de verificación de firmas— ocasionó que se otorgue personería jurídica a los movimientos nacionales: “Justicia Social”, “Podemos”, “Libertad es Pueblo” y “Fuerza Compromiso Social”, que según la Contraloría no cumplieron con los requisitos legales establecidos.
La falta de control en la verificación de firmas, presentadas por las organizaciones políticas, ocasionó que no se respetara el orden de prelación asignado para la verificación de firmas de las fichas y/o formularios de adhesión presentados por las organizaciones políticas para su inscripción.
La falta de directrices y controles para la conservación, mantenimiento y archivo de la información de los expedientes de las organizaciones políticas impidieron verificar el cumplimiento de requisitos legales para su inscripción.
La misma falta de control, ahora en el manejo de las fichas de inscripción y en los formularios de adhesión presentados por las organizaciones políticas que no fueron aceptados durante la fase de verificación física, ocasionó que no se cuente con información que permita realizar el control, identificación y localización de los formularios rechazados, afectando la confiabilidad del proceso.
La falta de directrices y controles para la conservación, mantenimiento y archivo de la información de los expedientes de las organizaciones políticas impidieron verificar el cumplimiento de requisitos legales para su inscripción, ocasionando que los expedientes de partidos y movimientos políticos no guarden documentación completa y clasificada.
La Contraloría señaló que "no se implementaron procedimientos en los procesos de desafiliación, expulsión de adherentes, adherentes permanentes, afiliados y baja de organizaciones políticas, afectando la integridad de los resultados del proceso de verificación de firmas para su contabilización en la base de datos del sistema de la entidad, lo que impidió recuperar el estado original de los resultados de los procesos de verificación de firmas, de fechas anteriores".
La falta de procedimientos para la obtención y restauración de respaldos de la base de datos del sistema de verificación de firmas, no permite recuperar información de una fecha determinada afectando la disponibilidad de información.
La falta de controles del sistema de desafiliaciones y expulsiones para prevenir, detectar y corregir errores en el procesamiento de datos ocasionó que no se garantice la veracidad de la información que entrega la Dirección de Organizaciones Políticas a los ciudadanos, afectando a la confiabilidad e integridad de las bases de datos.
La falta de control en la actualización de información de las organizaciones políticas en el “Módulo de Administración del CNE”, ocasionó que la información del estado legal de las organizaciones políticas no sea confiable.
[RELA CIONA DAS]
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