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14 de Febrero del 2018
Sociedad
Lectura: 13 minutos
14 de Febrero del 2018
Susana Morán
El Estado ecuatoriano al banquillo por la falta de acceso a la justicia de las mujeres

En la encuesta nacional del INEC de 2012, se identificó que 6 de cada 10 mujeres han sufrido algún tipo de violencia. Es decir, 3,2 millones de mujeres.

 

El 28 de febrero, por primera vez la situación de las mujeres ecuatorianas será analizada en la CIDH. Sobre todo su acceso a la justicia. Cuatro organizaciones llevarán estudios y casos para visibilizar la impunidad y la estigmatización con la que son procesadas. Hay casos que ilustran esa realidad.

En el 2015, Carla (nombre ficticio) de 41 años tuvo un parto en su casa. Ocurrió en el baño, después de varios dolores que confundió con retorcijones estomacales. Pensaba que estaba embarazada solo de cuatro meses y no imaginó que estaba cerca del parto. Tomó el bebé, le dio respiración, pero ella se desmayó por la hemorragia. Su pareja la encontró y la llevó al hospital. Allí le preguntaron por el feto. Familiares de él lo habían hallado en la casa. Lo lavaron y le cortaron el cordón umbilical. Luego lo llevaron a la casa de salud. La mujer fue procesada por aborto y llevada a la cárcel de Latacunga. Fue señalada como la autora de la muerte del bebé.

Su abogada, Ana Cristina Vera, dice que ella fue la única incriminada. Cuando hubo otros actores en la escena: su pareja y familiares que no fueron investigados. Tanto por los doctores como los policías solo la acusaron a ella. En este caso, dice la jurista, hubo tres estereotipos durante la investigación y proceso judicial. El primero: como no lloró la mujer, debió matarlo, pues no es normal que una madre no llore cuando se le muere un hijo. El segundo: que lo mató porque seguro le fue infiel al esposo. Con una prueba de ADN se comprobó que la pareja sí era el padre del bebé. Pero en el juicio la Fiscalía presumió lo siguiente: el ADN no prueba que no fue infiel, quizá no sabía de quién era el bebé y por eso lo mató. Y el tercero: lo mató porque el feto era femenino y su marido deseaba un niño. En ninguna presunción hubo una prueba, según Vera. “Pero el caso llegó a juicio y muchas veces son condenadas sin ninguna prueba”.

La criminalización y la estigmatización de las mujeres en los procedimientos judiciales será uno de los temas que abordarán cuatro organización en el 167 periodo de sesiones de la CIDH en Bogotá.

La criminalización y la estigmatización de las mujeres en los procedimientos judiciales será uno de los temas que abordarán cuatro organización en el 167 periodo de sesiones de la CIDH en Bogotá. Ecuador irá por primera vez al banquillo ante una instancia internacional por la situación de las mujeres en el país, específicamente sobre el acceso a la justicia de este sector que representa el 50,4% de la población ecuatoriana. Desde el punto de vista de las organizaciones peticionarias se trata de un triunfo el que se haya aceptado la solicitud para exponer una situación cada vez más apremiante. Ahora Inredh, Surkuna y la Coalición Nacional de Mujeres del Ecuador, a la que se sumó también el Taller de Comunicación Mujer, se preparan para la audiencia del próximo 28 de febrero.

Esta estigmatización también se encuentra en las desapariciones de mujeres. Frases como “se fue con el enamorado”, “está embarazada”, “vida llena de vicios”, o suponer que por ser “mochileras” les debía pasar algo han entorpecido investigaciones de, por ejemplo, los casos de Juliana Campoverde, Carolina Garzón y de las argentinas Marina Menegazzo y María José Coni. A una madre que perdió a su hijo de dos años en una terminal de buses en Quito, una policía le dijo que era mejor que se dedique a su cuidar a su esposo y a sus otros hijos. Estas frases fueron citadas en la petición que enviaran a la CIDH para la audiencia.

Los abogados de Inredh que han apoyado a los familiares de personas desaparecidas también coinciden en que se investiga la víctima desde los estereotipos y prejuicios. Daniel Vejar y Gabriela Flores, de la organización, sostienen que hay falta de capacitación en los servidores judiciales que tratan estos casos. Y ese es uno de los obstáculos para el acceso a la justicia de las mujeres.

En la petición también recogen una sentencia sobre un caso de violencia intrafamiliar donde el juez en su resolución argumentó lo siguiente: que el marido está permitido de “corregir a su mujer por medios suaves” y por esa razón no hubo sanción. Pero Ana Cristina Vera añade un dato más: uno de cada 50 tribunales están preparados para juzgar delitos sobre violencia de género. “¿Cómo le va a meter preso por un palito?”, “de gana se va a meter en eso (juicio)”, “¿de qué alto era su falda?” han escuchado las abogadas de Surkuna en los juzgados y demás instancias. O han visto, por ejemplo, cómo en las cámaras de Gesell donde se interroga a un menor víctima de violencia sexual salen preguntas como “¿qué tanto te metió?”.

Los abogados de Inredh que han apoyado a los familiares de personas desaparecidas también coinciden en que se investiga la víctima desde los estereotipos y prejuicios.

Un estudio de la misma organización refiere cuatro tipo de prácticas contrarias a los artículos 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos. El primero ocurre cuando las mujeres que llegan a los hospitales por sangrados son denunciadas y procesadas por aborto, cuando en ese momento no hay pruebas de una interrupción voluntaria del embarazo. Según testimonios recogidos por Surkuna, las mujeres son obligadas a confesar que se practicaron un aborto, bajo la amenaza de no recibir atención médica. Esto es una violación a la prohibición de autoincriminación y principio de inocencia, aseguran.

La segunda práctica contraria a los estándares internacionales que ha identificado Surkuna es detener a una mujer por aborto como si se tratara de delito flagrante. La ONG ha registrado casos de mujeres que acuden a casas de salud días después de haberse realizado el aborto y son procesadas bajo esa figura, aunque en la legislación ecuatoriana, un delito “flagrante” es aquel donde se verifica que no ha transcurrido más de 24 horas de haberse efectuado. Esto es una detención ilegal, según la organización.

La tercera práctica es el uso indebido de las historias clínicas y la hoja de atención de emergencia para ser juzgadas. Esto lo califican como “uso de pruebas ineficaces y obtenidas con violación a los derechos constitucionales”. Argumentan que esos documentos son confidenciales y personales y por ello los médicos están prohibidos de divulgar.

La última situación la definen como “la criminalización del aborto incluso en casos de violencia intrafamiliar”. “Muchas de las mujeres que se han sometido a abortos, declaran haber tenido que recurrir a esa práctica por haber sido víctimas de violencia de género de casos no judicializados o sin condena. Estas declaraciones, no obstante, son desatendidas por los operadores de justicia quienes enfocan su atención en la criminalización de la mujer involucrada”.

La impunidad es otro tema que abordarán en la audiencia. Hay cinco situaciones que ilustran lo que los peticionarios llaman “el patrón” de la impunidad en Ecuador. Estas son:

  • Abandono de los procesos por temor a que las víctimas sufran represalias.
  • Abandono de los procesos por parte de la víctima que se siente maltratada por el sistema de justicia.
  • Si las víctimas no colaboran, los procesos se estancan, aunque los delitos penales son pesquisables por oficio.
  • Los cambios de los agentes de la Policía Judicial de un lugar a otro, lo que dificulta que asistan a las diligencias.
  • Falta de capacitación sobre los derechos de las mujeres, violencia y políticas públicas sobre todo a escala local.

En los femicidios y en la violencia sexual son los delitos donde más trabas han encontrado los investigadores. Reconocen que se han dado avances, pero que aún existen barreras legales.

En los femicidios y en la violencia sexual son los delitos donde más trabas han encontrado los investigadores. Reconocen que se han dado avances, pero que aún existen barreras legales. Por ejemplo, en femicidios las impunidad es “alarmante”, dice la petición a la CIDH. De 244 mujeres que han sido víctimas de femicidio, solo 62 casos han llegado a condena. Otra dificultad que encuentran es la siguiente: “Uno de los elementos necesarios es la relación de poder existente entre la víctima y el agresor; sin embargo, según el Informe Penológico del Femicidio en el Ecuador 2014-2015, el juzgador generalmente identifica estas relaciones de poder únicamente cuando se trata de parejas o ex parejas, y no cuando se trata de otros entornos. Es por ello que los femicidios son sancionados por, casi exclusivamente en casos de violencia intrafamiliar”.

En violencia sexual las cifras están también en rojo. De 5.634 denuncias por ese delito registradas entre agosto de 2014 y noviembre de 2015 solo 59 de ellas recibieron condena. Las expertas de Surkuna han identificado como un problema en la tipificación del delito. Específicamente se refieren a que “no se considera de manera expresa la falta de consentimiento de la víctima como elemento del tipo penal”, pero es necesario demostrar la violencia o intimidación por parte del agresor. Citan el caso de una adolescente que aunque no consintió la relación sexual, no mencionó que el procesado le haya forzado o golpeado para llevar a cabo el acto sexual.

La abogada Pilar Rassa va más allá y dice que debe levantarse la reserva de los juicios por violencia sexual, a menos que la víctima pida lo contrario.

La abogada Pilar Rassa va más allá y dice que debe levantarse la reserva de los juicios por violencia sexual, a menos que la víctima pida lo contrario. Ella narra un caso: Un militar acusó a su esposa de violencia por unos arañazos en el cuello. Pero la hija salvó a su  madre porque dijo que su padre estaba con camuflage y que era imposible traspasarlo. “En la práctica lo que hacemos es cuidar al agresor”. La jurista dice que es necesario saber quiénes son los agresores para que otras mujeres estén alertas, pero no se puede porque hay reserva. En los casos de violencia sobre entra la víctimas y el procesado y sus abogados. Además dice que es necesario visibilizar cómo operan los jueces. En el caso de la esposa del militar asegura que el juez fue muy agresivo contra ella. “No hay acompañamiento, las mujeres entran solas a las audiencias”.

Las organizaciones también llevarán a a CIDH casos sobre las clínicas de deshomosexualización que aún operan y la falta de reparación histórica para las mujeres trans que en la década de los años 90 fueron asesinadas. Unas muertes que nunca fueron investigadas, según Gabriela Flores de Inredh. Como único testimonio de esa época está el libro “Los fantasmas se cabrearon” de Alberto Cabral, donde registra decenas de nombres de mujeres trans asesinadas y olvidadas.

Por todas estas situaciones, las organizaciones piden que el Estado se presente a la audiencia en Bogotá y rinda cuentas. 

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