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23 de Junio del 2019
Historias
Lectura: 30 minutos
23 de Junio del 2019
Fermín Vaca Santacruz
El matrimonio igualitario destapa una intensa polémica religiosa y política
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La decisión de la Corte Constitucional cayó en medio del ambiente preelectoral, y hay políticos que le apuestan a sacar rédito para 2021 combatiéndolo. Mientras, los jueces de mayoría de la Corte defienden su decisión, en especial, ante movilizaciones de críticos.

Marchas de repudio, movidas políticas, llamados a consulta popular, rechazo unámime del clero tanto católico cuanto de las varias confesiones protestantes que hay en el país. La decisión de la Corte Constitucional, que dio luz verde al matrimonio igualitario, y logró superar el candado que los asambleístas correístas de Montecristi pusieron sobre el tema en la Constitución de 2008 ha abierto un nuevo frente en el debate político. Y hay quienes ya calculan con miras al 2021, cuando tendrán lugar elecciones generales. 

El debate sobre el matrimonio igualitario recién empieza, pero no ha dejado indiferente a la sociedad y a los políticos.

El Gobierno, por medio de un mensaje del presidente Lenin Moreno, fijó su postura: "respeta" la decisión de la Corte, aún a pesar de "sus propias convicciones" lo que dejó entrever que en el Palacio de Carondelet la decisión no convenció del todo. El presidente, en un corto mensaje desde su despacho, sostuvo también que su administración seguirá defendiendo la familia y el derecho de los padres a educar a sus hijos como estimen conveniente. "Como en toda decisión, hay quienes la respaldan y también quienes la critican, pero más allá de las críticas y de mis propias opiniones y creencias, mantengo mi respeto absoluto a lo actuado por la Corte Constitucional", dijo el presidente. 

Como es habitual en el actual Gobierno, el presidente cuidó las palabras en un intento de contentar a todos. 

En el Legislativo, entre tanto, hubo voces aisladas de asambleístas, en especial de los partidos de derecha de la Costa, que rechazaron la medida, alegando que la Corte había actuado más allá de sus atribuciones al pasar por encima del candado constitucional, que se encuentra en el artículo 67. Los partidos de izquierda y centro izquierda, en cambio, mantuvieron silencio. 

Entre la clase política la tónica fue similar. No Jaime Nebot, líder del PSC, ni Guillermo Lasso, líder de CREO fijaron una postura sobre el tema. Una crítica inesperada vino de la izquierda de Pachalutik,  afín al movimiento indígena: el ex asambleísta y prefecto de Zamora Chinchipe, Cléver Jiménez, escribió en Twitter: "Estar o no de acuerdo con el matrimonio "igualitario" es una cosa, lo que no podemos, por los derechos humanos de unos, violar los de otros. La Constitución sí contempla el matrimonio, pero, entre hombre y mujer, y, mientras no se reforme, debe respetarse". Jiménez no explicó cómo se produce esa "violación" de derechos al conceder el matrimonio igualitario. 

Otro miembro de la clase política que se pronunció en contra fue Fernando Balda. Balda, quien fue asambleísta alterno por el correísmo y quien no se ha postulado hasta ahora con éxito para ningún cargo de elección popular, solicitó que se le entreguen formularios para una consulta popular, en la que, además de hacer campaña por el No contra el matrimonio igualitario, pedirá preguntar sobre la eliminación del Consejo de Participación. 

Balda junto con Marlon Jácome y Jairo Lalaleo propone la convocatoria de una nueva Asamblea Constituyente, para que se reforme la Carta Política de la República precisamente a la altura del Consejo de Participación y la consulta popular para dejar sin efecto la decisión de la Corte Constitucional. Pero será la Corte la que deba decidir si la pregunta de Balda, en el caso de que logre reunir las firmas necesarias, es o no constitucional. 

En Guayaquil, durante el fin de semana, tuvieron lugar marchas de repudio, en las que participó Balda junto a creyentes tanto católicos cuanto protestantes. Fernando Balda afirmó que "respeta" pero no comparte la postura de los activistas de la diversidad sexual.


En el centro de Guayaquil, miles de personas participaron en una marcha de repudio.  Foto: La República

Un pastor protestante de Guayaquil, Francisco Loor, vocero principal del Consejo de Resistencia Fe, Vida y Familia de la Iglesia evangélica, también anunció que recogerá firmas con la misma intención. En su opinión, es necesario consultar ese tema así como el del aborto y el consumo de drogas. La consulta de los protestantes tiene seis preguntas más. 

En Guayaquil, durante el fin de semana, tuvieron lugar marchas de repudio, en las que participó Balda junto a creyentes tanto católicos cuanto protestantes. Balda afirmó que "respeta" pero no "comparte" la postura de los activistas de la diversidad sexual. 

La Iglesia Católica, por su parte, se sumó al repudio. El presidente de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, Eugenio Arellano, cuestionó a los jueces de la mayoría que aprobó el matrimonio igualitario, pues consideró que estaban impedidos de pronunciarse sobre el tema porque "han sido abogados en estas causas".

La crítica contra los jueces proviene también de abogados no necesariamente identificados con los religiosos o con partidos de derecha como Salim Zaidán, profesor de derecho que cuestionó lo que considera son contradicciones entre la sentencia de Alí Lozada y la de Ramiro Ávila, o Ismael Quintana, otro abogado que cuestionó el proceder de la Corte Constitucional, así como la acción de los activistas, pues sostiene que la diversidad sexual debía reunir más de un millón de firmas para una enmienda constitucional. 

Para la activista Pamela Troya, en cambio, la Corte Constitucional tomó la decisión correcta, al realizar una interpretación constitucional que permite la aplicación de los derechos consagrados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Troya defendió el dictamen de la Corte y anticipó que la diversidad sexual no va a participar en ningún tipo de contramarcha ni acto de violencia contra las manifestaciones de los creyentes. Rechazó, sin embargo, la campaña iniciada por Fernando Balda, que, en su opinión solo pretende reactivar su carrera política. Troya alista los preparativos de su matrimonio, que podría tener lugar en Guayaquil, en donde, al parecer, se concentran las posturas más reaccionarias. 

Para entender mejor esta polémica, entrevistamos a dos personajes públicos que han tomado parte en este debate. Por un lado, el juez Ramiro Ávila, una de cuyas ponencias fue aceptada por la Corte Constitucional, y logró destrabar el tema. Por otro, el asambleísta por Guayas (CREO) Roberto Gómez, quien se declara un crítico de la "ideología de género" y asegura que la decisión de la Corte Constitucional no es correcta. Gómez participó también en la marcha de repudio que tuvo lugar este fin de semana en Guayaquil. 

   FRENTE A FRENTE   

"Ni una palabra de la Constitución ha sido modificada": Ramiro Ávila, juez de la Corte Constitucional

¿Cómo evalúa el debate que tuvo lugar en la Corte sobre este tema?

El debate fue de altura en términos jurídicos. La composición de la Corte Constitucional refleja, de alguna manera, la diversidad de posturas que existen alrededor del tema en la sociedad. 
 
¿Fue difícil lograr los cinco votos necesarios para aprobar su ponencia?

 La Corte Constitucional, como cualquier órgano colegiado, toma las decisiones por mayoría. Alcanzar una decisión, sea por unanimidad o  por mayoría, implica un proceso dialógico, en el que hay que discutir, poner a prueba los argumentos jurídicos, persuadir y aceptar posturas que, en un inicio, no eran aceptables pero con el transcurso del debate logran reorientar los puntos de vista. Lo importante en este caso, como en muchos otros, es que en la Corte se delibera, se debate y se toman decisiones sobre la base de fundamentos compartidos.   

¿Qué opina sobre los reparos al procedimiento propuesto por usted sobre la Opinión Consultiva 24/17, en especial, los expuestos en el voto salvado del doctor Hernán Salgado?

En derecho no existe una sola forma de apreciar las normas jurídicas y de interpretarlas. Sobre todo en materia constitucional, en donde los casos pueden revestir una particular complejidad. El voto salvado refleja una forma de aproximarse al tema que es tan respetable como la de mayoría. El valor jurídico de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de las diversas fuentes del derecho son determinantes para llegar a resultados diversos. Ambas perspectivas tienen sustento jurídico y esperamos que esta divergencia contribuya a enriquecer el debate jurídico en el país y también, y esto es de fondo, a promover una sociedad más tolerante con la opinión diversa y con poblaciones que han sido tradicionalmente excluidas. 

"En derecho no existe una sola forma de apreciar las normas jurídicas y de interpretarlas. Sobre todo en materia constitucional, en donde los casos pueden revestir una particular complejidad. El voto salvado refleja una forma de aproximarse al tema que es tan respetable como la de mayoría".

Por otro lado, el hecho de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, vía interpretación de la Convención Americana de Derechos Humanos, haya definido derechos que no están en la Constitución no es nuevo en Ecuador ni en la región americana. Esos derechos están en el sistema jurídico del Ecuador se reconozcan o no formalmente por los parlamentos o por las cortes de justicia. Menciono un par de ejemplos: toda persona tiene derecho al hábeas corpus aún en un estado de excepción (Opinión Consultiva 9 OC-9/87); todo juez o jueza (no solo las personas que tienen derecho a la tutela efectiva) tiene derecho a ser independiente frente a poderes internos o externos (Caso Corte Suprema de Justicia contra Ecuador, 2013). Lo mismo sucede con el matrimonio igualitario. El derecho ha sido reconocido por la Corte Interamericana y forma parte del sistema jurídico ecuatoriano en virtud del artículo 11, numeral 7, de la Constitución.
 
Hay una reacción de creyentes y algunos políticos que piden una consulta popular, algo que Rafael Correa en su momento ya había planteado ¿es posible que se consulte este tema? ¿Si logran recoger las firmas, la Corte debe dar su parecer?

No puedo pronunciarme sobre este tema porque, eventualmente, puede ser puesta a consideración de la Corte Constitucional la pregunta sobre una consulta popular, para el respectivo análisis de constitucionalidad.

¿Cómo se debe entender el pedido a la Asamblea Nacional para que reforme la institución del matrimonio? ¿Cabe todavía una enmienda constitucional al artículo 67?
 
El artículo 67 de la Constitución no ha sido reformado en absoluto. Ni una palabra de la Constitución ha sido modificada. Ahora, como desde la vigencia de la Constitución, y como sucederá en el futuro, las parejas conformadas por un hombre y una mujer podrán contraer matrimonio y los matrimonios que se han celebrado al amparo de la norma constitucional siguen siendo válidos. Esta norma no se ha reformado, como sostienen algunos comentaristas que no han leído la sentencia con atención o que intencionalmente confunden a la población.

"Esta norma no se ha reformado, como sostienen algunos comentaristas que no han leído la sentencia con atención o que intencionalmente confunden a la población".

Lo que ha hecho la Corte es aplicar el artículo 11 numeral 7 de la Constitución, que expresamente establece que los derechos que están en la Constitución se suman a los derechos que constan en instrumentos internacionales de derechos humanos, como los que se derivan  de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, además, estos se suman a los que se derivan de la dignidad de las personas. Esto, en otras palabras, significa que hay unos derechos que están en la Constitución, como el derecho de las parejas heterosexuales a contraer matrimonio, que se suman a los derechos que se derivan de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio (interpretación auténtica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el contenido y alcance de la Convención Americana de Derechos Humanos). A esta suma de derechos que se reconocen en distintos sistemas jurídicos se denomina “bloque de constitucionalidad”. No hay, como se puede apreciar, una reforma constitucional y de ahí que no es aplicable el proceso de reforma contemplado en los artículos 441 al 444 de la Constitución. 

En términos generales, ¿la Constitución de Montecristi adolece de fallas técnicas y contradicciones como las que se evidencian entre, por un lado, prohibir el matrimonio igualitario y por otro garantizar la no discriminación?

Una Constitución es un texto que es fruto de un consenso parlamentario, no es obra de un legislador coherente y sabio, o de un jurista experto o infalible. No existe, por otro lado, en el mundo una Constitución perfecta, completa y coherente. Basta ver, como algunos mencionan como texto ejemplar por su brevedad y permanencia, la Constitución de EE.UU., que en su mismo texto permitió –por su interpretación- una sociedad con segregación racial y otro que consideró inconstitucional la discriminación racial.

La Constitución refleja diversas posiciones ideológicas y también acuerdos mínimos. Eso es lo que somos como país: diversos y complejos. La norma del artículo 67 es un buen ejemplo de esas posiciones sobre la familia que, por un lado, reconoce todo tipo de familia y prohíbe la discriminación y, por otro, define al matrimonio como la unión de un hombre con una mujer. Lo mismo sucede con la consideración de la naturaleza como sujeto de derechos y como recurso natural de propiedad inalienable del Estado. 

Para superar esas tensiones o potenciales contradicciones, cuando esas normas se aplican a casos concretos, la Constitución ordena que cuando haya dos normas o dos interpretaciones sobre una norma, se aplique la que sea más favorable a al ejercicio de derechos. En este sentido, si hay dos interpretaciones, como ha sucedido en los casos de matrimonio igualitario, por mandato constitucional se debe resolver a la que promueva el ejercicio de derechos. Esto es, reconocer el derecho a las parejas del mismo sexo. La interpretación contraria suspendía ese derecho o lo anulaba.

Grupos de creyentes han pedido la destitución de los cinco jueces de la Corte Constitucional, en una carta al Consejo de Participación, actualmente presidido por un ex religioso católico que ha logrado una mayoría interna,  ¿qué opina al respecto?

La Corte Constitucional ha resuelto de conformidad con las competencias asignadas en la Constitución y las leyes. Las decisiones se toman por mayoría. Podrán afirmar que no están de acuerdo con la decisión de mayoría o minoría, pero en ningún caso se puede decir que las decisiones  fueron arbitrarias o sin motivación. 

Cuando se vota un proyecto de sentencia, al igual que sucede cuando se vota por una ley en la Asamblea Nacional, si hay mayoría se aprueba. No es que la sentencia o la ley, por no tener unanimidad, son medio sentencia o medio ley, medio legítima o no, se aprobó y tiene validez y vigencia.

No es causal para destitución cumplir con las competencias constitucionales y legales.
 
Hay quienes sostienen que hay una contradicción entre su fallo y el del juez Alí Lozada, pues por un lado se sostiene que no es necesaria ninguna reforma y por otro se exhorta al Poder Legislativo a hacerla. ¿Cómo se entiende esto?

El un fallo tiene como objeto el análisis y la interpretación constitucional en relación a la Opinión Consultiva OC24/17, que establece el derecho a las personas del mismo sexo a contraer matrimonio. Este derecho se incorpora a la Constitución por la teoría del bloque de constitucionalidad (artículo 11. 7 de la Constitución que fue ya explicado). Una vez que el derecho forma parte de la Constitución, frente a una ley, como el Código Civil y la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles, se aplica la jerarquía normativa (artículo 425 de la Constitución), por la que una norma inferior (leyes) no pueden estar en contradicción con una norma superior (Constitución). De ahí que, según uno de los fallos, no es necesario la reforma constitucional.

El otro fallo, que se complementa, aborda como objeto del análisis precisamente las leyes civiles y de Registro Civil. En esa sentencia se aplica ya la jerarquía normativa  y la interpretación más favorable a los derechos y se declara la inconstitucionalidad de las palabras que excluyen a las parejas del mismo sexo.

"El matrimonio es una institución que tiene todo un régimen jurídico que debe ser adecuado para que no existan equívocos o interpretaciones excluyentes a las parejas del mismo sexo. Una vez reconocido un derecho, el sistema jurídico debe adaptarse a este derecho".

Por otro lado, el exhorto a la Asamblea Nacional tiene sentido en tanto al declarar inconstitucional las palabras "hombre y mujer" y "procreación" en el artículo 81 del Código Civil y artículo 52 de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles, no se ha adecuado todo el sistema normativo del matrimonio, que se encuentra disperso en distintas normas y que requiere ser armonizado. El matrimonio es una institución que tiene todo un régimen jurídico que debe ser adecuado para que no existan equívocos o interpretaciones excluyentes a las parejas del mismo sexo. Una vez reconocido un derecho, el sistema jurídico debe adaptarse a este derecho.  
 
Se dice que en la Corte hay dos bloques claramente definidos, el uno liderado por usted y el otro por el doctor Salgado. ¿Es real que hay esa correlación de fuerzas?

Existen nueve jueces que, como se puede apreciar en los votos en otras causas, actúan de forma coherente con sus concepciones sobre el derecho y la justicia constitucional. Hay sentencias que tienen votos salvados, abstenciones, en contra, concurrentes, que no necesariamente  coinciden con lo que sucedió en la sentencia sobre el matrimonio igualitario. Generalizar, con apenas cuatro meses en funciones y a partir de un solo caso, no hace justicia con la capacidad, la independencia y la autonomía de cada uno de los jueces y juezas. 

"Estamos enfrentando a activistas políticos, no a defensores de derechos humanos": Roberto Gómez, asambleísta por Guayas (CREO)

Usted es un crítico de lo que algunos llaman "ideología de género" y también ha cuestionado la decisión de la Corte. ¿Cuáles son sus argumentos?

Sin lugar a dudas que la ideología de género existe. Hay que desenmascarar a quienes son activistas políticos y se arropan en la defensa de derechos, y diferenciarlos de quiénes sí son defensores de derechos y tienen ciertas posturas. El activismo político de la ideología de género debería frontalmente asumirse, declarar sus objetivos. Nosotros los enfrentaremos descalificando sus ideas, como lo haces entre el socialismo y el liberalismo, o entre el conservadurismo y la ideología de género. Para poder tener un debate, debemos evitar que se victimicen, que se presenten como defensores de derechos humanos cuando realmente son actores políticos informales. Con esa defensa de derechos persiguen fines políticos. 

¿A quiénes se refiere como actores políticos informales?

No voy a dar nombres, pero hay personas que entran a querer cambiar la ley, y tienen grupos para mover e impulsar sus objetivos y lo hacen en la vida política, no lo hacen por un partido político, pero sí son activistas políticos. Debemos enfrentarlos como activistas políticos, no a defensores de derechos humanos. Aquí no hay un debate entre ciudadanos, sino que debemos entender que hay un debate entre políticos, hay que destacar eso para ponerlos al mismo nivel.

"Hay que desenmascarar a quienes son activistas políticos y se arropan en la defensa de derechos, y diferenciarlos de quiénes sí son defensores de derechos y tienen ciertas posturas. El activismo político de la ideología de género debería frontalmente asumirse, declarar sus objetivos".

Se dice también que hay "activismo judicial", abogados o jueces que hacen activismo por medio del sistema judicial. ¿Cree que eso está pasando en el país?

En el caso de la Corte, hay personas que antes de ser jueces ya patrocinaron este tipo de causas como abogados, y ahora, como jueces, como activistas políticos, toman la decisión sobre el matrimonio de forma distinta a lo que dice la Constitución. Hay un activismo que ha pasado a formar parte de la Corte Constitucional para cambiar las cosas de acuerdo con sus críticos. Es como si yo mañana llego a juez constitucional y resuelvo según cómo me ha manifestado siempre.

¿Si usted fuera juez constitucional resolvería según sus convicciones? ¿Entonces qué es lo que critica si haría lo mismo?

Si yo fuera juez constitucional, trataría de ser imparcial. Me abstendría de conocer ese caso. Lo que un juez debe hacer al tomar parte era abstenerse en la resolución. Creo que nadie puede criticar esta opinión. La justicia debe ser imparcial. La Constitución en su artículo 67 tiene ocho o nueve palabras y ahí no hay nada que interpretar. La frase no cabe. La Constitución también reconoce la familia en sus diversos tipos, ahí puede haber algo interpretable, digamos, cuáles son los tipos. Cómo definimos la familia sería interpretable, pero que el matrimonio es entre hombre y mujer no lo es. Está escrito ahí, basta con saber leer. Si yo creo que la ley es para solucionar conflictos, y veo que en la Constitución también dice que podrá haber una unión monogámica entre dos personas, que genera los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio, entonces el marco jurídico ecuatoriano ya contempla que haya personas que sin matrimonio tienen los mismos derechos y obligaciones, en la unión de hecho. Ya hay igualdad de derecho, no se ha conculcado ningún derecho en el Ecuador pues hay una unión libre que tiene los mismos derechos. 

¿Entonces no había necesidad de hacer la interpretación? Pero los activistas siempre han dicho que la unión de hecho los coloca en un papel de ciudadanos de segunda...

Ellos son políticos que pueden decir cualquier cosa. Pero si van a leer el artículo 68 de la Constitución, hay una unión de hecho con los mismos derechos, salvo que quieran adoptar. No hay un derecho humano a adoptar. El Pacto de San José habla del derecho de un hombre y una mujer a constituir una familia. Yo creo que estas personas deben formar un partido político. Creo que deben dedicarse de plano a la política, no dan el paso de un ciudadano normal a alguien que toma una acción política planificada, de largo plazo. En lugar de victimizarse deben presentarse como políticos y debatir como políticos. 

"Cómo definimos la familia sería interpretable, pero que el matrimonio es entre hombre y mujer no lo es. Está escrito ahí, basta con saber leer".

La Corte exhortó a la Asamblea a reformular la institución del matrimonio en el país. ¿Qué cree usted que puede pasar en el Legislativo?

Ellos pueden pedir lo que sea, les voy a pedir que me envíen la Constitución, porque hay que adecuar la ley a lo que dice la Constitución. Y la Constitución no ha cambiado, la Corte no sugiere textos, como por ejemplo en la reestructura del IESS, o en el caso de la Ley de Comunicación. Sería absurdo cambiar las leyes a algo que no dice la Constitución, el texto dice: hombre y mujer. 

¿Qué opina de someter este tema a consulta popular?

Creo que el matrimonio no es un derecho. Pero aunque no estemos de acuerdo con muchas cosas de la Constitución, fue aprobada por la gente. Daría lo mismo si luego de una consulta popular la Corte vuelve a hacer lo que ya ha hecho. Insisto en que sí hay un marco normativo para que dos personas puedan compartir su vida y patrimonio independientemente de su sexo. Pero ya está en el artículo 68. La gente debe acostumbrarse a la mínima intervención del Estado en su vida. 

¿No apoya la campaña que han iniciado, entre otros, Fernando Balda?

Esa consulta popular podría darse si es que la Asamblea no entiende lo que ha pasado. La Corte ha pretendido una reforma con una interpretación. La gente podría recoger firmas y eso podría llevar a cuestiones extremas. Ya hay un equilibrio en la Constitución en este tema, que distingue entre matrimonio y unión de hecho, con la distinción de quién puede adoptar o quién no. Pero hay activistas que están tentando a la paz de la ciudadanía, hablando de la sexualización de los niños, y hay quienes aplauden eso. La ciudadanía podría reaccionar al ataque que se quiere hacer con los niños. Ya la gente está harta de las drogas en las escuelas, gracias a la tabla de consumo de drogas que ni el presidente ni la Asamblea reforman. Si vamos a la consulta debemos también tratar la tabla de consumo de drogas, hay políticas a medias como las que defiende la ministra del Interior, cuya permanencia en el cargo se cuenta de a muertos por sus errores políticos. Antes defendían que un robo sea solo contravención, para no llenar las cárceles, en lugar de eso llenaron las escuelas de drogas. 

¿Cuál es la influencia de la religión en sus opiniones?

Se pretende deslegitimar fraudulentamente mi posición afirmando que es una cuestión religiosa, pero al igual que en el tema del aborto hay personas que siendo ateas defiende el derecho a la vida y el matrimonio entre hombre y mujer. Hay también homosexuales que están a favor de la vida y del matrimonio entre hombre y mujer. Es una herramienta retórica para deslegitimar. 

¿Cuál es la respuesta de los líderes políticos a este debate? ¿Por qué ni el líder de su partido, ni el del PSC, ni en general de ninguna fuerza política, han dicho nada al respecto?

Creo que sobre este tema en particular la diferencia es entre los que están a favor de la Constitución y del matrimonio entre hombre y mujer y los que no. No se debe ser respetuoso de ideas que pueden no ser legítimas. Los líderes políticos tienen que pronunciarse de manera categórica. Sobre Guillermo Lasso, todos conocemos sus ideas en este sentido, espero que cuando vuelva al país se pronuncie sobre este tema. 

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