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11 de Septiembre del 2014
Historias
Lectura: 16 minutos
11 de Septiembre del 2014
Pamela Troya

Activista LGBTI y vocera de DIVERSIDAD.

Los garabatos y anécdotas detrás del registro de las uniones de hecho

Foto: Plan V

Santiago Vinces y Fernando Saltos son una joven pareja gay que forma parte de la campaña por el matrimonio civil igualitario en Guayaquil.

 

La activista LGBTI Pamela Troya analiza las dificultades en la implementación de las normas constitucionales que supuestamente favorecen a las minorías sexuales, en especial, la referida a la constancia del estado civil de la "unión de hecho" en las cédulas de ciudadanía, que implementó esta semana el Registro Civil.

El día de hoy, 15 de septiembre, varias parejas se presentaron ante las oficinas del Registro Civil de las principales ciudades del país para registrar su unión de hecho, tal como lo posibilita la Resolución de esta institución de fecha 22 de agosto de 2014.

Recordemos que esta lucha se visibilizó debido a la persistencia y tenacidad de Diana Maldonado y Maribel Serrano, quienes tuvieron que afrontar las constantes negativas del Registro Civil de dar cumplimiento a la resolución de la jueza Leonor Lapierre Rodríguez, quien formalizó la unión de hecho de esta pareja guayaquileña en noviembre de 2012, y que dispuso al Registro inscribir la unión de hecho de la pareja, en el campo del estado civil de sus cédulas. Sin embargo, las negativas carentes de argumentaciones lógicas y jurídicas de la institución, motivaron a que la valiente pareja emprenda un proceso judicial en contra del Registro Civil, a través de una acción de protección, patrocinada por la Defensoría del Pueblo del Guayas.

Con ello, el 27 de junio de 2014, la jueza Ana Cristina Veintimilla de la Unidad Judicial Penal Sur de Guayaquil, quien por sorteo debió resolver la acción de protección interpuesta por la pareja, emitió un fallo favorable mediante el cual dispuso al Registro Civil la inscripción de la unión de hecho de Diana y Maribel en sus cédulas, en el plazo de 72 horas. Dicha sentencia, también fue ignorada por completo por el Registro Civil y apelada por este y la Procuraduría, lo que devino en la vergonzosa sentencia de la Sala Especializada de lo Civil de la Corte Provincial del Guayas, de 20 de agosto de 2014, que “REVOCA la sentencia subida en grado, y declara SIN LUGAR la presente Acción de Protección”, argumentando que “No se observa (…) violación al derecho de igualdad por discriminación por homofobia o ser una situación en desmedro de uniones de hecho de parejas del mismo sexo, pues como quedó expuesto en la Audiencia Pública de segunda instancia, la situación es común respecto de parejas heterosexuales, por ello no es discriminatorio”. Curiosamente, esta sentencia irrisoria, se da dos días antes de la Resolución del Registro Civil que permite el registro de las uniones de hecho como un "dato complementario del estado civil".


Así quedó la cédula de Diana Maldonado: el Registro Civil desistió de colocar la leyenda "dato complementario".

El cambio de decisión del Registro Civil no se dio por voluntad propia (ya ninguna institución y función del Estado parecería operar por voluntad propia), sino por disposición del Presidente Correa, como consecuencia del almuerzo de trabajo sostenido el 18 de agosto con algunos/as activistas LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales), del cual se desprendieron varios compromisos, entre ellos, revisar porqué el Registro Civil se negaba a realizar los registros de las uniones de hecho e, inclusive, pensar en el posible cambio de su Director, si persistía con esta posición.

Ahora bien, debemos entender el fundamento de esta lucha antes de analizar la Resolución del Registro Civil y los acontecimientos posteriores a dicho documento. Diana, Maribel y quienes hemos estado acompañando y apoyando su proceso, no hemos exigido solamente la inscripción de la unión de hecho en la cédula, sino que esta se dé como estado civil, es decir, que dentro del campo del estado civil de la cédula diga: UNIDO DE HECHO CON (fulano o zutana). Esta exigencia se basa en un derecho constitucional, pues es la Constitución la que en su artículo 68 establece que las uniones de hecho generarán los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio.

De ahí que, si el matrimonio es estado civil, la unión de hecho también debe serlo.

El Registro Civil, en vez de dar cumplimiento directo a la Constitución, como bien puede hacerlo conforme lo dispone el artículo 11.3 del mismo cuerpo legal, lo que hizo es tomar un camino bastante "creativo", ya que decide generar una figura inexistente en nuestro ordenamiento legal     -o refúteme algún abogado/a respetable si existe esto del "dato complementario del estado civil"- para mantener un trato distinto a las personas LGBTI y heterosexuales que mantienen esta convivencia familiar. Por lo tanto, desde el nacimiento de esta Resolución, levantamos nuestras voces de alerta, pues no entendíamos de qué forma el Registro Civil aplicará una figura inventada, al momento de registrar las uniones de hecho en las cédulas; porque un dato complementario es un apéndice y temíamos que el ingenio del Registro Civil llegue a tales niveles que aplique su resolución manteniendo el estado civil actual de la persona, añadiendo la unión de hecho como "dato complementario". La siguiente imagen que difundimos en redes sociales ejemplifica este posible escenario.


Esta campaña en redes sociales puso en evidencia los errores del Registro Civil.

Al parecer, nuestra incidencia en redes sociales y a través de los espacios en los medios de comunicación a los que fuimos invitados/as, apresuró al Registro Civil a mantener un par de reuniones con algunos/as activistas LGBTI y delegados de la Defensoría del Pueblo. En dichas reuniones, la voz unísona de los/as activistas asistentes fue que la unión de hecho sea registrada como estado civil en las cédulas. Sin embargo, el Registro Civil, en lugar de corregir la Resolución mal planteada, genera otra "creativa" alternativa: la elaboración de un instructivo a la Resolución (el parche del parche), donde se establece que la unión de hecho se registre en el campo del estado civil.

Dejando de lado al Registro Civil y su muy "creativa e ingeniosa" aunque inconstitucional forma de resolver sus equivocaciones, y enfoquemos la solución del asunto en donde debe ser finalmente zanjada: la Asamblea Nacional.

La verdad, no dejo de sorprenderme por el ingenio de esta institución ni por las declaraciones ambivalentes dadas por el Director del Registro Civil, Jorge Troya, a la Agencia Andes en donde "señaló que la unión de hecho será considerada un estado civil". Si es así, que alguien me explique ¿cómo podrá ser la unión de hecho un estado civil, si la Resolución del Registro Civil la establece como "dato complementario del estado civil" y aún las leyes correspondientes no han sido modificadas para ello? Sea como fuere, finalmente, hoy día, las parejas que se presentaron pudieron registrar su unión de hecho y visibilizarla en el campo de estado civil de sus cédulas.

Dejando de lado al Registro Civil y su muy "creativa e ingeniosa" aunque inconstitucional forma de resolver sus equivocaciones, y enfoquemos la solución del asunto en donde debe ser finalmente zanjada: la Asamblea Nacional. Precisamente, el Legislativo tiene entre sus grandes misiones la de tomar las leyes obsoletas y que no responden al mandato constitucional para reformarlas a fin de que estén en coherencia con la Carta Magna. En ese sentido, y relacionándolo con el tema que nos convoca, la Asamblea debió reformar el Código Civil, la Ley del Registro Civil y la Ley que Regula las Uniones de Hecho para que sean coherentes con la Constitución en su artículo 68. Tales leyes deben establecer que la unión de hecho es entre dos personas, que es un estado civil y especificar su registro en los mismos términos que el matrimonio. Además, y yendo un poquito más lejos, debe quedar sentada la posibilidad del Registro de los niños/as que nazcan en el seno de las uniones de hecho, con los apellidos de la pareja, a fin de evitar lo que sucede hoy por hoy con la negativa del Registro Civil de realizar este reconocimiento, forzando a las parejas del mismo sexo a registrar a la criatura con un solo apellido, dejándola en la indefensión en el caso de la muerte de su progenitor/a biológico o ante la separación de la pareja.

Estas no son peticiones nuevas porque ya fueron tratadas en la Asamblea Nacional en el 2012, dentro de la Comisión de Gobiernos Autónomos, bajo la presidencia de Virgilio Hernández. En aquel entonces, la Comisión debatió la posibilidad de reformar la Ley del Registro Civil a partir del Proyecto de Reformatoria de dicha Ley presentado por la ex asambleísta Silvia Kon, para que los progenitores pudiesen escoger el orden de los apellidos de sus hijos/as. Esto dio paso a que varios colectivos LGBTI presentemos nuestras propuestas, siendo las principales: 1. Género en la cédula; 2. Registro de uniones de hecho; 3. Inscripción de los hijos/as nacidos en uniones de hecho con los apellidos de la pareja. De las mismas, se acogieron solo las dos primeras; sin embargo, el documento con las reformas jamás pasó al Pleno de la Asamblea para su aprobación. En definitiva, las reformas sobre uniones de hecho es una tarea que el Legislativo no ha resuelto en seis años.

La Resolución e instructivo del Registro Civil suponen medidas temporales, deficientes, burlonas y discriminatorias que deben ser tomadas como tal, mientras la Asamblea hace su trabajo para poner fin a la situación de inseguridad que viven las parejas unidas de hecho en el país, particularmente, por el contenido inconstitucionalidad de la Resolución y la incertidumbre de que el día de mañana se prohíban nuevamente la inscripción de las uniones de hecho en las cédulas, o peor aún, se dé cabida a la propuesta que hizo el Director del Registro Civil en sus declaraciones a la Agencia Andes, de eliminar definitivamente el estado civil de las cédulas, para rehuir de una vez por todas a nuestras legítimas exigencias.

¿Qué hay que festejar?

Este complejo panorama me hace preguntarme, entonces, qué debemos festejar y agradecer los activistas, como presurosamente ya lo han hecho algunos/as. En mi criterio, no hay nada que festejar, pues la Resolución del Registro Civil no resuelve el problema de fondo que, como explico, debe ser zanjado en la Asamblea Nacional; y no hay nada que agradecer, pues el cumplimiento de nuestros derechos no es algo que se agradece, se reconoce sí, pero no se agradece, porque no es una dádiva que nos conceden.

¡Tengamos dignidad, por favor!

Considero, además, que todo esto ha puesto en evidencia (una vez más), que nada se mueve ni avanza sin la voluntad de una sola persona: el Presidente. Nada, con relación a las uniones de hecho se movió desde el 2008, sino hasta que el Presidente dispuso que así se haga. Esto es cuestionable y muy lamentable, tomando en cuenta que al Presidente le cuesta mucho, demasiado diría yo, entender nuestras realidades y demandas. Él ha sido enfático en decir, por ejemplo, que no dará paso al matrimonio entre personas del mismo sexo y, como ése es su límite, ha permitido el registro de las uniones de hecho para que se lo vea como una persona comprensiva y respetuosa de los derechos.

Seguiremos haciendo el activismo que nos ha caracterizado: uno sin banderas político-partidistas, con fines transparentes, discurso argumentado, demandas amplias, acciones contundentes y frente en alto; en definitiva, un activismo digno.

A este juego se prestan algunos/as activistas que, a mi juicio, han dejado de serlo, cuando toman esta dádiva con agradecimiento; aceptan el discurso presidencial que cuestiona nuestra libertad y derecho de casarnos, so pretexto de que tenemos la unión de hecho; y solícitos anuncian el lanzamiento de la campaña "Unión Civil Igualitaria" para inducir a las parejas a conformarse con la inconstitucional respuesta del Registro Civil a nuestras demandas. Esta lamentable postura demuestra su sometimiento al poder y su contagio de la visión miope sobre el verdadero alcance que deben tener la lucha y ejercicio por nuestros derechos. Debemos exigirlo todo y buscar conseguirlo todo, sin contentarnos con poco y encima dar las gracias.

La lucha por el Matrimonio Civil Igualitario no es una lucha para reivindicar esta institución, es una lucha por la dignidad e igualdad ante la ley. Mientras se nos siga negando el acceso a este contrato civil, seguiremos siendo ciudadanos/as de segunda a quienes el Estado y el Gobierno nos dicen en la cara que no reconocen nuestras familias, en el mismo nivel que las heteronormadas; esto es discriminación. Además, luchar por esto no le quita importancia a ninguna otra lucha, ya que todas deben pelearse en paralelo, sin pisotearse las unas a las otras. Todas las luchas son necesarias y desde todas las trincheras, siempre y cuando no sean estas para complacer el discurso de una persona que goza de mucho poder y de poco entendimiento en nuestras temáticas.

Para este proceso político autodenominado "Revolución", las personas LGBTI no hemos pasado de ser un adorno con el que se pavonea el Ejecutivo para que lo consideren "inclusivo"; cuando las sendas reuniones (una con almuercito incluido) muestran un avance a medias tintas y, peor aún, la lógica perversa de que el Estado se mueve a la velocidad del Gobierno en tema de derechos, a pasito "babosa con sal". Por ello, quienes hemos sido señalados como "organizaciones de oposición al régimen", haremos honor a semejante distinción y seguiremos haciendo el activismo que nos ha caracterizado: uno sin banderas político-partidistas, con fines transparentes, discurso argumentado, demandas amplias, acciones contundentes y frente en alto; en definitiva, un activismo digno. Lo otro, que se limita a hacerle venia al poder, a enmarcarse en su lógica, a buscar cuotas de poder y a propiciar el enfrentamiento entre las diferentes luchas, simplemente no debe llamarse activismo sino "lamebotismo".

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