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30 de Julio del 2018
Historias
Lectura: 21 minutos
30 de Julio del 2018
Redacción Plan V
La polémica sentencia constitucional sobre la sexualidad adolescente

El debate sobre la sexualidad adolescente en el país se ha polarizado entre posturas ideológicas y religiosas. 

 

Una decisión de la Corte Constitucional sobre los derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes, es decir, de las personas entre 12 y 18 de edad, abre el debate sobre el activismo judicial, la crianza de los hijos y los límites de la sexualidad juvenil entre padres de familia, profesores, abogados, políticos y activistas. Los contornos legales de la medida.

Lea el texto completo de la sentencia de la Corte Constitucional. 

La sentencia empezó a circular por redes sociales tan pronto fue aprobada por la Corte Constitucional. Consultada la Corte sobre si los padres de familia pueden o no oponerse a que sus hijos reciban preservativos en un caso concreto, resolvió zanjar la cuestión en una sentencia que ha sido elevada a la categoría de jurisprudencia vinculante. 

Así, la Corte establece los alcances y límites de la posibilidad de intervención de los padres, madres o de la persona a cuyo cargo se encuentren los adolescentes, en relación a sus derechos sexuales y reproductivos. Al respecto, estableció que la intervención "debe encarminarse a dotarles de la guía y las herramientas necesarias y suficientes que les permitan adoptar decisiones libres, informadas y responsables. Por lo tanto, corresponde únicamente a la o el adolescente decidir sobre su vida y salud sexual y reproductiva, fundamentando sus decisiones en las herramientas otorgadas por la familia y el Estado, para la adopción de decisiones libres, informadas y responsables". 

"Corresponde únicamente a la o el adolescente decidir sobre su vida y salud sexual y reproductiva, fundamentando sus decisiones en las herramientas otorgadas por la familia y el Estado, para la adopción de decisiones libres, informadas y responsables", dijo la Corte Constitucional en una sentencia vinculante.

En el párrafo siguiente, la Corte dictaminó que la "autoridad tuitiva" de los padres "cesa en el que el ejercicio de la obligación de ciudado (...) vulnera su derecho a la información, a la educación y a la salud sexual y reproductiva, transgrediendo los principios constitucionales de su interés superior, su derecho a ser consultados en los asuntos que les afecten y su calidad de sujetos de derechos, activando la intervención del Estado como un "salvador externo" que imponga medidas que operen a favor del efectivo ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes".

Escándalo en los políticos

La sentencia ha tenido un aluvión de críticas. Políticos de la derecha de Guayaquil, como Cynthia Viteri (PSC) y Guillermo Lasso (CREO) se manifestaron radicalmente en contra de la sentencia y denunciaron algunas de sus supuestas implicaciones. Para el abanderado de CREO, la sentencia de la Corte proclama al Estado como "salvador externo" de las familias ecuatorianas. Por ello, Lasso recordó que los actuales jueces de la Corte fueron "fueron cómplices del correísmo" e instrumentos de sus "inmorales abusos" por lo que cuestionó su autoridad para "convertirse en árbitros de la moral familiar".

Lasso agregó que "los hijos de las familias ecuatorianas son responsabilidad de sus padres, son ellos los que tienen el derecho de escoger los principios éticos en los que serán educados", dijo y finalizó afirmando que "nuestros niños y adolescentes no son conejillos de Indias de sus experimentos ideológicos". 

Para Viteri, ex candidata a la Presidencia de la República y precandidata a alcaldesa de Guayaquil, "dejó de ser violación las relaciones sexuales con menores de edad (COIP); los embarazos de adolescentes se multiplicarían y el aborto se masificaría; la pedofilia sería legal entre otros atentados a los niños". Viteri terminó su trino con la consigna "con mis hijos no te metas" que ha movilizado a la derecha católica de Guayaquil en varias concentraciones, la última de ellas el pasado fin de semana. 


Los sectores más conservadores de Guayaquil han realizado marchas contra el activismo judicial y la "ideología de género". 

Padres y maestros opinan

Mientras tanto, Adriana una maestra de un colegio fiscal del sur de Quito, ve con preocupación las conclusiones a las que llegó la Corte Constitucional. En su colegio, una pequeña institución barrial de 700 alumnos, mixta, hay cada año entre tres y cinco casos de embarazos. Aunque lleva 20 años en la institución, la docente asegura que no conoce de casos de violaciones a estudiantes y que prácticamente todos los embarazos se producen entre adolescentes, compañeros de curso o del colegio, que tienen relaciones sentimentales y sexuales consentidas. Sin embargo, recuerda, en ese colegio se han dado casos de niñas de hasta 13 años que han resultado embarazadas de sus novios, y se ha tratado de embarazos médicamente complejos que han requerido de reposo, constantes chequeos ginecológicos y cesáreas ante la imposibilidad de que las niñas tengan partos naturales. 

Aunque lleva 20 años en la institución, la docente asegura que no conoce de casos de violaciones a estudiantes y que prácticamente todos los embarazos se producen entre adolescentes, compañeros de curso o del colegio, que tienen relaciones sentimentales y sexuales consentidas.

En la mayoría de casos, recuerda la docente, las madres de las niñas se hacen cargo de los bebés, mientras las jóvenes madres vuelven a clases y reciben tareas especiales para continuar sus estudios. En las entidades del Estado, fue prohíbida hace décadas la medida de expulsar a las estudiantes embarazadas y, por el contrario, los distritos educativos aplican políticas académicas que facilitan que las jóvenes continúen sus estudios. 

Pero a la docente le preocupa que la sentencia impida a los profesores aconsejar a los adolescentes sobre su sexualidad, toda vez que les da la exclusiva potestad de tomar decisiones sobre su vida sexual y reproductiva. Admite, sin embargo, que el sexo adolescente es una realidad en el plantel, y que en muchas ocasiones ha sorprendido a los jóvenes hablando de sexo en las aulas de clase. 

Por su parte, José Luis, un padre separado de 50 años con un hijo adolescente de 14, también escuchó algo en redes sociales sobre la decisión de la Corte. Aunque tiene una excelente relación con su hijo, sabe que un adolescente también puede simplemente omitir detalles de su vida sexual a sus padres y que es imposible controlarlo en forma permanente. José Luis cree que la Corte debió fijar un límite de edad a las decisiones de los adolescentes sobre su vida sexual, pues si se les da esa posibilidad desde los 12 años, cree que no estarían preparados para tomar decisiones objetivas y que pueden ser manipulados por otros jóvenes. Pero, al mismo tiempo, cree que los políticos se preocupan demasiado por el impacto que pueda tener esta nueva norma, pues estima complicado que sus criterios se lleguen a popularizar entre los adolescentes ecuatorianos y que se vuelvan realmente exigibles por ellos. 

La visión de los abogados

Para la abogada de derechos humanos Lolo Miño, los criterios que se han manejado en la sentencia constan en tratados internacionales, como la Convención de los Derechos del Niño, la Convención para eliminar la violencia contra la mujer y otros instrumentos. Para Miño, las mujeres y los niños y adolescentes tienen el derecho a la salud sexual y reproductiva, que debe ser proporcionada por medio de la educación pública. Estos derechos, asegura, también están consagrados a la Constitución, que también reconoce el derecho de los padres a educar a los hijos de la forma que estimen conveniente. La abogada destaca que los adolescentes tienen el derecho humano a acceder a información sobre salud sexual y reproductiva, aunque admite la sentencia de la Corte tiene algunas imperfecciones. En efecto, Miño cree que los derechos de los niños y adolescentes se ejercen de manera progresiva, y la Corte debió explicar de mejor forma que no es lo mismo un niño de doce años que uno de 17, pues tienen distintos grados de madurez. Para Miño, un niño de doce puede ejercer derechos como el de acceder a la información, mientras que uno de 17 podría tomar la decisión de tener o no sexo con alguna persona, así como si usas o no un método anticonceptivo. Al no haber sido bien explicado este punto, la Corte habría provocado una cierta incertidumbre social al respecto. 

Para Lolo Miño, un niño de doce puede ejercer derechos como el de acceder a la información, mientras que uno de 17 podría tomar la decisión de tener o no sexo con alguna persona, así como si usas o no un método anticonceptivo. Al no haber sido bien explicado este punto, la Corte habría provocado una cierta incertidumbre social al respecto.

Miño sostiene que, por otro lado, la edad del consentimiento está fijada en el Código Civil a los 18 años, mientras que en el Código Penal se tipifica el estupro al tener sexo con los menores de edad, pero afirma que la sentencia de la Corte debe leerse en consonancia con el Código de la Niñez, el Código Penal y el Código Civil. La sentencia, asegura, no desconoce ninguna de las otras normas que regulan la sexualidad. En esa medida rechazó las afirmaciones de Cynthia Viteri: "ella es política y cuando hace este tipo de declaraciones demuestra su poco conocimiento del derecho. No se está incitando a la pedofilia, no se está eliminando el artículo del Código Penal que prohíbe el sexo con los menores". Otra crítica que hace Miño es que esta falta de desarrollo de la sentencia por parte de la Corte es la que ha dado lugar a interpretaciones como la de Viteri. La abogada también advierte un contrasentido entre combatir el embarazo adolescente y promover una suerte de libertad sexual indiscriminada como temen los políticos costeños. 

De su lado, el catedrático de la Universidad Católica, Salim Zaidán, no está tan seguro de que la sentencia de la Corte Constitucional no pueda, por ejemplo, ser usada para atenuar la responsabilidad penal de una persona que ha tenido sexo consentido con un adolescente, toda vez que este podría haber tomado una decisión sobre su sexualidad. 

Zaidán cuestiona algunas figuras legales de la sentencia, como la "tuición" que no existe en nuestro derecho de familia. El término, que proviene de la legislación chilena y podría haber sido importado de alguna norma extranjera. El catedrático cree también que no se establece cómo se establece cómo se determinaría en que momento los padres incumplen con la obligación de entregar información. La sentencia establecería la suspensión de la patria potestad, y crearía un "salvador externo", en este caso, el Estado, que está conformado por "autoridades con sesgos, que actuan de manera ideologizada", por lo que cuestiona que se pueda desplazar a los padres en el ejercicio de su patria potestad. 

Zaidán recuerda que el Código de la Niñez establece que la adolescencia abarca desde los 12 a los 18 años, y la Corte debió determinar un límite de edad. En la sentencia la Corte pone por ejemplo las decisiones que puede tomar un adolescente de 17 años, pero cree que la comparación con un niño de 8 que consta en la sentencia no es correcta. Zaidán cree que los adolescentes podrían no tener criterio formado sobre cuándo y cuántos hijos puedan tener. "Bajo el criterio de la Corte Constitucional un niño de 12 años podría decidir cuántos hijos tener y eso es absurdo". 

"Bajo el criterio de la Corte Constitucional un niño de 12 años podría decidir cuántos hijos tener y eso es absurdo", sostiene el catedrático de Jurisprudencia de la Universidad Católica, Salim Zaidán. 

En el reciente caso de una joven de la provincia de Sucumbíos, en donde el ministro del Interior Mauro Toscanini declaró que una niña de 12 años tenía una relación sentimental consentida con un hombre de 24 años, Zaidán sostuvo que con la reciente sentencia no se podrían cuestionar las declaraciones de Toscanini, pues el ministro siempre destacó que había consentimiento de la joven en dicho caso. 

Para el catedrático, la Corte Constitucional no hizo una revisión de la normativa penal, en donde ser menor de 14 años es un agravante en casos de delitos sexuales, y la sentencia podría afectar la aplicación de la justicia penal. 

Al respecto, cree que aunque no hay una escala de fuentes del derecho que determine qué norma prevalecería si la sentencia y las normas penales entraran en conflicto, la Corte podría defender su interpretación de los derechos constitucionales por encima de la norma penal. Zaidán cree, entonces, que la sentencia sí podría generar conflictos con las normas civiles y penales vigentes. Por otro lado, defiende el derecho de los padres a educar a sus hijos, según el artículo 29 de la Constitución, que respeta los principios y creencias de los progenitores. "El Estado no puede entrometerse en la educación de los hijos, y creo que la Corte no ha reflexionado sobre si afecta los derechos de los padres o si esto tiene efecto en las normas penales y civiles".

Sin embargo, no comparte el criterio de Cynthia Viteri sobre que se estaría legalizando la pedofilia. El debate sobre niñez se ha ideologizado, asegura, por un lado, desde la ideología de género y por otro desde posturas religiosas.

"Es exagerado hablar de que se está promoviendo la pedofilia, pero sí se podría argumentar que el consentimiento de un menor de edad sería un atenuante de un delito sexual". Zaidán no cree ni en la entrega masiva de preservativos a niñas de doce años ni en la postura de la abstinencia de cuño religioso y cree que se deben formular políticas públicas con discusiones más amplias. "La Corte ha ampliado el margen de decisión de los adolescente y sus derechos sexuales en sus hogares. Creo que eso es excesivo y aunque la iniciación sexual es a temprana edad, debemos procurar que haya responsabilidad, conocimiento y protección. La educación deben darla las padres y los profesores, pero no se puede desplazar a los padres desde el Estado" finaliza.

La réplica del feminismo

Por su parte, el Movimiento de Mujeres emitió un comunicado, titulado "Ante la calumnia y la mentira" en el que explicó su punto de vista sobre la polémica. Según el Movimiento, "La sentencia de la Corte Constitucional ha ratificado las garantías establecidas en la Constitución del 2008, en particular el derecho inalienable de que niños, niñas y adolescentes deben recibir información sobre sexualidad, en el marco de los estándares internacionales. La realidad exige al Estado, que ha visto impasible como niños, niñas y adolescentes no han tenido, ni tienen información para enfrentar y denunciar la violencia sexual, que no solo se da en el ámbito familiar sino en el ámbito educativo “espacios considerados seguros”.

El Movimiento dijo también que "No es posible aceptar interpretaciones antojadizas, apegadas a preceptos religiosos que deforman la integridad mental y el desarrollo de niños/as y adolescentes.  Las leyes que amparan los derechos de las mujeres ya promulgadas y las que están en construcción son atacadas por desinformación" y agregó que el Ecuador es "un país violento contra las mujeres".

En el comunicado se destacan cifras como que en el país se registran 51 feminicidios, mientras el  Ministro de Educación de Educación entregó a la Fiscalía 328 nuevas denuncias de casos de violencia sexual en el ámbito educativo, que se han incrementado de 1.623 a 1837 (no indica en qué periodo). Así mismo, se destaca que "las autoridades del Ministerio de Inclusión Económica y Social presentaron 269 casos de niñas, niños y adolescentes abusados sexualmente. 2000 niñas menores de catorce años son violadas y embarazadas cada año. Según las cifras de Fiscalía General del Estado: 3 niñas serán violadas este día".

El comunicado agrega que "la construcción todavía en proceso del Código de Salud (COS), nos genera profunda preocupación por los ataques y calumnias de los que ha sido objeto. Este marco legislativo es uno de los instrumentos legales más importantes instrumentos, porque facilita el ejercicio de otros derechos, entre esos los derechos sexuales y derechos reproductivos.  Con asombro vemos que se miente respecto a artículos que supuestamente despenalizan el aborto, legalizan el consumo de la marihuana, etc, cuando es un total despropósito.  Necesitamos un COS coherente con la realidad angustiante que vive la niñez y adolescencia violentada y discriminada, con las mujeres violentadas y en peligro de muerte cuya única entrada es el sistema de salud para recibir atención y derivación al sistema de justicia. Un COS que garantice la confidencialidad y la atención emergente. No permitiremos la inclusión de artículos que atenten contra el derecho a la vida de la población y de las mujeres y niñas en situación de riesgo y emergencia vital", advirtieron.

La Asamblea se pronuncia

Entre tanto, con un exhorto aprobado con 70 votos, la Asamblea Nacional recordó que el artículo 29 de la Constitución da a los padres de familia al derecho fundamental de padres y madres a la libertad para criar y educar a los hijos, de acuerdo con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.

La resolución legislativa agrega que la Corte Constitucional debe la Corte Constitucional para que verificar sus acciones, y le recuerda que puede ser sujeta a fiscalización.

Los legisladores aprobaron una moción de Héctor Yépez, asambleísta del Guayas, quien propuso rechazar la decisión de la Corte Constitucional. Wilma Andrade de la Izquierda Democrática, en cambio, mocionó que en la resolución se garantice el derecho a los adolescentes de recibir información sobre sexualidad, y que el Gobierno promueva políticas para afrontar los embarazos adolescentes con enfoque integral y de derechos. 

Asambleístas de CREO como Roberto Gómez dijo, en tono amenanzante, que había que ver quiénes no apoyaban el documento. Otros políticos de derecha, como César Rhon (PSC-Guayas) también apoyaron la propuesta que al final aprobaron todos los asambleístas presentes en el hemiciclo legislativo.

 

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