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7 de Abril del 2019
Historias
Lectura: 20 minutos
7 de Abril del 2019
Redacción Plan V
Matrimonio igualitario: ¿una bocanada de aire fresco?
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En la Corte Constitucional, el trámite de una consulta elevada por la Corte Provincial de Pichincha podría destrabar la legalización del matrimonio igualitario, prohibido expresamente por la Constitución correísta de 2008. Hay optimismo entre los activistas y sus abogados, pero también hay críticas.

Pamela Troya no oculta su entusiasmo. En un café del Centro Histórico de Quito, la activista lesbiana pasa revista a su demanda contra el Estado y sus leyes, que le prohíben contraer matrimonio civil con su pareja, Gabriela Correa. Las dos jóvenes conviven junto con otras personas de su familia y varias mascotas en una casa en los valles de Quito. La casa es amplia y acoge a las dos mujeres, empleadas estatales, que han encontrado tiempo y sobre todo aliento para una lucha que personas de menos temple habrían ya abandonado. Troya bromea sobre si debe ya empezar a organizar la boda, luego de haber participado en una audiencia pública sobre el tema en la Corte Constitucional. 

Desde 2013, cuando concurrieron al Registro Civil en busca de un turno para casarse, han realizado una constante lucha para lograr que el Estado les reconozca el derecho a legalizar su familia. Pero el principal obstáculo que han encontrado es la Constitución correísta de 2008, que en su artículo 67 define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, exclusivamente. El Registro Civil, aparado en la Carta Magna, que a esa altura contó con el apoyo unámine de izquierdas y derechas en la Constituyente de Montecristi, les negó la posibilidad.


El juez Ramiro Ávila (centro) presidió la audiencia del 29 de marzo a la que asistieron varios jueces.

Recurrieron legalmente ante la Justicia de Pichincha, que se negó en dos instancias. En la primera, la jueza de la causa invocó a Dios, mientras el abogado del Registro Civil blandía grotescamente un diccionario en busca de la definición de hombre y de mujer.  Apelaron entonces a la Corte Constitucional, alineada entonces claramente con el proyecto político del correato. Y su caso, como otros miles, quedó sepultado en los archivos de la Corte, que procesaba selectivamente las demandas según la agenda del Ejecutivo correísta. 

Su caso, como otros miles, quedó sepultado en los archivos de la Corte, que procesaba selectivamente las demandas según la agenda del Ejecutivo correísta.

Pero el año pasado, otros dos activistas hicieron lo mismo que las dos mujeres. Se trata de Efraín Soria y Javier Benalcázar, una pareja gay que lleva junta doce años. Fueron al Registro Civil: el Registro se negó, lo demandaron ante la justicia. Solo que en esta ocasión, al conocer el caso, los jueces de la Corte Provincial del Pichincha, antes de resolver, decidieron consultar si el Ecuador no debería aplicar la opinión consultiva 24-17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que instó a los Estados de la región a facilitar el matrimonio igualitario por considerar que las prohibiciones legales que hay en nuestros países son discriminatorias. 

La consulta de la Corte fue procesada por el juez Ramiro Ávila. El juez, quien se ha desempeñado como profesor universitario y experto en derechos humanos, apeló a una decisión de la Corte que estableció que, si bien las causas represadas se deberán tramitar en orden cronológico, en este caso se trata de una consulta del propio aparato judicial que la Corte solo tiene 45 días para resolver. 

Otras dos parejas, en Cuenca, concurrieron ante los tribunales del Azuay el año anterior, demandando al Registro Civil de la capital provincial por la misma causa. Sus demandas fueron negadas por la Corte Provincial del Azuay. 

Junto más de 35 personas, Pamela Troya y Gabriela Correa asistieron el pasado 29 de marzo a una audiencia convocada por Ávila. Troya destaca la ausencia en la audiencia de los activistas alineados con el correísmo, como Diane Rodríguez, quienes en un principio se opinían al pedido. Ahora, destaca, ha cambiado de opinión al igual que otros sectores del activismo. Troya destaca la estrategia jurídica de grupos como Pakta y el Colectivo Jurídico Feminista, quienes han empujado varias demandas contra el Registro Civil por matrimonios igualitarios. El Registro se ha negado en todos los casos invocando la Constitución. 

La situación actual es "una bocadana de aire fresco", destaca PAMELA Troya, así como la presencia de funcionarios del Estado como la defensora del Pueblo, la Defensoría Pública, y de abogados en libre ejercicio y otras personas en su mayoría heterosexuales, quienes se han sumado a la lucha.

Durante la audiencia, Troya destacó como ella y su pareja han luchado durante seis años por el derecho al matrimonio y mencionó que aunque la ley dice que la acción extraordinaria de protección que ingresó en la Corte debía ser tramitada en treinta días, nunca se hizo. La pareja de Soria y Benalcázar también se refirió a su situación y a sus experiencias de vida, al igual que algunos abogados gais. 

La situación actual es "una bocanada de aire fresco", destaca la activista, así como la presencia de funcionarios del Estado como la defensora del Pueblo, la Defensoría Pública, y de abogados en libre ejercicio y otras personas en su mayoría heterosexuales, quienes se han sumado a la lucha por esta causa. 


Gabriela Correa, Pamela Troya y Efraín Soria participaron en la audiencia en la Corte Constitucional.

La activista cree que el nivel de las cinco o seis personas que se manifestaron en contra fue "penoso", entre ellos el sicólogo y dos indígenas que aseguraban defender la familia y la cosmovisión tradicional andina. 

Troya espera que haya una mayoría significativa en el Pleno de la Corte Constitucional, que apruebe una consulta con valor general que permita destrabar el tema en el país. "No sé cual será la respuesta, pero son más optimista con esta Corte que con la anterior, quienes aspiramos a que nuestra sociedad sea más justa esperamos que la Corte tome una decisión desde el lado correcto de la historia", finaliza.  

Los alcances de la consulta

En el documento de la consulta, los jueces de la Corte Provincial preguntan expresamente si es que el Ecuador debería simplemente aplicar la Opinión Consultiva 24-17 o realizar reformas constitucionales y legales. De qué y cómo responda la Corte Constitucional podría depender el futuro del tema en el país. 

Christian Paula es abogado y activista de la Fundación Pakta, que trata temas de la diversidad sexual y ha seguido el caso de Soria. Según el abogado, hay que tener algunas consideraciones al analizar la actual situación. Si bien la Corte Constitucional no va a resolver sobre el fondo de la demanda que se tramita en la Corte Provincial, su consulta sería aplicable al caso de Soria y sería un insumo que los jueces podrían usar para fundamentar su decisión. Al recibir de vuelta la consulta, la Corte Provincial es la que tendría la tomar la decisión final. La Corte Constitucional, además, puede declarar que la solución que proponga debería aplicarse "erga omnes", es decir, en todos los casos similares. 

Al recibir de vuelta la consulta, la Corte Provincial es la que tendría la tomar la decisión final. La Corte Constitucional, además, puede declarar que la solución que proponga debería aplicarse "erga omnes", es decir, en todos los casos similares.

Esto, en teoría, serviría como un precedente para que, por ejemplo, la pareja de Troya y Correa concurra nuevamente al Registro Civil en demanda de un acta matrimonial. El Registro, estima el joven abogado, ya no podría negarse en esta ocasión. Eso sin perjuicio de que, en el futuro, la demanda de las dos mujeres y otras que lleguen a la Corte como acciones extraordinarias de protección deban ser resueltas con el mismo criterio. 

Paula destaca que el efecto de interpretación que tiene la Corte garantiza que en todos los casos pendientes deberían resolverse de la misma forma. El abogado destaca que, si la Corte no resuelve la cuestión con la característica de "erga omnes" de todas maneras lo que se decida se podrá utilizar como un precedente para alegar en la resolución de los casos. "Las sentencias deben tomarse como precedentes jurisprudenciales para las cortes inferiores", asegura Paula. 

Pero, ¿qué pasaría con la prohibición constitucional? Paula cree que se debe realizar una "interpretación integral" de la Constitución de manera que se amplíe el marco de garantías del propio artículo 67. "No saben de derecho constitucional quienes están haciendo interpretaciones literales. La Constitución deben interpretarse en principios como el pro persona. Los instrumentos internacionales de derechos humanos son de inmediata aplicación", recuerda el abogado. 

Al momento, hay tres jueces sustanciadores del caso: Ávila, Hernán Salgado y Alí Lozada, quienes elevarán al pleno de la Corte el caso para que los nueve jueces resuelvan la consulta. 

Si hubiera un desacato del Registro Civil, podrían haber sanciones legales en contra de las máximas autoridades de esa entidad, según Paula. El caso debería resolverse hasta el 7 de mayo, plazo en que se cumplen los 45 días.

Según fuentes de la Corte, en el pleno podrían votar a favor de una solución que aplique la Opinión Consultiva jueces como Ramiro Ávila, Daniela Salazar, Alí Lozada, Agustín Grijalva y Karla Andrade. Se necesitan cinco votos para tomar una decisión. 


Abogados como Ramiro García, presidente del Colegio de Abogados, alegaron durante la audiencia.

Los argumentos en contra de la eventual salida

Sin embargo, no todos comparten la interpretación de Paula. Ismael Quintana es un abogado que litiga temas constitucionales y es socio de Rafael Oyarte, un profesor de derecho constitucional y también ligitante en la Corte Constitucional. 

Quintana tiene una lectura diferente sobre esta cuestión: en su opinión, el camino es la enmienda constitucional, y que los colectivos de activistas reúnan firmas para viabilizarla, con un dictamen favorable de la Corte y una posterior consulta popular. Que simplemente la Corte Constitucional resuelva la cuestión por medio de una interpretación con efecto erga omnes le parece muy poco ortodoxo. 

"Voy a ser bien franco, no tengo una postura ni a favor ni en contra del matrimonio igualitario. Pero la consulta de norma es improcedente e inadmisible. Si un juez encuentra que una norma inferior a la Constitución es a su criterio inconstitucional debe enviar una consulta a la Corte. En este caso no consultan eso, sino el valor jurídico que en el Ecuador le debe dar a la opinión consultiva". 

Quintana cree que no se debió admitir al trámite la cuestión, pero ya que lo ha hecho la Corte "que ha dado en llamarse de manera irresponsable como "de lujo" debería rechazarla por improcedente". 

El abogado Ismael Quintana cree que no se debió admitir al trámite la cuestión, pero ya que lo ha hecho la Corte "que ha dado en llamarse de manera irresponsable como "de lujo" debería rechazarla por improcedente".

El abogado asegura que no habla desde ninguna creencia religiosa, y recuerda que la institución matrimonial está definida claramente por el artículo 67 de la Constitución. "Si se quiere ampliar la institución matrimonial para parejas del mismo sexo, la ciudadanía, los grupos que promueven el matrimonio igualitario, deben tramitar una enmienda y recoger el ocho por ciento de firmas del padrón, para que el tema vaya a consulta popular para toda la ciudadanía". 

La propuesta de Quintana, en la actualidad, significa que con un padrón de 13 millones 261 mil 994 personas habría que recoger por lo menos un millón 60 mil 959 firmas de apoyo. 

Para Quintana las opiniones consultivas no son vinculantes, sino "meras interpretaciones que hace la Corte Interamericana como asesora", por lo que la República no debe aplicarla "sin ningún miramiento". El abogado recuerda que la propia opinión consultiva, en los casos en que haya trabas normativas, "deben realizarse reformas constitucionales y legales de acuerdo con el propio ordenamiento jurídico". Quintana descarta que las opiniones consultivas formen parte de las fuentes formales del derecho en el Ecuador. "Se quiere hacer lo que se ha hecho en el pasado: utilizar a la Corte para satisfacer necesidades personales saltándose la Constitución, se hace política y no justicia". 

Sin embargo, Quintana admite que si la Corte resuelve la consulta con efecto general, parejas del mismo sexo podrían pedir la inscripción de su matrimonio en el Registro Civil. 

Los incidentes en el trámite

Pero como es habitual en nuestro sistema judicial, apenas iniciado el trámite han empezado los incidentes. Contra Ramiro Ávila se han presentado dos recusaciones, una del director del Registro Civil y otra de un abogado, alegando que el juez no es imparcial, pues como académico y abogado ha llevado causas a favor del matrimonio igualitario.

Ambas recusaciones fueron negadas por el presidente de la Corte Constitucional, Hernán Salgado, quien alegó que el hecho de que Ávila, como catedrático universitario, se haya pronunciado sobre la cuestión del matrimonio igualitario no le inhabilita como juez. Ávila, en la contestación de la recusación, sostuvo que sus opiniones fueron de carácter meramente académico, por lo que no afectan su imparcialidad. 

Según dictaminó Salgado, "ambas peticiones de recusación coinciden en que Ramiro Ávila Santamaría, antes de ser designado juez de la Corte Constitucional, habría emitido criterios académicos relacionados directamente con el objeto de esta consulta de norma. Los criterios académicos, son el resultado del análisis en el campo de los estudios y la investigación jurídica, por lo que es natural que los jueces constitucionales que provengan de la academia tengan publicaciones sobre tales criterios. Si estos son generales, abstractos y no versan directamente sobre el caso respecto del cual se solicita la recusación, no existe afectación a la imparcialidad".

Pamela Troya respaldó la decisión de Salgado, pues consideró que la justicia ecuatoriana ha cedido reiteradamente a las presiones de los llamados "grupos provida, que en verdad son antiderechos". 

"Si LOS criterios son generales, abstractos y no versan directamente sobre el caso respecto del cual se solicita la recusación, no existe afectación a la imparcialidad", dictaminó el juez Hernán Salgado sobre las recusaciones contra EL JUEZ Ramiro Ávila. 

El decano de Jurisprudencia de la Universidad San Francisco de Quito, Farith Simon, en un editorial publicado por El Comercio, sostuvo que: "Las cortes constitucionales más importantes del mundo han resuelto el tema estableciendo que no es causa de recusación que sus magistrados hayan emitido “una opinión científica sobre una cuestión jurídica que pueda ser relevante para el proceso”, es decir, no se puede atribuir a un juez “interés directo o indirecto” en un pleito cuando han hecho “una contribución académica, racional, doctrinal y teórica sobre diversas opciones y posibilidades de tratamiento jurídico”.

Ismael Quintana cuestionó las posturas tanto de Salgado cuanto de Simon. Según él la decisión de Salgado es "una decepción", pues como su profesor en la Universidad Católica, Salgado había defendido que cualquier juez con cualquier clase de interés en un caso debía separarse de él.

Ismael Quintana cuestionó las posturas tanto de Salgado (foto) cuanto de Simon. Para el abogado, la decisión de Salgado es "una decepción", pues como su profesor en la Universidad Católica, Salgado había defendido que cualquier juez con cualquier clase de interés en un caso debía separarse de él.

"Salgado decía que la Corte anterior era la sepulturera de la Constitución, pero ahora está haciendo lo mismo. Un juez natural según la Constitución debe ser imparcial. En el caso de Ramiro Ávila, en el sistema de casos de la Función Judicial hay un caso de 2018 en el que Ávila patrocinó la inscripción del matrimonio de una pareja del mismo sexo, lo que fue negado. Uno de los abogados del caso es Ramiro Ávila y es un caso que él mismo llevo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. No se trata de una mera opinión académica o científica, cuando un abogado defiende un caso asume la postura del cliente, él tiene un interés por lo menos indirecto en el matrimonio igualitario. Hay imparcialidad cero", dice Quintana. 

Para Quintana, la jueza Daniela Salazar, ex vicedecana y ex alumna de Jurisprudencia de la Facultad que dirige Farith Simon, está en el mismo caso, al haber participado en el caso 3635 de 2018 en Cuenca, ya que aportó con un amicus curiae en un caso de matrimonio igualitario. Salazar, estima, no debería ni siquiera votar en la sesión en la que se trate el tema.

"Creo que Farith Simon está totalmente equivocado, y es que gente que no ejerce la profesión no tiene idea de este tipo de cosas. Está obnubilado por su evidente amistad con Daniela Salazar. No es que han dado una conferencia, una ponencia o una clase sobre esto, sino que ambos han llevado casos ante la justicia pidiendo la aplicación de la opinión consultiva", finalizó. 

Mientras los abogados se enfrentan y alegan, Pamela Troya y Gabriela Correa, quienes tienen en conjunto un negocio casero de pastelería que promocionan por redes sociales, esperan con paciencia poder llegar al día de su boda. Seguramente, el pastel del compromiso lo prepararán juntas. 

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