

La Cooperativa Juan de Salinas entró en un programa de vigilancia y saneamiento que resultó en su liquidación. Pero el proceso fue interrumpido por una acción de protección contra la SEPS. Fotos: PlanV
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) reportó que en lo que va del 2021 ya son 14 las cooperativas de ahorro y crédito que han entrado en liquidación. El sector financiero popular y solidario representa un tercio del sistema financiero nacional. Este es el caso de una cooperativa en Sangolquí, que entró en liquidación, pero a través de acciones constitucionales se mantiene activa.
Se interrumpe la liquidación, en los papeles
Este 1 de diciembre de 2021, los socios de la Cooperativa Juan de Salinas recibieron una lamentable sorpresa. La cooperativa entró en liquidación forzosa. Alrededor de 5000 depositantes forman parte de una cooperativa con una larga historia en Sangolquí. Hace dos años entró en un proceso de saneamiento y seguimiento a cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
Tras estos años de seguimiento, la SEPS determinó que no se cumplieron las medidas de saneamiento y la cooperativa cayó en dos causales para entrar en liquidación. Las causales de liquidación forzosa son el incumplimiento del programa de supervisión e indicadores de solvencia inferiores al 50% del mínimo requerido.
Los depositantes se iban a beneficiar del seguro de depósitos que cubría un máximo de $5000 por persona. Alrededor de un 90% de los socios hubiera sido cubierto con esos $5000, y solo quedaría alrededor de un 10% pendientes, a los que se les hubiera liquidado con la cartera vencida, terrenos, la matriz o los activos. Pero todas estas operaciones se interrumpieron ante la acción constitucional presentada por el gerente de la cooperativa. Un juez dictaminó que se deje sin efecto la resolución de la SEPS y se suspenda la liquidación. Ante esto, la cooperativa pasaría a estar activa nuevamente, pero la SEPS sostiene que su situación financiera sigue siendo la misma.
50 años de historia
La cooperativa Juan de Salinas, se conformó en 1968 en Sangolquí. Nació hace más de 50 años con profesores de la zona que se unieron para formarla. Según cuentan los socios, en el pasado tenían que ir a cobrar sus cheques a San Francisco, en el Centro Histórico. Tras el origen de la cooperativa se abrió la posibilidad de cobrar sus sueldos sin tener que emprender largos viajes.
Hay socios que ya son parte de la segunda generación que confía sus dineros a la entidad. “Nosotros conocemos a la cooperativa de hace muchos años, es una cooperativa en la que mi madre, que fue una educadora, ahora retirada, empezó a hacer sus ahorros unos 40 años atrás” dijo un cliente, quien desde que se incorporó a la vida laboral también invirtió ahí sus ingresos. Son varias las personas de su familia las que han depositado la confianza en la entidad, él ha estado vinculado por 14 años y no había tenido ningún problema, hasta ahora.
Otro de los socios también es parte de la cooperativa desde hace años junto con su madre. “Una persona de tercera que puso todos sus bienes y su jubilación” comentó. Su madre recordó los días en que todo inició. “Es una cooperativa de maestros, quienes la crearon para que los sueldos vengan acá y sean pagados”. Tanto el socio como su madre recordaron que antes era difícil la situación de pagos del magisterio y que la cooperativa los ayudaba. “Hay mujeres que desde cuarto grado ya sabíamos trabajar y nos ganábamos unos reales. La cooperativa nos colaboraba, nos daba anticipos para no matar de hambre a las familias” confirmó la socia. Los testimonios obtenidos por este portal enfatizan en que hasta el momento nadie ha sido perjudicado y que no es su intención causar una polémica.
Tras la acción de protección la cooperativa permanece cerrada al público. En las afueras de las instalaciones se han colocado carteles.
La resolución de la SEPS
Desde abril de 2019 la cooperativa estuvo en un programa de vigilancia intensiva de la Superintendencia por presentar un perfil de riesgo. Entre los hallazgos se encontraron indicadores financieros por debajo de los requerimientos y “deficiencias en el registro de provisiones de los activos de riesgo” (valor estimado de 2.7 millones) que podrían comprometer el nivel de solvencia al ser depurados, según un informe de la Superintendencia.
La SEPS confirmó que la cooperativa registró injustificadamente una sobrevaloración de sus ingresos en 2018 por un valor de $1.1 millones “por efecto del registro incorrecto de venta de 8 lotes de terreno con sustento de una promesa de compraventa con la Cooperativa de Vivienda de Construcción por un valor de $1.8 millones”. El informe detalló que no hay una escritura que evidencie la transferencia de dominio de los bienes y que siguen a nombre de la Cooperativa Juan de Salinas. Irregularidades en la contabilidad habrían ocasionado que los resultados financieros no sean los que realmente obtuvo la entidad.
El informe detalló que no hay una escritura que evidencie la transferencia de dominio de los bienes y que siguen a nombre de la Cooperativa Juan de Salinas. Irregularidades en la contabilidad habrían ocasionado que los resultados financieros no sean los que realmente obtuvo la cooperativa.
Otra de las irregularidades fue, por ejemplo, gastos operativos registrados como “gastos diferidos” pero que según el informe corresponderían a publicidad, impuestos prediales, servicios profesionales, sueldos y salarios y hasta de la logística de una cuenta bancaria en el exterior. Este error contable habría generado una subvaloración de gastos de casi $500 mil. Otro registro errado habría generado una subvaloración de activos de $700 mil y una sobrevaloración de cuentas por cobrar de $1.8 millones. El informe de la SEPS indica que estos errores contables difuminaron los verdaderos estados financieros de la cooperativa.
Ingresos y reclasificaciones sin ningún sustento y la falta de un administrador de riesgos fueron otros de los resultados que encontró el informe. Una “pérdida de ejercicio” de $1.5 millones sumada a un saldo negativo de $1.5 millones totalizaron un valor por sobre los $3 millones que derivó en que la Cooperativa presente un perfil de riesgo “crítico” y un indicador de solvencia negativo de -12%, cuando ese valor debía mantenerse en al menos en un 4,5% para estar dentro de los requerimientos.
Al inicio del programa de supervisión la SEPS planteó 23 estrategias de recuperación, un 76% no fueron cumplidas. Las actividades financieras de la cooperativa fueron suspendidas y se había dispuesto un plazo de 3 años para su liquidación, antes de que la misma sea dejada sin efecto.
La acción constitucional
El gerente de la cooperativa, Franklin Ayala presentó una acción de protección contra la SEPS aduciendo una vulneración a los derechos al debido proceso, el derecho a la defensa, motivación y seguridad jurídica. Ayala demandó que no le permitieron a la cooperativa ejercer su derecho a la defensa y conocer los informes de auditoría que sirvieron para la emisión de las resoluciones emitidas por las SEPS con las que se dio por terminado el programa de supervisión intensiva y se procedió con la liquidación forzosa de la Juan de Salinas.
Un juez resolvió dejar sin efecto la resolución de la SEPS ante la acción de protección presentada por el gerente de la cooperativa. El juez dictaminó que la SEPS no notificó a la Cooperativa Juan de Salinas, “lo que lesionó el derecho a la defensa de la Cooperativa, dado que, al desconocer dichos documentos, no pudo presentar sus descargos a los mismos, lo que acarreó que la Superintendencia adopte una decisión gravosa para la entidad financiera sin haberle escuchado previamente. Para poder liquidar a la Cooperativa Juan de Salinas debía haberle primero escuchado, permitirle presentar sus descargos” según consta en el registro judicial. En resumen, el juez dictaminó que la SEPS inobservó el procedimiento y normas de la liquidación forzosa.
“Dejar sin efecto la resolución solo cambia el estado de la cooperativa, no su situación” dijo Margarita Hernández, Superintendenta de la SEPS. Explicó que hay tres estados para intermediarios financieros: activo, en liquidación o extinto. La Cooperativa estuvo unos días en estado de liquidación, con la resolución del juez volvería a estar en estado activo. “Lo cual no significa que su condición financiera haya cambiado” agregó Hernández.
“La situación de la cooperativa sigue siendo la que era antes de la liquidación forzosa. Las causales siguen siendo incumplimiento sustancial al programa de supervisión intensiva y que los indicadores de solvencia son inferiores al 50% del mínimo requerido” dijo Hernández DE LA SEPS.
La falta de notificación no fue el único reclamo del gerente de la cooperativa. Ayala también demandó que la SEPS ha inobservado el procedimiento y normas que rigen la liquidación forzosa. Además, habrían existido peticiones no atendidas oportunamente como las de fusión con la Cooperativa 29 de Octubre. Por último, argumentaron que las resoluciones no se encuentran debidamente motivadas ya que no se refieren a los descargos presentados por la Cooperativa en la fase de supervisión intensiva.
Para Hernández, de la SEPS el juez solo puede pronunciarse sobre vulneraciones al debido proceso mas no sobre la situación financiera respecto de la liquidación. “La situación de la cooperativa sigue siendo la que era antes de la liquidación forzosa. Las causales siguen siendo incumplimiento sustancial al programa de supervisión intensiva y que los indicadores de solvencia son inferiores al 50% del mínimo requerido” dijo Hernández.
La Superintendencia argumenta que la intermediación financiera es una actividad de interés público y que por eso existe un servicio de supervisión, en este caso a cargo de la SEPS. “Una acción como esta vuelve el escenario más estrecho para los administradores que son quienes tienen la responsabilidad civil y penal respecto a los recursos que les han sido confiados” dijo la Superintendenta.
“Una entidad que tiene riesgo crítico, si no logra superar, lo que va a pasar es que se materialice la causal” recalcó Hernández. Cuando una cooperativa entra en liquidación se pierden los aportes de los socios, quienes solo tienen derecho a recuperar su ahorro. El seguro aplicaba para la situación de liquidación forzosa. Tras la acción de protección toda acción del seguro se suspende. “Entiendo yo que los socios están conscientes ya no solo de la situación de la entidad sino además de la responsabilidad adicional que asumen luego del resultado de esta acción constitucional” dijo la Superintendenta Hernández.
La SEPS argumenta que ya era público que la cooperativa no era viable y lo que se derive de esa administración sigue estando en manos del gerente, el presidente, miembros de los consejos de administración y vigilancia, y la asamblea de la cooperativa. En el Código Orgánico Monetario y Financiero, la liquidación forzosa se presume fraudulenta. El código obliga a poner una denuncia en la Fiscalía al momento de haber una liquidación. “Un fiscal conoce los hechos y debe valorarlos, acción y responsabilidad del fiscal que no se han modificado en función de la acción constitucional interpuesta” agregó Hernández.
Todavía se necesita la notificación formal del juez, cuyas declaraciones han sido obtenidas de la plataforma judicial. La SEPS espera ver hasta dónde llega la resolución judicial para continuar con sus facultades de control y supervisión. “Entiendo que los socios están comprometidos de tal manera que están claros de la situación que hay por delante y la responsabilidad que eso implica. Nuestra acción ahora es reabrir los mecanismos de vigilancia para saber que ha pasado en este lapso, hacer un seguimiento a la cooperativa y determinar cuál es la siguiente etapa” concluyó Hernández. La SEPS confirmó que hubo un caso similar en que una cooperativa funcionó a expensas de estar en causales de liquidación con resultados negativos. Expresaron la preocupación de que una situación de ese tipo se pueda reversar.
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