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14 de Octubre del 2020
Ideas
Lectura: 7 minutos
14 de Octubre del 2020
Mauricio Alarcón Salvador

Abogado y director ejecutivo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo

Conflictos de interés y puertas giratorias
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Más allá de si los créditos son o no beneficiosos para Ecuador, o si la presencia de un vicepresidente ecuatoriano en el BID es relevante, ¿quién nos asegura que la relación y las decisiones de Martínez con la institución financiera se basaron en el interés nacional y no en el evidente interés de acceder a un cargo internacional?

Primer acto: líderes de opinión y periodistas dan la primicia y felicitan, por medio de las redes sociales, la designación de Mauricio Pozo como nuevo ministro de Economía y Finanzas.

Segundo acto: el Presidente de la República emite el Decreto Ejecutivo No. 1168 aceptando la renuncia de Richard Martínez y nombrando a Pozo en su reemplazo.

Tercer acto: en rueda de prensa Martínez anuncia, con una enorme sonrisa, que su renuncia responde a su incorporación como uno de los vicepresidentes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Pero, ¿qué hay detrás de esta obra?

Como punto de partida, el BID es una institución financiera internacional creada en 1959 para apoyar el desarrollo mediante préstamos, donaciones, asistencia técnica e investigaciones. Su relación crediticia con Ecuador es de larga data.

En mayo se conoció que el Gobierno Nacional apoyaría la sostenibilidad financiera de micro y pequeñas empresas, así como el mantenimiento del empleo frente a la crisis del COVID-19, gracias a un crédito de 93.8 millones de dólares aprobado por el BID. En julio, el entonces presidente del BID, el colombiano Luis Alberto Moreno, junto al ministro de Economía, Richard Martínez, anunciaron la firma de cuatro préstamos por 631 millones de dólares “para mejorar servicios de agua y saneamiento, energía, vivienda social y fortalecer la estabilidad fiscal del país”.

Relevante resulta además conocer que, en septiembre, se rompió una tradición de seis décadas: el Banco tiene su sede en Estados Unidos y su presidencia recaerá en un latinoamericano. Se eligió como presidente, por primera vez, a un estadounidense, Mauricio Claver – Carone, asesor de Donald Trump. Semanas antes, en su columna "La sumisión del rebaño", en el periódico limeño La República, el excanciller peruano Rafael Roncagliolo denunció la “compra de votos” mediante el “intercambio de favores personales”: vicepresidencias y altas posiciones a un brasileño y a los ministros de Economía de Ecuador y Jamaica, o el otorgamiento de créditos millonarios a países como Colombia.

Y desde lo jurídico, se debe tener en cuenta el artículo 153 de la Constitución de la República. Este claramente establece que “quienes hayan ejercido la titularidad de los ministerios de Estado y las servidoras y servidores públicos de nivel jerárquico superior definidos por la ley, una vez hayan cesado en su cargo y durante los siguientes dos años, no podrán formar parte del directorio o del equipo de dirección, o ser representantes legales o ejercer la procuración de personas jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, que celebren contrato con el Estado, bien sea para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual, ni ser funcionarias o funcionarios de instituciones financieras internacionales acreedoras del país".

Más allá de si los créditos son o no beneficiosos para Ecuador, o si la presencia de un vicepresidente ecuatoriano en el BID es relevante, ¿quién nos asegura que la relación y las decisiones de Martínez con la institución financiera se basaron en el interés nacional y no en el evidente interés de acceder a un cargo internacional?

Las reacciones al anuncio de Martínez fueron inmediatas. Desde quienes exigen se cumpla el precepto constitucional, hasta quienes consideran que las normas son "absurdas" y que por lo tanto pueden y deben irrespetarse. Se llegó a leer justificaciones tan descabelladas como que el Banco Interamericano de Desarrollo es un “organismo multilateral de financiamiento” que es distinto a una “institución financiera internacional”, o que la norma se aplica dependiendo quién nominó a Martínez.

En este punto cabe preguntarnos, ¿por qué nuestra Constitución contiene esta disposición? Porque busca prevenir y prohibir lo que coloquialmente se conoce como “puerta giratoria”.

Este término, que se origina en el inglés “revolving door”, se relaciona con el fenómeno por el cual una persona circula, sin obstáculos, entre el sector público y el sector privado, entre el gobierno y sus acreedores, entre un ministerio y las empresas transnacionales. Estas puertas giratorias son usadas y abusadas por personas que, ocupando cargos políticos o puestos de poder, entablan relaciones con organismos, instituciones y empresas para luego obtener beneficio personal de ellas. Esto provoca los conocidos conflictos de interés, situaciones en las que, en este caso específico, un alto funcionario público puede tomar decisiones bajo la influencia de un interés secundario – generalmente personal o económico – en lugar de hacerlo por el interés del país.

Más allá de si los créditos son o no beneficiosos para Ecuador, o si la presencia de un vicepresidente ecuatoriano en el BID es relevante, ¿quién nos asegura que la relación y las decisiones de Martínez con la institución financiera se basaron en el interés nacional y no en el evidente interés de acceder a un cargo internacional?

En lo personal, no me importa si, como afirmó Martínez, su salida “está atada a un compromiso con el país hacia futuro” o si “es un honor como ecuatoriano y un reconocimiento al país por lo que ha venido haciendo para que Ecuador tenga una posición estelar en organismos internacionales”. Lo que me importa, y nos debería importar a todos los ecuatorianos, es el respeto al Estado de Derecho, a la Constitución y a las normas vigentes que, nos guste o no, forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. La Constitución, en su artículo 147, consagra como el primer deber del Presidente de la República “cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.” Este deber corresponde también a todas las autoridades, funcionarios públicos y a los ciudadanos en general.

¿No criticábamos cuando en el gobierno anterior ciertas decisiones se tomaban al margen de la norma? ¿O es que ahora porque el funcionario nos cae bien vamos a ignorar lo que ordena nuestra Norma Suprema? ¡Coherencia señores, coherencia!

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Conflictos de interés y puertas giratorias
 
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