
Abogado por la PUCE; LL.M. En American University, WCL. Docente universitario; defensor de derechos humanos y derechos de la naturaleza.
El 30 de septiembre de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte), el caso 12.979 – Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane, constituyéndose en el primer caso sobre pueblos en aislamiento (PIA) que llega a esta instancia internacional. El Estado demandado es el Ecuador. El 23 de agosto la Corte realizará la audiencia de este caso, previo a dictar su sentencia.
El caso llegó a la CIDH en 2006, luego de años de buscar justicia en Ecuador. Fernando Ponce, Raúl Moscoso y Juan Guevara fueron los responsables de presentar la petición ante la CIDH. Posteriormente se sumaron como peticionarios la CONAIE y el colectivo Yasunidos.
El caso sometido a la Corte resolverá sobre las vulneraciones cometidas por el Estado ecuatoriano en contra de los PIA y se referirá a hechos que incluyen la realización de proyectos extractivos en la Amazonía ecuatoriana (petroleros y madereros) que afectan sus territorios, recursos naturales y modo de vida. El caso se refiere también a tres masacres de miembros de dichos pueblos ocurridos en 2003, 2006 y 2013; así como a la falta de medidas adecuadas de protección en relación con dos niñas Taromenane tras los hechos de 2013.
La CIDH, al someter el caso ante la Corte, ya concluyó que el Estado ecuatoriano vulneró los derechos territoriales de estos pueblos, ya que, entre otras cosas, la zona de especial protección para estos pueblos, la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) no coincide con su territorio ancestral.
La CIDH también concluyó que Ecuador no ha cumplido con su responsabilidad internacional de proteger a los PIA, porque se permite explotar los recursos naturales dentro de su territorio con la declaración de “interés nacional” establecida en la Constitución (Art. 407) disminuyendo así la protección efectiva a estos territorios. Esto vulnera efectivamente el principio de no contacto y el de autodeterminación de los PIA, mismo que establece que no es posible intervenir sus territorios para aprovechamiento económico cuando ello pueda entrar en tensión con su protección. Esto tiene directa relación con los bloques petroleros que coinciden parcialmente, o colindan, con el Yasuní (bloques 14, 16, 17, 31 y 43), cuya más reciente explotación ha estado impulsada por los gobiernos de Correa, Moreno y Lasso.
La CIDH, al someter el caso ante la Corte, ya concluyó que el Estado ecuatoriano vulneró los derechos territoriales de estos pueblos, ya que, entre otras cosas, la zona de especial protección para estos pueblos, la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) no coincide con su territorio ancestral.
Con respecto a las masacres, la CIDH concluyó que fueron resultado de contactos entre terceras personas y los PIAV, debido a la falta de garantías para impedir el acceso de terceros al territorio de estos pueblos. En su informe de fondo, la CIDH determinó que el Estado conocía la situación de riesgo real e inmediato, pero no adoptó medidas razonables para evitar que las matanzas sucedieran.
En su informe, luego de fundamentar las conclusiones antes mencionadas y otras más, la CIDH pide que la Corte declare al Ecuador responsable de la vulneración de los derechos de los PIA a la vida, a la integridad personal, a la libertad, a las garantías judiciales, a la dignidad a la libre circulación y residencia, derecho a la protección judicial y a la salud y derechos culturales, establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Han sido siglos de despojo de los territorios de los pueblos originarios de la Amazonía para dar paso a la explotación del caucho, la madera y luego el petróleo. Han sido siglos de matanzas. Han sido décadas que los gerentes de Petroecuador han negado su existencia; décadas de escuchar y leer las opiniones de articulistas en periódicos nacionales diciendo que la vida de unos pocos no puede retrasar el progreso del Ecuador. Han sido varias las mentiras emitidas por presidentes que han dicho que protegerán la vida de estos pueblos para luego continuar despojándolos y aceptando su exterminio. Han sido decenas de jueces ecuatorianos los que han negado la justicia a estos pueblos. Hoy concluyo este artículo con la esperanza de que una corte internacional pueda hacer justicia para los Tagaeri y Taromenane en Ecuador y frenar al Estado, a empresas e individuos de sus intenciones de exterminarlos.
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