
Profesora universitaria, investigadora y periodista, con un doctorado por la Universidad Nacional del Cuyo, de Argentina.
No solo desaparecen las personas, también, lo hemos advertido este último fin de semana, la doctrina y los principios de los derechos humanos pueden convertirse en garantías desaparecidas.
No solo pueden existir detenidos desaparecidos. Ahora también, en Ecuador, existen derechos humanos desaparecidos. ¡Una gran novedad! ¡Somos pioneros!
No importó que la vigencia de los derechos humanos estuviera prescrita en un documento: la carta fundamental denominan a la Constitución. Tampoco interesó que Ecuador hubiera ratificado instrumentos internacionales vinculantes que lo obligan a respetarlos. Ni que su pérdida se hubiera divulgado a nivel global, o que el caso hubiera llegado a conocimiento de los organismos internacionales. Simplemente, los derechos humanos, en el caso de los ciudadanos cubanos deportados, extraditados o expulsados, con atropello al debido proceso, fueron extinguidos en el país de la mitad del mundo y en el que “ama la vida”.
El irrespeto a los estatutos internacionales, a la legislación nacional se impuso. El estado de derecho ¿todavía subsiste? Todo rastro de observancia a los derechos humanos fue suprimido entre quienes ostentan poder de imponer, no autoridad para ejercerla, pues sus competencias no lo permiten.
A ello favoreció que fueron demasiados quienes ni se enteraron, o hasta voltearon a ver a otro lado, que casi un centenar de seres humanos de Cuba fueron maltratados, torturados y deportados a un destino pleno de incertidumbre. El hecho ocurrió y pocos, muy pocos, hicieron algo para reclamar por tal violencia. ¿Apatía? ¿Xenofobia? Y ojo: los quebrantamientos que los expertos en derechos humanos imputan a quienes cometieron la extradición colectiva de ciudadanos cubanos fueron cometidos a vista de todos quienes hubieran querido percatarse de ello. ¿No pensaron, acaso, que en estos mismos momentos hay ecuatorianos, tal vez niños, que estarán sufriendo las mismas inequidades que los cubanos expulsados?
Los derechos humanos, por sí mismos, constituyen un “progreso moral” asegura el profesor de Harvard Michael Ignatieff. Devienen en sistema jurídico que actúa como una contención a la barbarie y que se valida, según la investigadora María José́ Salvador Rubert, cuando “la víctima busca protección libremente, [pues] dichos derechos protegen la agencia humana y esto implica proteger el derecho de cada individuo a elegir la clase de vida que quiere llevar”.
Los cubanos desterrados con desacato de normas jurídicas, según lo aseguran especialistas en la materia, demandaron su protección, con apego a su decisión de cambiar sus condiciones de vida. Pero quedaron desamparados: indefensos. Sus anhelos no fueron considerados. Prevaleció lo lógica estatal sobre la agencia humana. ¿Pero acaso estamos hablando de derechos estatales? ¡No!
¡Estamos hablando de derechos humanos!
Los crímenes contra los derechos humanos, en la historia de nuestra América, al menos, han tenido unos actores, los perpetradores; unos protagonistas, las víctimas y sus familiares, y un gentío poco informado. Una muchedumbre que si actuara oportunamente hubiera marcado una gran diferencia.
Por supuesto, la responsabilidad no recae en las comunidades que preservan su despreocupación sino en quienes proponen, definen, formulan, ejecutan y evalúan las políticas. Las de derechos humanos, por ejemplo. Es fácil redactar en un papel que un estado es de “justicia y derechos”. Es rápido y posible. Convertir el enunciado en realidad, en una política y en una práctica es lo complejo. Supone incorporar a todo ámbito de la acción humana el enfoque de derechos y vivirlo, por añadidura.
Quienes más pueden y deben implicarse en este propósito son los titulares del poder político. Son ellos, a través de políticas con enfoque de derechos quienes pueden concretar que los derechos humanos se vuelvan una práctica, se liguen plenamente a la cultura ciudadana en todos los ámbitos sociales. Ahí es cuando nos civilizaremos pues habremos ampliado el “contenido jurídico de la dignidad humana” como lo propone el profesor colombiano William Guillermo Jiménez.
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