
Hay un enorme velo de claroscuros que se tiende sobre la rebelión policial del 30 de septiembre de 2010. Las investigaciones judiciales avanzan y paulatinamente se agregan nuevos elementos a una historia mal contada. ¿Fue una guerra civil? ¿Fue un golpe de estado? ¿Hay responsables por delitos de lesa humanidad?
La tragedia que acabó con la vida de cinco personas en Quito y que hirió de gravedad a 274 personas en todo el país, se provocó en torno al aislamiento del entonces presidente de la República, Rafael Correa, recluido por su voluntad en un hospital policial, emplazado en el recinto donde se desarrollaban las protestas, a donde fue el ex mandatario a desafiar a los insubordinados.
Ayudado por un micrófono y desde una ventana de un edificio, dentro del recinto se escuchó un alarido. “Si quieren matar al presidente, aquí está: mátenme si les da la gana, mátenme si tienen valor, en vez de estar en la muchedumbre, cobardemente escondidos”, dijo Correa al tiempo que, literalmente, se rasgaba la camisa y la corbata que llevaba puestas.
Nadie creyó que iría el mismísimo presidente al lugar de la protesta y que encendería la cólera de los policías. Lo apropiado en un estadista era delegar la negociación a un subalterno ministerial, sembrar la calma entre los manifestantes, ofrecer fórmulas de solución al conflicto y restablecer la obediencia en los altos mandos policiales. Pero se hizo todo lo contrario en un momento de baja popularidad.
Correa tuvo que sufrir el cerco de los manifestantes al confinarse en el hospital policial del recito. Salir de allí demandó un operativo conjunto entre los equipos de élite de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas. El despliegue provocó un intenso cruce de balas. Desgraciadamente, el breve conflicto armado provocó la muerte de Froilán Jiménez, un policía que participaba de la evacuación del ex presidente.
Algunos voceros políticos afines al entonces gobernante sostuvieron que el evento intentaba convertirse en el inicio de una guerra civil, que buscaba perpetrar un golpe de Estado y el asesinato del ex mandatario. Pero esta hipótesis no resiste ningún análisis porque para calificarse como una guerra civil se necesitaba de cierta unidad militar entre las fuerzas beligerantes, que respondan a un mando identificado y que el enfrentamiento se provocara bajo la intención de imponer por la fuerza una posición política determinada.
El oficialismo intentó imponer esta versión sin ninguna suerte, empezando por el final. Con un gran despliegue publicitario intentaron convencer que los manifestantes se amotinaron por motivos políticos, luego intentaron inventar un mando centralizado en Miami, y entonces acusaron a sus supuestos cabecillas de intentar derrocar al presidente y de querer matarlo.
Pero la ocasión, aun con toda la propaganda, no responde a los elementos de una guerra civil. Responde a un conflicto armado interno que conjugó la movilización de la población civil, la toma de los medios de información, una acción política concreta y operaciones militares. Quien incitó a que se provocara la movilización de la población civil al lugar de la protesta, y exponerla a la agresión armada, tendrá que pagar por esta culpa.
Aunque la intensidad del conflicto fue disminuyendo, se prolongó en lo posterior con acciones de propaganda, en la apropiación intelectual de los símbolos conceptuales del conflicto y en la victimización sistemática de los actores del partido de gobierno. Tampoco fue un intento de golpe de Estado. Entonces ¿qué fue?
El Ecuador suscribió el Convenio de Ginebra en 1954 y ratificó sus dos primeros protocolos en 1979 con el retorno democrático. Esta suscripción obliga al Estado ecuatoriano a proceder en cierta forma en el contexto de un conflicto armado dentro de su propio territorio y aunque no fuera en contra de los ejércitos de otros Estados. La investigación de los crímenes de guerra como el crimen de agresión está sometida a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional creada por el Estatuto de Roma de 1998 y ratificado por el Ecuador en 2002.
En la Resolución 8 de la Corte se establece que “una persona comete un ‘crimen de agresión’ cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas”.
Con una acción profesional, moderada o prudente de un estadista ¿se pudo haber controlado con efectividad esta? ¿Por qué tras la planificación, preparación y realización del supuesto rescate se provoca la muerte del policía Froilán Jiménez? ¿Quién dio las órdenes para ejecutar el denominado rescate del presidente Correa?
El 30 de Septiembre de 2010 hubo una rebelión policial y, según las evidencias, un crimen de agresión tras la ejecución del supuesto rescate, lo que no se opone con la calificación de un conflicto armado, que por sus consecuencias podría ir a parar a la Corte Penal Internacional.
Hay constancia que el presidente de la República ordenó la movilización de los 200 Boinas Rojas que se desplazaron al teatro de las operaciones, armados con los fusiles cuyo calibre de uso exclusivamente militar coincide con la bala que mató a Jacinto Cortez y a Froilán Jiménez, y que mantuvo en un coma por 17 días a Nelson Puentestar, quien lleva alojada en sus entrañas la bala que podría responder a la pregunta sobre quiénes son los responsables de los delitos de agresión tipificados por el derecho penal internacional.
@ghidalgoandrade
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