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29 de Julio del 2024
Ideas
Lectura: 4 minutos
29 de Julio del 2024
Mario Melo

Decano de la Facultad de Jurisprudencia de la PUCE y asesor legal de Fundación Pachamama.  Abogado del Pueblo Kichwa de Sarayaku y de otras víctimas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El Comité contra la Tortura hace recomendaciones al Ecuador
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En relación con los estados de excepción, el Comité recuerda al Estado que deben ajustarse a las obligaciones contraídas en el ámbito internacional, incluida la aplicación de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

El 22 de julio de 2024, el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas aprobó sus observaciones sobre Ecuador. Este importante documento, pasa revista a temas de derechos humanos que preocupan de nuestro país y hace recomendaciones claras y precisas al gobierno nacional. Destaco algunas:

(i) En relación con los estados de excepción, el Comité recuerda al Estado que deben ajustarse a las obligaciones contraídas en el ámbito internacional, incluida la aplicación de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad y que las tareas de mantenimiento del orden público y seguridad ciudadana deben ser realizadas, por regla general, por la policía civil y solo de manera absolutamente necesaria, excepcional, temporal y complementaria, con pleno respeto de  los estándares internacionales de derechos humanos, por miembros de las Fuerzas Armadas.

(ii) Sobre la crisis penitenciaria, violencia y muertes en las cárceles, el Comité recomienda redoblar los esfuerzos para promover e implementar un plan integral que aborde la actual crisis penitenciara y sus causas sistémicas; garantizar que todos los casos de violencia y de muerte durante la privación de libertad sean investigados con prontitud y de forma imparcial por un órgano independiente; y, retirar progresivamente los efectivos militares desplegados en las cárceles, velando por que los centros penitenciarios cuenten con recursos adicionales para asegurar la seguridad de los centros, incluido personal penitenciario y de seguridad suficiente, especializado y adecuadamente.

(iii) El Comité recomienda al Estado reforzar las medidas dirigidas a prevenir y dar respuesta apropiada a los casos de abuso sexual infantil en los centros educativos, y en particular instar a todas las autoridades competentes a investigar dichos abusos, garantizando el enjuiciamiento y sanción de los autores.

Estos y otros temas acuciantes se recogen y analizan en este reporte, el más reciente sobre temas de derechos humanos en el Ecuador y la impresión que deja la lectura del documento es que los esfuerzos estatales por cumplirlos son a veces insuficientes, a veces inadecuados.

Este tipo de reportes de los organismos internacionales de derechos humanos revisten gran importancia porque confrontan la visión oficial de los estados y les muestra sus propias debilidades y fracasos, más allá de la retórica triunfalista de los políticos que a su turno ejercen el poder. Muestran interés y preocupación por parte de la comunidad internacional por los graves acontecimientos que suceden en nuestro país y reafirman el deber estatal de cumplir estrictamente, sin excusas ni excepciones, sus compromisos en materia de derechos humanos.

Hay que destacar que el Comité contra la Tortura, al igual que otros órganos de supervisión internacional de derechos humanos, logran cumplir su cometido gracias al trabajo de las organizaciones de la sociedad civil de cada país, que de manera técnica, valiente y comprometida aportan información a través de los denominados “informe sombra”, que presentan dentro de los espacios que al efecto se abren. Este trabajo permite contrastar los informes oficiales, a menudo autoindulgentes y contaminados de intereses políticos coyunturales.

Por tanto, el Estado debe permitir a las organizaciones sociales trabajar en paz, con independencia, sin que sean sujetos de presiones o acoso. En ese sentido llama la atención la Estrategia para la Integridad de las Organizaciones de la Sociedad Civil/ONG que la Presidencia difunde en su página web . Este documento, fechado 2024, invocando una integridad que no siempre ha sido evidente en las actuaciones estatales, pretende decir a las organizaciones sociales y ONG cómo hacer su trabajo.  El estado debe autocontenerse de ejercer su poder frente al accionar de las entidades privadas que se crean para promover y ejercer derechos constitucionales; no debe entrometerse, imponerles agenda o limitar abusivamente su accionar. Precisamente para que le critiquen, para que denuncien las violaciones de derechos que detectan, para que defiendan a las víctimas de abusos estatales, para que documenten y denuncien dichos abusos. Ese es su rol en un estado democrático y el estado debe respetarlo.

 

[PANAL DE IDEAS]

Alfredo Espinosa Rodríguez
Fernando López Milán
Aldo Lorenzzi Bolaños
Alexis Oviedo
Rodrigo Tenorio Ambrossi
Patricio Moncayo
Richard Salazar Medina
Iván Flores Poveda
Giovanni Carrión Cevallos
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