
Habrá una gran tendencia al voto nulo y al voto blanco en las elecciones para integrantes del Consejo de Participación este 24 de marzo. No se necesita ser un genio para saberlo. Esto se producirá por la composición gráfica de la papeleta y no por el esfuerzo de sus promotores que ojalá no intenten atribuirse los resultados cuando se produzcan.
Esto sucederá así porque no hay información suficiente para votar en esta papeleta. El grueso de la población electoral lleva décadas votando por partidos enumerados e identificados con colores y por listas jerarquizadas verticalmente, pero jamás han votado por grupos innumerados y apiñados en forma vertical. Esto provocará una gran confusión en los electores que votarán, por ejemplo, siete veces por cada grupo en la papeleta, anulando su voto. Otros dejarán la papeleta vacía y el voto quedará en blanco. Así habrá múltiples casos de anulación. Los votos nulos y los votos blancos no suman ni restan, solo no existen.
Pero hay algo que es todavía peor: creer que el voto nulo superará a los votos válidos. La explicación es simple: no existe normativa legal vigente para contabilizar los votos en elecciones no partidarias, innuneradas y horizontales. Para este caso, que lo prohíbe el principio de legalidad, se deberán interpretar extensivamente los artículos del Código de la Democracia referidos a la elección de dignidades unipersonales que cuenta únicamente a los gobernadores regionales (jamás elegidos), a los prefectos y a los alcaldes. A nadie más (arts. 162 y 163).
Como son cargos unipersonales no se aplica ninguna fórmula de asignación de escaños como se cree equivocadamente. Esto es así porque los candidatos no pertenecen a una lista. Por lógica, se contabilizarán sus votos de forma individualizada para asignar los puestos.
lo realmente patriótico no es anular el voto, sino identificar a los correistas infiltrados, negarles el voto, y votar por gente decente para que acabe con ese órgano inventado por la revolución que institucionalizó la corrupción en Ecuador.
Entonces ¿qué ordena el Código de la Democracia para anular una elección? Dice textualmente que “se declarará la nulidad de las elecciones (…) cuando los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos” (art. 147.3).
¿Cuánto es en números la “totalidad de candidatos” al Consejo de Participación Ciudadana? Son 43. Según la Real Academia de la Lengua, totalizar es determinar el total de diversas cantidades. ¿Cuáles son esas diversas cantidades? Cada una de las obtenidas por esos 43 candidatos. Es decir, millonadas. Imposible.
Hay un grupo de ciudadanos, entre esos periodistas y académicos serios, que creen equivocadamente que se pueden anular estas elecciones consiguiendo superar en, al menos, la mitad de los más de 13 millones de electores habilitados o de los 9,6 millones que asistieron la última elección en 2014. Esto es imposible e ingenuo porque, para este caso, la ley no podría anular la elección si más de 4,8 millones de electores anulan su voto, sino que primero deberá determinar cuál es el total de todos los votos conseguidos por cada uno de los 43 candidatos a ocupar un puesto en el Consejo de Participación. Esto quiere decir que un solo voto ciudadano válido no equivale a uno, sino a siete. Multipliquen. Podrían ser decenas de millones de votos y no solo los 4,8 millones electores que se espera que anulen.
Por eso, como ya se ha dicho antes, lo realmente patriótico no es anular el voto, sino identificar a los correistas infiltrados, negarles el voto, y votar por gente decente para que acabe con ese órgano inventado por la revolución que institucionalizó la corrupción en Ecuador.
Ojalá me equivoque, pero a veces pienso que quienes más añoran el regreso de Correa no son solo sus clientes, sino quienes se quedaron sin argumentos.
Si el voto correista no se fragmenta y al mismo tiempo se promueve la oceánica bobería de anular el voto nulo se facilitará el retorno del correismo al poder. Los números no mienten.
@ghidalgoandrade
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