Back to top
4 de Febrero del 2022
Ideas
Lectura: 8 minutos
4 de Febrero del 2022
Helder Solís Carrión

Defensor de derechos, cuidador del agua

La débil institucionalidad del agua, de mal en peor
0
La sentencia de la Corte Constitucional encarga al presidente Guillermo Lasso la elaboración de una nueva propuesta de Ley de Recursos Hídricos. No le dispone que se haga de manera participativa y considerando los criterios de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

La institucionalidad del agua en Ecuador se ha moldeado desde varios intereses y propuestas, a partir de una institucionalidad sectorial para los distintos usos y aprovechamientos, al intento de una autoridad única del agua. El proceso constituyente fue un importante escenario de disputa que logró introducir varios principios claves para la gestión del agua en la Constitución de la República. La creación de la Senagua en el 2008 y la Ley orgánica de recursos hídricos, usos y aprovechamientos del agua, en el 2014, completaron la base sobre la que se configuró una institucionalidad gestionada por demarcaciones hidrográficas, con una visión técnica, social y ecosistémica; que impulsó y generó herramientas de política pública para la democratización del acceso al agua y su gestión participativa.

La joven institucionalidad del agua no logró sin embargo consolidar respuestas concretas a una grave problemática de acaparamiento, contaminación, falta de regulación, injerencia en organizaciones comunitarias, ineficiencia en los usos y aprovechamientos entre otros. Parte de no lograrlo se debe al debilitamiento constante que sufrió, a la disminución de recursos, al impulso de una agenda extractivista por sobre una de derechos y cuidado del agua, y otras limitaciones propias de la institucionalidad pública y su visión.

Los pasos dados a partir del 2008 fueron interesantes para dibujar una institucionalidad específica para los recursos hídricos, integradora, que ponga su energía en la conservación y gestión democrática del agua (con las falencias que pudo tener). Pese a las críticas la Secretaría del Agua y su accionar impulsó un conjunto de procesos que han posibilitado ordenar la gestión del patrimonio hídrico del país.

Desde hace varios años se vio a la Senagua como una limitante para imponer con toda la fuerza la política extractiva, y a partir de esto se intentó su desaparición de muchas formas y con los argumentos mas simplones, como el de la austeridad o la eficiencia en la gestión pública. En el 2020, el expresidente Lenin Moreno atina un certero golpe a esta institucionalidad y a los anhelos de democratizar el acceso al agua y cuidar nuestro patrimonio hídrico y ordena la fusión del Ministerio del Ambiente con la Secretaría del Agua que, como se advirtió, terminó en la eliminación de Senagua y una pérdida grave de institucionalidad, recursos, procesos y políticas del sector.

A la fusión se suma la resolución de la Corte Constitucional del 28 de enero del 2022 de “declarar la inconstitucionalidad por la forma de la Ley orgánica de recursos hídricos, usos y aprovechamientos del agua y su reglamento”. Y disponer que en “el plazo de 12 meses contados desde la publicación de esta sentencia en el Registro Oficial el presidente de la República elaborará y presentará un proyecto de ley que deberá ser enviado a la Asamblea Nacional para que esta lo tramite de conformidad con lo prescrito en la Constitución y respetando los criterios jurisprudenciales y estándares internacionales sobre la consulta prelegislativa”.

Esta resolución surge de una acción de inconstitucionalidad de la Ley planteada por la Conaie (Jorge Herrera Morocho) en el año 2015 y de su reglamento, presentada en 2015 por la Ecuarunari. La acción de inconstitucionalidad por la forma se presentó con el argumento de que en la consulta prelegislativa realizada “i) no se efectuó una consulta integral del texto normativo (ii) no fue realizada de buena fe, pues ya existían pronunciamientos previos de autoridades públicas, en donde se evidenciaba el carácter de mera formalidad que le dieron al proceso; y, (iii) no fue culturalmente adecuada”.

Los procesos de consulta prelegislativa hasta el día de hoy no se encuentran normados por la Asamblea Nacional, y es la Corte Constitucional la que mediante sus sentencias da forma a lo que debería ser este proceso.

La resolución de la Corte Constitucional llega siete años tarde y con esto el principio de oportunidad para el accionar de la justicia se disuelve y en la práctica llega a generar caos y debilidad institucional.

La sentencia de la Corte Constitucional encarga al presidente Guillermo Lasso la elaboración de una nueva propuesta de Ley de Recursos Hídricos. No le dispone que se haga de manera participativa y considerando los criterios de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades

La acción presentada por la Conaie y otras organizaciones sin duda es legítima. Muchos de los aportes no fueron considerados y los procesos de consulta en el país se limitan a socializaciones de normas y resoluciones ya generadas, de ahí que el reclamo fue respaldado por varios sectores. Sin embargo, de lo justo de la acción de inconstitucionalidad la respuesta de la Corte Constitucional es inoportuna y ocasiona mayor debilitamiento de la institucionalidad.

La Corte Constitucional no menciona nada respecto de las demandas de fondo de varios artículos que son fundamentales para entender la gestión de los recursos hídricos y para generar una nueva ley. Este vacío en la sentencia abre la puerta a que se incorpore nuevamente artículos como los cuestionados (1, 43, 45, 46, 47, 51, 52, 53, 54, 55 y 98) y se genere una nueva demanda de inconstitucionalidad con la consiguiente inestabilidad y debilitamiento institucional.

La sentencia de la Corte Constitucional encarga al presidente Guillermo Lasso la elaboración de una nueva propuesta de Ley de Recursos Hídricos. No le dispone que se haga de manera participativa y considerando los criterios de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades; no acepta que pueda elaborarse en la Asamblea Nacional en donde habría una mayor representación de visiones en torno a la gestión de los recursos hídricos.

Este encargo a una Presidencia que busca resolver todo a través de la privatización y el debilitamiento del Estado y que pretende impulsar una agenda extractiva a fuerza como lo demuestran los decretos ejecutivos, solo deja más incertidumbre y riesgos.

En la Corte Constitucional se encuentra estancada la acción de inconstitucionalidad de la fusión del Ministerio de Ambiente con la Secretaría del agua, pieza clave para un nuevo ordenamiento de la institucionalidad. Debería resolverla de inmediato para aclarar el panorama y generar un proceso participativo de reconstrucción de la tan necesaria institucionalidad y normativa en torno a la gestión del patrimonio hídrico y los derechos conexos a este.

El resultado es el desmantelamiento de la institucionalidad y el caos en la gestión pública. La eliminación de la LORHUAA crea inestabilidad a todas las normas, procesos y mas generados a partir de esta; y genera un inmenso reto de crear o armonizar a la nueva ley todo el accionar con el agravante de una institución débil y con pocos o nulos recursos.

Queda apenas nada, queda la desilusión.

El presidente Lasso tiene la obligación de construir una ley con un proceso participativo, transparente, democrático y de diálogo; una ley que priorice la vida y los derechos sobre el capital y la extracción. Aunque no creo que lo haga, sí creo que podremos generar un amplio proceso de movilización social para exigirlo.

GALERÍA
La débil institucionalidad del agua, de mal en peor
 
1


[CO MEN TA RIOS]

[LEA TAM BIÉN]

La nada original idea de Lasso de dejarle una carta a la persona que lo suceda
Redacción Plan V
Sol Borja y Fabricio Vela se reinventan en nuevos espacios periodísticos
Redacción Plan V
Daniel Noboa le pone banda sonora a su campaña con sus playlist
Redacción Plan V
En un culto protestante, un "profeta" proclamó el triunfo de Luisa González
Redacción Plan V

[MÁS LEÍ DAS]

Las investigaciones sobre el crimen de Fernando Villavicencio avanzan en reserva y a contrarreloj
Redacción Plan V
Las cuentas que no cuadran del impuesto a las botellas plásticas (primera parte)
Susana Morán
Los Noboa: las formas simbólicas y las fuentes del poder
Carlos Pástor Pazmiño
Plan V: diez años de resistencia para que el periodismo perviva
Juan Carlos Calderón