Back to top
23 de Abril del 2015
Ideas
Lectura: 4 minutos
23 de Abril del 2015
César Coronel Garcés

Abogado y periodista guayaquileño. Ha colaborado en medios impresos y radiales de su ciudad. Actualmente cursa una maestría en Derecho de Empresa. 

La reforma laboral
Quiero invitarlos a leer con mucho cuidado esta reforma que de una u otra forma afecta a empresarios y trabajadores. Creo que esta Ley nos queda debiendo bastante en la necesidad de crear más y mejores plazas de empleo. Más allá de los temas polémicos o "vendedores" debemos revisar esta reforma legal con detenimiento.

Desde hace bastante tiempo que Ecuador necesitaba una reforma laboral que permita al sector empresarial (que según cifras del INEC genera 8 de cada 10 plazas de trabajo) crear más y mejores empleos; y, al mismo tiempo, garantizar de mejor manera los derechos de los trabajadores. Pero creo que esta reforma laboral nos queda debiendo bastante en ambos aspectos.

Una vez que la norma ha entrado en vigencia, quiero compartir con ustedes algunas ideas importantes que deben considerar empresarios y trabajadores sobre la reforma laboral:

A partir de ahora, si un trabajador renuncia (terminación de la relación laboral por acuerdo de las partes), el empleador debe pagarle una "bonificación" del 25% del último sueldo por cada año que ha trabajado para el mismo empleador. A manera de ejemplo: si usted gana USD400 y ha trabajado por 5 años para una empresa, si renuncia, deberá recibir bonificación adicional de USD 500.

Con esta reforma se elimina el contrato a plazo fijo que permitía contratar a una persona por un plazo determinado, es decir, a partir de ahora todo contrato será automáticamente por tiempo indefinido con las consecuencias legales correspondientes.

Debo indicar que se mantiene el período de prueba de 90 días, plazo durante el cual se puede terminar libremente la relación contractual. Debo aclarar que el período de prueba es 90 días y no 3 meses como muchos suelen decir. Eso si, al día 91 el contrato se convierte automáticamente en un contrato a plazo indefinido. Se mantiene el período de prueba de 15 días para las empleadas domésticas.

Respecto a las utilidades, ningún trabajador podrá recibir utilidades superiores a 24 salarios básicos, es decir, USD 8.496. En caso que a usted le corresponda un valor superior por utilidades, la diferencia deberá ser entregada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

El décimo tercer sueldo (bono navideño) será pagado de manera mensual, salvo solicitud expresa del trabajador, lo mismo sucede con el décimo cuarto sueldo que también será pagado de manera mensual, salvo solicitud expresa del trabajador.

Otra novedad es que se aplicará la figura del despido ineficaz de mujeres embarazadas, adultos mayores, personas con orientación sexual diferente y líderes sindicales. Ahora bien, será ineficaz (no surtirá efectos legales) el despido de una mujer embarazada y se obligará al reintegro inmediato pagandole sus sueldos mientras estuvo fuera de la empresa con un adicional mensual del 10% y en caso que la mujer embarazada no quiera reintegrarse, deberá el empleador pagarle además de las indemnizaciones por despido, un año adicional de sueldos.

Por otro lado, si un trabajador es despedido por discriminación en razón de su orientación sexual o por ser adulto mayor, será indemnizado con un año de sueldo pero el empleador no estará obligado a reintegrarlo.

Sobre el tema de la afiliación de las amas de casa o trabajadoras no remuneradas del hogar, debo hacer las siguientes precisiones: En primer lugar la afiliación es obligatoria; la afiliación no es gratis aunque si tiene un aporte menor al de un afiliado voluntario; la afiliada no tendrá prestaciones de salud, crédito quirografario o crédito hipotecario; solo tendrá prestaciones por muerte, vejez e incapacidad; y, cuando una ama de casa desee jubilarse deberá tener al menos 65 años de edad y 240 aportes mensuales, es decir, haber aportado por 20 años todos los meses.

A manera de conclusión quiero invitarlos a leer con mucho cuidado esta reforma que de una u otra forma afecta a empresarios y trabajadores. Insisto, creo que esta Ley nos queda debiendo bastante en la necesidad de crear más y mejores plazas de empleo. Más allá de los temas polémicos o "vendedores" debemos revisar esta reforma legal con detenimiento.

[PANAL DE IDEAS]

Fernando López Milán
Pablo Piedra Vivar
Juan Carlos Calderón
Patricio Moncayo
Gabriel Hidalgo Andrade
Marko Antonio Naranjo J.
Alfredo Espinosa Rodríguez
María Amelia Espinosa Cordero
Giovanni Carrión Cevallos

[RELA CIONA DAS]

Desafiando el dolor: la lucha contra el síndrome de Arnold Chiari en la búsqueda de una vida normal
Vanessa Estrella. Fotos: Gianna Benalcázar
¿Para quién se reforma la seguridad social?
Juan Cuvi
Crisis, emergencia y negociados en la salud
Juan Cuvi
El IESS de la corrupción
Rodrigo Tenorio Ambrossi
El IESS desvincula a 450 trabajadores de la salud por “productividad”
Manuel Novik
GALERÍA
La reforma laboral
 
1


[CO MEN TA RIOS]

[LEA TAM BIÉN]

Daniel Noboa le pone banda sonora a su campaña con sus playlist
Redacción Plan V
En un culto protestante, un "profeta" proclamó el triunfo de Luisa González
Redacción Plan V
Las (nuevas) dimensiones del debate presidencial
Luis Verdesoto Custode
El "pallarismo" y el "aguilarismo" versus el "correísmo-pabelismo" de Radio Municipal
Redacción Plan V

[MÁS LEÍ DAS]

Las investigaciones sobre el crimen de Fernando Villavicencio avanzan en reserva y a contrarreloj
Redacción Plan V
Las cuentas que no cuadran del impuesto a las botellas plásticas (primera parte)
Susana Morán
Los Noboa: las formas simbólicas y las fuentes del poder
Carlos Pástor Pazmiño
Plan V: diez años de resistencia para que el periodismo perviva
Juan Carlos Calderón