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26 de Octubre del 2020
Ideas
Lectura: 6 minutos
26 de Octubre del 2020
Giovanni Carrión Cevallos

Economista y Magister en Estudios Latinoamericanos.
@giovannicarrion

A no comer ansias
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El legislador constituyente lo que previó con este artículo, justamente es evitar el conflicto de intereses entre el ministro / servidor del nivel jerárquico superior al frente de una función pública y su posterior relación o vinculación personal con instituciones financieras internacionales acreedoras del país, como es el caso del BID.

Mientras una insensible burocracia internacional bate palmas por la gestión desarrollada por el Eco. Richard Martínez al frente del Ministerio de Economía y Finanzas y promueve a la vez -sin sonrojarse siquiera- su nombramiento como parte del equipo directivo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en calidad de Vicepresidente de Países; al interior del Ecuador el ex Secretario de Estado tiene varios asuntos pendientes por resolver en su condición de ex servidor público.

Por un lado, en el horizonte se observan cinco juicios políticos que deben ser tramitados por la Asamblea Nacional en los que se le cuestiona, entre otros, el manejo de la deuda externa y los compromisos asumidos con el Fondo Monetario Internacional, así como el recorte presupuestario a las universidades. En todos estos temas debe el ‘super ministro’ dar explicaciones a los ecuatorianos, debiendo la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, agilizar el proceso de control político que irresponsablemente ha dormido por largo tiempo en alguna gaveta del legislativo. 

Como se entenderá, en estas condiciones se requiere la presencia del ex Ministro de Economía y Finanzas, para que responda: ¿por qué se prefirió pagar deuda externa en medio de la más cruda crisis sanitaria que haya vivido el país? ¿Cuál fue el costo (y no me refiero exclusivamente al ámbito economicista) y alcance que tuvo esa decisión? ¿Cuáles son los compromisos que asume el Ecuador tras la asistencia financiera del FMI?. ¿Por qué de la disminución del presupuesto a las universidades y, consecuentemente, la limitación a los jóvenes del acceso a la educación superior pública? 

El presidente Lenín Moreno, siempre tan liviano en conceptos económicos y jurídicos, sobre el eventual nombramiento del Eco. Richard Martínez, ha dicho en tono jocoso: ‘Vamos a tener una buena palanca para el país’.

Por otro lado, es claro el impedimento constitucional que tiene el Eco. Martínez para acceder, en este momento, a esa posición directiva. El Art. 153 de la Constitución de la República determina que ‘quienes hayan ejercido la titularidad de los ministerios de Estado y las servidoras y servidores públicos de nivel jerárquico superior definidos por la ley, una vez hayan cesado en su cargo y durante los siguientes dos años, no podrán formar parte del directorio o del equipo de dirección, o ser representantes legales o ejercer la procuración de personas jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, que celebren contrato con el Estado, bien sea para la ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual, ni ser funcionarias o funcionarios de instituciones financieras internacionales acreedoras del país’.

Es evidente, por lo tanto, la prohibición que existe debiendo recordar que el legislador constituyente lo que previó con este artículo, justamente es evitar el conflicto de intereses entre el ministro / servidor del nivel jerárquico superior al frente de una función pública y su posterior relación o vinculación personal con instituciones financieras internacionales acreedoras del país, como es el caso del BID.

No obstante, el Procurador General del Estado, en Oficio No. 10669 del 20-10-2020, a pedido del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, emite un pronunciamiento, por lo demás sui géneris, en torno a la pregunta: ‘¿De acuerdo con el régimen jurídico ecuatoriano el Banco Interamericano de Desarrollo constituye una institución financiera internacional?’, a lo que responde: ‘…a los efectos del ordenamiento jurídico ecuatoriano, no puede ser considerada como una institución financiera pues no realiza en el Ecuador ninguna actividad de las previstas en el artículo 143 del COMF; ni su operación está sometida a autorización administrativa alguna del Estado ecuatoriano, a través del competente organismo de control, de conformidad con el régimen del sistema financiero previsto en el COMF, específicamente, sus artículos 178 y 179’.

Si miramos el Convenio Constitutivo del BID, en su sección 2, como parte de sus funciones, se determina: ‘…(i) Promover la inversión de capitales públicos y privados para fines de desarrollo;  (ii) Utilizar su propio capital, los fondos que obtenga en los mercados financieros y los demás recursos de que disponga, para el financiamiento del desarrollo de los países miembros, dando prioridad a los préstamos y operaciones de garantía que contribuyan más eficazmente al crecimiento económico de dichos países; (iii) Estimular las inversiones privadas en proyectos, empresas y actividades que contribuyan al desarrollo económico y complementar las inversiones privadas cuando no hubiere capitales particulares disponibles en términos y condiciones razonables…’. Entonces, si eso no se considera una institución financiera internacional, repreguntamos: ¿qué es, señor Procurador?

A propósito, el presidente Lenín Moreno, siempre tan liviano en conceptos económicos y jurídicos, sobre el eventual nombramiento del Eco. Richard Martínez, ha dicho en tono jocoso: ‘Vamos a tener una buena palanca para el país’. No obstante, el Eco. Carlos J. Emanuele, en un tuit, aclara: ‘El Código de Ética del BID no permite cabildeos de ningún funcionario a favor de su país de nacimiento…’. 

Consecuentemente, no se debe comer ansias. Por lógica y sobre todo por ética pública, primero hay que atender en el Ecuador los aspectos de orden constitucional y legal y luego si aplicar, sin afanes, para la burocracia internacional.

@giovannicarrion

 

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A no comer ansias
 
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