En los estudios políticos, el término “democracia plebiscitaria” ha tenido generalmente una connotación peyorativa. Max Weber la asociaba a la dominación carismática, es decir, a lo que ahora llamamos populismos. También se la ha asociado a la “falacia de la mayoría”. Las constituciones de Venezuela, Bolivia y Ecuador introdujeron los mecanismos de “democracia directa” como una forma de garantizar la “participación ciudadana” por sobre la limitación del voto representativo. En general, suena bien, pero siempre ha sido un arma de doble filo, porque también ha permitido tomarse por asalto las instituciones políticas. Aunque creamos poco en ellas y a pesar de sus falencias, las instituciones democráticas (y no solo) son fundamentales para una mejora de la calidad de vida medida con criterios objetivos.
En las consultas, la estrategia general ha sido mezclar preguntas centrales de interés del proponente con otras retóricas o de corrección política, a las que difícilmente se puede responder con un “no”. Además, en algunos casos tienen un planteamiento disuasorio del tipo: “Con el objetivo de mejorar la institucionalidad ¿está usted de acuerdo con…?” En la consulta del año 2011, el objetivo de Correa fue tomar por asalto el Consejo de la Judicatura. En el 2017, lo propio hizo Moreno con el Consejo de Participación Ciudadana. En ambos casos hubo preguntas de consenso general como limitación del sector financiero en la política, prohibición de espectáculos que den muerte a un animal o la prescripción de delitos de pedofilia. En esta consulta, es más difícil adivinar plenamente las intenciones del gobierno, pues le ha faltado una posición clara y un discurso articulado de qué pretende con ella.
Ciertamente, en todos los casos, los referendos tienen, al menos, otros dos otros objetivos colaterales: 1) sondear con nuestro dinero el grado de aceptación del régimen, 2) legitimar acciones posteriores bajo la legitimidad mayoritaria.
Justamente dado el primer objetivo gobiernista, la oposición suele abanderar el no, independientemente del contenido de las preguntas. Personalmente, me parece una posición equivocada, porque somete la lógica argumental a la ideología partidista. Por lo general, se suele “argumentar” a favor del rechazo a las preguntas bajo la idea de “da igual”. Pero una pregunta obvia se abre ¿y si da igual, por qué entonces no votar sí?
En realidad, no da igual, por dos motivos. El primero es que casi siempre se incurre en costos transaccionales cuando se propician cambios institucionales, es decir que se tiende a pagar algo que podría no funcionar, en cuyo caso, dejar las cosas como están es una mejor opción, y, por tanto, el “no” es la respuesta. El segundo es que, en los casos de referendos, modificar aspectos constitucionales permite abrir candados a corto plazo para hacer cambios futuros. Aunque no se vea una luz clara en el presente, dado el carácter “permanente” de una constitución (aunque en Ecuador las hacemos con frecuencia), puede ser potencialmente beneficioso levantar tales restricciones, en cuyo caso es mejor votar “sí”.
Aunque no se vea una luz clara en el presente, dado el carácter “permanente” de una constitución (aunque en Ecuador las hacemos con frecuencia), puede ser potencialmente beneficioso levantar tales restricciones, en cuyo caso es mejor votar “sí”.
Ahora bien, pasando a las preguntas, me referiré a aquellas en las que creo que puedo dar algún tipo de opinión más o menos fundamentada.
Pregunta 1: Sobre la extradición. El candado constitucional es claro sobre la prohibición de extradición, y, por supuesto, abrirlo no es suficiente para que se logre, porque después suscita una serie de normativas y tratados para cumplirlo. Proponer esta pregunta es un golpe a la visión garantista de la constitución, pero seguramente tendrá un respaldo general ante el estado de cosas del país y a la ilusión de una mejoría, sobre todo con la connivencia del sistema judicial con la delincuencia organizada. Durante la década de los noventa, en Colombia se propició una discusión sobre su conveniencia y se han analizado sus resultados. Tanto garantistas de derechos como analistas políticos han visto o un problema de derechos o una política sin grandes efectos detrás. En un momento álgido en la vida política colombiana (bastante más cruento que el nuestro), la extradición pareció ser un punto de desfogue ante el poder creciente de los cárteles en las instituciones políticas y judiciales. Probablemente sea muy complicada su implementación, pero me parece que “abrir la posibilidad” es mejor a tenerla cerrada en este caso.
Pregunta 2. La autonomía de la Fiscalía. Probablemente sea la pregunta más peligrosa de toda la consulta. Crear una fiscalía autónoma en sus procesos, quizá oscurezca todavía más los mecanismos de selección o al menos no garantizaría ninguna agilidad o transparencia. La inserción de la fiscalía en la institucionalidad del poder judicial supone su propia lógica de inserción en el ámbito general de la justicia. Crear nuevos organismos y actores o autonomías tiende a solo complejizar los entramados, pero no a resolver los problemas. Una muestra de ello es el propio Consejo de Participación Ciudadana. Aunque el Consejo de la Judicatura ha sido el nodo de disputa para tomarse la función judicial (como dije, en el 2011, el correísmo se la disputó a los socialcristianos), difícilmente hay una luz detrás de esta variación. Me parece que el no es la mejor alternativa.
Pregunta 3. Reducción de asambleístas. En realidad, el problema de la Asamblea está más relacionado al sistema de partidos (o a la ausencia de uno) y su fragmentación que al número de diputados. La Asamblea ha sido tradicionalmente la institución peor calificada en el país y lo más probable es que si alguien oye que debemos pagar menos por sus miembros, lo va a aceptar. Pero la cuestión es en realidad compleja, y una reducción de asambleístas es una ventaja solo contextual y de difícil análisis. Los votos en todo cuerpo colegiado se forman a partir de alianzas, pactos y promesas de transacciones futuras. Forjar alianzas con menos actores es siempre más factible. En el caso ecuatoriano, en el que la disciplina partidista es baja (digamos, en el parlamento británico hay más representantes que en Ecuador, pero por la menor cantidad de partidos y su disciplina es más fácil forjar alianzas), las probabilidades de alianza sube sus costos a mayor cantidad de asambleístas. En ese sentido, es mejor tener menos representantes, pero la pregunta es ¿alianza para qué? El problema es contextual. Por ejemplo, en escenarios de gobierno dividido (minoría de asambleístas del partido de gobierno), es mejor tener menos asambleístas para poder forjar pactos y conseguir los votos requeridos, porque los costos de transacción se reducen para el gobierno y es más fácil llevar a cabo políticas y gobernar (ahora mismo hay un bloqueo de la Asamblea al gobierno). Nuevamente, siempre depende del contexto y qué se espera. Ciertamente, el problema en el caso ecuatoriano está más en otros ámbitos (hay que reformar la ley de partidos, el código de la democracia, en cuanto a cómo formar un partido, quiénes pueden presentarse, etc.).
La pregunta 4 sobre movimientos políticos puede ser un pálido avance al respecto, aunque necesita de toda una red de reformas.
Preguntas 5 y 6. La selección de autoridades de control por parte del CPCSS y la elección de miembros del mismo Consejo. Devolver el poder de elección de autoridades de control al legislativo me parece central. El Consejo de Participación Ciudadana, creado a partir del ejemplo del Consejo Moral Republicano de Venezuela, pero con poderes extraordinarios en Ecuador (nombrar autoridades de control), ha sido, según criterios objetivos, uno de los órganos que han permitido la concentración de poder ejecutiva e impunidad en el manejo fiscal. Por supuesto que una Asamblea como la nuestra no garantiza mejores estándares de elección, pero, sencillamente, es más difícil cooptar a un cuerpo colegiado compuesto por más de 130 miembros que uno de 7. Además, los asambleístas, mal que bien, como dice Simón Pachano, “son depositarios del voto popular”.
Antes, incluso, los miembros del CPCCS eran escogidos bajo oscuros concursos de “méritos” y oposición. Solo bastaba ver que eran miembros reciclados de otras instancias del gobierno. El CPCCS ha sido una de las instituciones más nefastas en la historia reciente del republicanismo ecuatoriano y su poder es inmenso, debido a su capacidad de nombrar a los funcionarios de los organismos de control. Creo que votar sí es necesario. En cuanto a la pregunta 6, volver a la selección “meritocrática” me parece un peligro que nos devuelve a los métodos del pasado, aunque se trasladen a la Asamblea.
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