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10 de Octubre del 2017
Ideas
Lectura: 6 minutos
10 de Octubre del 2017
Gabriel Hidalgo Andrade

Politólogo y abogado. Docente universitario.

Reelección y ¿repostulación?
Sin límites al ejercicio del poder no hay república porque quien ejerce el poder lo puede hacer a perpetuidad, sin limitaciones en el tiempo, las que se traducirían en posibles abusos de los bienes del estado, de los recursos del gobierno que se administra o de la autoridad partidaria en esa administración pública, integrada, generalmente, por los copartidarios del mandatario en funciones. ¿Se entienden los riesgos?

Los correistas quieren enredarnos otra vez. Intentan hacer creer que la repostulación es la interpretación correcta para la palabra reelección. Pero se equivocan. Esa palabra no existe. Al menos, no se encuentra reconocida por el Diccionario de la Academia de la Lengua.

Si el idioma se hizo para entendernos, debemos empezar por eso, por razonar dentro de marcos lingüísticos inteligibles para luego establecer los marcos ideológicos reales. Pero otros prefieren hacerlo al revés: se inventan palabras para asignarle cualquier significado ideológico y a esa fantasía convertirla en una verdad totalitaria, es decir, que debe ser aceptada por todos sin excepción.
Pero no es ninguna novedad, los revolucionarios destrozan el castellano con injustificada frecuencia. En el suceso más reciente, dijeron que el enjuiciamiento no deriva de la palabra juicio, aunque fuera la misma palabra acompañada de un prefijo, y así negaron la naturaleza acusatoria de nuestro sistema penal, todo para defender al vicepresidente Jorge Glas, hoy preso. 

Con la iniciativa de convocatoria a una consulta popular, han dicho, por ejemplo, que derogar la regla de la reelección indefinida consistiría en una “regresión de derechos” porque las personas no podrían volver a elegir a una misma persona para que indefinidamente ocupe el mismo cargo por el que compite en las votaciones. Pero la reelección no se refiere a las personas que votan sino a la persona que es reelegida.  

Por suerte, las palabras “reelección” e “indefinida” si existen en la lengua castellana. De esas sí podemos hablar con certeza, sin ninguna maniobra lingüística disfrazada de baratija ideológica.

Si la indefinición es la “ausencia de límites” y  nos referimos a una circunstancia en la cual preexiste la intención de alguien en ocupar reiteradamente un mismo cargo electivo, entonces una reelección se entendería como la acción de alguien para “volver a participar” y ser otra vez elegido en el mismo puesto, y si esto es de manera indefinida, entonces se entendería que esta elección ocurriría sin ninguna restricción en el tiempo para el ejercicio de esa misma función. En otros términos, quien sea reelegido consecutivamente podría quedarse perpetuamente, sin límites, en el mismo cargo.

Pero los límites son propios a un sistema republicano como el nuestro. Sin límites al ejercicio del poder no hay república porque quien ejerce el poder lo puede hacer a perpetuidad, sin limitaciones en el tiempo, las que se traducirían en posibles abusos de los bienes del estado, de los recursos del gobierno que se administra o de la autoridad partidaria en esa administración pública, integrada, generalmente, por los copartidarios del mandatario en funciones. ¿Se entienden los riesgos? Por eso, el republicanismo democrático soluciona este problema con el principio de la alternabilidad en el ejercicio del poder y estableciendo límites a la reelección.

Eliminar la norma de límites al ejercicio del poder ya es, en sí misma, una regresión a los derechos fundamentales porque deroga el principio republicano de la alternabilidad en el poder. Los correistas no pueden hablar de ninguna regresión, destrozando otra vez el castellano y la lógica, porque ellos reformaron la constitución por la vía de la enmienda, violaron el procedimiento para modificar la constitución y nos retrocedieron, casi dos siglos, a la época colonial, en donde los delegados del poder monárquico podían quedarse en el poder según el antojo de su nominador, el rey. Ninguna de las constituciones, desde la inauguración de la República del Ecuador, estableció nunca la reelección indefinida. 

Con la inexistente palabra “repostulación”, quienes la utilizan, tal vez quieran referirse a la postulación reiterada, es decir, a la acción de proponer repetidamente a alguien para un cargo electivo. No se trataría entonces de ningún derecho a participar directamente en una elección, sino a la facultad que tiene otra persona, diferente al aspirante, de proponer a alguien para que vuelva a participar en elecciones para el mismo cargo que ya ocupa.

Mientras la reelección se refiere a la persona elegida, la repostulación se referiría a quien propone a una persona para ser elegida otra vez.

Esto quiere decir que la repostulación indefinida siempre estuvo vigente en el Ecuador. Los partidos políticos continuamente postulan a sus candidatos quienes participan sin límites, indefinidamente, para el mismo cargo o para cualquier otro, hasta ganarlo en elecciones, y muchas veces sin conseguirlo.


Otra cosa es la reelección indefinida, que es propia de quienes han ganado una elección y se encuentran en pleno ejercicio del cargo conseguido.

Nuestros folclóricos revolucionarios se inventaron una palabra, inútil para sus finalidades, pero que esconde el inmerecido derecho de buscar quedarse en el ejercicio poder para siempre, como es permitido en Cuba, Biolorrusia, Corea del Norte, Nicaragua o Venezuela.
Con esas predilecciones ideológicas, ahora todo se entiende mejor.

@ghidalgoandrade

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