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3 de Junio del 2021
Investigación
Lectura: 50 minutos
3 de Junio del 2021
Redacción Plan V
Ecuador: la guerra por el cinturón del cobre de Imbabura
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En mayo pasado, se produjo una movilización de trabajadores de la empresa Hanrine en contra de la Comandancia de la Policía Nacional, en Quito. La empresa ha acusado a esa institución y al Ministerio de Gobierno de no abrir la vía pública de acceso a una de las concesiones, que está tomada por los pobladores de La Merced de Buenos Aires, en Imbabura.

 

Una guerra invisible se ha desatado por las concesiones mineras llenas de cobre y oro, en la provincia de Imbabura. En el medio están la australiana Hancock (Hanrine en Ecuador) y la estatal chilena Codelco, consideradas como las mayores empresas mineras en el mundo. Esta batalla, al parecer, involucró a altas autoridades del gobierno de Lenín Moreno, la Policía Nacional y otras entidades de justicia.



Un operativo policial, en julio de 2020, en contra el gerente general de la empresa minera Hanrine -subsidiaria de la poderosa australiana Hancock con varias concesiones en Imbabura- fue parte de esta guerra invisible. Tres años atrás, en el 2017, Carlos De Miguel, —un ecuatoriano-estadounidense, excontratista de la Senain durante el correísmo, experto en seguridad de áreas estratégicas y ahora inversionista minero— había hecho una millonaria oferta por el 51% del proyecto de cobre Llurimagua, que al parecer el gobierno de Lenín Moreno estaba ofertando a inversionistas internacionales.

El proyecto de cobre, uno de los más importantes del mundo, tenía como socios en ese momento a la Empresa Nacional Minera (ENAMI) y Codelco, la estatal chilena del cobre. La minera chilena, incluso a través de su gobierno, reaccionó airadamente en contra del Ecuador y la oferta de Hanrine se quedó en el aire. Pero la minera australiana insistió dos años después, en el 2019, una vez que una autoridad minera ecuatoriana le pidiera que actualice su propuesta, que esta vez contemplaba incluso una refinería de cobre en la zona, si es que Hanrine se hacía con Llurimagua y completaba un cinturón minero con la suficiente capacidad de explotación para justificar la refinería.

El gobierno de Moreno dio largas, y lo que sí pasó fue que en junio de 2020 Codelco envió una carta a Australia, con copia a la ENAMI, en la cual advertía a la empresa con acciones legales para defender su participación del 49% en Llurimagua. Semanas después, el gerente de Hanrine y representante de Hancock era detenido por la Policía en un operativo de la Fiscalía, acusado de tráfico de armas de fuego, biológicas y nucleares. Para De Miguel, funcionarios del gobierno de Moreno usaron a la Policía y a la Fiscalía en una disputa empresarial, con el afán de desacreditarlo y beneficiar a terceros en la pelea por Llurimagua, en el cinturón de cobre de Imbabura. Esta es la historia.

I. La carta chilena que se consideró una amenaza

El 5 de junio del 2020, la carta de estatal chilena Codelco —considera como una de las más grandes compañías mineras del mundo— le dice a la australiana Hancock Prospecting Pty Ltd lo siguiente:

“Escribo en nombre de la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco).
Como es de su conocimiento, Codelco es una empresa minera estatal chilena que ha estado realizando actividades de exploración minera en Ecuador de conformidad con varios acuerdos bilaterales entre las Repúblicas del Ecuador y Chile y con la Empresa Nacional Minera del Ecuador (ENAMI EP), el estado de Ecuador. minera de propiedad, desde 2011.
Específicamente:

“(a) el 28 de noviembre de 2011, Codelco y ENAMI EP celebraron un acuerdo que otorga a Codelco derechos preliminares de exploración minera en regiones clave de Ecuador; en virtud de lo cual las partes acordaron constituir una empresa mixta para el desarrollo del proyecto, siendo ENAMI EP una participación del 51% y Codelco una participación del 49%;

(b) el 7 de diciembre de 2015, Codelco y ENAMI EP celebraron un acuerdo para el desarrollo del proyecto minero de cobre Llurimagua en Imbabura, Ecuador (Proyecto Llurimagua), que reafirmó el compromiso de las partes de suscribir un pacto de accionistas al determinar las principales condiciones que regularán la
Relación empresarial. ; y

(c) el 29 de marzo de 2019, Codelco y ENAMI EP celebraron un nuevo acuerdo adaptando algunos detalles sobre la estructura societaria de la empresa conjunta a la última opinión del Fiscal General.

Estos acuerdos confirman una relación de larga data entre la República del Ecuador y la República de Chile de cooperación en materia minera, relación que se inició en 2008, cuando ambos países suscribieron un Acuerdo de Cooperación. Fruto de esta relación de larga data, Codelco ha realizado importantes inversiones en el Proyecto Llurimagua.

Sin embargo, recientemente se obtuvo correspondencia entre usted y varias entidades en Ecuador de conformidad con el Artículo 18 de la Constitución de Ecuador y los Artículos 2 y 19 de la Ley de Acceso a la Información y Transparencia (Ley de Transparencia y Acceso a la Información) y el Artículo 11 de su Normativa, mediante la cual Codelco ha tenido conocimiento de que Hancock Prospecting Pty Ltd y su subsidiaria ecuatoriana (conjuntamente Hancock), se han dirigido a ENAMI EP, al Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ex Ministerio de Minas) y a otros funcionarios públicos en varias ocasiones entre octubre de 2017 y diciembre de 2019 con una oferta no solicitada para adquirir los derechos para el desarrollo futuro del Proyecto Llurimagua.

Hancock se dirigió en primer lugar al Gerente General de Enami EP, Ministerio de Minas y al Presidente de la República del Ecuador en 2017 con una oferta para adquirir los derechos del Proyecto Llurimagua. Esta oferta se llevó a cabo posteriormente en marzo y diciembre de 2019, donde Hancock buscó una reunión oficial para tratar su propuesta sobre el Proyecto Llurimagua. Como resultado de estas comunicaciones, la República del Ecuador, a través de su Viceministerio de Minas, envió cartas oficiales declinando cualquier oferta y comunicando la relación con Codelco en el Proyecto Llurimagua conforme a los convenios vigentes suscritos por Ecuador y Chile.

Si se aceptara cualquier oferta de Hancock, la participación continua de Codelco en el Proyecto, según lo contemplado en los acuerdos establecidos anteriormente, podría llegar a su fin o verse perjudicada de otra manera.

Según la ley australiana, la interferencia consciente e intencional con los derechos contractuales de otra persona es un agravio económico que suena a daños. Con base en la información de que dispone, incluida la respuesta oficial del Gobierno del Ecuador, Codelco considera que, al momento de realizar su oferta, Hancock tenía suficiente conocimiento de los distintos acuerdos que regulan los derechos de Codelco en relación con el Proyecto Llurimagua para fundamentar una intención de interferir con esos arreglos.

Dada la etapa del Proyecto Llurimagua y considerando las inversiones realizadas por Codelco, cualquier acción adicional de Hancock constituirá ciertamente una interferencia consciente e intencional que podría ser extremadamente perjudicial para los derechos contractuales de Codelco.

A la luz de lo anterior, Codelco solicita que Hancock y cualquiera de sus subsidiarias y / o entidades afiliadas desistan inmediatamente de participar en cualquier conducta que pueda interferir, directa o indirectamente, con las relaciones contractuales de Codelco relacionadas con el Proyecto Llurimagua.

Además, Codelco se reserva todos sus derechos contra Hancock con respecto a cualquier conducta pasada o continua que interfiera con sus relaciones contractuales según lo establecido anteriormente, incluido su derecho a solicitar medidas cautelares, daños y cualquier otra orden que considere apropiada a la luz de las circunstancias.

Carta de Codelco  a Hacock, como advertencia de que la estatal chilena tenía la concesión y un acuerdo con el gobierno de Ecuador. Ver PDF

La respuesta de Hancock/Hanrine fue escueta: tomamos nota de su comunicación; rechazamos todas sus afirmaciones. 

Menos de un mes después, el 12 de julio del 2020, Carlos de Miguel III, gerente general de Hanrine — subsidiaria de Hancock, la australiana minera más grande del mundo —, fue arrestado en su domicilio, en el valle de Tumbaco, nororiente de Quito, a las 07:00 y acusado de tráfico de municiones y de armas de fuego, biológicas y nucleares. Diez meses después, un juez ecuatoriano, por petición de la Fiscalía General del Ecuador, ordenó el archivo de la causa y ordenó la devolución de cuatro armas y 9.500 municiones incautadas. De Miguel y su abogado, Emiliano Donoso, están seguros que este incidente fue una respuesta a las intenciones y ofertas de Hanrine de comprar el 51% de la participación del Estado en la mina Llurimagua, uno de los depósitos de cobre más grandes del mundo, que tiene en sociedad con la chilena Codelco.

II. ¿Del cruce de cartas a la guerra minera?

La carta admonitoria de Codelco a Hancock/Hanrine no fue la primera de la estatal chilena. Lo hizo tres años antes con la propia estatal Empresa Nacional Minera (Enami), en septiembre de 2017. Una carta en un tono también admonitorio. En resumidas cuentas, la empresa chilena le decía a la ecuatoriana, socios en Llurimagua, que se había enterado de que el gobierno nacional de Lenín Moreno estaba ofertando en Londres las inversiones mineras en Llurimagua.

Carta de CODELCO a la ENAMI, protestanto porque el gobierno de Ecuador estaba ofreciendo Llurimagua a inversionistas en Londres. Ver PDF

Le dijo:

»A través de diversos medios electrónicos hemos tomado conocimiento que a fines de la semana pasada y durante el curso de esta semana, el Ministro de Comercio Exterior del Ecuador, señor Pablo Campana Sáenz, ha sostenido numerosas reuniones en Londres, Inglaterra, promocionando diversos proyectos de inversión en el Ecuador, entre ellos, el proyecto de cobre Llurimagua.

»Entre las reuniones sostenidas por el Ministro de Comercio Exterior del Ecuador en Londres, se incluyeron reuniones con las mineras multinacionales Antofagasta Minerals (Agenda 22 de septiembre), Anglo American (Agenda 26 de septiembre) y Rio Tinto, en las cuales se ha entregado por parte del Ministerio de Comercio Exterior un brochure a dichos inversionistas a invertir en el Proyecto Llurimagua (ver adjunto). El mismo brochure se incluye, además, como "Project Sheet  en el sitio web de InvestEcuador.

»En el señalado brochure se describe el Proyecto Llurimagua como un proyecto que integra un pórfido de cobre  y una refinería y fundición de cobre, con una inversión de capital total de USD 4.245 millones. Respecto del modelo de negocio, el brochure menciona que el Proyecto Llurimagua es un emprendimiento público-privado, donde el futuro inversionista explotará la mina e incorporará el concentrado de cobre como insumo en la refinería de cobre. Es relevante mencionar que el brochure y el sitio web de InvestEcuador no hacen mención alguna al rol de ENAMI EP, o Codelco, en el Proyecto Llurimagua.

»Por esta vía queremos manifestar nuestra profunda sorpresa y preocupación por las reuniones que el Ministro de Comercio Exterior del Ecuador ha tenido con empresas mineras en Londres —promocionando la inversión en el Proyecto Llurimagua— ya que, como es de suyo conocido, el Proyecto Llurimagua está amparado por el Convenio para la Exploración Minera suscrito entre ENAMI EP y Codelco con fecha 28 de noviembre de 2011, complementado luego por los Términos de Acuerdo de Accionistas suscrito entre ENAMI EP y Codelco el 7 de diciembre de 2015, en adelante conjuntamente los "Acuerdos", los que tuvieron, en su firma, y como Testigos de Honor, a los Ministros de Minería de Ecuador y Chile.

»A juicio de Codelco, las discusiones y reuniones que ha tenido el Ministerio de Comercio Exteriordel Ecuador con empresas mineras en Londres (respecto del Proyecto Llurimagua) se aparta, no solo de los Acuerdos, sino que también de las Cartas, por lo que Codelco requiere de una pronta, completa y satisfactoria respuesta de ENAMI EP respecto del alcance de dichas discusiones».

Hancock había hecho las ofertas, desde el 2017, amparada en que el propio ministro de Moreno, Pablo Campana, había ofrecido el paquete completo de Llurimagua a inversores internacionales. Oferta que no mencionaba que el Ecuador ya tenía un compromiso con Codelco de Chile.

Hancock había hecho las ofertas, desde el 2017, amparada en que el propio ministro, Pablo Campana, había ofrecido el paquete completo de Llurimagua a inversores internacionales. Oferta que no mencionaba que el Ecuador ya tenía un compromiso con Codelco de Chile.

Esta historia empezó hace algunos años, cuando el 28 de noviembre del 2011, las empresas ENAMI EP y Codelco suscribieron un Convenio para Exploración Minera, el que acordaron que la empresa chilena deberá asumir la inversión en la fase 1 de exploración en un portafolio que sería acordado con ENAMI (que incluía Llurimagua, Sigchos, Quinapalma y Chileales). El proyecto Llurimagua (anteriormente llamado Intag) había sido materia de un arbitraje internacional, por el cual el Estado ecuatoriano fue condenado al pago de USD 20 millones a la empresa Copper Mesa.

En caso de resultados favorables, las empresas debían (dentro de la Fase 2) constituir una Empresa de Economía Mixta, la que se sometería a la normativa ecuatoriana (constitución, participación, tributos, regulatoria minera, ambiental) y cuya jurisdicción en caso de controversia sería en la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya.

El 7 de diciembre del 2015, las mismas empresas firmaron los Términos de Acuerdo de Accionistas, que incluyó un detalle de las actividades e inversiones que deberán realizarse en las Fases 1 y 2. Así como, la administración, mayorías calificadas, operador, y, los porcentajes de participación en la sociedad que deberá constituirse:  51% (ENAMI) y 49% (Codelco). Al 2019, la empresa Codelco había invertido aproximadamente USD 60 millones.

Pero, el 16 de octubre del 2017, Hancock Prospecting PTY LTD presentó al Gerente General de ENAMI una Carta de Oferta para adquirir el proyecto Llurimagua y los intereses relacionados a este. No recibió respuesta alguna por parte de la empresa ecuatoriana. Previo presentarse como una sociedad de origen australiano, con intereses en diversos sectores y países, detalló una propuesta para adquirir el 51% del proyecto de la siguiente manera:

  • Un valor directo de USD 102 millones de dólares (con fundamento en la información disponible a la fecha).
  • Un valor adicional de aproximadamente USD 100 millones (mediante verificación de mineral en reservas probadas y regalías adicionales a las que exige la Ley de Minería).
  • En caso de transferencia del 100% del proyecto Llurimagua los valores se incrementarían proporcionalmente, esto es, hasta la suma de aproximadamente USD 400 millones.

El 31 de octubre del 2017, el Gerente General de Hanrine Ecuadorian Exploration And Mining (subsidiaria de Hancock en Ecuador) informó al presidente Lenín Moreno el interés de Hancock por el proyecto Llurimagua por un valor de USD 234 millones (51% del proyecto), que fuera previamente manifestado al Gerente de ENAMI EP. La respuesta llegó el 6 de noviembre del 2017, indicando que sería atendido por el entonces ministro de Minas, Carlos Pérez, quien nunca respondió la petición.

El 13 de diciembre del 2018, la Contraloría General del Estado informó los resultados provisionales del examen especial al proyecto Llurimagua, y señaló múltiples incumplimientos a la normativa regulatoria minera, así como de protección del agua y de medio ambiente, por parte del consorcio ENAMI EP-Codelco (mediante su subsidiaria local).

Semanas después, el 28 de diciembre del 2018 y 6 de febrero del 2019, el Procurador General del Estado, ante una consulta presentada por el Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables; y una consulta de aclaración presentada por el Ministro de Finanzas, absolvió de manera vinculante que: “la Empresa que deberá constituirse entre ENAMI y Codelco (sin importar si fuera mixta, anónima o cualquier modalidad) debe mantener la partición del 51% por parte del Estado ecuatoriano y no podrá diluirse. Lo que dificulta la capacidad para obtener capital de riesgo para el desarrollo futuro del proyecto por valores que superarían los USD 1.000 millones”.


Proyecto minero de Llurimagua, en Cotacachi. La foto es de octubre del 2017 y fue difundida por el sitio gubermental El Ciudadano, antes de que este medio desapareciera. La zona ha sido objeto de disputas. Sus pobladores rechazan la concesión y han sido objeto de persecuciones.

el proyecto llurimagua forma parte del cinturón de cobre de Imbabura. Junto a este se encuentran grandes depósitos como la zona de buenos aires y cascabel. una zona ambicionada por los grandes productores del mineral.


Llurimagua esun proyecto de minería que, según denuncias de pobladores y ecologístas, tendrá graves afectaciones al medio ambiente. 

No pasaron tres meses de ello y el 13 y 20 de marzo del 2019, el Gerente General de Hanrine insistió ante el Ministro de Finanzas y el Presidente de la República, para asumir el proyecto Llurimagua. Se ratificó en los valores propuestos en el 2017. Dijo que no se oponía a la continuidad de Codelco como socio y operador del proyecto. Incluso, invocó los compromisos contraídos con el FMI respecto de bienes improductivos.

La única autoridad que respondió a las comunicaciones y propuestas presentadas por Hancock fue el viceministro de Minas, Fernando Benalcázar. Lo hizo el 29 de marzo de 2019, en una comunicación en la cual se limitó a informar que el proyecto Llurimagua y los compromisos entre Codelco y ENAMI, eran parte de la esfera del derecho internacional. Y que sería desarrollado por una “sociedad anónima” conformada por el 51% a favor de ENAMI y el 49% a favor de Codelco, de conformidad con un “dictamen vinculante” del Procurador General del Estado.

Desde entonces, Hanrine insistió con diversas autoridades del gobierno para que se le permitiera explicar la oferta, incluido el Presidente de la República.

II. Carlos De Miguel acusa

El lunes 17 de mayo del 2021, a una semana del fin del gobierno de Lenín Moreno, Carlos de Miguel y su abogado Maximiliano Donoso anunciaron que el 7 de mayo de 2021, Giovanny Fernando Freire Coloma, Juez de la Unidad Judicial Penal con sede en la Parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, ordenó el archivo definitivo de la investigación previa No. 170101820073189 en contra De Miguel.

En una rueda de prensa, a la cual también había invitado a personas que lo respaldaban, el empresario —en una de sus pocas intervenciones públicas — testimonió lo que había vivido en esos diez meses.
“El domingo 26 de julio del 2020, a las 07:00 comenzó una pesadilla que me robó mi paz y tranquilidad por los siguientes diez meses, fruto de una conspiración de funcionarios corruptos de este gobierno.

“Este acto de cobardía, liderado por María Paula Romo, puso en duda mi integridad y la de mi empresa, frente a la comunidad nacional e internacional, sobre todo en Estados Unidos, Australia, Europa y Canadá. Ese día, mi domicilio fue allanado mientras descansaba con mi señora, en medio de una pandemia, porque supuestamente una fuente anónima había informado 24 horas antes de que dentro de mi domicilio se encontraban armas y municiones que se estarían usando para cometer delitos.

“Fui detenido abruptamente por miembros de la Unidad de Investigación de Armas y Municiones (UIDAM) quienes muy creativamente pusieron las municiones para tomar la foto, lo cual muestra que esto fue un ataque premeditado, donde la Unidad supo que estas imágenes iban a resonar hasta el otro lado del mundo, hasta Australia, y querían el reconocimiento mundial de esos hechos, porque nunca se ha visto en el Ecuador una unidad policía que use evidencia de ningún tipo para montar imágenes de autopromoción.

“Mientras allanaban la casa y me tuvieron aprehendido, desde la 07:29, al mando había una fiscal que ignoró en todo momento mis permisos de armas y descargos, y que solamente repetía que era un operativo ordenado por los altos mandos policiales, fui ingresado a un patrullero, escuché todo el tiempo la frase “ministra” entre los mismos policías, me amenazaron durante todo el camino, al mando del teniente Ricardo Herrera y puesto en prisión por más de 30 horas, sin orden judicial, alegando que había cometido un delito flagrante y supuesta tenencia y tráfico ilegal de armas de fuego, químicas, nucleares y biológicas, mientras la ministra de Gobierno, desesperadamente presionaba a jueces y fiscales, incluso antes de mi audiencia, pidiendo mi cabeza, mi prisión y mi procesamiento, en una campaña pública y brutal de desprestigio en mi contra.
 


Esta es la lámina que presentó el empresario como uno de los "atropellos" en su contra que denunció.

La verdad es que todas las armas que se encontraban en mi poder estaban registradas en el comando conjunto de las FFAA a mi nombre y eran usadas, como sus permisos decían, en competencias de tiro: carlos de miguel.

“La verdad es que todas las armas que se encontraban en mi poder estaban registradas en el comando conjunto de las FFAA a mi nombre y eran usadas, como sus permisos decían, en competencias de tiro; no comercializo armas ni municiones de ninguna clase y he mostrado con evidencias que ninguna de las armas deportivas que uso han sido o están vinculadas con delito alguno, o son dotaciones exclusivas de militares y policías. Todo esto era conocido por la Policía y la ministra antes de montar ese circo público.

“Considero un gran deshonor a mi persona el tener que demostrar que no soy un traficante de armas de fuego, armas químicas, nucleares y biológicas, como ilegalmente me acusaron. No tengo antecedentes penales de ningún tipo, tengo un prestigioso título universitario en Administración de Empresas, he trabajado en seis continentes con cuatro de las transnacionales más grandes del mundo, con una carrera profesional intachable de más de dos décadas. Jamás me he refugiado en el derecho al silencio y me ha costado a mi, y a mi familia, incuantificables sacrificios para la continua restauración de mi honor.

"Diez meses después, María Paula Romo, el teniente Ricardo Herrera, un exviceministro de Minería y al menos un general de la Policía, todos interesados en mi detención y mi desprestigio, merecen la atención y la energía de la justicia penal y civil, tanto nacional como internacional y la censura moral por sus actos ilegales. Tendrán que rendir cuentas frente a la justicia ordinaria del ataque premeditado e ilegal en mi contra por sus intereses personales.

“¿Por qué me atacaron? Soy representante en el Ecuador de una de las empresas más importantes del mundo en la industria minera y manifesté nuestro interés real al gobierno, por escrito, sobre la concesión minera Llurimagua, por más de 400 millones de dólares, sin contar con regalías, impuestos, estudios… Ingresos que hubieran sido primordiales en la crisis que vivimos. Las pocas respuestas favorables que recibimos de pocos funcionarios fueron rápidamente silenciadas por altos poderes políticos, quienes empezaron a amenazarme. El silencio de la autoridad, en este caso, se debía a que el mencionado campo se pretendía entregar sin costo alguno, a costo cero, sin beneficio alguno a una empresa minera internacional con graves problemas económicos, que llevará nuestros recursos a su país a través de una venta internacional por 1000 millones de dólares, hecho que constituye uno de los más grandes atracos al patrimonio de los ecuatorianos y perjuicios al Estado más grave en la historia del Ecuador, liderado por un corrupto ex viceministro de Minería, y no le gustó que entrometa en sus negocios personales y que periodistas descubran y hagan público todo el lodo negro que se sigue escondiendo detrás de esto.

“Todos los días en este país hay personas que sufren injurias e infamias y son encarcelados injustamente, porque simplemente no tienen los recursos, la voluntad ni el capital para defenderse y contraatacar. Los corruptos están en el poder, nosotros seremos la punta de esa lanza para asegurar que eso jamás vuelva a suceder. El daño a mi persona, mi familia y a mi reputación ya está hecho, pero que sea una lección para que ninguno viva lo que viví.

III. De los derechos mineros a los derechos humanos

Emiliano Donoso, abogado de De Miguel dijo que “no importa el nombre de la persona perjudicada, si tiene recursos o no, a qué se dedique o cómo se llame; tampoco importa qué crean de esa persona, lo que importa es que el Estado no puede utilizar sus recursos y toda su fuerza para afectar los derechos de los ciudadanos. El día de ayer fue el señor De Miguel, y mañana puedo ser yo o ustedes. No puede volver a suceder, el Estado debe entender y los ciudadanos debemos comprender que no se pueden violar nuestros derechos a cuenta de nada.

“Después de todo este atropello, después de que dijeron que un traficante de armas tenía un arsenal en su casa, que armas de fuego habían ingresado al país en contra de la seguridad de todos nosotros y que se estaban cometiendo ilícitos con esas armas y que la Policía confundía a la opinión pública que se había capturado una banda de delincuentes en la cual se metía el nombre de Carlos De Miguel. La Fiscalía General del Estado solicitó al juez de garantías penales el archivo de la causa. ¿Por qué? Porque luego de diez meses se dieron cuenta que no había delito. ¿Se necesitan diez meses para concluir eso? El juez aceptó el archivo de fiscalía y ha determinado que se violaron los derechos constitucionales de Carlos de Miguel. Que no existió delito y ha ordenado la devolución de los bienes incautados ilegalmente.

“Hay dos hechos muy importantes. ¿Cuáles son los derechos de Carlos de Miguel que se violaron? La Policía nos hizo cree que escucho a un denunciante anónimo que le había dicho que en la casa de Carlos de Miguel habían armas. En el país no existen denuncias anónimas, salvo que se denuncien por el 1800 o sea un testigo protegido. Pero la Policía certificó que nunca recibió una denuncia contra De Miguel. Ni ese día ni nunca. Fraguaron una supuesta denuncia anónima para meterse en la casa de un ciudadano. Y lo lograron.

¿La Policía no tenía acceso a la información pública que decía que Carlos de Miguel tenía armas registradas a su nombre? Claro. Pero no les importó porque el plan era otro: maximiliano donoso, abogado de carlos de miguel.

“¿La Policía no tenía acceso a la información pública que decía que Carlos de Miguel tenía armas registradas a su nombre? Claro. Pero no les importó porque el plan era otro. Una vez que el fiscal le pide al juez que allanen la casa del señor De Miguel, le detienen, cuando la orden del juez no disponía ningún tipo de detención. Y le detienen porque a decir de la Policía había un delito flagrante porque este señor tenía cuatro armas de fuego, todas con permiso. Y lo que demuestra que el plan era desprestigiar y destruir a este ciudadano, es que nos dijeron a todos que había un arsenal de armas, y en las fotos publican dos armas de juguete. Una es un láser frío que no necesita permisos, y la otra es un rifle de aire, que se usa para jugar pint ball y la Policía nos hizo creer que esas eran armas de fuego y necesitaban permisos.

"Aunque no existiera flagrancia, el señor De Miguel fue sometido en su propia casa, cuando la policía ni siquiera le permitía ir al baño solo. Fue esposado en su domicilio y sacado como un delincuente y metido en un patrullero, donde por una hora fue amenazado y el oficial Herrera le decía constantemente que le ayude con una fotografía, que le colabore con el trabajo, que él podía ayudarle, que si no se quedaría ocho años preso, que si no le ayuda entonces le metería en un calabozo con 28 personas en plena pandemia y también alargaría el procedimiento todo lo que pudiera; amenazas todas que se cumplieron.

“Cuando ustedes han visto que la ministra de Gobierno haya hecho antes lo que hizo: puso un tuit con el nombre y apellido del supuesto investigado. En ningún otro anuncio (de la ministra) se ha puesto el nombre completo del investigado, salvo en el caso del señor Carlos De Miguel.

“Después atacaron a la jueza que lo dejó en libertad. Pero no porque era una jueza corrupta, porque la Fiscalía retiró el pedido de flagrancia, porque la Policía escribió en su parte que no había delito flagrante, y si es que no había ¿por qué lo detuvieron? Esa detención ilegal, esa tortura, ese procedimiento injustificado no importa el nombre que tenga, no puede volver a suceder.

“El Consejo de la Judicatura informaba a los medios de prensa, noticia que era retuiteada por la ministra de Gobierno, que investigarían a la jueza porque era un caso de interés nacional. ¿Cuál era el interés nacional el que se hayan metido a la casa de un ciudadano y hayan encontrado armas con permisos?

“Posteriormente continuó la intimidación y la persecución: drones sobrevolando la casa del señor De Miguel, drones sobrevolando mi domicilio, vehículos rondando mi casa en el cumpleaños de mi hija. Ofrecieron ruedas de prensa donde pretendieron desprestigiarme por mis declaraciones a La Posta. La ministra me atacó y al medio también.

“El Consejo de Generales de la Policía emitió un comunicado en el que calificaron a Carlos de Miguel y a su abogado como enemigos de la Policía Nacional. Dijeron que les estábamos amedrentando, ¿y cómo dos ciudadanos amedrentan a todo el Estado, a 56 mil policías? ¿El Consejo de disculpará ahora?

“La única intención de todo esto era desprestigiar al señor Carlos de Miguel, destruirlo, encerrarlo, calumniarlo para que su actividad al frente de una empresa no les moleste más. Cuando esto pasa el Estado debe responder, y demandamos al Estado ecuatoriano por el daño que ha causado a este ciudadano", dijo.

Según Emiliano Donoso, la demanda será presentada con todas las pruebas y está acompañada por casi 15 peritajes y el demandado es el Estado ecuatoriano. Si la justicia nos da la razón, dijo, el Estado repetirá en contra de los funcionarios que actuaron ilegalmente.

Carlos de Miguel dijo además que “más importante a destacar en esta demanda es que funcionarios públicos, plenamente identificados usaron el aparataje del Estado y fueron capaces de crear un proceso elaborado y anticipado en mi contra, para desacreditarme personalmente y a mi empresa, para dar de baja a una oferta atractiva para el Estado. Lo más importante de esta demanda es que deben reponer mi reputación en el estado en que estaba antes de este ataque. Mi huella virtual en páginas de búsqueda es en cientos de artículos con mi nombre asociado a tráfico de armas. Eso me ha costado que no pueda hacer inversiones en el Ecuador y afuera del país porque lo primero que hacen es buscar mi nombre y me dicen: señor De Miguel, su huella digital dice que usted es traficante de armas y lamentamos no poder aceptar su oferta y nos vemos obligados a dejar de hacer negocios con usted. Proveedores internacionales me han dejado de vender, me han causado un daño que no se puede cuantificar. Lo más importante es reponer mi buen nombre”.

Según Emiliano Donoso, la demanda será presentada con todas las pruebas, está acompañada por casi 15 peritajes y el demandado es el Estado ecuatoriano. Si la justicia de este país nos da la razón, dijo, el Estado repetirá en contra de los funcionarios que actuaron ilegalmente.

“Hay que agotar instancias internas para intentar en cortes internacionales. Sin embargo hemos hecho conocer estos atropellos a organizaciones internacionales de derechos humanos y hemos presentado un reclamo informativo a la CIDH. Independientemente de lo que diga la justicia nacional, acudiremos a instancias internacionales, porque el Estado ecuatoriano debe estar sancionado internacionalmente, dijo Donoso.


Carlos de Miguel, en la conferencia de prensa en Quito.

IV. La acusación desvirtuada

Según María Paula Romo, ella no se enteró del operativo sino después, porque la decisión de allanar había sido tomada por la Fiscalía. Por lo tanto ha deslindado responsabilidad sobre el tema. La Unidad de investigación de Armas y Explosivos de la Policía (Uidan) realizó el operativo en el domicilio de Carlos de Miguel, en Puembo. Portaban una orden de allanamiento de un juez y estaban acompañados por un fiscal. ¿La motivación? Una supuesta denuncia anónima de tráfico ilegal de armas. Luego, la defensa de De Miguel denunciaría y mostraría evidencias de que nunca hubo tal denuncia.

Encontraron cuatro armas de fuego: una pistola Glock, de 9 milímetros, un fusil M4 Colt, una pistola Colt, una escopeta Mossberg. También 19 alimentadoras, 9.500 municiones y dos dispositivos de entrenamiento. Las armas estaban debidamente guardadas, descargadas y sin sus respectivas alimentadoras, diría De Miguel.

Entre las armas estaba una carabina de asalto M4, el arma principal de infantería estándar del Ejército de los Estados Unidos, y usada por unidades policiales de élite. De Miguel la compró en EE.UU. el 2003. Según su biografía fue entrenado por el cuerpo élite de la marina de Estados Unidos, los SEAL.
La Glock, tenía permiso vigente hasta 2024, pero los permisos de las otras tres armas estaban caducados. Su defensa dijo después que esos permisos estaban en trámite.

“Según De Miguel, compró las munciones a mediados de 2019 a Ricardo López, quien a su vez las había adquirido en la fábrica Santa Bárbara. Hasta mayo pasado, López, quien es campeón mundial de tiro, trabajaba en Hanrine como subgerente, al frente de las tareas de seguridad. Dejó la empresa en medio de desacuerdos y contratiempos con el gerente de Hanrine”, reportó el portal Código Vidrio, del periodista Arturo Torres.

Tras la audiencia de flagrancia, la jueza Geovanna Palacios, dispuso su liberación y la fiscalía abrió una investigación previa por tráfico ilícito de armas. De inmediato, el Consejo de la Judicatura anunció que investigaría a la jueza por su decisión, ya que se trataba de "un asunto de interés nacional”.

En el mismo reportaje, Torres reveló que De Miguel había dicho que “los permisos han sido renovados varias veces por el Comando Conjunto; compré las municiones, que son de los mismos calibres de las armas, para prácticas de tiro y para concursar en torneos, dentro y fuera del país, soy socio de varios clubes en Guayas e Imbabura”.

Pero, según un informe del Departamento de Control de Armas del Comando Conjunto de las FF.AA. al que accedió el portal, De Miguel no contaba con permisos de uso deportivo y tenencia para tres armas de fuego: una carabina, una escopeta y una pistola, que estuvieron vigentes hasta el 2017.

El pedido de renovación había sido negado por haber detectado “que el usuario poseía cuatro números de identificaciones anteriores registradas en el Sinocar”, según reporte de julio del 2020.
“El 21 de mayo -con oficio 20-G-4-ARMAS-Pich-Insp-032- se notificó al usuario que su solicitud fue anulada pues no cumplía los requisitos. El oficio fue remitido mediante correo electrónico y hasta la fecha no se ha recibido respuesta, ni se pudo ubicar al usuario”, citó el portal.

Tras la audiencia de flagrancia, que fue al día siguiente, la jueza Geovanna Palacios, que dispuso su liberación y abrió una investigación previa por tráfico ilícito de armas. De inmediato, el Consejo de la Judicatura anunció que investigaría a la jueza por su decisión, ya que se trataba de un asunto de “interés nacional”.

Noticia de El Comercio sobre inusual postura del Consejo de la Judicatura en torno al tema . Ver PDF

Ese mismo día, la ministra de Gobierno, María Paula Romo, informó en su cuenta en Twitter sobre el operativo y la detención de De Miguel, así como la realización de la diligencia.

De Miguel planteó junto a su abogado, Emiliano Donoso, una denuncia por fraude procesal en contra de Romo. También fueron denunciados el fiscal que dirigió la operación, Washington Rojas; la jueza Eliana Carvajal, que ordenó el allanamiento y siete oficiales y agentes operativos de la Policía. En la parte medular, el acusador señalaba que la acción policial se trataba del “armado de una estructura estatal para perseguirme y montar evidencias ilegales, a fin de atacar mi nombre y reputación por la actividad económica que realizo”.

Según la hipótesis de altos cargos de la empresa, en el fondo estaba una disputa por el 51% de las acciones del proyecto Llurimagua, disputa en la que estaban involucrados personajes relacionados a altos cargos del gobierno, como Francisco Roldán, tío del entonces secretario del Gabinete y hombre fuerte de Carondelet, Juan Sebastián Roldán, todo lo cual fue negado por los involucrados.

Denuncia penal presentada por De Miguel en contra de quienes participaron en el operativo. Ver PDF

Como respuesta, nada menos que el Consejo de Generales de la Policía hizo un comunicado público respaldando la acción de sus efectivos. El alto mando policía dijo que De Miguel debía demostrar sus afirmaciones, constantes en su denuncia, de que se había montado pruebas en su contra con otro tipo de intereses. Y que “de acuerdo a la presunción de inocencia, el acusado debía demostrar ante la justicia la legalidad de sus actos”. Lo cual, de acuerdo a la defensa de De Miguel, viola el debido proceso y los derechos constitucionales de protección, pues es la Fiscalía la que debe demostrar con pruebas la ilegalidad de los actos de los ciudadanos.


Comunicado del Consejo de Generales de la Policía Nacional, en el cual el alto mano rechazó las afirmaciones de De Miguel en su denuncia. La Policía respaldó el accionar de sus efectivos.

Emiliano Donoso, defensor de De Miguel, emitió una carta al Consejo de Generales, donde expuso punto por punto las irregularidades que ellos detectaron en el proceso. Sobre todo hechos como que la detención de De Miguel fue hecha sin orden de detención de juez competente, y luego se certificó, en el mismo parte policial que no había flagrancia.

Carta de Emiliano Donoso, abogado de De Miguel, en respuesta al comunicado del Consejo de Generales de la Policía Nacional. Ver PDF

En marzo del 2021 la propia Fiscalía General del Estado pidió al juez el archivo de la causa. Según el escrito:

El delito de Tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas, es un delito de mera actividad, por lo tanto la norma legal se enfoca a proteger el tráfico y el derecho de propiedad sobre este tipo de objetos, estableciendo para ello su restricción sobre el hecho de desarrollar, producir, fabricar, emplear, adquirir, poseer, distribuir, almacenar, conservar, transportar, transitar, importar, exportar, reexportar o comercializar armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones y explosivos, siempre y cuando NO EXISTA la autorización competente. Por lo cual, al analizar el presente caso, es claro establecer que si el investigado respecto de las evidencias incautadas conforme la información recabada en el expediente tenia permisos caducados o en proceso de renovación, su accionar no determinaría una conducta que se adecue a este tipo penal; sino a una infracción administrativa misma que puede ser perseguida por la autoridad competente al no haber regulado la vigencia de sus permisos.

En la presente causa, en relación al análisis del tipo y al verificar las categorías dogmáticas, partiendo por la valoración del acto y al verificar si este se puede susbsumir en la conducta del tipo penal investigado para determinar si los hechos se adecuan a la descripción típica, se determina que no se cumple con la configuración de la Tipicidad, por lo que deviene en innecesario continuar con el análisis de las siguientes categorías dogmáticas, en cuanto a antijuridicidad y culpabilidad de acuerdo con lo previsto en el Art. 18 del COIP, si el acto en si no constituye delito. Lo indicado en líneas anteriores se determina por todos los elementos recaudados dentro de la investigación, me refiero a las diferentes versiones, documentación requerida por fiscalía e incorporada por el investigado, los peritajes realizados, y en especial LA INFORMACION REMITIDA POR EL COMANDO CONJUNTO DE FF. AA DIRECCION DE LOGISTICA DEPARTAMENTEO DE CONTROL DE ARMAS sobre el estado de  los permisos de tenencia y uso deportivo de armas de fuego que fueron conferidos por la autoridad competente a favor del señor DE MIGUEL III CARLOS MIGUEL, mismos que a  criterio de la suscrita fiscal, excluyen la ilicitud de la conducta descrita en el tipo, imposibilitando de esta manera la obtención de elementos respecto de la materialidad de la infracción o la responsabilidad. Del análisis de la investigación se determina que cumpliendo el deber objetivo de fiscalía se han logrado recabar elementos de descargo que justifican que las armas de fuego y municiones de propiedad del investigado DE MIGUEL III CARLOS MIGUEL, y que fueron incautadas como evidencia dentro del allanamiento realizado en su domicilio, de acuerdo a la información remitida por el COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS cuentan con permisos y el estado de ellos, en virtud de su actividad recreacional de tiro, respecto de lo cual además existe documentación que acredita sus afiliaciones a los Clubes de Tiro respectivos para dicha actividad, motivo por el cual la
suscrita fiscal analiza que no se reúnen los elementos objetivos ni subjetivos del tipo descrito
en el Art. 362 del Código Orgánico Integral Penal por lo que considerando también el informe pericial de tipo balístico elaborado por Luis Damián, se concluye en lo principal que las municiones incautadas como evidencia son aptas para ser utilizadas en cada una de las armas de fuego también incautadas dentro de la causa.

Respecto de lo anteriormente mencionado deberá tomarse en cuenta el principio de legalidad que se encuentra contemplado en el Art. 76 numeral 3 de la Constitución de la República en relación con el articulo 5 numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal y articulo 13 numerales 2 y 3 de la misma norma legal, que establece claramente que los tipos penales y las penas se interpretarán en forma estricta, esto es, respetando el sentido literal de la norma, quedando además prohibida la utilización de analogía para crear infracciones penales, ampliar los límites de los presupuestos legales que permiten la aplicación de una sanción o medida cautelar o para establecer excepciones o restricciones de derechos.

PETICIÓN:

Con el fundamento jurídico y el análisis factico jurídico expuesto y de las investigaciones realizadas en la presente Investigación Previa; en virtud de los antecedentes constitucionales y legales mencionados; y, en consecuencia, no se acredita el presupuesto objetivo de la materialidad del tipo penal analizado que orienta la  actividad de recolección de elementos probatorios en el ámbito penal al tenor de lo prescrito en el Art.453 del Código Orgánico Integral Penal; siendo así, la obligación de cristalizar en primer lugar la existencia de la infracción no se configura con elementos suficientes en esta causa; en consecuencia, siendo un elemento indispensable en la configuración del acto como delictivo, la existencia del dolo o acción positiva para hacer  daño y del nexo causal entre la conducta humana, que vaya en desvalor de un bien jurídico protegido por la sociedad y los responsables del hecho, situación que no ha sido comprobada en el expediente de investigación como lo he indicado en líneas anteriores, conforme a los principios de minina intervención, economía procesal, celeridad, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 586, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal…

Sentencia del Juez, archivando la causa contra De Miguel por tráfico de armas de fuego, químicas, biológicas y nucleares. Ver PDF

El juez archivó la causa porque no había delito.

Al ser preguntado De Miguel sobre si, a pesar de todo seguía interesado en Llurimagua, dijo: “La empresa está muy interesada. El objeto de nuestra inversión son proyectos de cobre a gran escala. En la nueva era de reducir el uso de combustibles, los autos eléctricos ahora son una realidad. El auto eléctrico usa cinco veces más cobre que uno a gasolina. El cobre sigue siendo el mejor conductor de electricidad en el mundo. La gente necesita energía en sus casas. El cobre es el futuro de la reducción de hidrocarburos a nivel mundial y estamos muy interesados en cualquier depósito o reserva de este importante mineral”.

 

 

 

 

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Ecuador: la guerra por el cinturón del cobre de Imbabura
 


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