

En los exteriores de la Asamblea, grupos feministas contaron casos de mujeres violadas con representaciones simbólicas. Fotos: Luis Argüello. PlanV
La Asamblea Nacional aprobó este jueves, 17 de febrero, el proyecto de ley para la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación después que el texto final fue modificado sobre todo en el artículo correspondiente a los plazos. Ese ha sido el mayor nudo crítico de la normativa desde que la Corte Constitucional despenalizara esa causal y dispusiera al Legislativo la creación de una norma que lo regule.
Después de la reducción de los plazos para la interrupción del embarazo, la Asamblea aprobó el proyecto de ley con 75 votos. Foto: Asamblea Nacional
Pero en esta sesión hubo nuevamente sorpresas. El texto final que propuso la Comisión de Justicia no pasó en la primera votación. Solo obtuvo 66 votos de los 70 que necesitaba. La asambleísta ponente, Johanna Moreira, pidió a la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, que se suspendiera la sesión por una hora para hacer cambios al documento. Llori aprobó el receso.
La noche del miércoles y la mañana del jueves, organizaciones de mujeres llegaron a los exteriores de la Asamblea Nacional para pedir una ley justa y reparadora para las víctimas de violación.
Resultados de la primera votación cuando el proyecto de ley no fue aprobado. Ver PDF
Resultados de la segunda votación cuando el proyecto de ley fue aprobado. Ver PDF
Después de ese tiempo, Moreira anunció cambios al artículo 19, que corresponde al plazo, y al artículo 23 que trata sobre las reglas para el consentimiento informado para la interrupción voluntaria del embarazo.
La mayor expectativa estuvo en el artículo 19 que ha sido reformado en cuatro ocasiones. Inició con una temporalidad extensa: 28 semanas para mayores de edad y sin plazo para niñas y personas con discapacidad. Pero esta opción fue reconsiderada ante la avalancha de críticas, sobre todo de los grupos conservadores y antiderechos. Después cambió a 20 semanas para las mayores de edad y 22 semanas para las menores; y el texto final que llegó a la Asamblea para su votación contempló 16 semanas para mayores y 18 para menores. Este tuvo una última modificación en la sesión de hoy: 12 semanas para mayores de edad y mantuvo las 18 semanas para menores y grupos vulnerables.
“Hoy las mujeres mayores de 18 años nos vamos a sacrificar por las niñas de este país. Parece que no entendemos lo que es una niña violada, parece que no entendemos lo que es una mujer violada”, dijo Moreira, quien manifestó estar consciente de la afectación de ese plazo sobre todo para las mujeres más pobres y de la ruralidad. “La mayoría de la Comisión de Justicia ha tomado una decisión sumamente dolorosa. Una decisión que va a perseguir a la Asamblea Nacional por siempre porque hemos tenido que regatear lo que son los plazos justos, hemos tenido que ceder en contra de nuestra voluntad para llegar a un consenso. Pero sin duda alguna, señora Presidenta, es una decisión totalmente necesaria para el bien de esta Asamblea Nacional y el bien de todas las víctimas de violencia sexual”.
“La mayoría de la Comisión de Justicia ha tomado una decisión sumamente dolorosa. Una decisión que va a perseguir a la Asamblea Nacional por siempre”, Johanna Moreira, asambleísta.
Grupos provida también han protestado fuera de la Asamblea entre salmos y cruces. Fotos: Luis Argüello. PlanV
Los 21 que cambiaron su voto
Los partidos y movimientos políticos dejaron en libertad a sus asambleístas para que tomen una postura respecto a esta norma. Eso hizo que en las bancadas existieran posiciones totalmente opuestas. Esas divisiones se observaron con mayor profundidad en la Comisión de Justicia, donde la mayoría y minoría presentaron sus propios informes. Fueron los asambleístas Sofía Espín (UNES), Ricardo Vanegas (Pachakutik) y Dalton Bacigalupo (Izquierda Democrática), quienes propusieron un texto de minoría que establecía un plazo de 6 semanas para las mujeres mayores de edad y hasta 12 semanas para niñas, mujeres de la ruralidad y mujeres con discapacidad. Estos asambleístas junto a otro grupo de legisladores conservadores impulsaron su propuesta de forma intensa en las últimas semanas.
Días previos a la votación se conoció que no había los 70 votos para la aprobación del informe de mayoría. Eso despertó el temor de los grupos y movimientos de mujeres de que pudiera pasar el informe de minoría, que ha sido cuestionado por ser contrario a la sentencia de la Corte Constitucional y presentar al menos 17 inconstitucionalidades. El segundo día del debate, el 3 de febrero pasado, intervinieron 52 de los 137 asambleístas, es decir solo el 37% hicieron explícitas sus posturas. Era evidente que una gran mayoría aún no había decidido su voto.
Este jueves, tras las dos votaciones, quedó claro quiénes fueron los asambleístas que necesitaron plazos más restrictivos para apoyar el informe de mayoría. En la primera votación, cuando se negó este texto, hubo 27 abstenciones. Con el cambio a un menor plazo, ocho de esos votos pasaron a apoyar el informe de mayoría. Estos votos correspondieron a los asambleístas José Ricardo Chávez Valencia (UNES), Roberto Emilio Cuero Medina (UNES), Carlos Victor Zambrano Landin (UNES), Salvador Quishpe Lozano (PK), Diana Elizabeth Pesantez Salto (Azuay Primero), Francisco Eduardo Jiménez Sánchez (CREO-ADE), Marco Stalin Troya Fuertes (Ecuatoriano Unido) y Ligia del Consuelo Vega Olmedo (PK).
Días previos a la votación se conoció que no había los 70 votos para la aprobación del informe de mayoría. Eso despertó el temor de los grupos y movimientos de mujeres de que pudiera pasar el informe de minoría.
También hubo dos asambleístas que pasaron del “no” al “sí” con el cambio final de los plazos. Ellos fueron Eduardo Israel Mendoza Hurtado (Avanza) y Edgar Patricio Quezada Patiño (PK). Estos 10 votos dieron la suficiente holgura para que el texto de mayoría sea aprobado finalmente con 75 votos.
Asimismo, Eitel James Zambrano Ortiz (Independiente) que había apoyado el texto en la primera votación, para la segunda estuvo ausente. Fredy Ramiro Rojas Cuenca (CRE), quien votó no en la primera ronda, y Comps Pascacio Cordova Díaz (UNES), quien se abstuvo, dejaron el Pleno para la segunda y decisiva votación. El cambio de los plazos también generó que seis asambleístas que prefirieron abstenerse en la primera ronda, se opongan definitivamente al texto en la segunda votación.
La aprobación de este texto ha dejado indignación a algunos grupos de mujeres porque la Asamblea no cumplió con la responsabilidad de crear una ley justa y reparadora. “Hubo una negociación política y en el estilo más mafioso, al regatear semanas sin ningún criterio ni poner en el centro a las mujeres, niñas y personas gestantes en el centro de la discusión”, dice Ana Cristina Vera, de la organización Surkuna.
Considera que bajar a 12 semanas el plazo máximo para las mujeres mayores de edad y de 18 semanas para las menores de edad no responde a ningún criterio técnico. Surkuna pertenece al grupo de organizaciones que han pedido una ley sin plazos. “Debieron haber peleado políticamente para que esto sea posible”. Vera dice que no solo han ofrecido a los asambleístas aportes técnicos sino visitas a las casas de acogida de mujeres víctimas de violencia. Ningún asambleísta fue. “Ahora hacen una ley que no corresponde a la realidad ecuatoriana”.
“Quedó en evidencia que con los derechos de las mujeres se puede negociar, no es una ley ni justa reparadora, sino una ley subastada y negociada”, dijo Lita Martínez, directora de Cepam-Guayaquil. Esta fue una de las organizaciones que pidió la inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del Código Penal Integral Penal (COIP) porque considerarlo discriminatorio ya que solo permitía el aborto a las mujeres con discapacidad. Martínez lamenta que no hubo lectura con profundidad jurídica y empatía respecto al propósito de esta ley. En su opinión, lo único que correspondía era sacar las palabras “mujer con discapacidad” y dejar abierto este derecho para todas las mujeres.
“Poner el plazo es una nueva discriminación. Esto es una nueva vulneración de derechos”, cree Martínez. Pero aclara que, tras la decisión de la Corte, el aborto está despenalizado en el país y ahora cualquier mujer que quiera acceder a este procedimiento, incluso después de las semanas permitidas, no podría ser criminalizada ni judicializada.
“No estoy contenta con esos plazos, pero hay ley”, afirmó Virginia Gómez de la Torres, directora de la Fundación Desafío. “A las mujeres siempre nos cuesta más avanzar, la ley aprobada no solo es plazos, resuelve los otros nudos críticos como objeción de conciencia y requisitos, se podrá plantear reformas luego”, manifestó la activista. Para ella, es un logro que el informe de minoría no haya pasado, lo cual “es bastante y el escenario de no tener ley que era equivalente”.
La Coalición Nacional de Mujeres, en un comunicado, se mostró a favor del informe de mayoría. “La ley perfecta y la ley posible es un escenario en el cual a las mujeres siempre nos han colocado, estamos en él ahora. La ley contenida en el informe de Mayoría ha definido unos plazos que no nos gustan, porque pueden quedar por fuera sobre todo niñas que acudirán más allá del plazo estipulado y necesitarán finalizar un embarazo. Acompañamiento feminista legal en estos casos se necesitará para evitar riesgos o el drama de continuar una gestación no deseada, injusta”.
Los movimientos aseguran que presentarán una demanda ante la Corte Constitucional porque esta ley, que pasa a la Presidencia para su veto o no, no ha cumplido con su sentencia. Además presentarán una denuncia por cada niña y mujer violadas que no pueda acceder al aborto o por ser forzada a abortar en la clandestinidad. “Eso es responsabilidad de la Asamblea que no pudo legislar en base de estándares internacionales”, dijo Vera.
Las dos modificaciones finales al texto de la ley para el aborto por violación
Texto final aprobado por la Comisión de Justicia el 11 de febrero
Artículo 19.- Plazo. - A efectos de garantizar el derecho a tomar una decisión libre y voluntaria de interrumpir el embarazo, el plazo para realizarlo será hasta las 16 semanas de gestación.
Excepcionalmente, considerando las características especiales y que merecen atención prioritaria por parte del Estado, al tratarse de niñas, adolescentes, mujeres de la ruralidad, de pueblos y nacionalidades, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 18 semanas de gestación.
Debido a la condición especial de personas con discapacidad mental víctimas de violación, se observará lo dispuesto en la Guía de Práctica Clínica denominada “Atención del Aborto Terapéutico”, expedida por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
Las semanas de gestación serán única y exclusivamente verificadas por el profesional de la salud luego de los exámenes correspondientes, y en caso de encontrarse dentro de las semanas autorizadas por esta ley, se procederá a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo por la violación.
Texto aprobado por la Asamblea el 17 de febrero tras la modificación
(los resaltados son los cambios)
Artículo 19.- Plazo. - A efectos de garantizar el derecho a tomar una decisión libre y voluntaria de interrumpir el embarazo, el plazo para realizarlo será hasta las 12 semanas de gestación.
Excepcionalmente, considerando las características especiales y que merecen atención prioritaria por parte del Estado, al tratarse de niñas, adolescentes, mujeres de la ruralidad, de pueblos y nacionalidades, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 18 semanas de gestación.
Debido a la condición especial de personas con discapacidad mental víctimas de violación, se observará y cumplirán las mejores prácticas médicas.
Las semanas de gestación serán única y exclusivamente verificadas por el profesional de la salud luego de los exámenes correspondientes, y en caso de encontrarse dentro de las semanas autorizadas por esta ley, se procederá a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo por la violación.
Para evitar que los actos administrativos tengan efectos de dificultar los trámites, la presentación en cualquier centro de salud de niñas, adolescentes, mujeres de la ruralidad, de pueblos y nacionalidades y personas gestantes víctimas de violación tendrá una acción suspensiva sobre los plazos.
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